2. El Derecho interno es el conjunto de normas que regulan las
relaciones entre individuos o instituciones o de estos con
el Estado. El término se usa en contraposición al Derecho
Internacional, que regula las relaciones entre Estados u otros
sujetos de derecho internacional.Existen diferencias importantes
entre ambos. El Derecho interno se caracteriza porque
sus normas, con carácter general, emanan de instituciones
determinadas y se imponen a los destinatarios, siendo posible la
aplicación coactiva. Por el contrario, el Derecho internacional
surge de la coordinación y acuerdo entre los diversos sujetos y no existe un mecanismo
consolidado de aplicación coactiva del Derecho. El derecho Externo o internacional es un
conjunto de normas que regulan diferentes sectores de la realidad, más allá del ámbito
espacial de un Estado. Se distingue entre el derecho internacional público y el derecho
internacional privado. - El derecho internacional público es un conjunto de normas jurídicas
que regulan las relaciones entre Estados y organizaciones internacionales. (Por ejemplo
Tratados marítimos) (por ejemplo, la ruptura de relaciones diplomáticas de un Estado con
otro); o en medidas coactivas de una organización internacional para restaurar el respeto del
derecho internacional público (por ejemplo, las medidas que puede adoptar el Consejo de
Seguridad de la ONU en caso de amenazas o rupturas de la paz y actos de agresión).- El
derecho internacional privado es un conjunto de normas jurídicas de cada Estado que se
ocupa de la regulación jurídica de las relaciones privadas internacionales, relaciones entre
particulares en las que El Palacio de la Paz es la sede de la Corte Internacional desaparecen
elementos de extranjería (por ejemplo, cuando Justicia, órgano judicial de la ONU. Un español
se casa con una peruana en Francia)( el Turismo)(trabajadores procedentes de países en vías
de desarrollo que pasan a vivir y a trabajar en países desarrollados)