SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
ENSAYO ( DERECHO
FINANCIERO)
Andrea Padilla
18.933.964
SAIA E
Prof : Abog. Emily Ramirez
La actividad financiera en el derecho tributario
todo grupo social organizado, ya sea público o privado necesita medios económicos para el
cumplimiento de sus fines. Cuando se trata del estado y de los demás entes públicos es actividad
de obtención y empleo de medios económicos necesarios para el sostenimiento de los servicios
públicos y la consecución de las finalidades que recibe el nombre de " actividad financiera ". A
nuestro juicio la actividad financiera puede descomponerse en tres momentos básicos:
-. La obtención de ingresos.
-. La gestión de estos recursos.
-. El gasto que se hace de dichos recursos para el mantenimiento de los servicios públicos.
Sobre le base de ello podemos definir la actividad financiera, aquella actividad que desarrolla el
estado y demás entes públicos para la realización de los gastos inherentes a las funciones que les
están encomendadas, así como para la obtención de los ingresos necesarios para hacer frente a
dichos gastos
Como características del derecho financiero pudiéramos decir lo siguiente:
-. La actividad financiera es una actividad económica, es decir se trata de una actividad que se
realiza a través de la gestión y movimiento del dinero público.
-. No puede ignorarse que la actividad financiera por emanar de un grupo político, ofrece un
aspecto político sociológico pues la administración de recursos escasos es fruto siempre de una
decisión de la autoridad que gobierna la vida de una sociedad.
-. La actividad financiera es una actividad jurídica en el sentido de que queda sometida a
principios y normas jurídicas cuyo análisis constituyen precisamente el objeto de estudio en el
derecho financiero.
-. Es una actividad pública tanto por el sujeto como por el objeto que se relaciona con la
satisfacción de las necesidades colectivas.
-. La actividad financiera es una actividad instrumental en el sentido que sirve de cauce o
instrumento para la satisfacción de la necesidad pública.
-. La actividad financiera presenta aspectos muy distintos que pueden ser asumidos como objeto
de conocimiento por distintas ciencias, así el jurista le interesa realizar el marco normativo en
que se desenvuelve dicha actividad, para el economista, la actividad financiera es una realidad
susceptible de ser analizado con criterios económicos y para el sociólogo y estudioso de la
ciencia política la actividad financiera presenta aspectos sociológicos que no pueden ignorarse
El Derecho Financiero, para estudiar las manifestaciones de la actividad financiera del Estado, se
divide metodológicamente. Las ramas del Derecho Financiero, consideradas por la doctrina son:
Derecho Tributario, Derecho Patrimonial Público (servicios públicos y empresas estatales),
Derecho del Crédito Público (llamado también derecho monetario) y Derecho Presupuestario.
Derecho Tributario: es aquella parte del derecho financiero que regula y disciplina los tributos.
Es aquella rama del derecho que expone los principios y las normas relativas al establecimiento y
recaudación de los tributos, y también analiza las relaciones jurídicas que de ello resultan.
Derecho Financiero Patrimonial o Derecho Patrimonial Público: el objeto propio del derecho
patrimonial público es el recurso patrimonial, o sea la estructura y la gestión del patrimonio
público dirigidas a la obtención de ingresos. En base a ello el derecho patrimonial público se
configura en torno a tres núcleos temáticos:
1º. Gestión de los bienes de titularidad pública.
2º. Gestión de empresas de titularidad pública.
3º. Participación de los entes públicos en empresas de titularidad privada.
Dentro del ámbito de la titularidad pública se incluyen dos grandes categorías de bienes:
-. Los llamados bienes demaniales o de dominio público.
-. Los llamados bienes patrimoniales.
Junto a ellos existen regímenes específicos de propiedad pública, como son la propiedad pública,
la propiedad minera, el patrimonio forestal, y el patrimonio nacional.
Derecho del Crédito Público o Deuda Pública: El endeudamiento público ofrece a nuestro
juicio las tres siguientes peculiaridades:
-. Los empréstitos públicos, es decir las operaciones financieras en la que el estado o cualquier
otro ente territorial recibe dinero a préstamo en las condiciones y con los límites fijados en la ley.
-. Las operaciones similares de préstamo o de apertura de crédito.
-. Los anticipos y los créditos que el banco emisor puede conceder al tesoro público.
Derecho Presupuestario: el derecho presupuestario lo podemos definir como la expresión
jurídica del plan financiero del estado para un periodo de tiempo determinado. El contenido del
derecho presupuestario podemos concretarlo en dos aspectos:
1º. Aspecto jurídico-político.
2º. Aspecto jurídico-financiero.
El aspecto jurídico-político hace referencia al conjunto de normas dirigidas a regular las
relaciones entre dos poderes del estado: poder legislativo y ejecutivo que son protagonistas del
ciclo presupuestario, así corresponde al derecho presupuestario la regulación de la distribución
de competencias en materia de preparación, aprobación, ejecución y control del programa de
ingresos y gastos del estado.
El aspecto jurídico-financiero de terminar los efectos que el presupuesto en cuanto a la ley tiene
con respecto a los ingresos y gastos públicos, o sea con respecto a los derechos subjetivos de los
particulares y con respecto al ordenamiento jurídico y a las leyes financieras preexistentes.
Se ha discutido si el derecho tributario es autónomo en relación a otras ramas del derecho.
