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Ley sobre
el hurto y
robo de
vehículos
Automoto
res.
DELITOS
Hurto de Vehículo
Automotores. El que se
apodere de un vehículo
automotor perteneciente a
otra persona natural o
jurídica con el propósito de
obtener provecho para sí o
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será penado con prisión de
cuatro a ocho años.
Robo de Vehículos
Automotores. El que por
medio de violencia o
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cosas, se apodere de un
vehículo automotor con el
propósito de obtener
provecho para sí o para otro,
será sancionado con pena de
presidio de ocho a dieciséis
años. La misma pena se
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tenga lugar inmediatamente
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haya sido empleada por el
autor o él participe para
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BIEN JURIDICO
TUTELADO
La moral la
integridad
física en caso
de violencia y
la cosa
mueble.
CIRCUNSTANCIASAGRAVANTES
La pena a imponer para el hurto de vehículo automotor
será de seis a diez años de prisión si el hecho punible se
cometiere:
1. Sobre vehículos destinados al transporte público,
colectivo o de carga.
2. Valiéndose de la actividad realizada por menores de
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3. Sobre Vehículos expuestos a la confianza pública por
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4. De noche o habiendo penetrado en cualquier lugar
habitado o dependencia propiedad de otro.
Circunstancias Agravantes.
La pena a imponer para el robo de vehículo automotor
será de nueve a diecisiete años de presidio si el hecho
punible se cometiere:
1. Por medio de amenaza a la vida.
2. Esgrimiendo como medio de amenaza cualquier tipo
de arma capaz de atemorizar a la víctima, aun en el
caso de que no siendo un arma, simule serla.
3. Por dos o más personas.
LEY
CONTRA
LA
CORRUPC
ÓN
Del Enriquecimiento Ilícito y
su Restitución al Patrimonio
Público: Incurre en
enriquecimiento ilícito el
funcionario público que
hubiere Obtenido en el
ejercicio de sus funciones un
incremento patrimonial
desproporcionado con
relación a sus ingresos, que
no pudiere justificar
requerido y que no
constituya otro delito.
Cualquiera de las personas
señaladas en el artículo 3 de
la presente Ley que se
apropie o distraiga, en
provecho propio o de otro,
los bienes del patrimonio
público o en poder de algún
organismo público, cuya
recaudación, administración
o custodia tengan por razón
de su cargo, será penado con
prisión de tres (3) a diez (10)
años y multa del veinte por
ciento (20%) al sesenta por
ciento (60%) del valor de los
bienes objeto del delito.
De los Delitos contra la
Administración de Justicia
en la aplicación de esta Ley:
El Juez que omita o rehúse
decidir, so pretexto de
oscuridad,
insuficiencia, contradicción o
silencio de esta Ley, será
penado con prisión de uno
(1) a dos
(2) años. Si obrare por un
interés privado, la pena se
aumentará al doble.
BIEN JURÍDICO
TUTELADO:
El patrimonio
público.
LA SANCIONES
Independientemente de la responsabilidad civil, penal,
administrativa o
disciplinaria serán sancionados, con multa de cincuenta
(50) a quinientas unidades tributarias
(500 U.T.):
1. Quienes omitieren presentar la declaración jurada de
patrimonio dentro del término previsto para ello.
2. Quienes omitieren presentar en el término que se le
hubiere acordado, los documentos solicitados con
motivo del procedimiento de verificación patrimonial.
3. Quienes se les exija mediante resolución, presentar
la declaración jurada de patrimonio y no lo hicieren.
4. Quienes no participen los nombramientos,
designaciones, tomas de posesiones, remociones o
destituciones.
5. Los responsables del área de recursos humanos
cuando no exijan al funcionario público el comprobante
que demuestre el cumplimiento de haber presentado
la declaración jurada de patrimonio.
6. Las máximas autoridades a quienes se les haya
solicitado la aplicación de medidas preventivas y no lo
hicieren o a quienes éstos hayan encargado su
aplicación.
