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SEGURIDAD CONTRA RIESGOS LABORALES
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Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
• Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
• Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se
establecen las disposiciones mínimas de seguridad y
salud en los lugares de trabajo
salud en los lugares de trabajo.
José Luis Gómez Calvo 3
NECESIDADES
Prevención de:
• Accidentes laborales
• Higiene industrial
g
• Ergonomía
• Factores psicosociales y organizativos
• Conductas inadecuadas: Imprudencia y
temeridad
José Luis Gómez Calvo 4
SOLUCIONES
• Evaluación inicial de riesgos
• Evaluación inicial de riesgos
• Prevención de riesgos
• Medidas preventivas
• Información
Información
• Formación
• Consulta
• Participación
p
• Detección continuada e información de riesgos
• Adopción de medidas
• Dotación de medios
• Adecuación de condiciones
• Adecuación de la organización
José Luis Gómez Calvo 5
RIESGOS LABORALES
RIESGOS LABORALES
Riesgo laboral, es la posibilidad de que
Riesgo laboral, es la posibilidad de que
un trabajador sufra un determinado
daño derivado del trabajo.
Para calificar un riesgo desde el punto de vista
de su gravedad, se valorarán conjuntamente la
probabilidad de que se produzca el daño y la
probabilidad de que se produzca el daño y la
severidad del mismo
Se consideran como “daños derivados del
Se consideran como “daños derivados del
trabajo” las enfermedades, patologías o lesiones
sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
José Luis Gómez Calvo 6
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
•Accidentes laborales
Accidentes laborales
•Higiene industrial
•Ergonomía
•Factores psicosociales y organizativos
p y g
•Conductas inadecuadas: Imprudencia y temeridad
José Luis Gómez Calvo 7
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
1. SEGURIDAD EN EL TRABAJO
• Accidentes de trabajo
A id t t ló i
• Accidentes tecnológicos
- Incendio
Escape de gases tóxicos o irritantes
- Escape de gases tóxicos o irritantes
- Derrame de líquidos corrosivos
Explosión de gas
- Explosión de gas
• Evacuación por emergencia
José Luis Gómez Calvo 8
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
2. HIGIENE INDUSTRIAL
Agentes químicos: Exposición a sustancias peligrosas
Agentes físicos: Ruido vibraciones, electricidad estática
Agentes biológicos: Exposición a agentes biológicos
José Luis Gómez Calvo 9
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
3. ERGONOMÍA
• Diseño del puesto de trabajo.
• Maquinaria y equipos: Atrapamientos, golpes, etc.
• Caídas en el mismo plano debido a suelos resbaladizos obstáculos en los pasos etc
• Caídas en el mismo plano debido a suelos resbaladizos, obstáculos en los pasos, etc.
• Caídas en distinto plano.
• Inadecuado diseño del espacio de trabajo: dimensiones y acondicionamiento.
• Manejo de cargas.
• Sobreesfuerzo
• Posiciones forzadas.
• Movimientos repetitivos
• Trabajo de pie, la mayor parte de la jornada
• Elementos del puesto de trabajo
• Elementos del puesto de trabajo.
• Contacto eléctrico
• Fatiga mental, física o visual
José Luis Gómez Calvo 10
• Malas condiciones medio ambientales
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
4. FACTORES PSICOSOCIALES Y ORGANIZATIVOS.
• Situaciones de trabajo que producen estrés.
• Relaciones inadecuadas entre los trabajadores
• Situaciones de conflicto con personas concurrentes
• Desconocimiento de riesgos debido a la falta de información
• Desconocimiento de riesgos debido a la falta de información
y formación.
José Luis Gómez Calvo 11
CATALOGO DE RIESGOS LABORALES
5. CONDUCTAS INADECUADAS: Imprudencia y temeridad.
• Incumplimiento de las medidas de prevención establecidas.
José Luis Gómez Calvo 12
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Los trabajadores tienen derecho a una
protección eficaz en materia de
seguridad y salud en el trabajo
seguridad y salud en el trabajo
El citado derecho supone la existencia de un
l ti d b d l i d t ió
correlativo deber del empresario de protección
de los trabajadores frente a los riesgos laborales
ó
Este deber de protección constituye, igualmente,
un deber de las Administraciones públicas
respecto del personal a su servicio.