Villegas (2002) considera necesario advertir, sin embargo, que el concepto de auto-nomía dentro
del campo de las ciencias jurídicas es equívoco y adolece de una vaguedad que dificulta la
valoración de las diferen-tes posiciones.
Considera Villegas que la posibilidad de independencias absolutas o de fronteras cerradas en el
sector jurídico tributario es inviable, por cuanto las distintas ramas en que se divide el derecho no
dejan de conformar el carácter de partes de una única unidad real: el orden jurídico de un país,
que es emanación del orden social vigente.
Por eso nunca la autonomía de un sector jurídico puede signi-ficar total libertad para regularse
íntegramente por sí solo. La autonomía no puede concebirse de manera absoluta, sino que cada
rama del derecho forma parte de un conjunto del cual es porción solidaria. Así, por ejemplo, la
“relación jurídica tributaría” (el más fundamental concepto de derecho tributario) es sólo una
es­pecie de “relación jurídica” existente en todos los ámbitos del derecho y a cuyos principios
generales debe recurrir. De igual manera, conceptos como “sujetos”, “deuda”, “crédito”, “pago”,
“proceso”, “sanción”, etc., tienen un contenido jurídico universal y demuestran la imposibilidad
de “parcelar” el derecho.
Posiciones sobre la Autonomía del Derecho Tribu-tario
Existen posiciones divergentes sobre este punto. A continuación se presenta una visión sucinta
de las principales posiciones sostenidas.
a) Subordinación al Derecho Financiero. Se Comprende aquí la tesis que niega todo tipo de
autonomía al derecho tributario (aun la didáctica) porque lo subordina al derecho financiero. Tal
es la posición de Giuliani Fonrouge, que según Villegas no es convincente su posición, por
cuanto no encuentra inconveniente en que el derecho tributario, atento el volumen de su
contenido, se estudie separadamente del derecho financiero, aun cuando también es posible su
estudio conjunto. Jarach acepta la posibilidad de la conjunción, la que adoptan generalmente los
cursos o manuales españoles.
b) Subordinación al Derecho Administrativo. Esta corriente doctrinal comprende a quienes
piensan que el derecho tributario es una rama del derecho administrativo, ante lo cual sucede lo
si-guiente: se acepta que el derecho tributario sea estudiado inde-pendientemente del derecho
administrativo (atento a su volumen), pero la subordinación exige que supletoriamente, y ante la
falta de normas expresas tributarias sobre algún punto, se recurra obliga-toriamente a los
conceptos, ideas e instituciones del derecho ad-ministrativo. Estas teorías manejaron similares
conceptos en re-lación al derecho financiero, y fueron sustentadas por viejos y notables
tratadistas de derecho administrativo (Zanobini, Mayer, Fleiner, Orlando, Del Vecchio).
c) Autonomía Científica del Derecho Tributario. Dentro de esta corriente doctrinal, se incluye a
quienes consideran el derecho tri-butario material o sustantivo, tanto didáctica como
científicamente autónomo. Autores extranjeros como Trotabas y Dela Garza, y destacados
publicistas argentinos como Jarach y García Belsun-ce, adoptan esta postura.
En una de sus obras más recientes, García Belsunce ha sinte-tizado las razones esgrimidas y ha
explicado el porqué de la termi-nología utilizada. Según su tesitura la autonomía científica
supone:
1) la autonomía teleológica o de fines, cuando un derecho tiene fines propios y dis-tintos de los
demás;
2) la autonomía estructural u orgánica, cuando el contenido o las instituciones que integran
determinada rama del derecho tiene naturaleza jurídica propia, en el sentido de que es distinta de
las otras ramas del derecho, o sea, que no encuentra su fuente en ellas y, además, esas
instituciones distintas son unifor-mes entre sí en cuanto responden a una misma naturaleza
jurídi-ca, y
3) la autonomía dogmática y conceptual, cuando esa rama del derecho tiene conceptos y métodos
propios para su expre-sión, aplicación o interpretación.
d) Subordinación al Derecho Privado. Por último, se encuentran quienes afirman que el derecho
tributario no ha logra-do desprenderse del derecho privado, lo cual sucede principalmen-te
porque el concepto más importante del derecho tributario, que es la obligación tributaria, se
asemeja a la obligación de derecho privado, diferenciándose por el objeto de una y de otra
(tributo por un lado y obligación de una persona por el otro). Quienes afir-man esta dependencia
con respecto al derecho privado (civil y co-mercial) conceden al derecho tributario solamente un
“particularis­mo exclusivamente legal” (posición del francés Gény).
e) Tesis de Villegas sobre la Autonomía del Derecho Tributario. Las regulaciones jurídicas, cada
vez más numerosas, se han agru-pado en ramas especializadas. Pero esta fragmentación no
violenta la afirmación inicial. El derecho es uno y no hay un legislador por cada especialidad;
cuando dicta reglas lo hace para todo el sistema jurídico. Sus objetivos están explicitados enla
Constitución nacional, cuyo Preámbulo anuncia los fines perseguidos. Para desarrollar estas
pautas el legislador dicta normas que rigen los atributos, de-rechos, garantías y obligaciones de
las personas.
Luego de hacer varias consideraciones, Villegas concluye sosteniendo que se puede hablar de
una autono-mía didáctica y funcional del derecho tributario, pues constituye un conjunto de
normas jurídicas dotadas de homogeneidad que funciona concatenado a un grupo orgánico y
singularizado que a su vez está unido a todo el sistema jurídico. Su singularismo normativo le
permite tener sus propios conceptos e instituciones o utilizar los de otras ramas del derecho,
asignándoles un signifi-cado diferente

