2. ¿Qué ES COPASST o COPASO?
• COPASST (Comité Paritario De Seguridad y Salud en el Trabajo) o también
llamado COPASO (comité paritario de salud ocupacional), es un organismo
de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional
dentro de la empresa .
3. COPASST o COPASO
• El copasst o copaso es un organismo encargado de velar por el
funcionamiento del Programa de Salud Ocupacional de las empresas y se
llama comité paritario por que se integra con un número de trabajadores
igual al número de representantes del empleador.
4. ¿COMO ESTA REGLAMENTADO?
• La primera fue la ley 9° de 1979 empezó fijando los parámetros generales de
la salud ocupacional en Colombia y en el artículo 111 dejó para
contemplación construir el comité partidario de higiene y seguridad
industrial.
5. ¿COMO ESTA REGLAMENTADO?
• Segundo fue la Resolución 2400 de 1979, que creo en su articulo 2° la
obligación, la creación de los comités paritarios de higiene y seguridad.
6. ¿COMO ESTA REGLAMENTADO?
• Después el Decreto 614 de 1984, en su artículo 25, ordeno la constitución en
las empresas de un comité de medicina, higiene y seguridad industrial,
integrado por un numero igual de representantes entre jefes y trabajadores.
7. ¿COMO ESTA REGLAMENTADO?
• Luego el decreto-ley 1295 de 1994 en su articulo 63, determino que el comité
paritario de medicina higiene y seguridad industrial se seguiría llamando
comité paritario de salud ocupacional conocido como COPASO.
8. ¿COMO ESTA REGLAMENTADO?
• Decreto 016 de 1997 el ministerio de trabajo y seguridad social, reglamento la
conformación y funcionamiento de la red que estaba integrada por el comité
nacional, los comités seccionales y los comités locales en cuanto a salud
ocupacional.
9. ¿COMO ESTA REGLAMENTADO?
• Por último la ley 1562 de 2012 cambio la expresión programa de salud
ocupacional por sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
"SGSST", por eso hoy ya se esta hablando de comité paritario de seguridad y
salud en el trabajo COPASST y no de COPASO, pero en realidad son el
mismo organismo y se rigen por la misma resolución 2013 de 1986.
10. LAS RESPONSABILIDADES DEL
EMPLEADOR
• El pago de la totalidad de la cotización de los trabajadores a su servicio;
• Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad administradora de riesgos Laborales correspondiente, dentro de los plazos que para el efecto
señale el reglamento;
• Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo.
• Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional de la empresa, y procurar su financiación.
• Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, los accidentes de trabajo y las enfermedades Laborales.
• Facilitar los espacios y tiempos para la capacitación de los trabajadores a su cargo en materia de salud ocupacional y para adelantar los programas de
promoción y prevención a cargo de las Administradoras de Riesgos Laborales. (Modificado ley 1562 de 2012 Art. 26).
• Informar a la entidad administradora de riesgos Laborales a la que está afiliado, las novedades laborales de sus trabajadores.
• Parágrafo 2: Referente al teletrabajo, las obligaciones del empleador en Riesgos Laborales y en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo SG-SST son las definidas por la normatividad vigente. (Adicionado por ley 1562 de 2012 Art. 26)
• Son además obligaciones del empleador las contenidas en las normas laborales y de salud ocupacional, que no sean contrarias a la Ley.
11. SANCIONES SI HAY INCUMPLIMINETO
• Amonestación : se amonestara al patron mediante oficio en el cual se
señalaran las infracciones y las disposiciones de salud ocupacional.
• Multa :el ministerio de protección social, vencido los plazos sin que se
cumplan los requerimientos impondrá multas sucesivas equivalentes a 200
salarios mínimos vigentes hasta 1000.
• Decomiso : del producto, suspensión o cancelación del registro de licencia de
funcionamiento del lugar de trabajo.
12. SANCIONES SI HAY INCUMPLIMINETO
• Cierre temporal o parcial :con base a los antecedentes y persistiendo el
problema de salud ocupacional , copia de la resolución se remitirá
inmediatamente al ministerio de protección social.
