SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 7
MEDIDA CAUTELAR QUE ORDENA LA REAPERTURA DE LAS NEGOCIACIONES PARITARIAS DEL
SECTOR PÚBLICO ESTATAL ENCUADRADO EN LA LEY 10.430.
35404 - "ASOCIACIONTRABAJADORESDELESTADOyotro/a C/ FISCODELA PROVINCIA DEBUENOS
AIRES S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - EMPL.PUBLICO"
La Plata, 29 de Abril de 2016.-
AUTOS Y VISTOS: Para resolver la medida cautelar solicitada en el escrito inicial, y-
CONSIDERANDO:-
1. Que se presentan la Dra. Gabriela Raquel Gómez, en su carácter de apoderada de la
Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y el Sr. Oscar de Isasi, en su carácter de Secretario
General de laCentral de Trabajadoresde laArgentina(CTA) Autónomaysolicitanel dictadode una
medida cautelar anticipada tendiente a que se ordene a la Provincia de BuenosAires a retomar el
procedimientolegal paralacelebraciónde lasreunionesparitariasconintervenciónde latotalidad
de losrepresentantessindicalesque corresponda, de acuerdo a lo establecido por la Ley 13.453.-
Sostienen que en las reuniones del año en curso 2016, el poder ejecutivo provincial no ha
respetadolospasos,formalidadesyprocedimientosestablecidosenlaLeyde NegociaciónColectiva
de la provincia de Buenos Aires N° 13453, razón por la cual plantean la nulidad de los actos
provenientes de la administración pública, para lo cual sostienen que iniciaran una pretensión
anulatoria,noobstante locual y dada la urgenciadel caso,solicitanlamedidacautelaranticipada.-
Indicanque lascuestionesysituacionesfácticasplanteadasenestacontiendasurgende las
pruebasaportadasen la Causa: “Central de los Trabajadoresde la ArgentinaAutónomac/Fiscode
la Provinciade BuenosAiress/Pretensiónde Cesaciónde unaVíade HechoAdministrativa”,Causa
N° 35076, entrámite por ante este Juzgado a mi cargo, respecto de la cual plantea la conexidad.-
Argumentan que el Estado empleador se ha apartado del mecanismo que establece la ley
para discutirlascondicioneslaboralesysalarialesdelañoencurso,paralostrabajadoresnucleados
en la Ley 10.430, por cuanto no se habría integrado la negociación con la totalidad de los gremios
del sector, se habrían modificado los proporcionales de cada asociación sindical, como asimismo
denuncian la existencia de irregularidades en la confección de las Actas que contienen la
negociación que derivó en el acuerdo.-
Destacan,enloconcerniente alarepresentatividadde lasasociacionessindicales,queenel
Acta acuerdo del día 11 de Marzo del corriente,se consideróaprobadala propuestasobre la base
de la informaciónaportadaporlaDirecciónProvincial de Personal,enlacual aparecencomputados
sólo ocho (8) asociaciones sindicales, desconociéndose la razón por la que se habría apartado al
resto de las entidades con personería gremial en la Provincia. Agregan, que ello provoca una
alteraciónenel sistemade asignaciónde proporcionalidad,de acuerdoaloestablecidoenel art.8
de la citada Ley 13.453.-
Indican que no existió una votación en el seno de la negociación paritaria, conforme lo
establece laLey 13.453, ni se establecieronpreviamente lacantidadde afiliadosque cada entidad
gremial tiene, de modo de conocer previamente la representatividad de cada asociación en la
negociación salarial.-
2. Conforme a lo expuesto precedentemente, corresponde analizar los recaudos de
procedencia de la medida cautelar solicitada (art. 22 del CCA): –
2.1. Verosimilitud en el derecho.-
En el análisis de las medidas cautelares el juez debe valorar provisoriamente el derecho
alegado, sin que ello implique un examende certeza sobre su existencia (CSJN,Fallos, 306:2060 y
320:1633, entre otros). –
En razón de ello,ydentrodel limitadomarcocognoscitivopropiode este tipode procesos,
adviertoque lapeticióncautelarde autosse sustenta sobre bases“primafacie”verosímiles,atenor
de los argumentos que se desarrollan a continuación.-
En efecto, de acuerdo a lo establecido por la Ley 13.453 la voluntad de los trabajadores
encuadrados en la Ley 10.430 se conforma por "todas las asociaciones sindicales con personería
gremial" (art. 5), determinándose la proporcionalidad de los votos que corresponda a cada una a
partir de la "división entre el número de los afiliados de las mismas y aquel que corresponda al
gremio de menor cantidad de afiliados” (art. 8). -
Sin embargo, de acuerdo a lo que surge del acta obrante a fs. 652 de la causa conexa N°
35.076, la propuestasalarial parael primersemestre del año2016 fue aprobada porel Ministrode
Trabajo,sobre la base de lainformaciónproporcionadael día10-III-2016 por laDirecciónProvincial
de Personal (fs.343), lo cual vulneraríagravemente el procedimientode negociacióninstituidopor
la Ley 13.453. -
En tal sentido,cabe destacarque el informeprovistoporlaDirecciónProvincial de Personal
sólo contempla algunas de las asociaciones gremiales involucradas en la negociación paritaria,
omitiendoamuchasotrasque poseenafiliadospertenecientesal régimende laLey10.430, algunas
de las cuales se encontraban presentes en la primera reunión paritaria del día 3-III-2016. -
Tal omisión, podría modificar de modo sustancial la proporción de votosque corresponde
asignar a cada entidad gremial, conforme lo previsto por el art. 8 de la Ley 13.453, y alteraría -en
principio- larepresentatividadnecesariaparalaadopciónde unadecisiónválidaenlostérminosdel
art. 7 de la norma citada. -
Ello así, por cuanto el acuerdo salarial requiere de la "mayoría absoluta de votos de la
totalidad de los representantes" (art. 7 3° párr. de la Ley 13.453), y en el caso de autos, la propia
Autoridad Administrativa reconoció que la mayoría fue conformada únicamente por sólo ocho (8)
del total de asociaciones sindicales con afiliados pertenecientes al régimen de la Ley 10.430, sin
brindar razones acerca de dicha exclusión. -
Peroasimismo,reviste especialimportanciael argumentoesgrimidoporlaactoraencuanto
a que no se habría determinado, con carácter previo al inicio de las negociaciones, la
proporcionalidad asignada a cada entidad gremial de acuerdo a los parámetros que establece la
citadalegislación(conf.art.7y8 de laLey13.453). Por el contrario,esel propioMinistrode Trabajo
quien, al momento de declarar la aprobación de la propuesta salarial, de manera unilateral
estableciólarepresentatividadde algunosde losgremios,sinhaberlopuestoenconocimientode la
Mesa de Negociación,afinde permitirel control de dicha variable,conafectaciónde las garantías
del debido proceso.-
Sobre el punto es conveniente recordar que el "debido proceso legal" es una garantía
constitucional innominada, en virtud de la cual todo acto estatal -ley, sentencia o acto
administrativo- debe ser el resultado de un conjunto de procedimientos que hay que cumplir, no
sólo para que él sea formalmente válido -aspectoadjetivodel debido proceso-, sino también para
que se consagre una debida justicia -aspecto sustantivo del debido proceso- (Linares, J.F.
Razonabilidad de las leyes, Bs. As., 1970, pgs.12/13).-
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha decidido en diversas
oportunidadesque lasnormassustancialesdel debidoprocesodebenserobservadasentodaclase
de juicios(Fallos125:10,127:374, 129:193, 134:242, 193:408, 198:467, 237:193, 297:134, 310:410),
incluyendolosprocedimientosseguidosante tribunalesadministrativos(Fallos310:1797,310:1042,
entre otros).-
En concordancia con ello,laCorte Interamericanade DerechosHumanosenel primercaso