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributarioDerecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributarioHector Alvarado
 
Ensayo sobre el derecho financiero.
Ensayo sobre el derecho financiero.Ensayo sobre el derecho financiero.
Ensayo sobre el derecho financiero.AngbarMontaez
 
Ensayo derecho tributario
Ensayo  derecho tributarioEnsayo  derecho tributario
Ensayo derecho tributarioJahoda29
 
El derecho financiero
El derecho financieroEl derecho financiero
El derecho financieroMariajeh27
 
Ensayo Derecho Financiero
Ensayo Derecho FinancieroEnsayo Derecho Financiero
Ensayo Derecho FinancieroEdgardo cordero
 
Fuentes del derecho financiero...
Fuentes del derecho financiero...Fuentes del derecho financiero...
Fuentes del derecho financiero...Hector Alvarado
 
TRIBUTARIO DERECHO FINANCIERO
TRIBUTARIO DERECHO FINANCIEROTRIBUTARIO DERECHO FINANCIERO
TRIBUTARIO DERECHO FINANCIEROcacc93
 
Ensayo.mv
Ensayo.mvEnsayo.mv
Ensayo.mvvalentm
 
Financiero y tributario
Financiero y tributarioFinanciero y tributario
Financiero y tributarioSelene Varela
 
Derecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributarioDerecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributarioaidsbel
 
Derecho Financiero y Derecho Tributario.
Derecho Financiero y Derecho Tributario.Derecho Financiero y Derecho Tributario.
Derecho Financiero y Derecho Tributario.wmontes11
 
ENSAYO DEL DERECHO FINANCIERO
ENSAYO DEL DERECHO  FINANCIEROENSAYO DEL DERECHO  FINANCIERO
ENSAYO DEL DERECHO FINANCIEROlakati
 

La actualidad más candente (19)

Derecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributarioDerecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributario
 
Ensayo 1
Ensayo 1Ensayo 1
Ensayo 1
 
Ensayo sobre el derecho financiero.
Ensayo sobre el derecho financiero.Ensayo sobre el derecho financiero.
Ensayo sobre el derecho financiero.
 
