1. CONCEPTOS DEFINICIÓN
DELITO
Es una infracción o una conducta que va
en contra al ordenamiento jurídico de la sociedad
y será castigada con la correspondiente pena o
sanción.
LEGAL
El delito es la conducta del ser humano
que vulnera, cambia o modifica la realidad
objetiva, lo cual trae aparejada como una de sus
consecuencias, la transformación de la realidad
en una sociedad determinada, y otras de ellas
son las consecuencias jurídicas, mismas que
pueden ser pena privativa de libertad, el pago de
una multa y reparación del daño en caso de que
así haya sido contemplado por el legislador.
SUJETO
Se entiende a aquellas personas que
participan directa o indirectamente en el delito;
es decir, quien comete la conducta antisocial
tipificada por la ley como delito o aquella que, ya
sea que la recienta directamente en su persona
o en sus bienes que es la víctima o quien, sin
recibirla de manera directa, sufre de una
afectación o un menoscabo por esa conducta de
forma indirecta
CURSOS DE DELITO
Es el medio en que puede aparecer un
delito en relación con la conducta y su resultado,
es la concurrencia o pluralidad de conductas, de
resultados típicos o de ambos
IDEAL O FORMAL
Ocurre cuando en una sola conducta se
producen varios delitos en su caso se dice que
hay unidad de acción y pluralidad de resultados.
REAL O MATERIAL
Se presenta cuando con varias conductas
se producen varios resultados, en este caso se
presentan pluralidad de conductas y pluralidad
2. de resultados, se sancionarán de la misma
manera.
DELITO CULPOSOS
El delito es culposo cuando se produce un
resultado típico que pudo preverse o proveerse
para evitarlo, en virtud de la violación a un deber
de cuidado, que debía o podía observarse según
las circunstancias y condiciones personales
DELITO DOLOROSO
El delito es doloso cuando se obra
conociendo los elementos del tipo penal o
previendo como posible el resultado típico
queriendo o aceptando la realización del hecho
descrito por la ley.
DELITO INSTANTANEO
Es instantáneo, cuando la consumación se
agota en el mismo momento en que se han
realizado todos sus elementos constitutivos.
DELITO CONTINUADOS
Es continuado, cuando existe unidad de
propósito delictivo, pluralidad de conductas e
identidad de ofendido y se viola el mismo
precepto legal.
DELITOS
PERMANENTES
Es permanente, cuando la consumación
se prolonga en el tiempo.
TEORIA DEL DELITO
Es aquella teoría que pieza a pieza elabora
el concepto básico y perfila los
diferentes elementos esenciales comunes a
todas las formas de delito.
SUJETO PASIVO
suelen distinguirse entre el sujeto pasivo
impersonal y el sujeto pasivo
personal. impersonal la persona moral o
jurídica víctima del delito, mientras que será
3. sujeto pasivo personal la persona física víctima
del delito.
SUJETO ACTIVO
Será sujeto activo aquella persona que
pueda cometer un ilícito penal. Y será el sujeto
pasivo, aquella persona que pueda sufrir un
delito.
ACCIÓN
Es servir como límite para seleccionar las
acciones que pueden ser relevantes para el
derecho penal.
OMISIÓN
Una conducta en la que se evita con una
omisión la circunstancia de una acción concreta.
TIPICIDAD
La tipicidad es el encuadramiento de la
conducta humana en el tipo penal. En el tipo se
incluirán todas las características de la acción
prohibida, por lo que, podemos decir que el tipo
es la valoración de la conducta delictiva.
ANTIJURIDICIDAD
La antijuridicidad es aquel desvalor que
posee un hecho típico contrario al ordenamiento
jurídico. La antijuridicidad es lo contrario al
Derecho.
CULPABILIDAD
La culpabilidad comprende una serie de
circunstancias que se necesitan para imputar un
hecho antijurídica a un sujeto y que éste sea
considerado culpable.
PENALIDAD
La punibilidad o penalidad es una
categoría criticada doctrinalmente, porque no
todos los autores considerar la penalidad como
un verdadero elemento del delito.
REFERENCIA: https://www.conceptosjuridicos.com/delito/