2. Derecho del trabajo
• Según Trueba Urbina “Es el conjunto de principios, normas e instituciones
que protegen, dignifican y tienden a reivindicar a todos los que viven de sus
esfuerzos materiales o intelectuales para la realización de su destino histórico:
socializar la vida humana.
4. Según la pagina Blog spot de derecho laboral Colombiano y el autor Luis Eduardo Serrano
Rincón “el artículo 53 instituyó un conjunto de principios mínimos fundamentales en materia
del trabajo. La Corte Constitucional ha dicho que ésos principios no hacen parte aislada del
Estatuto del Trabajo, sino que están ligados al mismo funcionamiento del Estado. Dice la
Corte: “Es más: son principios esenciales que también se relacionan con la organización
política del Estado Social de Derecho, empeñado en "combatir las penurias económicas o
sociales y las desventajas de diversos sectores, grupos o personas de la población”.