Tema 2 Ensayo
Tema 2 EnsayoTema 2 Ensayo
Tema 2 Ensayo
 
Ensayo derecho financiero
Ensayo derecho financieroEnsayo derecho financiero
Ensayo derecho financiero
 
Ensayo derecho tributario
Ensayo  derecho tributarioEnsayo  derecho tributario
Ensayo derecho tributario
 
El derecho financiero
El derecho financieroEl derecho financiero
El derecho financiero
 
Ensayo Derecho Financiero
Ensayo Derecho FinancieroEnsayo Derecho Financiero
Ensayo Derecho Financiero
 
Fuentes del derecho financiero...
Fuentes del derecho financiero...Fuentes del derecho financiero...
Fuentes del derecho financiero...
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
Ensayo derecho financiero
Ensayo derecho financieroEnsayo derecho financiero
Ensayo derecho financiero
 
TRIBUTARIO DERECHO FINANCIERO
TRIBUTARIO DERECHO FINANCIEROTRIBUTARIO DERECHO FINANCIERO
TRIBUTARIO DERECHO FINANCIERO
 
Tributario
TributarioTributario
Tributario
 
Ensayo.mv
Ensayo.mvEnsayo.mv
Ensayo.mv
 
Financiero y tributario
Financiero y tributarioFinanciero y tributario
Financiero y tributario
 
Derecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributarioDerecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributario
 
Derecho financiero
Derecho financiero Derecho financiero
Derecho financiero
 
Derecho Financiero y Derecho Tributario.
Derecho Financiero y Derecho Tributario.Derecho Financiero y Derecho Tributario.
Derecho Financiero y Derecho Tributario.
 
ENSAYO DEL DERECHO FINANCIERO
ENSAYO DEL DERECHO  FINANCIEROENSAYO DEL DERECHO  FINANCIERO
ENSAYO DEL DERECHO FINANCIERO
 

Similar a La actividad financiera en el derecho tributario

Ensayo derecho financiero
Ensayo derecho financieroEnsayo derecho financiero
Ensayo derecho financierogarciayasmid
 
Derecho Financiero Ensayo de Tributario Benjamin 1906
Derecho Financiero Ensayo de Tributario Benjamin 1906Derecho Financiero Ensayo de Tributario Benjamin 1906
Derecho Financiero Ensayo de Tributario Benjamin 1906Elismaryctss
 
Actividad 2 derecho tributario
Actividad 2  derecho tributarioActividad 2  derecho tributario
Actividad 2 derecho tributarioGladys Mazzarri
 
Ensayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroEnsayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroAymarVasquez
 
Ensayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroEnsayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroAymarVasquez
 
Derecho financiero y tributario, hector. docx
Derecho financiero y tributario, hector. docxDerecho financiero y tributario, hector. docx
Derecho financiero y tributario, hector. docxHector Alvarado
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financieroluisgodoy86
 
Derecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributarioDerecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributariorosana Marchan
 
Trabajo financiero saia
Trabajo financiero saiaTrabajo financiero saia
Trabajo financiero saiaAcris Piña
 
Trabajo financiero saia espero
Trabajo financiero saia esperoTrabajo financiero saia espero
Trabajo financiero saia esperoAcris Piña
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financieroArielLozada4
 
Ensayo de derecho financiero
Ensayo de derecho financiero Ensayo de derecho financiero
Ensayo de derecho financiero marialexp7
 
Trabajo de tributario ensayo de derecho financiero isaul
Trabajo de tributario ensayo de derecho financiero   isaulTrabajo de tributario ensayo de derecho financiero   isaul
Trabajo de tributario ensayo de derecho financiero isaulisaulgonzalez1
 

Similar a La actividad financiera en el derecho tributario (20)

Ensayo Derecho Financiero y Tributario
Ensayo Derecho Financiero y TributarioEnsayo Derecho Financiero y Tributario
Ensayo Derecho Financiero y Tributario
 
Ensayo derecho financiero
Ensayo derecho financieroEnsayo derecho financiero
Ensayo derecho financiero
 
Derecho Financiero Ensayo de Tributario Benjamin 1906
Derecho Financiero Ensayo de Tributario Benjamin 1906Derecho Financiero Ensayo de Tributario Benjamin 1906
Derecho Financiero Ensayo de Tributario Benjamin 1906
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
DERECHO FINANCIERO
DERECHO FINANCIERODERECHO FINANCIERO
DERECHO FINANCIERO
 
