2. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Concepto de Autoridad Sanitaria
La Autoridad Sanitaria Nacional es el custodio del
bien público en salud y su objetivo primordial es la
protección y promoción de la salud de la población.
Se expresa como la potestad del Estado para incidir
sobre las funciones, responsabilidades y competencias
sustantivas que le son propias e indelegables, para
efectivamente velar por el bien público en materia de
salud.
Es en este concepto, que se incluye el D.S N° 158
3. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
El Código Sanitario de Chile contempla la declaración obligatoria
de un grupo de enfermedades, que se denominan “Enfermedades
de Declaración Obligatoria”.
Se estableció un Modelo de Vigilancia en Salud Pública para
Chile:
4. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
El año 2005 se publica en el Diario Oficial el Reglamento
sobre Notificación de Enfermedades Transmisibles de
Declaración Obligatoria
5. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Según el D.S N° 158, se notifican:
• 47 enfermedades.
• Los Brotes donde se sospeche de una causa infecciosa
transmisible, incluidos los brotes de Enfermedades
Transmitidas por Alimentos.
• Los fallecimientos de causa no explicada donde se sospeche
un agente infeccioso transmisible en personas previamente
sanas.
Estas enfermedades tienen distinta forma y periodicidad de
notificación:
• Notificación Inmediata.
• Notificación Diaria.
• Por medio de Centros Centinelas.
7. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Según el D.S N°158 la responsabilidad de la notificación recae
en el Director del establecimiento de salud público o privado
(artículo 6°), cuando los médicos pertenecen a una dotación.
En el caso de establecimientos o consultas de atención
ambulatoria, en los cuales se ejerce libremente la profesión, la
responsabilidad de la notificación recae directamente en el
médico que atendió el caso (artículo 6°).
En laboratorios públicos y privados, la responsabilidad de la
notificación del agente de laboratorio aislado recae en el
Director del establecimiento.
Responsables de la Notificación
8. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud 8
Algunas Funciones del Delegado de Epidemiología
Realizar la notificación de casos.
Enviar los Boletín ENO en forma diaria o semanal y los
formularios de notificación inmediata a la unidad de
Epidemiología de la SEREMI de Salud.
Integrar y validar la información generada en su
establecimiento.
Ejecutar acciones iniciales de investigación y bloqueo
epidemiológico en enfermedades bajo vigilancia que pueden
incluir visita epidemiológica, entrevista a casos, contactos y
expuestos, toma de muestras, etc.
Difundir al equipo de salud del establecimiento boletines,
normativas, alertas e informes generados en el ámbito de la
vigilancia en salud pública en el nivel regional y nacional.
9. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud 9
Las Notificaciones deben ser enviadas desde el
Establecimiento de Salud que hace el diagnóstico
directamente hacia la Seremi de Salud:
• epidemiologiarm@redsalud.gob.cl
• Moneda 1025, 5° piso.
• Celular: 08/9001761 – 08/5271580
El fin es poder ACTIVAR EL SISTEMA DE
VIGILANCIA y tomar las medidas de control lo más
rápido posible.
Flujo de la Notificación
Notificación
10. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Epidemiología NO ES UN ENEMIGO!!!
11. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
MIRADA
CLINICA
MIRADA
EPIDEMIOLÓGICA
SEGURIDAD AL PACIENTE,
A LA FAMILIA, A LA
COMUNIDAD Y AL
PERSONAL DE SALUD
ACERCAR LOS
NIVELES Y EL
TRABAJO EN
CONJUNTO
12. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
La herramienta más valiosa de la Vigilancia
Epidemiológica siempre será un clínico
astuto
13. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Preguntas de Rutina que
NUNCA DEBEN FALTAR
¿En qué trabaja?
¿Ha viajado los últimos 30 días? - ¿Dónde?
¿Ha concurrido a eventos masivos, donde haya
tenido contacto con extranjeros?
¿Ha tenido contacto con personas enfermas?
¿Hay algún familiar o persona conocida
enferma?
