1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
Importancia del Derecho Marítimo en nuestra Legislación Venezolana
Nombre:
Leymar Urdaneta
BARQUISIMETO, 2017
2. Importancia del Derecho Marítimo en nuestra Legislación Venezolana
El Derecho Marítimo, es el conjunto de normas jurídicas, de costumbre y
principios, que regulan las relaciones, los derechos y obligaciones de las personas
naturales y jurídicas, con ocasión del comercio marítimo y de la actividad de la
navegación por mar, lagos y ríos. En vista de la importancia que reviste el Derecho
marítimo, crea la necesidad de ampliar con resto al tema, definición, objeto,
importancia, la nave, registro marítimo y otros que se desarrollaran a continuación.
Esta tiene por objeto regular las relaciones jurídicas que se originan en el comercio
marítimo y en la navegación por agua.
Ahora bien, de acuerdo con esta disposición, sus normas regulan,
primeramente las relaciones jurídicas que se originan en el comercio marítimo: y en
segundo lugar, las relaciones jurídicas que se originan en la navegación por agua, que
constituyen el campo de aplicación de la ley. Siguiendo con la importancia, en la
historia que se mantiene hasta nuestros días. Esto se debe a que el transporte por mar
es muy utilizado para trasladar las mercancías, objeto de compraventas, sobre todo a
nivel internacional, permitiendo mayor fluidez de la economía, no solo a nacional, si
no a nivel mundial.
Se dice que el Derecho Marítimo participa de ese particularismo, por cuanto
contempla cierta instituciones y ciertas soluciones que no presentan otras ramas del
Derecho, tales como el préstamo a la gruesa, la echazón, las averías, la asistencia, el
salvamento, la limitación de la responsabilidad del propietario de la nave, etc.
Igualmente se dice que el hecho de que en el Derecho Marítimo se nos presente
íntimamente relacionadas instituciones de Derecho Público e instituciones de
Derecho Privado conduce a hablar de ese particularismo.
3. Se sostiene también que dicho derecho, tiende a ser estable o tradicional, ya
que sus normas permanecen incólumes, conservando sus antiguos usos sin apenas
modificarlos.
La legislación del derecho marítimo permite al sector acuático nacional
navegar hacia las ventajas que genera la aplicación de las reglas comunes que
conduzcan el negocio marítimo, obteniendo significativas ventajas para el país, en
relación al comercio internacional, en el cual Venezuela ha tenido una activa
participación , ele derecho marítimo ha tenido una gran importancia histórica que se
mantiene hasta nuestros días ,siendo una rama muy importante del derecho mercantil
,esto se debe a que se utiliza mucho para transportar mercancías objeto y objetos de
compraventas internacionales. La nave es la cosa de carácter comercial que da a dotas
las obligaciones inherentes a su empleo, por cual tienen carácter mercantil, todas las
que se deriven del buque, aun así, las que provengan del delito o cuasi delito, esto
sucede por culpa del capitán o de tripulación
El capitán es el representante del propietario , del armador del buque y de los
cargadores , en todo lo relativo al interés del buque ,su carga y al resultado de la
expedición marítima ,el agente naviero es aquel que en ejercicio de su representación
está facultado para firmar los conocimientos de transporte , dar y recibir cantidades
de dinero relacionadas a las operaciones que efectúan ,así como atender y tramitar
reclamos derivados de la explotación del buque , el armador es la persona utilizada o
explota el buque en su propio nombre ,sea o no su propietario
Los efectos de la inscripción son jurídicos privados, el principal es el de hacer
oponibles frente a terceros los actos y contratos allí inscritos, si bien son también
aplicables al resto de los principios registrales, cuyo estudio puede hacerse conforme
a la terminología del vigente reglamento del derecho mercantil, en cuya virtud
resultan los siguientes: Legalidad: supone que los registradores han de calificar las
4. formas extrínsecas de los documentos en cuya virtud se solicita la inscripción del
buque, así como la capacidad y legitimación de quienes los otorguen o suscriban y la
validez de su contenido . Legitimación: el contenido del Registro se presume exacto y
válido. Los asientos están bajo la salvaguarda de los Tribunales, pero la inscripción
no convalida los actos o contratos que sean nulos con arreglo a las leyes, produciendo
los asientos sus efectos mientras no se inscriba la declaración judicial de su
inexactitud o nulidad.
El comercio marítimo tiene sus riegos y daños como el abordaje es el contacto
material violento entre dos o más buques que naveguen o sean susceptibles de
navegar en los espacios acuáticos y la avería es todo gasto extraordinario o daño
sufrido por el buque por la carga ,con ocasión de un transporte por agua ,Estas se
clasifican simples o particulares que no se producen en interés común del buque y de
la carga por ejemplo las ocurridas por un caso fortuito o fuerza mayor y gruesas o
comunes que ocurren cuando se ha hecho o contraído intencionalmente en sacrificio o
gastos extraordinario para la seguridad común de la expedición marítima ,con el
objeto de salvar de un peligro
Finalmente en Venezuela radica toda esta importancia ya antes mencionada,
en la ley de comercio marítimo ya que esta es la reguladora de todo lo antes descrito y
de todo el Derecho Marítimo, ya bien sea por el comercio marítimo que desde la
antigüedad ha sido utilizado, bien sea para trasladar objetos de país a país, por vía
marítima.
FUENTE:
http://saiaead.uft.edu.ve/ead/mod/page/view.php?id=12249