Actividad 2 derecho tributario
Actividad 2  derecho tributarioActividad 2  derecho tributario
Actividad 2 derecho tributario
 
Ensayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroEnsayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho Financiero
 
Ensayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroEnsayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho Financiero
 
Derecho financiero y tributario, hector. docx
Derecho financiero y tributario, hector. docxDerecho financiero y tributario, hector. docx
Derecho financiero y tributario, hector. docx
 
Actividad 2 ENSAYO
Actividad 2 ENSAYOActividad 2 ENSAYO
Actividad 2 ENSAYO
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
Derecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributarioDerecho financiero y tributario
Derecho financiero y tributario
 
Trabajo financiero saia
Trabajo financiero saiaTrabajo financiero saia
Trabajo financiero saia
 
Trabajo financiero saia espero
Trabajo financiero saia esperoTrabajo financiero saia espero
Trabajo financiero saia espero
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
Derecho Financiero
Derecho FinancieroDerecho Financiero
Derecho Financiero
 
Actividad Financiera
Actividad FinancieraActividad Financiera
Actividad Financiera
 
Ensayo de derecho financiero
Ensayo de derecho financiero Ensayo de derecho financiero
Ensayo de derecho financiero
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
Trabajo de tributario ensayo de derecho financiero isaul
Trabajo de tributario ensayo de derecho financiero   isaulTrabajo de tributario ensayo de derecho financiero   isaul
Trabajo de tributario ensayo de derecho financiero isaul
 

Último

EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxPryhaSalam
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxMaritzaRetamozoVera
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
UNIDAD DPCC. 2DO. DE SECUNDARIA DEL 2024
UNIDAD DPCC. 2DO. DE  SECUNDARIA DEL 2024UNIDAD DPCC. 2DO. DE  SECUNDARIA DEL 2024
UNIDAD DPCC. 2DO. DE SECUNDARIA DEL 2024AndreRiva2
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 

Último (20)

EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
UNIDAD DPCC. 2DO. DE SECUNDARIA DEL 2024
UNIDAD DPCC. 2DO. DE  SECUNDARIA DEL 2024UNIDAD DPCC. 2DO. DE  SECUNDARIA DEL 2024
UNIDAD DPCC. 2DO. DE SECUNDARIA DEL 2024
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 