¿Ha tenido contacto con embarazadas?
14. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Si atiende a un niño con diagnóstico de Varicela, NO
OLVIDE PREGUNTAR:
• ¿Asiste a Jardín Infantil o Colegio?
• ¿Sabe si hay más niños enfermos en su curso?
OJO con los BROTES DE VARICELA
15. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Patologías de Notificación Inmediata
La notificación se realiza frente a la SOSPECHA de la
enfermedad.
Presentan una alta capacidad de producir brotes (potencial
epidémico) o están sujetas a erradicación o a vigilancia Internacional.
El fin es poder aplicar oportunamente las medidas de control:
• Bloqueo epidemiológico a los contactos.
• Búsqueda activa de otros casos sospechosos.
• Seguimiento de los contactos y expuestos.
En las enfermedades entéricas, zoonóticas y transmitidas por
vectores, se agrega el manejo y control ambiental.
Y…. ¿Por qué?
16. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
¿Cuáles son?
• Botulismo
• Brucelosis
• Carbunco
• Cólera
• Dengue
• Difteria
• Enfermedad Invasora por Haemophilus
Influenzae
• Enfermedad Meningocócica
• Fiebre Amarilla
• Fiebre del Nilo Occidental
• Fiebre Hemorrágica (causada por Virus
Ebola u otros agentes)
• Infecciones Respiratorias Agudas Graves
• Leptospirosis
• Malaria
• Meningitis Bacteriana
•Peste
• Poliomielitis
• Rabia Humana
• Sarampión
• SARS
• Síndrome Pulmonar por Hantavirus
• Triquinosis
• Rubeola
• Casos donde se sospeche de una
causa infecciosa transmisible,
incluidos los brotes de ETA.
• Fallecimiento por causa no
explicada, donde se sospeche un
agente infeccioso transmisible
26. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Frecuentemente se presenta como Meningitis,
Meningococcemia o ambas.
¡¡OJO!! No olvidar los cuadros clínicos de EM por
W:
• Síntomas y signos inespecíficos.
• Presentación principal de meningococcemia.
• Presencia de diarrea.
• Rápida evolución.
• Alta tasa de letalidad.
ENFERMEDAD MENINGOCÓCICA
29. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
FIEBRE HEMORRAGICA (por virus Ébola u otros agentes)
Frente a casos de pacientes febriles,
provenientes de países afectados, se debe
notificar por vía telefónica de manera
inmediata.
El paciente debe ser derivado al Hospital Lucio
Córdova.
Por medio de la PDI, se informa a
Epidemiología de los pasajeros a quien se les
debe realizar seguimiento.
30. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
INFECCIONES RESPIRATORIAS AGUDAS GRAVES
31. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Se deben notificar los casos de Infecciones
Respiratorias Agudas GRAVES, es decir, pacientes en
cama UCI, con VM, DVA, ECMO, etc. Sobre todo si no
tienen antecedentes mórbidos de importancia.
El médico tratante debe tener la sospecha de
infección por algún tipo de virus respiratorio y se debe
realizar la toma de Panel Viral.
INFECCIONES RESPIRATORIAS AGUDAS GRAVES
32. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Otro punto a considerar en esta vigilancia, se
podría presentar el siguiente caso:
• Paciente hospitalizado en servicio de Medicina, con
diagnóstico de NAC + Influenza tipo A.
• Si el paciente fallece durante su estadía, en ese
momento se nos debe enviar la notificación.
INFECCIONES RESPIRATORIAS AGUDAS GRAVES
37. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
¡¡NO OLVIDAR LA TOMA DE MUESTRA EN
MENORES DE 15 AÑOS!!
Muestra de deposición dentro de los primeros 14 días de
iniciada la parálisis.
Se debe congelar y enviar al ISP en un plazo no mayor a tres
días.
Cada caso sospechoso debe ser evaluada a los 60 días de iniciado el cuadro
para verificar si hay parálisis residual compatible con polio.
