Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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2. • Concepto de DDHH
• Origen de los DDHH
• Tipos de DDHH
• Fundamentación Filosófica de los DDHH
- Negación de la Fundamentación (Bobbio)
- Jusnaturalismo
- Pactismo
- Utilitarismo
- Humanismo
- Fundamentación relativa de Francisco Miró Quesada
Temas
3. • Son condiciones esenciales del género
humano, cualquiera sea su tipo, religión
sexo, edad o su condición en la sociedad,
ligadas estrechamente a su dignidad
personal
• Responden a la necesidad de que el hombre
vida dignamente (vida, alimentación,
vestido, vivienda, educación, salud, etc.)
Concepto
4. • El reconocimiento y vigencia de los DDHH
es producto de un proceso histórico que se
inicia desde los comienzos de los primeros
grupos humanos, pero que se formaliza
luego de las dos guerras mundiales en la
que los países del mundo se pusieron de
acuerdo en respetar ciertos aspectos de la
vida de las personas y las sociedades.
Origen
5. • Declaración de la Independencia Americana
de 1776
• Declaración de los Derechos del Hombre y
del Ciudadano en la Revolución Francesa
de 1789
• Declaración Universal de los Derechos
Humanos el 10 de diciembre de 1948
Origen
6. 1ra. Generación: Derechos civiles y políticos
• Contemplan el respeto a la persona, a su
libertad e integridad personal, el derecho a
la libre expresión, a la libertad de
pensamiento, a la separación de poderes, a
las garantías jurídicas y procesales, etc.
Tipos de DD.HH.
7. 2da. Generación: Derechos económicos,
sociales y culturales
• Contemplan el reconocimiento de los
derechos de huelga, jornada de ocho horas,
salario justo, condiciones dignas de trabajo,
vivienda, salud y educación.
Tipos de DD.HH.
8. 3ra. Generación: Derechos de solidaridad
• Se refiere a los derechos a la paz, al
desarme, al desarrollo, al medio ambiente
sano
• Responden a los requerimientos de los
habitantes de los países del mundo
Tipos de DD.HH.
9. • ¿Por qué los DDHH deben ser reconocidos
y protegidos?
• Se reflexiona sobre las razones por las que
deben existir esos derechos y por qué deben
protegerse y garantizarse.
• No hay una sola respuesta, sino que existen
diferentes teorías de fundamentación, de por
qué deben estar en la legislación positiva
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH.
10. Negación de la fundamentación (N. Bobbio)
• No hay que buscar una fundamentación, lo más
importante es garantizar esos derechos e impedir
su violación sistemática
• La fundamentación ya está resuelta en la
Declaración Universal de los DDHH.
• Ya están reconocidos, lo que corresponde es
averiguar cómo estos derechos pueden realizarse
lo mejor posible y, sobre todo, que sean respetados
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH.
11. Negación de la fundamentación (N. Bobbio)
1) Cuando se habla de los derechos del hombre hay una
barrera tal que no sabemos a qué nos estamos refiriendo con
tal expresión las más de las veces.
2) Habían variado históricamente estos derechos
3) Dentro de los DDHH hay una gran heterogeneidad como
para lograr un fundamento único de todos ellos
4) Hay contradicciones en esos derechos invocados por los
mismos sujetos
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH.
12. El Jusnaturalismo
• La naturaleza humana tiene en sí misma unas
tendencias que le son consustanciales e
inalienables y que se constituyen en posibilidades
o poderes de actuación, es decir, en derechos
básicos
• Los individuos poseen en el estado de naturaleza
unos derechos que la organización social y política
ha de respetar (jusnaturalismo racionalista)
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH.
13. El Jusnaturalismo
• De acuerdo al jusnaturalismo neoescolástico se
considera la existencia de una legalidad u
ordenamiento de carácter objetivo y en cierta
medida trascendente que tiene una fuerza de
vinculación superior a las leyes establecidas por
los gobernantes.
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH.
14. El Pactismo
• Sostiene que el origen de los DDHH está en un
contrato, en un pacto que dar origen a la sociedad
civil y política
• Los derechos humanos tienen un valor presocial,
pero solamente se van a constituir en verdaderos
derechos cuando son reconocidos y respetados por
la organización política a través del pacto que ha
permitido el paso del status natural al status civil,
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH.
