1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
Karimar Pimentel
C.I 21.296.610
Facilitador Keidys Pérez
2. Es todo aquello que puede ser probado, es decir sobre el cual puede
o debe recaer la prueba, esto lo constituye en general los hechos
teniendo en cuenta que es todo aquello que puede ser percibido por
lo sentidos.
El objeto de la prueba son los hechos subsumidos en
la norma jurídica.
Objeto de la Prueba
3. La prueba de los hechos
Cosas que deben ser Probadas
El CPC Art. 340 (Ord. 5º) establece como requisitos de
la demanda “la relación de los hechos y los
fundamentos de derecho en que se basa la pretensión”
La prueba del derecho.
4. Hechos que no
requieren prueba
Hechos Admitidos
Hechos Negativos
Hechos Presumidos por la Ley
Hechos Notorios
Máximas de Experiencia
El Derecho Nacional
como
Objeto de Prueba
Las reglas de derecho contenidas
en el ordenamiento jurídico
nacional, vigentes en el territorio,
deben ser conocidas por el juez,
quien tiene la obligación de
estudiarlas y aplicarlas de acuerdo
a su libre interpretación como
medio de prueba para hacer eficaz
cada proceso.
El Derecho Extranjero
como
Objeto de Prueba
El Código de Bustamante ( Código de
Derecho Internacional Privado),
establece reglas para prueba de la Ley
Extranjera, estas se encuentran
establecidas en los artículos 408 al 411
del referido convenio internacional,
que son de obligatorio acatamiento
para los jueces de la República