José Luis Gómez Calvo 13
ACCION PREVENTIVA
ACCION PREVENTIVA
Principios de la acción preventiva:
1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención, con
arreglo los siguientes principios generales:
arreglo los siguientes principios generales:
a. Evitar los riesgos.
b. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar
c. Combatir los riegos en su origen
d Ad t l t b j l
d. Adaptar el trabajo a la persona.
e. Tener en cuenta la evolución de la técnica
f. Planificar la prevención.
g. Adoptar medidas que antepongan la prevención colectiva a la individual
h. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores
2. El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los
trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles
tareas.
tareas.
3. El empresario adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar que sólo los
trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder
a las zonas de riesgo grave y específico.
4. La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o
imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador.
5 Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como
á bit d b t l i ió d i d i d d l
José Luis Gómez Calvo 14
ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto a
sus trabajadores.
INFORMACION, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE
LOS TRABAJADORES
A fin de dar cumplimiento al deber de protección, el empresario debe
adoptar las medidas adecuadas para que los trabajadores
reciban las informaciones necesarias en relación con:
a) Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores en el
trabajo.
b) Las medidas y actividades de protección y prevención
aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
c) Las medidas en materia de primeros auxilios, lucha contra
incendios y evacuación.
En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores,
la información se facilitará por el empresario a través de dichos
representantes.
El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su
participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la
seguridad y salud en el trabajo.
José Luis Gómez Calvo 15
FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES
FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES
En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá
garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y
garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y
práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva.
La formación deberá impartirse siempre que sea posible, dentro
de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con
de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con
el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma.
José Luis Gómez Calvo 16
MEDIDAS DE EMERGENCIA
El empresario teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la
El empresario teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la
empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la
misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y
adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios,
lucha contra incendios y evacuación.
lucha contra incendios y evacuación.
José Luis Gómez Calvo 17
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y
mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada
mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada
caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el
trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su
actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo,
de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario
José Luis Gómez Calvo 18
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los
trabajadores designados para realizar actividades de protección y
prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de
cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables,
q q j p
un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores
Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la
autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de
autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de
los trabajadores en el trabajo.
Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas
Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas
condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para
la seguridad y la salud de los trabajadores.
José Luis Gómez Calvo 19
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia
de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores,
tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos
previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los trabajadores o de falta,
en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente
normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o
normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o
del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas.
José Luis Gómez Calvo 20
FUNCIONES DE LOS REPRESENTANTES
SINDICALES
En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores,
la información en relación con:
a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los
a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los
trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la
empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de
trabajo o función
b) Las medidas y actividades de protección y prevención
aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
Se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos
representantes no obstante deberá informarse directamente a cada
representantes, no obstante , deberá informarse directamente a cada
trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de
trabajo o función y de las medidas de protección y prevención
aplicables a dichos riesgos.
José Luis Gómez Calvo 21
DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y
REPRESENTACIÓN
Los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las
cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo.
En las empresas o centros de trabajo, que cuenten con seis o más
trabajadores, la participación de éstos se canalizará a través de sus
representantes y de la representación especializada..
José Luis Gómez Calvo 22
DELEGADOS DE PREVENCIÓN
DELEGADOS DE PREVENCIÓN
Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas
en materia de prevención de riesgos en el trabajo
Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del
personal, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas,
l l i i l
con arreglo a la siguiente escala:
Trabajadores Delegados de prevención
De 50 a 100 trabajadores 2
De 101 a 500 trabajadores 3
De 501 a 1000 trabajadores 4
De 1001 a 2000 trabajadores 5
j
De 2001 a 3000 trabajadores 6
De 3001 a 4000 trabajadores 7
De 4001 en adelante 8
En las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención será el
Delegado de Personal. En las empresas de 31 a 49 trabajadores habrá un Delegado
de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal.
De 4001 en adelante 8
José Luis Gómez Calvo 23
de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal.
RESUMEN
RESUMEN
Artículo 14.1 y 14.2 Ley 31/95
Derecho de los trabajadores a una protección eficaz
Derecho de los trabajadores a una protección eficaz
Existencia de un correlativo deber del empresario.
El empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores
El empresario realizará en el marco de sus responsabilidades:
• Integración de la actividad preventiva en la empresa
• Evaluación de riesgos
• Adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección
de la seguridad y la salud de los trabajadores
• Información
• Formación
• Consulta
• Participación
• Participación
• Actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente
• Vigilancia de la salud
José Luis Gómez Calvo 24
METODO PARA LA VALORACIÓN DE RIESGOS
Este método le permitirá realizar mediante la apreciación directa de la situación, una
evaluación de los riesgos para los que no existe una reglamentación específica.