contencioso sometido a su jurisdicción en el que se alegó la afectación del debido procesoen un
procedimientoadministrativo(casoBaena,Ricardoyotros -270 Trabajadoresv. Panamá-,sent.del
2-II-2001, párr. 127), entendió que "es un derecho humano el obtener todas las garantías que
permitan alcanzar decisiones justas, no estando la Administración excluida de cumplir con este
deber. Las garantías mínimas deben respetarse en el procedimiento administrativoy en cualquier
otro procedimiento cuya decisión pueda afectar los derechos de las personas"; e indicó que
"cualquieractuaciónuomisiónde losórganosestatalesdentrode unproceso,seaadministrativoo
jurisdiccional, debe respetar el debido proceso legal" (Ídem, párr. 124º).-
En efecto,lasgarantías del debidoproceso"sirvenparaproteger,aseguraro hacer valerla
titularidad o el ejercicio de un derecho" (Opinión consultiva OC-8/87, del 30-1-1987, párr. 25º). El
objetivo práctico de su utilización instrumental es lograr que "las personas puedan defenderse
adecuadamente ante cualquiertipode acto emanadodel Estado que pueda afectar sus derechos"
(CorteIDH, Caso del "Tribunal Constitucional Vs. Perú", del 31-I-2001, párr. 68).-
En igual sentido, sostuvo que “Para que los principios de legalidad y reserva de ley
constituyan una garantía efectiva de los derechos y libertades de la persona humana,se requiere
no sólo su proclamación formal, sino la existencia de un régimen que garantice eficazmente su
aplicacióny un control adecuado del ejerciciode lascompetenciasde losórganos” (Corte IDH. “La
Expresión‘Leyes’enel Artículo30de laConvenciónAmericanasobre DerechosHumanos”.Opinión
Consultiva N° 6, del 9-V-1986, párr. 24), y en ello reside la importancia del cumplimiento del
procedimiento establecido por la Ley 13.453.-
Por otra parte, es verosímil la afirmación de la actora respecto de las deficiencias que
presentaría la nota de aprobación de la propuesta por FEGEPPBA, dado que la misma afirma que
“…luego de un análisis exhaustivo de la referida oferta, y los arduos debates habidos entre los
representantes de los gremios presentes en la reunión del día de ayer, el Consejo Ejecutivo de
FEGEPPBA ha resuelto, por MAYORIA, ACEPTAR la propuesta salarial…” (conf. Fs. 345 de la causa
conexa). Ahora bien, en ningún momento precisa cuál o cuáles de las asociaciones sindicales
federadasse encontrabanpresentesenlareunióndel ConsejoEjecutivodeldía9-III-2016,que fuera
comunicadaal Ministeriode Trabajo de la Provinciade BuenosAiresel día 10-III-2016, y cuálesde
ellas aprobaron o rechazaron la referida propuesta.-
Al respecto,observoque dichacuestiónpodríagenerarunaalteraciónenel cómputode las
mayoríastenidasencuentaalosfinesde laaprobaciónde lapropuestadelEjecutivo,entantoomite
la voluntad de las asociaciones sindicalesde base, cuya intervención requiere el art. 5 de la Ley
13.453, sinque al respectose hubieraemitidoreglamentaciónespecíficaparael cómputo del voto
de las federaciones en el ámbito de la paritaria. -
No debemosolvidarque lasnegociacionescolectivasde trabajose encuentranamparadas
por normas de orden público, de preferente tutela constitucional (art. 39 de la Constitución
provincial y art. 15 de la Ley 13.453), de modo que no podría la organización interna de una
federación alterar la voluntad expresada por parte de los trabajadores en el marco de una
negociación,cuyoacuerdodebe alcanzarse en votaciónindividual de cadauna de las asociaciones
con personeríagremial,que garantice la transparenciay la inmediaciónprevistapor la Ley 13.453,
bien distinto al mecanismo empleado reiteradamente (oferta y aceptación por nota) por la
autoridad administrativa para obtener el cierre de las paritarias.-
Por las razonesexpuestas,juzgoque laverosimilitudenel derechoinvocado,se encuentra
acreditada(art.22 inc.1 “a” CCA),porcuantoel acuerdoparitariogeneral de laLey10.430 exhibe -
prima facie- vicios que lo tornarían invalido, y por ende deviene necesaria la continuidad de las
negociaciones colectivas, tal como lo solicitan las peticionantes.-
2.2. Peligro en la demora:-
Que este recaudo se encuentra configurado por la índole alimentaria de los derechos que
se hallan en juego en estas actuaciones.-
En efecto,laimportante funciónque cumple laretribuciónsalarial trasciende lasfronteras
del derechoestrictamentepatrimonial,encuantosulimitaciónagravialadignidaddel individuo,al
impedirle el goce pleno de los derechos que le aseguren un nivel de vida adecuado para su
subsistencia y la de su grupo familiar. (art. XVI de la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre; y arts. 7 y 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales),máxime enlaactual situaciónde aumentogeneralizadode preciosque sonde público
y notorio conocimiento, los que podrían generar en los trabajadores representados por las
entidades accionantes un perjuicio que resultaría de difícil o imposible reparación ulterior (art. 22
inc. 1 “b” del CCA).-
2.3. No afectación del interés público.-
Al respecto, no se advierte que la medida cautelar peticionada pueda producir una grave
afectación al interés público, en tanto la medida que se habrá de disponer sólo tiende a la
continuidad de las negociaciones paritarias del sector público provincial, conforme a la legislación
vigente, y sin que imponga una solución singular a los eventuales acuerdos que se alcancen.-
A su vez,como he señaladoendiversospronunciamientos,lasolainobservanciadel orden
legal, por parte de la administración, vulnera el interés público determinado por el pleno
sometimientode lamismaal ordenamientojurídico,comopostuladobásicodelEstadode Derecho
(Conf. Causas N° 7156, "MANTENIMIENTOS DEL SUR S.R.L.”, res. del 8-VII-2005; N° 2873, "CLUB
NAUTICO HACOAJ”, res del 25-X-2006; N° 11004, "SAVAFAMA S.A.”, res. del 8-V-2006; N° 12443,
"ABDALA”, res. del 7-V-2007, entre muchas otras). –
De conformidad a lo expuesto, entiendo que el requisito bajo análisis se encuentra
suficientemente acreditado (art. 22 inc. 1. “c” del C.C.A.). –
2.4. Contracautela: -
Dadas las particularidades del caso, del proceso promovido y de los derechos tutelados,
exímase a las peticionantes de prestar caución alguna (art. 77 del CCA, y art. 200 del CPCC).-
Por ello, citas legales, doctrinarias y jurisprudenciales, -
RESUELVO: -
1. Admitirlamedidacautelarsolicitadapor la Asociaciónde Trabajadoresdel Estado (ATE)
y la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) Autónoma, ordenando al Poder Ejecutivo de la
Provinciade BuenosAiresaque,en el plazode tres (3) días hábiles,convoquede modofehaciente
a la totalidad de asociaciones sindicales con personería gremial que posean afiliados encuadrados
en el régimen de la Ley 10.430, a efectos de continuar con las negociaciones paritarias, de
conformidadconel procedimientoregladoporlaLey13.453, sindesmedrode losreconocimientos
salariales que ya se hubieren efectivizado, ellobajo apercibimiento de lo dispuestopor el art. 163
de la CPBA.-
2. A esos fines, líbrese oficio por Secretaria con habilitación de días y horas inhábiles a la
Gobernación y al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. –
REGISTRESE. NOTIFIQUESEA LA FISCALIA DE ESTADO CON HABILITACIÓN DEDIAS Y HORAS
Y DE CARACTER URGENTE (arts. 135 inc. 5 del C.P.C.C. y 27 inc. 13 del D. Ley 7543/69). –
LUIS FEDERICO ARIAS
Juez
Juz.Cont.Adm.Nº1
Dto.Jud.La Plata
Reapertura de las negociaciones paritarias ley 10430

