1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
PRINCIPIOS GENEREALES DEL DERECHO TRIBUTARIO
PARTICIPANTE:
Nayrelis Rivas
C.I 20. 924.579
SAIA D
Prof. Abg. Emily Ramírez
2. DERECHO TRIBUTARIO
Sistema de normas jurídicas
originadas y fundamentadas en
principios constitucionales propios.
Se puede definir el derecho
tributario como un
los cuales permiten la
regulación pertinente al
establecimiento, discusión,
recaudación, revisión, control y
modificación de los impuestos
y contribuciones fiscales
derivados del ejercicio de la potestad
tributaria del Estado.,
3. PRINCIPIOS GENERALES
El Principio de Legalidad o
Primacía de la Ley, es un
principio fundamental del
Derecho Público conforme al
cual todo ejercicio del Poder
Público debería estar sometido a
la voluntad de la Ley y no a la
voluntad de las personas, por lo
cual se dice que el mismo
establece la seguridad jurídica.
Busca la contribución de todo
el colectivo al sostenimiento
de la carga pública, es decir,
todo ciudadano debe tributar
y no puede haber ciudadanos
exentos. Se fundamenta en lo
expresado en el Artículo 133.
CRBV
Principio de Legalidad Principio de Generalidad
4. Este principio, encuentra una
clara concreción en las
relaciones que se originan de
manera particular, imponiéndose
como regla que el estatus jurídico
de una persona no puede ser
modificado por la voluntad
unilateral de otra.
Conocido como el Principio
de Proporcionalidad, el cual
ordena que las medidas
adoptadas por el ente
administrativo deban ser
proporcionales con el
supuesto de hecho de que
se trate..
La Constitución Venezolana consagra el derecho a la
propiedad privada, su libre uso, goce, disfrute y disposición y
prohíbe la confiscación, salvo los casos expresamente
permitidos por la Constitución (Artículos 115, 116 y 317). Un
tributo es confiscatorio cuando absorbe una parte sustancial de
la propiedad o de la renta; es decir, cuando merma parte del
capital o acaba con la renta.
Principio de Igualdad Principio de Progresividad
Principio de No Confiscatoriedad
5. Se refiere principalmente al
deber de contribuir a los gastos
públicos, el cual queda
supeditado a la justa
distribución de las cargas según
la capacidad económica del
responsable o contribuyente,
pero respetando el principio de
la progresividad..
Se refiere al hecho de que
los tributos no tienen efecto
en el tiempo, salvo las
excepciones prevista en la
Ley. Este principio tiene sus
bases en la Constitución de
la República Bolivariana de
Venezuela y en el Código
Civil, y significa aplicar una
ley nueva a los actos del
pasado.
Principio de Justicia
Tributaria
Principio de la No
Retroactividad