15. El Utilitarismo
• Los derechos humanos son una garantía de
felicidad mayor de los miembros de la sociedad
• Tienen la capacidad de contribuir a la felicidad o
bienestar de la mayoría del grupo social
• Cada hombre debe disponer de las posibilidades y
recursos que le permitan llevar a cabo sus propios
planes de vida.
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH.
16. El Humanismo
• Considera que la dignidad de la persona humana
es la raíz y principio de los derechos
fundamentales
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH.
17. Filosofía y Fundamentación
• Filosofía como disciplina racional
1) La filosofía intenta resolver problemas sobre el
hombre y el mundo
2) Intenta alcanzar soluciones últimas
3) Es radical: no acepta verdad ni método no
fundamentado
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
18. Filosofía y Fundamentación
• Actividad Racional
1) Análisis de significaciones
2) Hacer deducciones
3) Conocer con evidencia, tener intuiciones
intelectuales
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
19. Filosofía y Fundamentación
• Fundamentación Filosófica
1) Evidencia
2) Deducción de conclusiones partiendo de
evidencias
3) Validez de una deducción (premisas verdaderas
conclusión verdadera)
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
20. Filosofía y Fundamentación
• Evidencia
- Captación de una verdad de la que es imposible dudar
- En tanto evidente un conocimiento está definitivamente
fundado
- Existen evidencias engañosas
- Evidencias auténticas (principios lógicos, propiedades de
objetos matemáticos, ciertos significados “silla sirve para
sentarse”)
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
21. Fundamentación Absoluta (Evidencia)
• Los DDHH tenemos que aceptarlos porque
nuestra razón nos revela que son así de
manera necesaria
• Crítica: Lo cierto es que la realidad no
muestra esa necesidad
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
22. Fundamentación Absoluta (Deducciones)
• Las premisas son proposiciones y las
conclusiones son normas. Crítica: no hay
sistema lógico que permita hacer eso
• Las premisas y las conclusiones son
normas. Crítica: las evidencias normativas
no son universales
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
23. Fundamentación Relativa
• Elección de premisa: Si expresa algo sobre
la que la mayoría de la humanidad está de
acuerdo puede partirse de allí
• Ideal de vida racional
• Si se acepta el ideal de la vida racional, es
imposible no reconocer los derechos
humanos
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
24. Fundamentación Relativa
• Comportamiento racional: Ninguna actividad
racional puede ser arbitraria (acto contrario a la
justicia, a la razón o las leyes, dictado sólo por la
voluntad o el capricho)
• Racionalidad instrumental e interpersonal: se trata
de elegir medios eficaces para realizar un fin,
cuando no se elige medios arbitrarios. Cuando se
trata de personas no se puede utilizar medios
arbitrarios
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
25. Fundamentación de la Libertad
• Concepto: ausencia de trabas para el comportamiento
• El comportamiento racional implica que no se puede
ser arbitrario con respecto a las demás personas, no
se les puede imponer un comportamiento que no tome
en cuenta los fines que ellas persiguen. No se les
puede poner trabas a su libertad
• Si una persona decide comportarse racionalmente,
entonces debe respetar la libertad de los demás.
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
26. Fundamentación de la Igualdad
• Si todos los hombres deben ser libres, nadie puede
tener derechos que otros no tienen. Porque si no
unos tendrían una limitación que otros no tienen.
• Nadie puede ser esclavizado, ni torturado, ni
considerar su raza para limitar la libertad.
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
27. Valor
• Puede saberse que el comportamiento no arbitrario
es una nota constitutiva del significado de
“comportamiento racional”, pero no puede
demostrarse que hay que comportarse
racionalmente (por eso es una fundamentación
relativa)
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.
28. Valor
• No puede demostrarse que hay que comportarse
racionalmente
• Está respaldada por un ideal presente en la historia
• La Declaración Universal de DDHH es un signo
de que a pesar de todas las apariencias en
contrario, a pesar de que los individuos y naciones
sean irracionales, hay un acuerdo unánime de que
debemos comportarnos racionalmente
Fundamentación Filosófica de los
DD.HH. Francisco Miró Quesada C.