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

BOLETÍN I - CONTRATO DE TRABAJO Y SU SUSPENSIÓN - Autor José María Pacori Cari
BOLETÍN I - CONTRATO DE TRABAJO Y SU SUSPENSIÓN - Autor José María Pacori CariBOLETÍN I - CONTRATO DE TRABAJO Y SU SUSPENSIÓN - Autor José María Pacori Cari
BOLETÍN I - CONTRATO DE TRABAJO Y SU SUSPENSIÓN - Autor José María Pacori CariCorporación Hiram Servicios Legales
 
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativa
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativaModelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativa
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativaCorporación Hiram Servicios Legales
 
CSJ - Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima - Supuestos de inaplic...
CSJ - Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima - Supuestos de inaplic...CSJ - Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima - Supuestos de inaplic...
CSJ - Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima - Supuestos de inaplic...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
Modelo de escrito de solicitud de pago de compensación por vacaciones truncas...
Modelo de escrito de solicitud de pago de compensación por vacaciones truncas...Modelo de escrito de solicitud de pago de compensación por vacaciones truncas...
Modelo de escrito de solicitud de pago de compensación por vacaciones truncas...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Demanda nulidad de acto administrativo huaripata (destitucion)
Demanda nulidad de acto administrativo   huaripata (destitucion)Demanda nulidad de acto administrativo   huaripata (destitucion)
Demanda nulidad de acto administrativo huaripata (destitucion)RAUL FELIX REYES PONTE
 
