UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
Derecho Internacional Privado
1. Antes de comenzar se aclarara que es el Domicilio.
Para Fernández Sessarego apunta que:
“El domicilio es el asiento jurídico de la
persona, su sede legal, el territorio donde
se le encuentra para imputarle posiciones
jurídicas, para atribuirle derechos o
deberes”.
- Se Puede definir también Como el
asiento legal de las personas, donde estas
desarrollan todas las actividades ya que se
dice que es el atributo que permite
individualizar a una persona, ya que con
ello los terceros pueden localizar a las
personas con exactitud con la finalidad de
imputarles derechos u obligaciones. Por
ello se ha dicho que el domicilio es el
asiento jurídico de la persona.
Para Vodanovic, Alessandri y Somarriva
”el domicilio precisa en lugar en que el
individuo es considerado siempre
presente, aunque momentáneamente no
lo esté, para el ejercicio de sus derechos
y el cumplimiento de sus obligaciones”.
El domicilio legal es el que la Ley presume, que un individuo reside de una manera permanente para el
ejercicio de sus derechos y cumplimientos de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente, y
así:
Los funcionarios públicos,
eclesiásticos o seculares, tienen
Los incapaces tienen el
su domicilio en el lugar donde
domicilio de sus
deben desempeñar sus funciones,
representantes.
no siendo estas temporarias.
El domicilio que tenía el
difunto determina el
lugar en que se abre su
sucesión.
2. La teoría Clásica.
Esta es la que explica que
no es el lugar si no algo que
vincula la relación jurídica
entre el sujeto y el lugar.
La teoría Concreta.
Que no es mas que la que
domina el domicilio como el
lugar concreto donde la ley
siempre encontrara al
individuo para los efectos
jurídicos.
Características Del Domicilio
Único: solo
existe un
domicilio real
y ordinario.
Necesario: es
una exigencia
jurídica.
Legal: está
previsto en la
norma.
Voluntario:
depende de la
voluntad de la
persona.
Inviolable: salvo
mandato judicial o
en actos de
excepción.
Mutable: se
puede
cambiar.