LEY
PENAL
DEL
AMBIENT
E
Delitos contra la
Administración Ambiental
Los funcionarios públicos o
funcionarias públicas que
indebida o ilegalmente
autoricen la realización de
actividades tipificadas como
delitos en esta Ley, o como
delitos o contravenciones en
las leyes especiales, serán
sancionados o sancionadas
con las penas
correspondientes al delito o
contravención cometido,
aumentadas al doble. La
sanción acarreará la
inhabilitación para el
ejercicio de funciones o
empleos públicos hasta por
dos años después de
cumplida la sanción principal.
Obstrucción de Justicia por
Funcionarios Públicos o
Funcionarias Públicas
Serán sancionados o
sancionadas con prisión de
uno a dos años y la
inhabilitación para el
ejercicio
de funciones o empleos
públicos hasta por dos años
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Funcionarios públicos o
funcionarias públicas.
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TUTELADO:
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La responsabilidad penal, a los efectos de los delitos
ambientales, cuya ejecución exige la violación de una
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LOS
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Será penado con prisión de
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Será sancionado con prisión
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La persona jurídica será sancionada en los términos
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sociales o en su interés exclusivo o preferente.
LEY
SOBREEL
DELITO
DE
CONTRAB
ANDO
Contrabando simple:
Quien por cualquier vía
introduzca al territorio y
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de la República Bolivariana
de Venezuela, extraiga de él
mercancías o bienes públicos
o privados, o haga tránsito
aduanero por rutas o lugares
no autorizados, sin cumplir o
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BIEN JURÍDICO
TUTELADO:
En el orden de
los delitos
económicos el
objetivo
supremo de
protección es
el orden
económico, en
el cual el Esta
SANCIONES ACCESORIAS
Son sanciones accesorias del contrabando:
1. El comiso de las mercancías objeto de contrabando,
así como el de los vehículos, semovientes, enseres,
utensilios, aparejos u otras mercancías usadas para
cometer, encubrir o disimular el delito.
La pena de comiso de una nave, aeronave, ferrocarril o
vehículo de transporte terrestre o acuático, sólo se
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coautor, cómplice o encubridor.
controles aduaneros
establecidos por las
autoridades del Estado y las
leyes, será sancionado con
prisión de cuatro a ocho
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Despacho o entrega de
mercancías sin autorización
Cuando los auxiliares de la
administración aduanera
encargados del
almacenamiento o depósito
despachen o entreguen
mercancías sin autorización
de la aduana, serán
sancionados con prisión de
cuatro a seis años.
Mercancías extranjeras
Quien tenga, deposite,
almacene, comercialice,
transporte o circule
mercancías extranjeras,
ilícitamente introducidas al
territorio y demás espacios
geográficos de la República o
provenientes de comercio
ilícito, será sancionado con
prisión de cuatro a seis años.
Abandono de mercancía
Quien abandone mercancías
ilícitamente introducidas al
territorio nacional y demás
espacios geográficos de la
República Bolivariana de
Venezuela, será sancionado o
sancionada con prisión de
cuatro a seis años.
do de Derecho
es, en última
instancia, el
que pervive
como reflejo
de tal orden.
2. El cierre del establecimiento y suspensión de la
autorización para operarlo.
3. La inhabilitación para ocupar cargos públicos o para
prestar servicio en la administración pública.
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comercio exterior.
5. Las sanciones mencionadas en los numerales 2, 3 y 4
del presente artículo serán establecidas por un lapso
no menor de seis meses ni mayor a sesenta meses.