Modelo de recurso administrativo de apelación autor josé maría pacori cari
Modelo de recurso administrativo de apelación   autor josé maría pacori cariModelo de recurso administrativo de apelación   autor josé maría pacori cari
Modelo de recurso administrativo de apelación autor josé maría pacori cariCorporación Hiram Servicios Legales
 
Cómo se solicita el desistimiento de la pretensión en un proceso constitucion...
Cómo se solicita el desistimiento de la pretensión en un proceso constitucion...Cómo se solicita el desistimiento de la pretensión en un proceso constitucion...
Cómo se solicita el desistimiento de la pretensión en un proceso constitucion...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...
Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...
Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
 
Precedentes Vinculantes Dr. Heiner
Precedentes Vinculantes Dr. HeinerPrecedentes Vinculantes Dr. Heiner
Precedentes Vinculantes Dr. HeinerHeiner Rivera
 
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Cómo solicitar la prescripción de la acción administrativa – modelo de solici...
Cómo solicitar la prescripción de la acción administrativa – modelo de solici...Cómo solicitar la prescripción de la acción administrativa – modelo de solici...
Cómo solicitar la prescripción de la acción administrativa – modelo de solici...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada compilador josé m...
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada   compilador josé m...Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada   compilador josé m...
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada compilador josé m...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicatoModelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicatoCorporación Hiram Servicios Legales
 
04 modelo demanda contenciosa administrativa 4
04   modelo demanda contenciosa administrativa 404   modelo demanda contenciosa administrativa 4
04 modelo demanda contenciosa administrativa 4Marciano Ore Malmaceda
 
El proceso de amparo en moquegua
El proceso de amparo en moqueguaEl proceso de amparo en moquegua
El proceso de amparo en moqueguaHeiner Rivera
 

La actualidad más candente (20)

BOLETÍN I - CONTRATO DE TRABAJO Y SU SUSPENSIÓN - Autor José María Pacori Cari
BOLETÍN I - CONTRATO DE TRABAJO Y SU SUSPENSIÓN - Autor José María Pacori CariBOLETÍN I - CONTRATO DE TRABAJO Y SU SUSPENSIÓN - Autor José María Pacori Cari
BOLETÍN I - CONTRATO DE TRABAJO Y SU SUSPENSIÓN - Autor José María Pacori Cari
 
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativa
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativaModelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativa
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativa
 
CSJ - Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima - Supuestos de inaplic...
CSJ - Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima - Supuestos de inaplic...CSJ - Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima - Supuestos de inaplic...
CSJ - Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima - Supuestos de inaplic...
 
Modelo de escrito de solicitud de pago de compensación por vacaciones truncas...
Modelo de escrito de solicitud de pago de compensación por vacaciones truncas...Modelo de escrito de solicitud de pago de compensación por vacaciones truncas...
Modelo de escrito de solicitud de pago de compensación por vacaciones truncas...
 
Demanda nulidad de acto administrativo huaripata (destitucion)
Demanda nulidad de acto administrativo   huaripata (destitucion)Demanda nulidad de acto administrativo   huaripata (destitucion)
Demanda nulidad de acto administrativo huaripata (destitucion)
 
Modelo de recurso administrativo de apelación autor josé maría pacori cari
Modelo de recurso administrativo de apelación   autor josé maría pacori cariModelo de recurso administrativo de apelación   autor josé maría pacori cari
Modelo de recurso administrativo de apelación autor josé maría pacori cari
 
Cómo se solicita el desistimiento de la pretensión en un proceso constitucion...
Cómo se solicita el desistimiento de la pretensión en un proceso constitucion...Cómo se solicita el desistimiento de la pretensión en un proceso constitucion...
Cómo se solicita el desistimiento de la pretensión en un proceso constitucion...
 
Bonif. refrig. y mov. noriel
Bonif. refrig. y mov. norielBonif. refrig. y mov. noriel
Bonif. refrig. y mov. noriel
 
Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...
Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...
Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...
 
Fallo corte ampros
Fallo corte amprosFallo corte ampros
Fallo corte ampros
 
MODELO RECURSO APELACIÓN AL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
MODELO RECURSO APELACIÓN AL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO MODELO RECURSO APELACIÓN AL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
MODELO RECURSO APELACIÓN AL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
 
Precedentes Vinculantes Dr. Heiner
Precedentes Vinculantes Dr. HeinerPrecedentes Vinculantes Dr. Heiner
Precedentes Vinculantes Dr. Heiner
 
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...
 
Cómo solicitar la prescripción de la acción administrativa – modelo de solici...
Cómo solicitar la prescripción de la acción administrativa – modelo de solici...Cómo solicitar la prescripción de la acción administrativa – modelo de solici...
Cómo solicitar la prescripción de la acción administrativa – modelo de solici...
 
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada compilador josé m...
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada   compilador josé m...Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada   compilador josé m...
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada compilador josé m...
 
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicatoModelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
 
Rcurso de revisión administrativo
Rcurso de revisión administrativoRcurso de revisión administrativo
Rcurso de revisión administrativo
 
04 modelo demanda contenciosa administrativa 4
04   modelo demanda contenciosa administrativa 404   modelo demanda contenciosa administrativa 4
04 modelo demanda contenciosa administrativa 4
 
Modelo de escrito de variación de medida cautelar
Modelo de escrito de variación de medida cautelarModelo de escrito de variación de medida cautelar
Modelo de escrito de variación de medida cautelar
 
El proceso de amparo en moquegua
El proceso de amparo en moqueguaEl proceso de amparo en moquegua
El proceso de amparo en moquegua
 

Similar a Reapertura de las negociaciones paritarias ley 10430

Modificaciones Ley Asociaciones Sindicales
Modificaciones Ley Asociaciones SindicalesModificaciones Ley Asociaciones Sindicales
Modificaciones Ley Asociaciones SindicalesPablo Javkin
 