En cada situación de peligro identificada debe preguntarse:
1º La gravedad de las consecuencias que puede causar ese peligro en forma de daño
para el trabajador . Las consecuencias pueden ser ligeramente dañinas, dañinas o
extremadamente dañinas. Ejemplo:
Ligeramente dañino -Trabajo de pié, la mayor parte de
la jornada
-Movimientos repetitivos
- Fatiga física
p
-Malas condiciones medio
ambientales
Dañino - Caídas en el mismo plano - Contusiones
-Lesiones (esguince)
Extremadamente
dañino
- Caídas en distinto plano -Fracturas.
José Luis Gómez Calvo 25
2º Una vez que se ha determinado la gravedad de las consecuencias, pregúntese por
la probabilidad de que esta situación tenga lugar. La probabilidad puede ser baja,
media o alta.
Baja Es muy raro que se produzca un año
Media El daño ocurrirá el algunas ocasiones
Alta Siempre que se produzca esta situación, lo más probable es que se
produzca daño
Hay que tener en cuenta que esta probabilidad es el resultado de dos factores:
¾La frecuencia con la que puede presentarse esa situación (cuantas más veces se
presente, más oportunidades para que pase algo.
p p p q p g
¾La posibilidad de que se den juntas todas las circunstancias necesarias para que se
produzca el daño. Como orientación general, cuanto mas graves sean las consecuencias,
más circunstancias tienen que darse, por tanto la probabilidad de que suceda es más baja.
A la hora de establecer la probabilidad de que se produzca el daño debe considerar las acciones
A la hora de establecer la probabilidad de que se produzca el daño, debe considerar las acciones
preventivas ya implantadas. De forma que cuantas más medidas hayan sido tomadas más bajas
será la probabilidad de que se produzcan los daños.
Una vez estimados ambos parámetros, consecuencias y probabilidad, el cuadro siguiente le
permite valorar cada riesgo.
José Luis Gómez Calvo 26
p g
CONSECUENCIAS
CONSECUENCIAS
LIGERAMENTE
DAÑINO
DAÑINO EXTREMADAMENTE
DAÑINO
AD
BAJA RIESGO TRIVIAL
1
RIESGO
TOLERABLE
2
RIESGO
MODERADO
3
ABILIDA
2 3
MEDIA RIESGO
TOLERABLE
2
RIESGO
MODERADO
3
RIESGO
IMPORTANTE
4
ROBA
2 3 4
ALTA RIESGO
MODERADO
RIESGO
IMPORTANTE
RIESGO
INTOLERABLE
PR
3 4 5
A cada grupo de riesgo le hemos puesto un valor de 1 a 5. Anote el valor obtenido, para cada riesgo y
en cada puesto de trabajo en el cuadro valoración de riesgos por puestos de trabajo
en cada puesto de trabajo en el cuadro valoración de riesgos por puestos de trabajo
José Luis Gómez Calvo 27
PREPARAR UN PLAN DE CONTROL DE RIESGOS
Una vez que usted ha cumplimentado el cuadro de valoración, en donde se reflejan los
riesgos que existen en su actividad, debe preparar un plan de mejora de las condiciones de
trabajo.
RIESGO ¿Se deben tomar nuevas acciones preventivas? ¿Cuándo hay que realizar las
acciones preventivas?
TRIVIAL No se requiere acción específica
TOLERABLE No se necesita mejorar la acción preventiva. Se deben
considerar situaciones más rentables o mejoras que no
supongan una carga económica importante
MODERADO Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando
las inversiones precisas.
Cuando el riesgo moderado esté asociado a consecuencias
extremadamente dañinas, se deberá precisar mejor la
probabilidad de que ocurra el daño para establecer la acción
preventiva
Fije un periodo de tiempo para
implantar las medidas que reduzcan
el riesgo.
preventiva
IMPORTANTE Puede que se precisen recursos considerables para controlar
el riesgo
Si se está realizando el trabajo debe
tomar medidas para reducir el
riesgo en un tiempo inferior al de
los riesgos moderados..
NO debe comenzar el trabajo hasta
NO debe comenzar el trabajo hasta
que se haya reducido el riesgo.
INTOLERABLE Debe prohibirse el trabajo si no es posible reducir el riesgo, incluso
con recursos limitados.
INMEDIATAMENTE: No debe
comenzar ni continuar el trabajo
hasta que se reduzca el riesgo.