La actividad financiera en el derecho tributario

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO ENSAYO ( DERECHO FINANCIERO) Andrea Padilla 18.933.964 SAIA E Prof : Abog. Emily Ramirez
  • 2. La actividad financiera en el derecho tributario todo grupo social organizado, ya sea público o privado necesita medios económicos para el cumplimiento de sus fines. Cuando se trata del estado y de los demás entes públicos es actividad de obtención y empleo de medios económicos necesarios para el sostenimiento de los servicios públicos y la consecución de las finalidades que recibe el nombre de " actividad financiera ". A nuestro juicio la actividad financiera puede descomponerse en tres momentos básicos: -. La obtención de ingresos. -. La gestión de estos recursos. -. El gasto que se hace de dichos recursos para el mantenimiento de los servicios públicos. Sobre le base de ello podemos definir la actividad financiera, aquella actividad que desarrolla el estado y demás entes públicos para la realización de los gastos inherentes a las funciones que les están encomendadas, así como para la obtención de los ingresos necesarios para hacer frente a dichos gastos Como características del derecho financiero pudiéramos decir lo siguiente: -. La actividad financiera es una actividad económica, es decir se trata de una actividad que se realiza a través de la gestión y movimiento del dinero público. -. No puede ignorarse que la actividad financiera por emanar de un grupo político, ofrece un aspecto político sociológico pues la administración de recursos escasos es fruto siempre de una decisión de la autoridad que gobierna la vida de una sociedad. -. La actividad financiera es una actividad jurídica en el sentido de que queda sometida a principios y normas jurídicas cuyo análisis constituyen precisamente el objeto de estudio en el derecho financiero. -. Es una actividad pública tanto por el sujeto como por el objeto que se relaciona con la satisfacción de las necesidades colectivas. -. La actividad financiera es una actividad instrumental en el sentido que sirve de cauce o instrumento para la satisfacción de la necesidad pública. -. La actividad financiera presenta aspectos muy distintos que pueden ser asumidos como objeto de conocimiento por distintas ciencias, así el jurista le interesa realizar el marco normativo en que se desenvuelve dicha actividad, para el economista, la actividad financiera es una realidad susceptible de ser analizado con criterios económicos y para el sociólogo y estudioso de la ciencia política la actividad financiera presenta aspectos sociológicos que no pueden ignorarse
  • 3. El Derecho Financiero, para estudiar las manifestaciones de la actividad financiera del Estado, se divide metodológicamente. Las ramas del Derecho Financiero, consideradas por la doctrina son: Derecho Tributario, Derecho Patrimonial Público (servicios públicos y empresas estatales), Derecho del Crédito Público (llamado también derecho monetario) y Derecho Presupuestario. Derecho Tributario: es aquella parte del derecho financiero que regula y disciplina los tributos. Es aquella rama del derecho que expone los principios y las normas relativas al establecimiento y recaudación de los tributos, y también analiza las relaciones jurídicas que de ello resultan. Derecho Financiero Patrimonial o Derecho Patrimonial Público: el objeto propio del derecho patrimonial público es el recurso patrimonial, o sea la estructura y la gestión del patrimonio público dirigidas a la obtención de ingresos. En base a ello el derecho patrimonial público se configura en torno a tres núcleos temáticos: 1º. Gestión de los bienes de titularidad pública. 2º. Gestión de empresas de titularidad pública. 3º. Participación de los entes públicos en empresas de titularidad privada. Dentro del ámbito de la titularidad pública se incluyen dos grandes categorías de bienes: -. Los llamados bienes demaniales o de dominio público. -. Los llamados bienes patrimoniales. Junto a ellos existen regímenes específicos de propiedad pública, como son la propiedad pública, la propiedad minera, el patrimonio forestal, y el patrimonio nacional. Derecho del Crédito Público o Deuda Pública: El endeudamiento público ofrece a nuestro juicio las tres siguientes peculiaridades: -. Los empréstitos públicos, es decir las operaciones financieras en la que el estado o cualquier otro ente territorial recibe dinero a préstamo en las condiciones y con los límites fijados en la ley. -. Las operaciones similares de préstamo o de apertura de crédito. -. Los anticipos y los créditos que el banco emisor puede conceder al tesoro público. Derecho Presupuestario: el derecho presupuestario lo podemos definir como la expresión jurídica del plan financiero del estado para un periodo de tiempo determinado. El contenido del derecho presupuestario podemos concretarlo en dos aspectos: 1º. Aspecto jurídico-político. 2º. Aspecto jurídico-financiero.