La Corte Suprema por mayoría resolvió que la Policía no tiene derecho a sindi...
La Corte Suprema por mayoría resolvió que la Policía no tiene derecho a sindi...La Corte Suprema por mayoría resolvió que la Policía no tiene derecho a sindi...
La Corte Suprema por mayoría resolvió que la Policía no tiene derecho a sindi...Economis
 
Fallo completo de la Corte Suprema: declaró inconstitucional cambios en el Co...
Fallo completo de la Corte Suprema: declaró inconstitucional cambios en el Co...Fallo completo de la Corte Suprema: declaró inconstitucional cambios en el Co...
Fallo completo de la Corte Suprema: declaró inconstitucional cambios en el Co...Andrés Oliva
 
Inconstitucionalidad consejo
Inconstitucionalidad consejoInconstitucionalidad consejo
Inconstitucionalidad consejoDerechoPenal2
 
CGR Presentación de Competencias al 29° J.C de Santiago 24.11.2016
CGR Presentación de Competencias al 29° J.C de Santiago 24.11.2016CGR Presentación de Competencias al 29° J.C de Santiago 24.11.2016
CGR Presentación de Competencias al 29° J.C de Santiago 24.11.2016Nelson Leiva®
 
Stc 75 1992 enpresariak eta askatasun sindikala
Stc 75 1992 enpresariak eta askatasun sindikalaStc 75 1992 enpresariak eta askatasun sindikala
Stc 75 1992 enpresariak eta askatasun sindikalakirurzun
 
Paritarias del sector publico estatal ley 10.430
Paritarias del sector publico estatal ley 10.430Paritarias del sector publico estatal ley 10.430
Paritarias del sector publico estatal ley 10.430Luis Federico Arias
 
Denuncia libertad sindical tsj
Denuncia libertad sindical tsjDenuncia libertad sindical tsj
Denuncia libertad sindical tsjcgtlimpiezabcn
 
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdfDivorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdfyessica coloma delgado
 
Asociarse a una Federación o una Confedereación
Asociarse a una Federación o una ConfedereaciónAsociarse a una Federación o una Confedereación
Asociarse a una Federación o una ConfedereaciónJose IV
 
Derecho procesal trabajo desarrollado
Derecho procesal trabajo desarrolladoDerecho procesal trabajo desarrollado
Derecho procesal trabajo desarrolladofelipepizarro22
 
Protección de derechos fundamentales laborales. Vulneración del derecho de li...
Protección de derechos fundamentales laborales. Vulneración del derecho de li...Protección de derechos fundamentales laborales. Vulneración del derecho de li...
Protección de derechos fundamentales laborales. Vulneración del derecho de li...Universidad Autónoma de Barcelona
 
La representación judicial de la sociedad anónima ante la intervención jud...
La representación judicial de la sociedad anónima ante la intervención jud...La representación judicial de la sociedad anónima ante la intervención jud...
La representación judicial de la sociedad anónima ante la intervención jud...Susy Inés Bello Knoll
 
La sentencia rechaza el carácter colectivo del amparo
La sentencia rechaza el carácter colectivo del amparo La sentencia rechaza el carácter colectivo del amparo
La sentencia rechaza el carácter colectivo del amparo Mara Resio
 

Similar a Reapertura de las negociaciones paritarias ley 10430 (20)

Modificaciones Ley Asociaciones Sindicales
Modificaciones Ley Asociaciones SindicalesModificaciones Ley Asociaciones Sindicales
Modificaciones Ley Asociaciones Sindicales
 
La Corte Suprema por mayoría resolvió que la Policía no tiene derecho a sindi...
La Corte Suprema por mayoría resolvió que la Policía no tiene derecho a sindi...La Corte Suprema por mayoría resolvió que la Policía no tiene derecho a sindi...
La Corte Suprema por mayoría resolvió que la Policía no tiene derecho a sindi...
 
Fallo completo de la Corte Suprema: declaró inconstitucional cambios en el Co...
Fallo completo de la Corte Suprema: declaró inconstitucional cambios en el Co...Fallo completo de la Corte Suprema: declaró inconstitucional cambios en el Co...
Fallo completo de la Corte Suprema: declaró inconstitucional cambios en el Co...
 
Inconstitucionalidad consejo
Inconstitucionalidad consejoInconstitucionalidad consejo
Inconstitucionalidad consejo
 
FALLO RIZZO (Democratización de la Justicia)
FALLO RIZZO (Democratización de la Justicia)FALLO RIZZO (Democratización de la Justicia)
FALLO RIZZO (Democratización de la Justicia)
 
CGR Presentación de Competencias al 29° J.C de Santiago 24.11.2016
CGR Presentación de Competencias al 29° J.C de Santiago 24.11.2016CGR Presentación de Competencias al 29° J.C de Santiago 24.11.2016
CGR Presentación de Competencias al 29° J.C de Santiago 24.11.2016
 
Stc 75 1992 enpresariak eta askatasun sindikala
Stc 75 1992 enpresariak eta askatasun sindikalaStc 75 1992 enpresariak eta askatasun sindikala
Stc 75 1992 enpresariak eta askatasun sindikala
 
Paritarias del sector publico estatal ley 10.430
Paritarias del sector publico estatal ley 10.430Paritarias del sector publico estatal ley 10.430
Paritarias del sector publico estatal ley 10.430
 
Denuncia libertad sindical tsj
Denuncia libertad sindical tsjDenuncia libertad sindical tsj
Denuncia libertad sindical tsj
 
Fallos01
Fallos01Fallos01
Fallos01
 
Fallos01
Fallos01Fallos01
Fallos01
 
Fallos01
Fallos01Fallos01
Fallos01
 
Monografia lida huaringa
Monografia lida  huaringaMonografia lida  huaringa
Monografia lida huaringa
 