• Cierre definitivo: el ministerio mediante la resolución podrá ordenar el cierre
definitivo del lugar de trabajo con base a los antecedentes y persistiendo el
problema de salud ocupacional.
13. LAS RESPONSABILIDADES DEL
EMPLEADO
• Procurar el cuidado integral de sus salud
• Suministrar información clara ,verasz y completasobre u estado de salud actual
• Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas con los empleadores
• Cumplir con las normas , reglamentos e instrucciones de los programas de salud ocupacional
de la empresa
• Participar en la prevención de riesgos profesionales atravez de los comités paritarios de salud
ocupacional
• Usar y mantener adecuadamente los dispositivos para el controlde riesgos y equiposde
protección personal y conservar n orden y aseo los lugares de trabajo
14. SANCIONES SI HAY INCUMPLIMIENTO
• El incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones , reglamentos
y determinaciones de prevención de riesgos ,que se encuentren dentro de los
programas de salud ocupacional de la respectiva empresa que le hayan
comunicado por escrito facultan al empleador para la terminación del vinculo
o relación laboral por justa causa con previa autorización del ministerio de
trabajo y seguridad social respetando el derecho de defensa
15. EVALUACION DEL SUBPROGRAMA
• Los subprogramas médicos serán evaluados periódicamente en cuento a
recursos, realización , metodología, cumplimiento de fechas y acciones
consecuentes, El resultado de estas mostrara el grado de efectividad de las
medida de control y prevención establecidas .
16. SUBPROGRAMA DE HIGIENE
INDUSTRIAL
• Se dedica al reconocimiento evaluación y control de aquellos factores y agentes ambientales originados en o por el
lugar del trabajo que puedan causar enfermedades e ineficiencia entre los trabajadores.
• ACTIVIDADES A DESARROLLAR
• Estudios preliminares de cada uno de los agentes contaminantes ambientales, de acuerdo al panorama de riesgos.
• En coordinación con ARP se realiza mediciones de ruido e iluminación.
• Aplicar correctivos en el siguiente orden de actuación: en la fuente, en el medio y de no ser posible eliminarlos en
los anteriores se hará en el individuo.
• Estudios anuales de seguimiento a fin de conocer la predominación y evolución de los agentes contaminantes.
17. SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD
INDUSTRIAL
• Es el conjunto de técnicas y actividades destinadas a la identificación , valoración y al control de las causas de los accidentes
de trabajo
• ACTIVIDADES A DESARROLLAR
• Demarcar y señalizar las diferentes áreas en el lugar de trabajo
• Contemplar una serie de normas de seguridad y procedimientos
• Hacer un programa de inspecciones planeadas entre las diferentes áreas
• Evaluar el programa de inspecciones
• Implementar un programa de orden y aseo
• Implementar un debido programa de mantenimiento para la maquinaria
• Establecer una serie de procedimientos para el análisis de los accidentes de trabajo
• La realización de actividades para la prevención de emergencias
18. SUBPROGRAMA DE SANEAMIENTO
BASICO Y PROTECCION AMBIENTAL
• Son un conjunto de actividades dirigidas a proteger el ecosistema de la actividad industrial, a
su vez se encarga de proteger la salud de los trabajadores encaminando acciones de
saneamiento básico en la empresa
• ACTIVIDADES A DESARROLLAR
• Se debe tener en cuenta los siguientes aspectos :
• Alojamiento y disposición de basuras
• Servicios sanitarios
• Control de plagas
• Suministro de agua potable
19. SUBPROGRAMA DE ENTRENAMIENTO
• Conjunto de actividades encaminadas proporcionar al trabajador los conocimientos y
destreezas necesarios para desempeñar su labor asegurando la prevención de accidentes,
protección de salud e integridad física y emocional.
• ACTIVIDADES A DESARROLLAR
• Estudio de necesidades preparación para emergencias
• Revisión de necesidades capacitación especifica
• Programa de inducción evaluar al personal capacitado
• Capacitación continuada promocionar expandir la salud ocupacional
• Prevención de accidentes de trabajo