Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador parte 2
1. Ley Orgánica de Educación Intercultural del
Ecuador Parte II
Amanda Santin Rodriguez
2. Estructura del Sistema de Educación
Intercultural Bilingüe (SEIB).-
a) La Autoridad Educativa Nacional;
b) El Consejo Plurinacional del Sistema
Intercultural Bilingüe;
c) Subsecretaría del Sistema de Educación
Intercultural Bilingüe, con sus niveles
desconcentrados: zonal, distrital, circuital y
comunitario; y los organismos deco-
ordinación en los respectivos niveles;
d) La Dirección Nacional de Educación
Intercultural Bilingüe; y,
e) El Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes
Ancestrales del Ecuador.
3. Atribuciones y deberes del Consejo Plurinacional de
Educación Intercultural Bilingüe.
-
a) Proponer las líneas estratégicas para las políticas públicas
del Sistema Edu-cativo Intercultural Bilingüe, y priorizar las
necesidades y requerimientos de las nacionalidades y
pueblos conforme a sus realidades;
b) b) Realizar evaluación y seguimiento permanente del
cumplimiento de las políticas públicas del SEIB;
c) Viabilizar el control social y rendición de cuentas a las
autoridades del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe en
coordinación con las instancias definidaspara el efecto; y,
d) Expedir las resoluciones que regulen su funcionamiento interno y
el ejercicio de
e) sus atribuciones determinadas en la presente Ley.
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4. Son atribuciones y deberes de la subsecretaría del
Sistema de Educación Inter-
cultural Bilingüe:
• Definir y formular la política pública de Educación Intercultural Bilingüe conside-rando las líneas
estratégicas, prioridades y necesidades del SEIB determinadas por el Consejo Plurinacional del SEIB. Además
revisará y ajustará, de ser el caso, las líneas estratégicas del SEIB al Plan Nacional de Desarrollo y al Plan
Nacional
de Educación;
• Definir y adoptar estrategias de gestión técnica y financiera del Sistema de Edu-cación Intercultural Bilingüe;
• Proponer estrategias de evaluación y seguimiento permanente del cumplimiento de las políticas públicas del
SEIB;
• Participar en los procesos de diagnóstico, planificación, organización, dirección, ejecución, control,
evaluación y reforma de planes, programas y proyectos, cu- rrículo, talentos humanos, presupuestos,
modalidades, estándares de calidad,
5. Currículo.
El currículo de la educación intercultural bilingüe estará
conforma- do por el currículo nacional y el currículo de
educación intercultural bilingüe. El currículo
intercultural bilingüe fomentará el desarrollo de la
interculturalidad a partir de las identidades culturales,
aplicando en todo el proceso las lenguas indígenas, los
saberes y prácticas socioculturales ancestrales, valores,
principios, la relación con la Pachamama,
de conformidad a cada entorno geográfico, sociocultural y
ambiental, propendiendo al mejoramiento de la calidad
de vida de los pueblos y nacionalidades indígenas.
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