Este documento resume los tipos de sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según la ley venezolana. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando alguien deja disposiciones sobre sus bienes en un testamento. Luego describe los testamentos ordinarios, especiales y aquellos otorgados en el extranjero, destacando sus características y requisitos legales.
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Sucesión testamentaria 07122015
1. SUCESIÓN TESTAMENTARIA
Y
CLASIFICACIÓN DE LOS TESTAMENTOS
UNIVERSIDAD FERMINTORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICASY POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
INTEGRANTE:
NORETZY CASTILLO
C.I:V-17.858.811
SECCION: SAIA B
DERECHO SUCESORAL
2. Sucesión testamentaria
La sucesión testamentaria, es
aquella que se produce por
testamento, siendo así, el
otorgamiento de un testamento,
constituye un acto jurídico de última
voluntad, por el que una persona
dispone de sus bienes patrimoniales
y otros asuntos, para después de su
muerte. Artículo 686 del Código Civil
3. Características de la sucesión
testamentaria.
a) Es unilateral: porque se perfecciona sólo con la
voluntad del testador.
b) Es personal e indelegable: porque sólo el
testador personalmente puede hacer el
testamento.
c) Es individual: porque no puede hacerse el
testamento en forma conjunta o múltiple, aún en
el caso de ser cónyuges.
d) Es formal: porque tiene una determinada
formalidad establecida por la ley.
e) Es revocable: porque el testador puede
cambiarlo las veces que desee.
4. Testamentos ordinarios:
Son aquellos otorgados en tiempos normales de vida.
Ellos a su vez se dividen en abiertos o cerrados.
El testamento ordinario abierto: art 850 C.C: "es abierto o
nuncupativo el testamento cuando el testador, al otorgarlo,
manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que
deben autorizar el acto quedando enteradas de lo que en El se
dispone"
5. El testamento ordinario cerrado:
Es aquel testamento en el
cual su autor desea mantener
en secreto la manifestación
de su última voluntad, y que
esta sea solo conocida por
todos después que ha
ocurrido el fallecimiento.
6. Testamentos especiales:
Son aquellos otorgados en tiempos o lugares en que
la situación reinante es inusual o extraordinaria.
La ley distingue tres formas a saber:
En lugares o tiempos de epidemia.
A bordo de buques de la marina de guerra o
mercante.
Otorgado por militares y demás personas
empleadas en el ejercicio.
7. Testamentos otorgados en el
extranjero
Es el que hacen los venezolanos fuera de
Venezuela siguiendo las normas establecidas en el
país en el que se otorga y podrá ser tanto ológrafo
como abierto o cerrado. El Código Civil de
Venezuela establece en el Artículo 879. Los
venezolanos y los extranjeros podrán otorgar
testamento en el exterior para tener efecto en
Venezuela, sujetándose en cuanto a la forma a las
disposiciones del país donde se realice el acto. Sin
embargo, el testamento deberá otorgarse en
forma auténtica, no se admitirá el otorgado por
dos o más personas en el mismo acto, ni el verbal ni
el ológrafo.