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdfDivorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
Divorcio-separacion-cuerpos-Enrique-Varsi-Rospigliosi-LP.pdf
 
Asociarse a una Federación o una Confedereación
Asociarse a una Federación o una ConfedereaciónAsociarse a una Federación o una Confedereación
Asociarse a una Federación o una Confedereación
 
Derecho procesal trabajo desarrollado
Derecho procesal trabajo desarrolladoDerecho procesal trabajo desarrollado
Derecho procesal trabajo desarrollado
 
Protección de derechos fundamentales laborales. Vulneración del derecho de li...
Protección de derechos fundamentales laborales. Vulneración del derecho de li...Protección de derechos fundamentales laborales. Vulneración del derecho de li...
Protección de derechos fundamentales laborales. Vulneración del derecho de li...
 
La representación judicial de la sociedad anónima ante la intervención jud...
La representación judicial de la sociedad anónima ante la intervención jud...La representación judicial de la sociedad anónima ante la intervención jud...
La representación judicial de la sociedad anónima ante la intervención jud...
 
La sentencia rechaza el carácter colectivo del amparo
La sentencia rechaza el carácter colectivo del amparo La sentencia rechaza el carácter colectivo del amparo
La sentencia rechaza el carácter colectivo del amparo
 
Medidacautelar 14092020
Medidacautelar 14092020Medidacautelar 14092020
Medidacautelar 14092020
 

Más de Luis Federico Arias

Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Reubicación de perso...
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Reubicación de perso...Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Reubicación de perso...
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Reubicación de perso...Luis Federico Arias
 
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Derecho a la partici...
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Derecho a la partici...Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Derecho a la partici...
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Derecho a la partici...Luis Federico Arias
 
Sentencia sobre la situación de la morgue policial de La Plata (2013)
Sentencia sobre la situación de la morgue policial de La Plata (2013)Sentencia sobre la situación de la morgue policial de La Plata (2013)
Sentencia sobre la situación de la morgue policial de La Plata (2013)Luis Federico Arias
 
Víctimas fatales de la inundación de La Plata 2013
Víctimas fatales de la inundación de La Plata 2013Víctimas fatales de la inundación de La Plata 2013
Víctimas fatales de la inundación de La Plata 2013Luis Federico Arias
 
Responsabilidad del Estado - Homicidio perpetrado por agente policial fuera d...
Responsabilidad del Estado - Homicidio perpetrado por agente policial fuera d...Responsabilidad del Estado - Homicidio perpetrado por agente policial fuera d...
Responsabilidad del Estado - Homicidio perpetrado por agente policial fuera d...Luis Federico Arias
 
Responsabilidad del Estado. Daños por disparo de policía a adolescente a la s...
Responsabilidad del Estado. Daños por disparo de policía a adolescente a la s...Responsabilidad del Estado. Daños por disparo de policía a adolescente a la s...
Responsabilidad del Estado. Daños por disparo de policía a adolescente a la s...Luis Federico Arias
 
Accidente en ruta señalizacion deficiente o insuficiente - contratistas de ...
Accidente en ruta   señalizacion deficiente o insuficiente - contratistas de ...Accidente en ruta   señalizacion deficiente o insuficiente - contratistas de ...
Accidente en ruta señalizacion deficiente o insuficiente - contratistas de ...Luis Federico Arias
 
Medida cautelar que suspende el cobro del peaje en la Ruta 6
Medida cautelar que suspende el cobro del peaje en la Ruta 6Medida cautelar que suspende el cobro del peaje en la Ruta 6
Medida cautelar que suspende el cobro del peaje en la Ruta 6Luis Federico Arias
 
Camara en lo Contencioso Administrativo suspende medida cautelar de tarifas e...
Camara en lo Contencioso Administrativo suspende medida cautelar de tarifas e...Camara en lo Contencioso Administrativo suspende medida cautelar de tarifas e...
Camara en lo Contencioso Administrativo suspende medida cautelar de tarifas e...Luis Federico Arias
 
Ingreso de residuos toxicos - competencia normas ambientales - progresividad ...
Ingreso de residuos toxicos - competencia normas ambientales - progresividad ...Ingreso de residuos toxicos - competencia normas ambientales - progresividad ...
Ingreso de residuos toxicos - competencia normas ambientales - progresividad ...Luis Federico Arias
 
Defensoria del pueblo cautelar suspende tarifa electrica - junio 2017 - def...
Defensoria del pueblo   cautelar suspende tarifa electrica - junio 2017 - def...Defensoria del pueblo   cautelar suspende tarifa electrica - junio 2017 - def...
Defensoria del pueblo cautelar suspende tarifa electrica - junio 2017 - def...Luis Federico Arias
 
Medida precautelar que suspende el aumento de la tarifa eléctrica 2017
Medida precautelar que suspende el aumento de la tarifa eléctrica 2017Medida precautelar que suspende el aumento de la tarifa eléctrica 2017
Medida precautelar que suspende el aumento de la tarifa eléctrica 2017Luis Federico Arias
 
Sentencia por irregularidades en la morgue policial de La Plata
Sentencia por irregularidades en la morgue policial de La PlataSentencia por irregularidades en la morgue policial de La Plata
Sentencia por irregularidades en la morgue policial de La PlataLuis Federico Arias
 
Sentencia recaída en la causa por la inundación de los días 2 y 3 de abril en...
Sentencia recaída en la causa por la inundación de los días 2 y 3 de abril en...Sentencia recaída en la causa por la inundación de los días 2 y 3 de abril en...
Sentencia recaída en la causa por la inundación de los días 2 y 3 de abril en...Luis Federico Arias
 
Cuadro comparativo de delitos según franja etarea
Cuadro comparativo de delitos según franja etareaCuadro comparativo de delitos según franja etarea
Cuadro comparativo de delitos según franja etareaLuis Federico Arias
 
Astreintes - Multa a la Mistra de Salud por incumplimiento de órdenes judiciales
Astreintes - Multa a la Mistra de Salud por incumplimiento de órdenes judicialesAstreintes - Multa a la Mistra de Salud por incumplimiento de órdenes judiciales
Astreintes - Multa a la Mistra de Salud por incumplimiento de órdenes judicialesLuis Federico Arias
 

Más de Luis Federico Arias (20)

Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Reubicación de perso...
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Reubicación de perso...Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Reubicación de perso...
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Reubicación de perso...
 
