LA METODOLOGÍA DEL DERECHO O TÉCNICA JURÍDICA.pptx
Contratos plan
1. CONTRATOS PLAN
En el año 2011, con la expedición del Plan Nacional de Desarrollo para el primer gobierno
de Juan Manuel Santos (Ley 1450), se introducen al ordenamiento jurídico los contratos plan,
como un instrumento fundamental en el proceso de articulación de recursos y de
coordinación administrativa entre los distintos niveles de gobierno. Así mismo la Ley orgánica
de ordenamiento territorial (Ley 1454) establece que los contratos plan son el mecanismo
ideal para logar la asociatividad territorial, mientras que el Decreto 819 de 2012, es el que
establece el marco general del instrumento, sus etapas de suscripción, ejecución y
seguimiento.
Los contratos plan pueden ser considerados como una herramienta de coordinación
interinstitucional cuya principal función es permitir la realización y el cofinanciamiento de
proyectos de desarrollo territorial con proyección estratégica a mediano y largo plazo
mediante contrato entre el Gobierno nacional, las entidades territoriales y eventualmente
otros actores locales del desarrollo. En efecto, a través de este instrumento de la gestión
administrativa, entidades del orden nacional canalizan recursos de organismos
internacionales como el BID para lograr el desarrollo de la infraestructura local. (Guía de
Contratos de Cooperación Internacional de Findeter (2014)
La ley 1450 autoriza a las entidades y organismos públicos, nacionales y territoriales, a
celebrar “Contratos Plan”, entendidos como “acuerdo(s) marco de voluntades entre la Nación
y las entidades territoriales, cuyas cláusulas establecerán los mecanismos específicos para
el desarrollo de programas establecidos en la presente ley que, por su naturaleza, hacen
conveniente que se emprendan mancomunadamente con una o varias Entidades
Territoriales”.
La figura de los Contratos Plan tiene por objeto pasar de la planeación a la ejecución de
planes y programas del alto gobierno, a través de ejercicios de planificación concertados a
largo plazo. Así pues, el Contrato Plan pone en relación varias categorías de actores:
responsables políticos, administraciones del Gobierno nacional, de las Entidades Territoriales
y de Autoridades Ambientales, sector empresarial y organizaciones ciudadanas. Todos
juegan papeles importantes en la obtención del acuerdo que se traduce y se concretiza en la
implementación de un Contrato Plan.
2. Para el cumplimiento de lo anterior, en la Ley de 1450 de 2011 se definieron tres tipologías
de contratos plan: a) el departamento, como nivel intermedio de gobierno, interlocutor natural
del nivel nacional en lo que respecta al desarrollo territorial que cumple un rol de
coordinación y articulación entre las políticas del ejecutivo central y las aspiraciones y
demandas locales; b) los territorios pertinentes, definidos por el nivel central, superan las
fronteras políticas y administrativas por su coherencia geográfica, económica, poblacional,
cultural y ambiental para hacer más estratégica la presencia del Estado y la focalización del
gasto público c) los esquemas para la asociación y la integración territorial, promovidos por
las entidades territoriales, dan respuesta a los dispositivos ya existentes.