Estabilidad laboral reforzada: mujeres, discapacitados y sindicatos
1. ESTABILIDAD LABORAL
REFORZADA
Garantizar la
estabilidad del
trabajador en
casos
particulares
Afecta los
principios
constitucionales
del trabajador
El estado y la ley deben
propender por la
estabilidad laboral del
trabajador
Mujeres
embarazadas
Garantía
real y
efectiva al
derecho
constitucio
nal a no ser
despedida
La ley ordena
Protegerlas
eficazmente por el
derecho efectivo a
trabajar, si son
despedidas
ordena su
reintegro y no una
indemnización.
Prohíbe despedir
a un empleado
con fuero
sindical sin antes
haber sido
levantado el
fuero por un juez.
Sindicatos
Discapacidad
Se garantiza la
permanencia en el
empleo del
discapacitado luego
de haber adquirido
la respectiva
limitación física,
sensorial o
sicológica, como
medida de
protección especial
y en conformidad
con su capacidad
laboral.
Deberán
adelantarse
los
programas
de
rehabilitación
y
capacitación
Ofrecer protección
laboral a aquellas
personas que tienen
una condición
especial, la cual
puede generar
tendencia a la
vulnerabilización de
los derechos de ellas
en sus espacios de
trabajo.
Permitan alcanzar
una igualdad
promocional en
aras del goce
efectivo de sus
derechos.