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Derecho a la partici...
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Derecho a la partici...Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Derecho a la partici...
Inundación del 2 de abril 2013 en la Ciudad de La Plata. Derecho a la partici...
 
Sentencia sobre la situación de la morgue policial de La Plata (2013)
Sentencia sobre la situación de la morgue policial de La Plata (2013)Sentencia sobre la situación de la morgue policial de La Plata (2013)
Sentencia sobre la situación de la morgue policial de La Plata (2013)
 
Víctimas fatales de la inundación de La Plata 2013
Víctimas fatales de la inundación de La Plata 2013Víctimas fatales de la inundación de La Plata 2013
Víctimas fatales de la inundación de La Plata 2013
 
Cautelar transporte escolar
Cautelar transporte escolarCautelar transporte escolar
Cautelar transporte escolar
 
Responsabilidad del Estado - Homicidio perpetrado por agente policial fuera d...
Responsabilidad del Estado - Homicidio perpetrado por agente policial fuera d...Responsabilidad del Estado - Homicidio perpetrado por agente policial fuera d...
Responsabilidad del Estado - Homicidio perpetrado por agente policial fuera d...
 
Responsabilidad del Estado. Daños por disparo de policía a adolescente a la s...
Responsabilidad del Estado. Daños por disparo de policía a adolescente a la s...Responsabilidad del Estado. Daños por disparo de policía a adolescente a la s...
Responsabilidad del Estado. Daños por disparo de policía a adolescente a la s...
 
Formula defensa
Formula defensaFormula defensa
Formula defensa
 
Accidente en ruta señalizacion deficiente o insuficiente - contratistas de ...
Accidente en ruta   señalizacion deficiente o insuficiente - contratistas de ...Accidente en ruta   señalizacion deficiente o insuficiente - contratistas de ...
Accidente en ruta señalizacion deficiente o insuficiente - contratistas de ...
 
Medida cautelar que suspende el cobro del peaje en la Ruta 6
Medida cautelar que suspende el cobro del peaje en la Ruta 6Medida cautelar que suspende el cobro del peaje en la Ruta 6
Medida cautelar que suspende el cobro del peaje en la Ruta 6
 
Camara en lo Contencioso Administrativo suspende medida cautelar de tarifas e...
Camara en lo Contencioso Administrativo suspende medida cautelar de tarifas e...Camara en lo Contencioso Administrativo suspende medida cautelar de tarifas e...
Camara en lo Contencioso Administrativo suspende medida cautelar de tarifas e...
 
DERECHO AL AGUA
DERECHO AL AGUADERECHO AL AGUA
DERECHO AL AGUA
 
Ingreso de residuos toxicos - competencia normas ambientales - progresividad ...
Ingreso de residuos toxicos - competencia normas ambientales - progresividad ...Ingreso de residuos toxicos - competencia normas ambientales - progresividad ...
Ingreso de residuos toxicos - competencia normas ambientales - progresividad ...
 
Defensoria del pueblo cautelar suspende tarifa electrica - junio 2017 - def...
Defensoria del pueblo   cautelar suspende tarifa electrica - junio 2017 - def...Defensoria del pueblo   cautelar suspende tarifa electrica - junio 2017 - def...
Defensoria del pueblo cautelar suspende tarifa electrica - junio 2017 - def...
 
Medida precautelar que suspende el aumento de la tarifa eléctrica 2017
Medida precautelar que suspende el aumento de la tarifa eléctrica 2017Medida precautelar que suspende el aumento de la tarifa eléctrica 2017
Medida precautelar que suspende el aumento de la tarifa eléctrica 2017
 
Sentencia por irregularidades en la morgue policial de La Plata
Sentencia por irregularidades en la morgue policial de La PlataSentencia por irregularidades en la morgue policial de La Plata
Sentencia por irregularidades en la morgue policial de La Plata
 
Sentencia recaída en la causa por la inundación de los días 2 y 3 de abril en...
Sentencia recaída en la causa por la inundación de los días 2 y 3 de abril en...Sentencia recaída en la causa por la inundación de los días 2 y 3 de abril en...
Sentencia recaída en la causa por la inundación de los días 2 y 3 de abril en...
 
Paro docente medida cautelar
Paro docente   medida cautelarParo docente   medida cautelar
Paro docente medida cautelar
 
Cuadro comparativo de delitos según franja etarea
Cuadro comparativo de delitos según franja etareaCuadro comparativo de delitos según franja etarea
Cuadro comparativo de delitos según franja etarea
 
Astreintes - Multa a la Mistra de Salud por incumplimiento de órdenes judiciales
Astreintes - Multa a la Mistra de Salud por incumplimiento de órdenes judicialesAstreintes - Multa a la Mistra de Salud por incumplimiento de órdenes judiciales
Astreintes - Multa a la Mistra de Salud por incumplimiento de órdenes judiciales
 

Último

Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptxantidoxxeo29
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADORLuisMiguelT4
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptxArianaNova1
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
Legislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointLegislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointRominaGrosso3
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 

Último (20)

Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx pptPRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
Legislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointLegislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power point
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 