Posteriormente, se completa el seguimiento de caso: Confirmado,
Descartado, Compatible con polio, Asociado a vacuna.
POLIOMIELITIS
39. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
La vigilancia de Rabia Humana se hace por medio de las
denuncias de animales mordedores.
La notificación de los accidentes debe ser dentro de 24
horas post incidente:
• Se debe determinar si el animal puede o no ser
observado.
• De ser así, deben ser sometidos a observación y
aislamiento individual por 10 días.
Si durante este período, el animal presenta síntomas
asociados a rabia:
• Será sometido a eutanasia por la Autoridad Sanitaria y
se envía de inmediato al ISP para la confirmación
diagnóstica.
RABIA HUMANA
41. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud 41
RABIA HUMANA
Esquema de vacunación, N° de dosis y frecuencia:
¡¡OJO!!
No olvidar ¡¡Uso de Toxoide Antitetánico!!
Por el solo echo de ser una herida.
43. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Paciente de cualquier edad que presente
exantema macular acompañado de uno o
más de los siguientes signos o síntomas:
• Fiebre > 38°C.
• Conjuntivitis.
• Linfoadenopatías.
• Artralgias.
DEFINICIÓN CASO SOSPECHOSO
SARAMPIÓN - RUBEOLA
44. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud 44
SARAMPIÓN
Período de Incubación: 11 días (7 – 21).
Período de Contagio: 3 a 5 días antes y 4 días post inicio de
exantema.
Aislamiento Respiratorio: 4 días post inicio de exantema.
Pródromo: 1 a 4 días.
• Tos (++), coriza, fiebre alta.
• Conjuntivitis no purulenta, fotofobia (++).
• Compromiso general (++).
• Enentema (Signo de Koplik)
45. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud 45
SARAMPIÓN
Aparece en zona retroauricular, frontal y progresa de cefálico a caudal en
días.
Se acompaña de síntomas respiratorios.
Maculopapular morbiliforme, rojo vinoso.
Progresa en 4 días, tomando color cobrizo.
Al final ocurre una descamación fina.
46. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
RUBEOLA
Período de Incubación: 14 a 17 días (12 – 23).
Período de Contagio: 1 a 2 días antes y hasta 5 a 7 días post
inicio de exantema.
Aislamiento Respiratorio: 7 días post inicio de exantema.
Pródromo:
• Síntomas leves.
• Fiebre moderada: 50% de casos sin fiebre.
• Sin compromiso general.
• Adenopatías suboccipitales y retroauriculares.
• Dolor de algunas articulaciones.
47. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
RUBEOLA
Exantema maculopapular.
Progresa de cefálico a caudal en horas.
Grupo de mayor riesgo: adolescentes y adultos jóvenes.
48. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
¡¡No olvidar la toma de muestra!!
1. Muestra de sangre (suero): al momento de la
consulta o al 4° día post exantema. En consulta
tardía o búsqueda activa de casos, de igual forma
tomar la muestra.
2. Muestra respiratoria (ANF): es adecuada si es
obtenida hasta el 5° día post exantema, por lo que
también se debe solicitar al momento de la
consulta. Nos sirve para aislar e identificar el
genotipo viral.
SARAMPIÓN - RUBEOLA
49. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
En tres situaciones se podrá solicitar una 2°
muestra de sangre:
1. Resultado positivo a IgM para Sarampión o
Rubeola, con el fin de confirmar el diagnóstico.
2. Muestras con resultado “No concluyente”, se
debe tomar otra muestra según la indicación
del ISP.
3. Muestra “Indeterminada” o “Confirmada” de
casos sospechosos procedentes de laboratorios
privados.
51. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
SINDROME PULMONAR POR HANTAVIRUS
52. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Dar énfasis en la anamnesis a la actividad de riesgo:
trabajadores agrícolas, excursiones en época estival.
Considerar que además del ISP, el Laboratorio de la
Universidad Católica es de Referencia Nacional para procesar
muestras de Hantavirus. Se reciben muestras de lunes a
domingo en el Laboratorio de Urgencia.
