Este documento trata sobre cuatro tipos de delitos contra las personas: lesiones personales, aborto, difamación e injuria, y abandono de personas incapaces. Brevemente describe que las lesiones personales ocurren cuando se causa daño físico o psicológico sin intención de matar, el aborto es la muerte del feto dentro del vientre materno, la difamación e injuria son delitos contra el honor o reputación de una persona, y el abandono de personas incapaces se refiere a dejar sin cuidado a un niño menor de 12 años o persona
1. Lesiones personales Aborto
Difamación e
Injuria
Abandono de personas
Incapaces
Se dan cuando se causa un daño
Corporal o psíquico a una persona,
siempre y
cuando no haya intención de matar.
Muerte del feto
Dentro del vientre de su madre
La difamación es un delito contra el
honor, contra la persona moral de
igual manera la injuria .
La única diferencia
es ya que el hecho imputado
no es determinado
El que haya abandonado un
Niño menor de 12 años o una
persona Incapaz de proveer
su salud
Objeto Jurídico Objeto Jurídico Objeto Jurídico Objeto Jurídico
Integridad Física
Tutelada en la CRBV. La vida del Feto El honor, la reputación.
Art. 60 de la CRBV.
La Integridad Personal
Objeto Material Objeto Material
Objeto Material
Objeto Material
La Persona Lesionada
Pasivo: El Feto no nacido.
Activo: depende del tipo
Activo: la persona que ofendió
Pasivo: la persona ofendida.
Persona incapaz de cuidarse o
valerse por si misma
Naturaleza Jurídica Naturaleza Jurídica
Naturaleza Jurídica
Consiste en la tutela y cualquier
otro daño
Que deje huella en el cuerpo
humano.
El ordenamiento jurídico regula este
acto que es la muerte de
un ser un mano provocada por otro Es un delito de peligro,
Ya que se interpone a una persona
de cuidado determinada
Activo: persona imputable.
Pasivo: el abandonado.