  • 4. El aspecto jurídico-político hace referencia al conjunto de normas dirigidas a regular las relaciones entre dos poderes del estado: poder legislativo y ejecutivo que son protagonistas del ciclo presupuestario, así corresponde al derecho presupuestario la regulación de la distribución de competencias en materia de preparación, aprobación, ejecución y control del programa de ingresos y gastos del estado. El aspecto jurídico-financiero de terminar los efectos que el presupuesto en cuanto a la ley tiene con respecto a los ingresos y gastos públicos, o sea con respecto a los derechos subjetivos de los particulares y con respecto al ordenamiento jurídico y a las leyes financieras preexistentes. Se ha discutido si el derecho tributario es autónomo en relación a otras ramas del derecho. Villegas (2002) considera necesario advertir, sin embargo, que el concepto de auto-nomía dentro del campo de las ciencias jurídicas es equívoco y adolece de una vaguedad que dificulta la valoración de las diferen-tes posiciones. Considera Villegas que la posibilidad de independencias absolutas o de fronteras cerradas en el sector jurídico tributario es inviable, por cuanto las distintas ramas en que se divide el derecho no dejan de conformar el carácter de partes de una única unidad real: el orden jurídico de un país, que es emanación del orden social vigente. Por eso nunca la autonomía de un sector jurídico puede signi-ficar total libertad para regularse íntegramente por sí solo. La autonomía no puede concebirse de manera absoluta, sino que cada rama del derecho forma parte de un conjunto del cual es porción solidaria. Así, por ejemplo, la “relación jurídica tributaría” (el más fundamental concepto de derecho tributario) es sólo una es­pecie de “relación jurídica” existente en todos los ámbitos del derecho y a cuyos principios generales debe recurrir. De igual manera, conceptos como “sujetos”, “deuda”, “crédito”, “pago”, “proceso”, “sanción”, etc., tienen un contenido jurídico universal y demuestran la imposibilidad de “parcelar” el derecho. Posiciones sobre la Autonomía del Derecho Tribu-tario Existen posiciones divergentes sobre este punto. A continuación se presenta una visión sucinta de las principales posiciones sostenidas. a) Subordinación al Derecho Financiero. Se Comprende aquí la tesis que niega todo tipo de autonomía al derecho tributario (aun la didáctica) porque lo subordina al derecho financiero. Tal es la posición de Giuliani Fonrouge, que según Villegas no es convincente su posición, por cuanto no encuentra inconveniente en que el derecho tributario, atento el volumen de su contenido, se estudie separadamente del derecho financiero, aun cuando también es posible su estudio conjunto. Jarach acepta la posibilidad de la conjunción, la que adoptan generalmente los cursos o manuales españoles.
  • 5. b) Subordinación al Derecho Administrativo. Esta corriente doctrinal comprende a quienes piensan que el derecho tributario es una rama del derecho administrativo, ante lo cual sucede lo si-guiente: se acepta que el derecho tributario sea estudiado inde-pendientemente del derecho administrativo (atento a su volumen), pero la subordinación exige que supletoriamente, y ante la falta de normas expresas tributarias sobre algún punto, se recurra obliga-toriamente a los conceptos, ideas e instituciones del derecho ad-ministrativo. Estas teorías manejaron similares conceptos en re-lación al derecho financiero, y fueron sustentadas por viejos y notables tratadistas de derecho administrativo (Zanobini, Mayer, Fleiner, Orlando, Del Vecchio). c) Autonomía Científica del Derecho Tributario. Dentro de esta corriente doctrinal, se incluye a quienes consideran el derecho tri-butario material o sustantivo, tanto didáctica como científicamente autónomo. Autores extranjeros como Trotabas y Dela Garza, y destacados publicistas argentinos como Jarach y García Belsun-ce, adoptan esta postura. En una de sus obras más recientes, García Belsunce ha sinte-tizado las razones esgrimidas y ha explicado el porqué de la termi-nología utilizada. Según su tesitura la autonomía científica supone: 1) la autonomía teleológica o de fines, cuando un derecho tiene fines propios y dis-tintos de los demás; 2) la autonomía estructural u orgánica, cuando el contenido o las instituciones que integran determinada rama del derecho tiene naturaleza jurídica propia, en el sentido de que es distinta de las otras ramas del derecho, o sea, que no encuentra su fuente en ellas y, además, esas instituciones distintas son unifor-mes entre sí en cuanto responden a una misma naturaleza jurídi-ca, y 3) la autonomía dogmática y conceptual, cuando esa rama del derecho tiene conceptos y métodos propios para su expre-sión, aplicación o interpretación. d) Subordinación al Derecho Privado. Por último, se encuentran quienes afirman que el derecho tributario no ha logra-do desprenderse del derecho privado, lo cual sucede principalmen-te porque el concepto más importante del derecho tributario, que es la obligación tributaria, se asemeja a la obligación de derecho privado, diferenciándose por el objeto de una y de otra (tributo por un lado y obligación de una persona por el otro). Quienes afir-man esta dependencia con respecto al derecho privado (civil y co-mercial) conceden al derecho tributario solamente un “particularis­mo exclusivamente legal” (posición del francés Gény). e) Tesis de Villegas sobre la Autonomía del Derecho Tributario. Las regulaciones jurídicas, cada vez más numerosas, se han agru-pado en ramas especializadas. Pero esta fragmentación no violenta la afirmación inicial. El derecho es uno y no hay un legislador por cada especialidad; cuando dicta reglas lo hace para todo el sistema jurídico. Sus objetivos están explicitados enla Constitución nacional, cuyo Preámbulo anuncia los fines perseguidos. Para desarrollar estas
  • 6. pautas el legislador dicta normas que rigen los atributos, de-rechos, garantías y obligaciones de las personas. Luego de hacer varias consideraciones, Villegas concluye sosteniendo que se puede hablar de una autono-mía didáctica y funcional del derecho tributario, pues constituye un conjunto de normas jurídicas dotadas de homogeneidad que funciona concatenado a un grupo orgánico y singularizado que a su vez está unido a todo el sistema jurídico. Su singularismo normativo le permite tener sus propios conceptos e instituciones o utilizar los de otras ramas del derecho, asignándoles un signifi-cado diferente