Hacer capacitaciones referentes a la patología.
SINDROME PULMONAR POR HANTAVIRUS
53. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
¡¡No olvidar la toma de muestra!!
Muestra en Adultos y niños mayores de 10 años:
• 5 ml de sangre en tubo con tapa roja (sin anticoagulante).
• 5 ml de sangre en tubo con tapa lila (EDTA).
Muestras en niños menores o igual a 10 años:
• 3 ml de sangre en tubo con tapa roja (sin anticoagulante).
• 3 ml de sangre en tubo con tapa lila (EDTA).
Mantener las muestras refrigeradas a 4°C. Enviar a la
brevedad para la confirmación.
SINDROME PULMONAR POR HANTAVIRUS
57. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR ALIMENTOS
No olvide preguntar:
¿Dónde comió en las últimas 72 horas?
(casa, restaurant, casino, etc.)
¿Sabe si hay más familiares u otras
personas enfermas?
¡¡Incentivar la toma de
muestra biológica!!
58. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Si alguna de esta
patologías SE CONFIRMA,
SE DEBE COMPLETAR el
Boletín de Enfermedades
de Declaración
Obligatoria (ENO).
¡¡OJO!! Excepto los
Brotes de ETA.
59. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Patologías de Notificación Diaria
La notificación se realiza frente a un caso CONFIRMADO
de la enfermedad.
Y…. ¿Por qué?
Tienen la capacidad de producir brotes, pero su potencial
epidémico puede ser menor.
La presentación de brotes va a desencadenar una investigación
en terreno y la aplicación de medidas de control específicas.
Se envían siempre en formulario de Boletín de Enfermedades de
Declaración Obligatoria (ENO).
60. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
¿Cuáles son?
• Coqueluche o Tos Convulsiva
• Enfermedad de Chagas
• Enfermedad de Creutzfeldt - Jakob
• Fiebre Tifoídea y Paratifoídea
• Gonorrea
• Hepatitis Viral A, B, C, E
• Hidatidosis
• Lepra
• Parotiditis
•Psitacosis
•Rubeola Congénita
• Sífilis (toda forma y localización)
• Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida
(VIH/SIDA)
• Tétanos
• Tétanos Neonatal
• Tuberculosis (toda forma y localización)
• Tifus Exantémico Epidémico
62. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
ENFERMEDAD DE CREUTZFELDT - JAKOB
63. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
¡¡OJO!!...No olvidar:
Clasificación final.
País de contagio.
ENFERMEDAD DE CREUTZFELDT - JAKOB
64. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
HEPATITIS VIRAL TIPO A
Se debe tener en cuenta que la CONFIRMACIÓN de
casos puede ser por:
• Clínica.
• Nexo epidemiológico.
• Laboratorio.
Se debe realizar tratamiento a los contactos que
viven bajo el mismo techo antes de 14 días desde el
inicio de los síntomas del caso.
El objetivo es evitar brotes por transmisión persona
a persona.
65. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
SINDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA
La notificación se debe realizar en ENO, SOLO CUANDO SE TENGA LA
CONFIRMACIÓN DIAGNÓSTICA POR EL ISP.
Esta debe ir solo con:
• Código VIH.
• RUT.
• Fecha de Nacimiento.
• Sexo.
• Comuna de residencia.
• Diagnóstico clínico: VIH POSITIVO.
• Datos del profesional que notifica.
66. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
El envío de la Notificación puede ser SOLO DE DOS
FORMAS:
1. Por estafeta a la Seremi de Salud, ubicada en
Moneda 1025, 5° piso, en sobre cerrado con
oficio conductor.
2. Por correo de Carta Certificada a la Oficina de
Partes, ubicada en Paseo Bulnes 172, en sobre
cerrado con oficio conductor.
El fin es resguardar la confidencialidad del
paciente, que se ampara en la Ley N° 19.628
SINDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA
67. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
SINDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA
68. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
HIDATIDOSIS
¡¡OJO!!
