2. Los Principios en la Ley No. 141-15
❑ Celeridad
❑ Igualdad
❑ Transparencia e información
❑ Conducta ética
❑ Maximización de activos
❑ Universalidad
❑ Eficiencia
❑ Negociabilidad
❑ Reciprocidad
❑ Gobernabilidad Económica y Corporativa
3. Los principios y lineamientos
rectores de Banco Mundial.
(i) Integrarse con la totalidad del
sistema legal y comercial del país.
(ii) Maximizar el valor de los activos
de la empresa y de la recuperación de
las acreencias.
4. Los principios y lineamientos rectores
de Banco Mundial.
(iii) Prever tanto la liquidación efectiva
de las empresas no viables, y de aquellas
cuya liquidación pueda producir un
mayor beneficio para los acreedores,
como la reorganización de las empresas
viables.
5. Los principios y lineamientos
rectores de Banco Mundial.
(iv) Establecer un cuidadoso
equilibrio entre liquidación y
reorganización, permitiendo una
fácil conversión entre un
procedimiento y otro.
6. Los principios y lineamientos rectores de
Banco Mundial.
(v)Proveer trato igualitario a los
acreedores en posición similar,
incluidos los acreedores locales y
extranjeros en tal situación.
7. Los principios y lineamientos
rectores de Banco Mundial.
(vi) Proveer a la resolución oportuna,
eficiente e imparcial de las insolvencias.
(vii) Impedir la utilización indebida del
sistema de insolvencia.
8. Los principios y lineamientos
rectores de Banco Mundial.
(viii) Evitar el desmembramiento
prematuro de los activos del deudor por
parte de los acreedores individuales que
persiguen resoluciones rápidas.
9. Los principios y lineamientos rectores
de Banco Mundial.
(ix) Proveer un procedimiento
transparente que contenga, y que
aplique consecuentemente, reglas
claras de asignación de riesgos e
incentivos para la reunión y
distribución de información.
10. Los principios y lineamientos
rectores de Banco Mundial.
(x)Reconocer los derechos existentes de
los acreedores y respetar la prioridad de
los créditos mediante un proceso
establecido y predecible.
11. Los principios y lineamientos
rectores de Banco Mundial.
(xi) Establecer un marco para las
insolvencias transfronterizas, con
reconocimiento de los procedimientos
extranjeros.
12. Los Principios de INSOL
Primero: Cuando un deudor se
encuentra en dificultades financieras, los
principales acreedores deben estar
preparados para cooperar entre ellos
otorgando al deudor un tiempo
suficiente, aunque limitado, para que se
pueda reunir, conocer y evaluar la
información relevante del deudor, a fin
de formular una propuesta de solución.
13. Los Principios de INSOL
Segundo: Durante este periodo los
acreedores deben abstenerse de iniciar
acciones para lograr el cobro de sus
créditos y reducir su riesgo, aunque
tendrán el derecho de proteger su
posición frente a otros acreedores. (La
transmisión de su crédito a un tercero
no se opone a este principio).
14. Los Principios de INSOL
Tercero: Durante ese mismo período el
deudor debe abstenerse de cualquier
acción que pueda perjudicar la
recuperación de los créditos de los
acreedores relevantes (ya sea colectiva o
individualmente) en comparación a la
situación que guardaban al inicio del
período de espera.
15. Los Principios de INSOL
Cuarto: Los intereses de los
acreedores relevantes se verán mejor
servidos si coordinan su respuesta al
deudor. Tal coordinación puede
facilitarse mediante la designación de
uno o más comités o la designación
de especialistas que puedan asesorar
a acreedores y deudor.
16. Los Principios de INSOL
Quinto: Durante el período de espera,
el deudor debe proporcionar a los
acreedores relevantes y a los
especialistas acceso razonable a su
información financiera a fin de
facilitar la evaluación de su situación
financiera y la formación de una
propuesta de solución.
17. Los Principios de INSOL
Sexto: Las propuestas de solución
deberán tomar en cuenta el derecho
aplicable y la peculiar posición de los
acreedores relevantes.
18. Los Principios de INSOL
Séptimo: La información en cuestión
debe hacerse disponible a todos, pero
deberá ser tratada en forma
especialmente confidencial.
19. Los Principios de INSOL
Octavo: Si durante el período de
espera, es necesario proveer con
recursos financieros adicionales,
éstos deberán tener un tratamiento
preferencial para su pago.
20. Los Principios en la Ley No.
141-15
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