Este documento resume los principios fundamentales del derecho laboral en Colombia, incluyendo la libertad de trabajo, la obligatoriedad del trabajo, y la protección del trabajo. Describe siete principios clave como la igualdad de derechos, la primacía de la libertad, la estabilidad laboral, la favorabilidad, e irrenunciabilidad de beneficios mínimos. Finalmente, enumera mecanismos para la garantía de los derechos laborales como el derecho de petición, la acción de tutela, y los procesos de conciliación y transacción laboral
2. Derecho laboral
• Marco legal y jurídico (Normas, Leyes) que encierran las relaciones
entre el empleado y empleador con la finalidad de prestar un servicio
a cambio de una remuneración.
3. Principios mínimos fundamentales y generales
de la legislación laboral
1. Libertad de trabajo: Todos los residentes en Colombia son libres de
escoger el trabajo en el cual se quieren desempeñar, no debe ser
impuesto por particulares o el estado (C.S.T. Artículo 8 y 11).
2. Obligatoriedad del trabajo: Todos los residentes en Colombia que
se encuentren en etapa productiva están en la obligación de
aportar su fuerza laboral para el desarrollo del país, de igual forma
el estado debe proveer oportunidades (C.S.T. Artículo 7).
3. Protección del trabajo: El estado debe garantizar los derechos
mínimos de los trabajadores, garantizando el desarrollo de la
población (C.S.T. Artículo 9).
4. 4. Igualdad de derechos: No se debe discriminar a ningún trabajador
por su condición sexual, genero, etc. Todos deben ser tratados con
igualdad (C.S.T. Artículo 10, 143, Ley 361 de 1997, Ley 931 de 2004, Ley
982 de 2005.)
5. Primacía de la libertad: En casos de discordia entre el empleado y
empleador, se otorgara prioridad a la evidencia física por encima de los
establecido en el acuerdo relatado en el papel (C.S.T. Artículo 23, 127).
6. Estabilidad: El trabajador goza del derecho a la estabilidad laboral, si el
empleador da por terminado el contrato sin causa justa debe reconocer
indemnización (C.S.T. 239, Ley 361 de Ley 931 de 2004, Ley 982 2005).
7. Favorabilidad: Para dar solución a los conflictos entre empleado y el
empleador se utilizaran normas aplicables con la apreciación mas
favorable para el empleado (C.S.T. Artículo 21).
8. Irrenunciabilidad de beneficios mínimos: El empleado no podrá
renunciar a los derechos mínimos que la ley le otorga (C.S.T. Artículos 13,
14 y 340).
5. 1. Derecho de petición: Es el derecho que tienen todas las personas
de hacer una solicitud formal a las autoridades para que le den
pronta solución (Ley 1755 de 2015).
2. Acción de tutela: Se utiliza cuando un derecho fundamental ha sido
vulnerado o amenazado por entes públicos (artículo 23 de la CP).
3. Conciliación y transacción laboral:
• Conciliación: Los involucrados en el conflicto llegan a un acuerdo
voluntario con ayuda de un tercero neutral (artículo 64 de la Ley 446
de 1998).
• Transacción: Las partes finalizan extrajudicialmente la diferencia
presentada.
Mecanismos de Garantía de los derechos
laborales