Si diagnostican un caso en menores de 18 años,
el envío de la notificación debe ser URGENTE para
realizar:
• Encuesta epidemiológica.
• Bloqueo epidemiológico a los animales
susceptibles del entorno.
• Vigilancia ambiental.
• Seguimiento del paciente.
69. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Patologías de Notificación Exclusiva a
través de Centros Centinelas
Corresponde a la vigilancia de un evento de salud determinado en
una muestra de la población en riesgo, utilizando para ello una muestra
de centros informantes.
El requisito es que la muestra sea representativa del total de la
población en riesgo para la enfermedad vigilada.
Y…. ¿Por qué?
Se utiliza cuando no es necesario registrar todos los eventos, como es
el caso de las enfermedades de alta frecuencia y baja letalidad.
Esto permite estimar la prevalencia o incidencia de enfermedades
transmisibles basado en la muestra vigilada.
70. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
¿Cuáles son?
• Diarreas
• Enfermedades de Transmisión Sexual
(excepto gonorrea, sífilis y VIH/SIDA)
• Infecciones Respiratorias Agudas
• Influenza (ETI)
• Varicela
71. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA TODAS
LAS NOTIFICACIONES
Completar la notificación con LETRA CLARA.
Completar todos los campos. (excepto VIH)
NO OLVIDAR RUT!!! Que sea el correcto.
NO OLVIDAR NÚMERO DE TELEFONO!!!
NO OLVIDAR DIRECCIÓN Y COMUNA!!!
72. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
NO OLVIDAR DIAGNÓSTICO COMPLETO
SEGÚN CIE 10!!!
Incompleto
Completo
73. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Incumplimiento o Retraso de la
Notificación
Produce daño a las personas involucradas.
Aumenta la carga laboral y recursos utilizados en todos los
niveles de la red de vigilancia.
Al incurrir en una falta, se está sujeto a las sanciones establecidas
en el libro décimo del Código Sanitario, que se aplicarán con
posterioridad al correspondiente sumario sanitario.
El objetivo es sancionar la infracción y evitar su reincidencia, para
poder disponer de la información en el momento adecuado y evitar
la propagación de la enfermedad.
74. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
El informe derivado del Sumario Sanitario se entregará al
Departamento de Asesoría Jurídica, que será el encargado de
proponer al Jefe de la Autoridad Sanitaria las sanciones o
multas correspondientes.
El SEREMI de Salud, como Juez Sanitario, definirá la sanción y
autorizará su aplicación.
Una vez definida la sanción, se notificará por escrito al
responsable o a su representante legal.
75. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Multas por Incumplimiento del D.S N° 158
Enfermedad de Notificación Inmediata:
• Sin notificación: Falta Muy Grave.
• Notificación Tardía: Falta Grave.
Enfermedad de Notificación Diaria:
• Sin Notificación: Falta Grave.
• Notificación Tardía: Falta Leve.
Multas:
• Desde 3,3 UTM para Faltas Leves hasta 33,3 UTM para las
Faltas Muy Graves.
• Valor UTM 05/2015: $43.499
• Rango: $ 143.547 – $ 1.448.517
76. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
En caso de reincidencia se puede llegar a incrementar
hasta 1.000 UTM.
Mientras no se acredite el pago, existe la facultad de
solicitar apremio de un día de prisión por cada décimo
de UTM.
77. Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
El notificar de manera oportuna y correcta evita:
Dejar contactos sin bloqueo epidemiológico, provocando el riesgo de
enfermar y morir.
Que no se fiscalicen lugares de expendio de alimentos de manera
oportuna, para así evitar la aparición de nuevos casos.
Permanencia de alimentos o elementos que requieren ser retirados de
forma inmediata.
Reingreso y aparición de brotes de enfermedades no endémicas, por la
falta de una alerta y control oportunos.
Detección tardía de la existencia de un aumento de casos.
Que existan personas en riesgo que no sean advertidas de esta
situación oportunamente.