4. “Derecho” es una voz polisémica, es decir, tiene
múltiples significados, y no solo en el idioma en general,
sino también en el propio campo jurídico. Tiene raíz
latina que deriva de la voz directum, que significa lo que
está conforme a la regla, a la ley o la norma. En latín
más formal se empleaba la palabra ius. (Guíñez, 2020)
5. Llámase derecho al conjunto de reglas sociales obligatorias que rigen la vida de un
grupo humano y delimitan la esfera de acción dentro de la cual cada individuo
puede ejercer sus facultades sin ser obstado por los demás. En tal sentido, el
Derecho se presenta como un sistema de reglas de conducta que establece una
coordinación objetiva entre los actos de varios sujetos y que atribuye a cada uno
de ellos una pretensión que los otros están obligados a satisfacer. Así se instituye
una red de obligaciones y derechos recíprocos entre los miembros de la sociedad,
en la cual todos alternan en el ejercicio de deberes y derechos. (Cevallos, 2019)
6. El desarrollo posterior de este marco, desde el año 1830, al que
se adicionan materiales jurídicos formadores del Derecho
ecuatoriano, visto desde su relación con la sociedad y analizado
desde los impactos específicos que en los diversos estratos
sociales se dan, constituirá el material del campo de estudio que
llamaremos “Sociología básica del derecho ecuatoriano”
(Eduardo, 2020)
8. Sistema complejo de regulación social
Sistema orgánico y conceptual
Tarea democrática compartida
9.
10. Es una disciplina que se ocupa
de estudiar el fenómeno
jurídico en perspectiva
histórica. (Gonzalez, 1994)
Tiene como objeto fundamental
de estudio la legitimidad moral,
política y jurídica del Derecho.
(Portales, 2007)
13. La ley es una declaración de la voluntad soberana que,
manifestada en la forma prescrita por la Constitución,
manda, prohíbe o permite. (Nacional, 2022)
14. La jurisprudencia cumple la función de sentar un
precedente de cómo debe ser interpretada una norma
jurídica y a partir de ese momento, tienen la función de
ser un “marco de interpretación” que guíe a los jueces
sobre cómo interpretar esa misma norma en casos
similares a futuro. (Gomez, 2020)
15. Es el conjunto de teorías y enseñanzas que forman la
doctrina son las que los juristas profesionales han
tomado como ciertas y verdaderas. Por tanto, la
doctrina en derecho es universal. (Martín, 2021)
16.
17. Expresión de voluntad popular.
Resulta falsa desde un punto
de vista empírico.
Cortes Supremas establezcan
precedentes jurisprudenciales.
Influencia jurídica es escasa.
Respuestas de oportunismo
político.
No alcanzan a tratar problemas
sociales.
Tratan de calmar la ansiedad a
través de medidas penales.
Llegan a condensarse en
norma especifica.
19. La importancia de la educación jurídica, que deben poseer los
ciudadanos, se evidencia en la participación ciudadana en la
formulación de las leyes y de otros materiales jurídicos.
(Eduardo, 2020)
20. • Cevallos, D. R. (01 de febrero de 2019). DerechoEcuador.com. Obtenido de
DerechoEcuador.com: https://derechoecuador.com/derecho/
• Eduardo, G. T. (2020). Guía didáctica Sociología Jurídica. Loja: Ediloja Cia. Ltda.
• Gomez, J. (29 de octubre de 2020). Lemontech Blog. Obtenido de Lemontech Blog:
https://blog.lemontech.com/jurisprudencias-ejemplos-tipos-e-importancia-como-fuente-
del-derecho/
• González, M. d. (16 de abril de 1994). Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Obtenido de Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM:
http://historico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/critica/cont/15/mej/mej12.pdf
21. • Guíñez, A. P. (2020). Guía de formación cívica. Santiago de Chile:
https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=recursoslegales/10221.3/45
658/4/Guia_de_Formacion_Civica.pdf.
• Martín, F. (10 de marzo de 2021). Lemontech Blog. Obtenido de Lemontech
Blog: https://blog.lemontech.com/que-es-la-doctrina-en-el-derecho/
• Nacional, H. C. (2022). Código Civil. Quito: LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y
CODIFICACIÓN.
• Portales, R. E. (2007). POSIBILIDAD, SENTIDO Y ACTUALIDAD DE LA FILOSOFÍA
DEL DERECHO. Ius et Praxis, 53.