José Luis Gómez Calvo 28
Puesto de
trabajo
ERGONOMIA
Ñ
trabajo
DISEÑO DEL PUESTO DE TRABAJO
Monitor de Step
A B C D E F G
de
trabajo
de
la
jornada.
entales
te
CONSIDERAR.
eño
del
espacio
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plano.
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-Temperatura
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-Humedad
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-Renovación
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-Iluminación
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PECTOS
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Nombre del trabajador
In
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-A
C
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-
-
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AS
José Luis Gómez Calvo 29

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6 SEGURIDAD RIESGOS LABORALES NOV 08.pdf

  • 1. POR DEPORTE POR DEPORTE Accións formativas en xestión deportiva DIRECCION DE SERVICIOS Y ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y Universidade da Coruña 2008/09 ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y EVENTOS DEPORTIVOS. SEGURIDADE EN INSTALACIÓNS DEPORTIVAS •Aspectos básicos y comunes de la organización de eventos deportivos: •La seguridad de participantes y espectadores EN INSTALACIÓNS DEPORTIVAS •La seguridad de participantes y espectadores •Seguridad y control •El personal y medios Sábado 29 de novembro de 2008 SEGURIDAD CONTRA RIESGOS LABORALES El personal y medios •Las formas de control de los accesos SEGURIDAD CONTRA RIESGOS LABORALES José Luis Gómez Calvo 1
  • 2. LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES José Luis Gómez Calvo 2
  • 3. Bases legales: Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales • Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo salud en los lugares de trabajo. José Luis Gómez Calvo 3
  • 4. NECESIDADES Prevención de: • Accidentes laborales • Higiene industrial g • Ergonomía • Factores psicosociales y organizativos • Conductas inadecuadas: Imprudencia y temeridad José Luis Gómez Calvo 4
  • 5. SOLUCIONES • Evaluación inicial de riesgos • Evaluación inicial de riesgos • Prevención de riesgos • Medidas preventivas • Información Información • Formación • Consulta • Participación p • Detección continuada e información de riesgos • Adopción de medidas • Dotación de medios • Adecuación de condiciones • Adecuación de la organización José Luis Gómez Calvo 5
  • 6. RIESGOS LABORALES RIESGOS LABORALES Riesgo laboral, es la posibilidad de que Riesgo laboral, es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo Se consideran como “daños derivados del Se consideran como “daños derivados del trabajo” las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. José Luis Gómez Calvo 6
  • 7. CATALOGO DE RIESGOS LABORALES CATALOGO DE RIESGOS LABORALES •Accidentes laborales Accidentes laborales •Higiene industrial •Ergonomía •Factores psicosociales y organizativos p y g •Conductas inadecuadas: Imprudencia y temeridad José Luis Gómez Calvo 7
  • 8. CATALOGO DE RIESGOS LABORALES 1. SEGURIDAD EN EL TRABAJO • Accidentes de trabajo A id t t ló i • Accidentes tecnológicos - Incendio Escape de gases tóxicos o irritantes - Escape de gases tóxicos o irritantes - Derrame de líquidos corrosivos Explosión de gas - Explosión de gas • Evacuación por emergencia José Luis Gómez Calvo 8
  • 9. CATALOGO DE RIESGOS LABORALES 2. HIGIENE INDUSTRIAL Agentes químicos: Exposición a sustancias peligrosas Agentes físicos: Ruido vibraciones, electricidad estática Agentes biológicos: Exposición a agentes biológicos José Luis Gómez Calvo 9
  • 10. CATALOGO DE RIESGOS LABORALES CATALOGO DE RIESGOS LABORALES 3. ERGONOMÍA • Diseño del puesto de trabajo. • Maquinaria y equipos: Atrapamientos, golpes, etc. • Caídas en el mismo plano debido a suelos resbaladizos obstáculos en los pasos etc • Caídas en el mismo plano debido a suelos resbaladizos, obstáculos en los pasos, etc. • Caídas en distinto plano. • Inadecuado diseño del espacio de trabajo: dimensiones y acondicionamiento. • Manejo de cargas. • Sobreesfuerzo • Posiciones forzadas. • Movimientos repetitivos • Trabajo de pie, la mayor parte de la jornada • Elementos del puesto de trabajo • Elementos del puesto de trabajo. • Contacto eléctrico • Fatiga mental, física o visual José Luis Gómez Calvo 10 • Malas condiciones medio ambientales
  • 11. CATALOGO DE RIESGOS LABORALES CATALOGO DE RIESGOS LABORALES 4. FACTORES PSICOSOCIALES Y ORGANIZATIVOS. • Situaciones de trabajo que producen estrés. • Relaciones inadecuadas entre los trabajadores • Situaciones de conflicto con personas concurrentes • Desconocimiento de riesgos debido a la falta de información • Desconocimiento de riesgos debido a la falta de información y formación. José Luis Gómez Calvo 11