INTEGRANTE:
MERLISA COLINA
CI: 23835784
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cuadro legislacion penal espesial

  • 1. Ley sobre el hurto y robo de vehículos Automoto res. DELITOS Hurto de Vehículo Automotores. El que se apodere de un vehículo automotor perteneciente a otra persona natural o jurídica con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, sin el consentimiento de su dueño, será penado con prisión de cuatro a ocho años. Robo de Vehículos Automotores. El que por medio de violencia o amenazas de graves daños inminentes a personas o cosas, se apodere de un vehículo automotor con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, será sancionado con pena de presidio de ocho a dieciséis años. La misma pena se aplicará cuando la violencia tenga lugar inmediatamente después del apoderamiento y haya sido empleada por el autor o él participe para asegurar su producto o impunidad. BIEN JURIDICO TUTELADO La moral la integridad física en caso de violencia y la cosa mueble. CIRCUNSTANCIASAGRAVANTES La pena a imponer para el hurto de vehículo automotor será de seis a diez años de prisión si el hecho punible se cometiere: 1. Sobre vehículos destinados al transporte público, colectivo o de carga. 2. Valiéndose de la actividad realizada por menores de edad. 3. Sobre Vehículos expuestos a la confianza pública por necesidad, costumbre o destinación. 4. De noche o habiendo penetrado en cualquier lugar habitado o dependencia propiedad de otro. Circunstancias Agravantes. La pena a imponer para el robo de vehículo automotor será de nueve a diecisiete años de presidio si el hecho punible se cometiere: 1. Por medio de amenaza a la vida. 2. Esgrimiendo como medio de amenaza cualquier tipo de arma capaz de atemorizar a la víctima, aun en el caso de que no siendo un arma, simule serla. 3. Por dos o más personas.
  • 2. LEY CONTRA LA CORRUPC ÓN Del Enriquecimiento Ilícito y su Restitución al Patrimonio Público: Incurre en enriquecimiento ilícito el funcionario público que hubiere Obtenido en el ejercicio de sus funciones un incremento patrimonial desproporcionado con relación a sus ingresos, que no pudiere justificar requerido y que no constituya otro delito. Cualquiera de las personas señaladas en el artículo 3 de la presente Ley que se apropie o distraiga, en provecho propio o de otro, los bienes del patrimonio público o en poder de algún organismo público, cuya recaudación, administración o custodia tengan por razón de su cargo, será penado con prisión de tres (3) a diez (10) años y multa del veinte por ciento (20%) al sesenta por ciento (60%) del valor de los bienes objeto del delito. De los Delitos contra la Administración de Justicia en la aplicación de esta Ley: El Juez que omita o rehúse decidir, so pretexto de oscuridad, insuficiencia, contradicción o silencio de esta Ley, será penado con prisión de uno (1) a dos (2) años. Si obrare por un interés privado, la pena se aumentará al doble. BIEN JURÍDICO TUTELADO: El patrimonio público. LA SANCIONES Independientemente de la responsabilidad civil, penal, administrativa o disciplinaria serán sancionados, con multa de cincuenta (50) a quinientas unidades tributarias (500 U.T.): 1. Quienes omitieren presentar la declaración jurada de patrimonio dentro del término previsto para ello. 2. Quienes omitieren presentar en el término que se le hubiere acordado, los documentos solicitados con motivo del procedimiento de verificación patrimonial. 3. Quienes se les exija mediante resolución, presentar la declaración jurada de patrimonio y no lo hicieren. 4. Quienes no participen los nombramientos, designaciones, tomas de posesiones, remociones o destituciones. 5. Los responsables del área de recursos humanos cuando no exijan al funcionario público el comprobante que demuestre el cumplimiento de haber presentado la declaración jurada de patrimonio. 6. Las máximas autoridades a quienes se les haya solicitado la aplicación de medidas preventivas y no lo hicieren o a quienes éstos hayan encargado su aplicación.