  • 12. CATALOGO DE RIESGOS LABORALES 5. CONDUCTAS INADECUADAS: Imprudencia y temeridad. • Incumplimiento de las medidas de prevención establecidas. José Luis Gómez Calvo 12
  • 13. DERECHOS Y OBLIGACIONES Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo seguridad y salud en el trabajo El citado derecho supone la existencia de un l ti d b d l i d t ió correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales ó Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio. José Luis Gómez Calvo 13
  • 14. ACCION PREVENTIVA ACCION PREVENTIVA Principios de la acción preventiva: 1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención, con arreglo los siguientes principios generales: arreglo los siguientes principios generales: a. Evitar los riesgos. b. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar c. Combatir los riegos en su origen d Ad t l t b j l d. Adaptar el trabajo a la persona. e. Tener en cuenta la evolución de la técnica f. Planificar la prevención. g. Adoptar medidas que antepongan la prevención colectiva a la individual h. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores 2. El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles tareas. tareas. 3. El empresario adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar que sólo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico. 4. La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador. 5 Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como á bit d b t l i ió d i d i d d l José Luis Gómez Calvo 14 ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto a sus trabajadores.
  • 15. INFORMACION, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES A fin de dar cumplimiento al deber de protección, el empresario debe adoptar las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban las informaciones necesarias en relación con: a) Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo. b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior. c) Las medidas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación. En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información se facilitará por el empresario a través de dichos representantes. El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y salud en el trabajo. José Luis Gómez Calvo 15
  • 16. FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva. La formación deberá impartirse siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. José Luis Gómez Calvo 16
  • 17. MEDIDAS DE EMERGENCIA El empresario teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la El empresario teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación. lucha contra incendios y evacuación. José Luis Gómez Calvo 17
  • 18. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario José Luis Gómez Calvo 18
  • 19. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, q q j p un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. José Luis Gómez Calvo 19
  • 20. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores, tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas. José Luis Gómez Calvo 20
  • 21. FUNCIONES DE LOS REPRESENTANTES SINDICALES En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información en relación con: a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior. Se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes no obstante deberá informarse directamente a cada representantes, no obstante , deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos. José Luis Gómez Calvo 21
  • 22. DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN Los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo. En las empresas o centros de trabajo, que cuenten con seis o más trabajadores, la participación de éstos se canalizará a través de sus representantes y de la representación especializada.. José Luis Gómez Calvo 22
  • 23. DELEGADOS DE PREVENCIÓN DELEGADOS DE PREVENCIÓN Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del personal, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas, l l i i l con arreglo a la siguiente escala: Trabajadores Delegados de prevención De 50 a 100 trabajadores 2 De 101 a 500 trabajadores 3 De 501 a 1000 trabajadores 4 De 1001 a 2000 trabajadores 5 j De 2001 a 3000 trabajadores 6 De 3001 a 4000 trabajadores 7 De 4001 en adelante 8 En las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de 31 a 49 trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal. De 4001 en adelante 8 José Luis Gómez Calvo 23 de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal.
  • 24. RESUMEN RESUMEN Artículo 14.1 y 14.2 Ley 31/95 Derecho de los trabajadores a una protección eficaz Derecho de los trabajadores a una protección eficaz Existencia de un correlativo deber del empresario. El empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores El empresario realizará en el marco de sus responsabilidades: • Integración de la actividad preventiva en la empresa • Evaluación de riesgos • Adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores • Información • Formación • Consulta • Participación • Participación • Actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente • Vigilancia de la salud José Luis Gómez Calvo 24
  • 25. METODO PARA LA VALORACIÓN DE RIESGOS Este método le permitirá realizar mediante la apreciación directa de la situación, una evaluación de los riesgos para los que no existe una reglamentación específica. En cada situación de peligro identificada debe preguntarse: 1º La gravedad de las consecuencias que puede causar ese peligro en forma de daño para el trabajador . Las consecuencias pueden ser ligeramente dañinas, dañinas o extremadamente dañinas. Ejemplo: Ligeramente dañino -Trabajo de pié, la mayor parte de la jornada -Movimientos repetitivos - Fatiga física p -Malas condiciones medio ambientales Dañino - Caídas en el mismo plano - Contusiones -Lesiones (esguince) Extremadamente dañino - Caídas en distinto plano -Fracturas. José Luis Gómez Calvo 25
  • 26. 2º Una vez que se ha determinado la gravedad de las consecuencias, pregúntese por la probabilidad de que esta situación tenga lugar. La probabilidad puede ser baja, media o alta. Baja Es muy raro que se produzca un año Media El daño ocurrirá el algunas ocasiones Alta Siempre que se produzca esta situación, lo más probable es que se produzca daño Hay que tener en cuenta que esta probabilidad es el resultado de dos factores: ¾La frecuencia con la que puede presentarse esa situación (cuantas más veces se presente, más oportunidades para que pase algo. p p p q p g ¾La posibilidad de que se den juntas todas las circunstancias necesarias para que se produzca el daño. Como orientación general, cuanto mas graves sean las consecuencias, más circunstancias tienen que darse, por tanto la probabilidad de que suceda es más baja. A la hora de establecer la probabilidad de que se produzca el daño debe considerar las acciones A la hora de establecer la probabilidad de que se produzca el daño, debe considerar las acciones preventivas ya implantadas. De forma que cuantas más medidas hayan sido tomadas más bajas será la probabilidad de que se produzcan los daños. Una vez estimados ambos parámetros, consecuencias y probabilidad, el cuadro siguiente le permite valorar cada riesgo. José Luis Gómez Calvo 26 p g
  • 27. CONSECUENCIAS CONSECUENCIAS LIGERAMENTE DAÑINO DAÑINO EXTREMADAMENTE DAÑINO AD BAJA RIESGO TRIVIAL 1 RIESGO TOLERABLE 2 RIESGO MODERADO 3 ABILIDA 2 3 MEDIA RIESGO TOLERABLE 2 RIESGO MODERADO 3 RIESGO IMPORTANTE 4 ROBA 2 3 4 ALTA RIESGO MODERADO RIESGO IMPORTANTE RIESGO INTOLERABLE PR 3 4 5 A cada grupo de riesgo le hemos puesto un valor de 1 a 5. Anote el valor obtenido, para cada riesgo y en cada puesto de trabajo en el cuadro valoración de riesgos por puestos de trabajo en cada puesto de trabajo en el cuadro valoración de riesgos por puestos de trabajo José Luis Gómez Calvo 27
  • 28. PREPARAR UN PLAN DE CONTROL DE RIESGOS Una vez que usted ha cumplimentado el cuadro de valoración, en donde se reflejan los riesgos que existen en su actividad, debe preparar un plan de mejora de las condiciones de trabajo. RIESGO ¿Se deben tomar nuevas acciones preventivas? ¿Cuándo hay que realizar las acciones preventivas? TRIVIAL No se requiere acción específica TOLERABLE No se necesita mejorar la acción preventiva. Se deben considerar situaciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante MODERADO Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas. Cuando el riesgo moderado esté asociado a consecuencias extremadamente dañinas, se deberá precisar mejor la probabilidad de que ocurra el daño para establecer la acción preventiva Fije un periodo de tiempo para implantar las medidas que reduzcan el riesgo. preventiva IMPORTANTE Puede que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo Si se está realizando el trabajo debe tomar medidas para reducir el riesgo en un tiempo inferior al de los riesgos moderados.. NO debe comenzar el trabajo hasta NO debe comenzar el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. INTOLERABLE Debe prohibirse el trabajo si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos limitados. INMEDIATAMENTE: No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. José Luis Gómez Calvo 28
  • 29. Puesto de trabajo ERGONOMIA Ñ trabajo DISEÑO DEL PUESTO DE TRABAJO Monitor de Step A B C D E F G de trabajo de la jornada. entales te CONSIDERAR. eño del espacio ento mismo plano. tinto plano. petitivos. a mayor parte d nes medio ambi nadecuada tiva inadecuada e aire insuficient adecuada TICULARES A C nadecuado dise Acondicionamie Dimensiones Altura Caídas en el m Caídas en dist Movimiento rep Trabajo de pié l Malas condicion -Temperatura in -Humedad relat -Renovación de -Iluminación ina PECTOS PART Nombre del trabajador In -A -D -A C T - - - - AS José Luis Gómez Calvo 29