  • 3. LEY PENAL DEL AMBIENT E Delitos contra la Administración Ambiental Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que indebida o ilegalmente autoricen la realización de actividades tipificadas como delitos en esta Ley, o como delitos o contravenciones en las leyes especiales, serán sancionados o sancionadas con las penas correspondientes al delito o contravención cometido, aumentadas al doble. La sanción acarreará la inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos hasta por dos años después de cumplida la sanción principal. Obstrucción de Justicia por Funcionarios Públicos o Funcionarias Públicas Serán sancionados o sancionadas con prisión de uno a dos años y la inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos hasta por dos años después de cumplida la pena principal los Funcionarios públicos o funcionarias públicas. Delitos contra la Ordenación del Territorio. Delitos contra la Diversidad Biológica. BIEN JURÍDICO TUTELADO: Los recursos naturales y el ambiente. RESPONSABILIDAD PENAL La responsabilidad penal, a los efectos de los delitos ambientales, cuya ejecución exige la violación de una norma administrativa, es objetiva y para demostrarla basta la comprobación de la violación, no siendo necesario demostrar la culpabilidad. LEY ESPECIAL CONTRA LOS De los delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de Información: BIEN JURÍDICO TUTELADO La protección integral de los sistemas que SANCIONES. Las sanciones por los delitos previstos en esta ley serán principales y accesorias. Las sanciones principales concurrirán con las accesorias y ambas podrán también concurrir entre sí, de acuerdo
  • 4. DELITOS INFORMÁ TICOS Será penado con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta unidades tributarias. De los Delitos Contra la Propiedad: Será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias. De los delitos contra la privacidad de las personas y de las Comunicaciones: Será penado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias. La pena se incrementará de un tercio a la mitad si como consecuencia de los hechos anteriores resultare un perjuicio para el titular de la data o información o para un tercero. De los delitos contra el orden económico: Será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa de cien a quinientas unidades tributarias. utilicen tecnologías de información. con las circunstancias particulares del delito del cual se trate, en los términos indicados en la presente ley. Responsabilidad de las personas jurídicas. Cuando los delitos previstos en esta Ley fuesen cometidos por los gerentes, administradores, directores o dependientes de una persona jurídica, actuando en su nombre o representación, éstos responderán de acuerdo con su participación culpable. La persona jurídica será sancionada en los términos previstos en esta Ley, en los casos en que el hecho punible haya sido cometido por decisión de sus órganos, en el ámbito de su actividad, con sus recursos sociales o en su interés exclusivo o preferente. LEY SOBREEL DELITO DE CONTRAB ANDO Contrabando simple: Quien por cualquier vía introduzca al territorio y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela, extraiga de él mercancías o bienes públicos o privados, o haga tránsito aduanero por rutas o lugares no autorizados, sin cumplir o intentando incumplir los requisitos, formalidades o BIEN JURÍDICO TUTELADO: En el orden de los delitos económicos el objetivo supremo de protección es el orden económico, en el cual el Esta SANCIONES ACCESORIAS Son sanciones accesorias del contrabando: 1. El comiso de las mercancías objeto de contrabando, así como el de los vehículos, semovientes, enseres, utensilios, aparejos u otras mercancías usadas para cometer, encubrir o disimular el delito. La pena de comiso de una nave, aeronave, ferrocarril o vehículo de transporte terrestre o acuático, sólo se aplicará si su propietario tiene la condición de autor, coautor, cómplice o encubridor.
  • 5. controles aduaneros establecidos por las autoridades del Estado y las leyes, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años. Despacho o entrega de mercancías sin autorización Cuando los auxiliares de la administración aduanera encargados del almacenamiento o depósito despachen o entreguen mercancías sin autorización de la aduana, serán sancionados con prisión de cuatro a seis años. Mercancías extranjeras Quien tenga, deposite, almacene, comercialice, transporte o circule mercancías extranjeras, ilícitamente introducidas al territorio y demás espacios geográficos de la República o provenientes de comercio ilícito, será sancionado con prisión de cuatro a seis años. Abandono de mercancía Quien abandone mercancías ilícitamente introducidas al territorio nacional y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela, será sancionado o sancionada con prisión de cuatro a seis años. do de Derecho es, en última instancia, el que pervive como reflejo de tal orden. 2. El cierre del establecimiento y suspensión de la autorización para operarlo. 3. La inhabilitación para ocupar cargos públicos o para prestar servicio en la administración pública. 4. La inhabilitación para ejercer actividades de comercio exterior. 5. Las sanciones mencionadas en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo serán establecidas por un lapso no menor de seis meses ni mayor a sesenta meses. INTEGRANTE: MERLISA COLINA CI: 23835784 SAIA:E