Reapertura de las negociaciones paritarias ley 10430

  • 1. MEDIDA CAUTELAR QUE ORDENA LA REAPERTURA DE LAS NEGOCIACIONES PARITARIAS DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL ENCUADRADO EN LA LEY 10.430. 35404 - "ASOCIACIONTRABAJADORESDELESTADOyotro/a C/ FISCODELA PROVINCIA DEBUENOS AIRES S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - EMPL.PUBLICO" La Plata, 29 de Abril de 2016.- AUTOS Y VISTOS: Para resolver la medida cautelar solicitada en el escrito inicial, y- CONSIDERANDO:- 1. Que se presentan la Dra. Gabriela Raquel Gómez, en su carácter de apoderada de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y el Sr. Oscar de Isasi, en su carácter de Secretario General de laCentral de Trabajadoresde laArgentina(CTA) Autónomaysolicitanel dictadode una medida cautelar anticipada tendiente a que se ordene a la Provincia de BuenosAires a retomar el procedimientolegal paralacelebraciónde lasreunionesparitariasconintervenciónde latotalidad de losrepresentantessindicalesque corresponda, de acuerdo a lo establecido por la Ley 13.453.- Sostienen que en las reuniones del año en curso 2016, el poder ejecutivo provincial no ha respetadolospasos,formalidadesyprocedimientosestablecidosenlaLeyde NegociaciónColectiva de la provincia de Buenos Aires N° 13453, razón por la cual plantean la nulidad de los actos provenientes de la administración pública, para lo cual sostienen que iniciaran una pretensión anulatoria,noobstante locual y dada la urgenciadel caso,solicitanlamedidacautelaranticipada.- Indicanque lascuestionesysituacionesfácticasplanteadasenestacontiendasurgende las pruebasaportadasen la Causa: “Central de los Trabajadoresde la ArgentinaAutónomac/Fiscode la Provinciade BuenosAiress/Pretensiónde Cesaciónde unaVíade HechoAdministrativa”,Causa N° 35076, entrámite por ante este Juzgado a mi cargo, respecto de la cual plantea la conexidad.- Argumentan que el Estado empleador se ha apartado del mecanismo que establece la ley para discutirlascondicioneslaboralesysalarialesdelañoencurso,paralostrabajadoresnucleados en la Ley 10.430, por cuanto no se habría integrado la negociación con la totalidad de los gremios del sector, se habrían modificado los proporcionales de cada asociación sindical, como asimismo denuncian la existencia de irregularidades en la confección de las Actas que contienen la negociación que derivó en el acuerdo.- Destacan,enloconcerniente alarepresentatividadde lasasociacionessindicales,queenel Acta acuerdo del día 11 de Marzo del corriente,se consideróaprobadala propuestasobre la base de la informaciónaportadaporlaDirecciónProvincial de Personal,enlacual aparecencomputados sólo ocho (8) asociaciones sindicales, desconociéndose la razón por la que se habría apartado al resto de las entidades con personería gremial en la Provincia. Agregan, que ello provoca una
  • 2. alteraciónenel sistemade asignaciónde proporcionalidad,de acuerdoaloestablecidoenel art.8 de la citada Ley 13.453.- Indican que no existió una votación en el seno de la negociación paritaria, conforme lo establece laLey 13.453, ni se establecieronpreviamente lacantidadde afiliadosque cada entidad gremial tiene, de modo de conocer previamente la representatividad de cada asociación en la negociación salarial.- 2. Conforme a lo expuesto precedentemente, corresponde analizar los recaudos de procedencia de la medida cautelar solicitada (art. 22 del CCA): – 2.1. Verosimilitud en el derecho.- En el análisis de las medidas cautelares el juez debe valorar provisoriamente el derecho alegado, sin que ello implique un examende certeza sobre su existencia (CSJN,Fallos, 306:2060 y 320:1633, entre otros). – En razón de ello,ydentrodel limitadomarcocognoscitivopropiode este tipode procesos, adviertoque lapeticióncautelarde autosse sustenta sobre bases“primafacie”verosímiles,atenor de los argumentos que se desarrollan a continuación.- En efecto, de acuerdo a lo establecido por la Ley 13.453 la voluntad de los trabajadores encuadrados en la Ley 10.430 se conforma por "todas las asociaciones sindicales con personería gremial" (art. 5), determinándose la proporcionalidad de los votos que corresponda a cada una a partir de la "división entre el número de los afiliados de las mismas y aquel que corresponda al gremio de menor cantidad de afiliados” (art. 8). - Sin embargo, de acuerdo a lo que surge del acta obrante a fs. 652 de la causa conexa N° 35.076, la propuestasalarial parael primersemestre del año2016 fue aprobada porel Ministrode Trabajo,sobre la base de lainformaciónproporcionadael día10-III-2016 por laDirecciónProvincial de Personal (fs.343), lo cual vulneraríagravemente el procedimientode negociacióninstituidopor la Ley 13.453. - En tal sentido,cabe destacarque el informeprovistoporlaDirecciónProvincial de Personal sólo contempla algunas de las asociaciones gremiales involucradas en la negociación paritaria, omitiendoamuchasotrasque poseenafiliadospertenecientesal régimende laLey10.430, algunas de las cuales se encontraban presentes en la primera reunión paritaria del día 3-III-2016. - Tal omisión, podría modificar de modo sustancial la proporción de votosque corresponde asignar a cada entidad gremial, conforme lo previsto por el art. 8 de la Ley 13.453, y alteraría -en principio- larepresentatividadnecesariaparalaadopciónde unadecisiónválidaenlostérminosdel art. 7 de la norma citada. - Ello así, por cuanto el acuerdo salarial requiere de la "mayoría absoluta de votos de la totalidad de los representantes" (art. 7 3° párr. de la Ley 13.453), y en el caso de autos, la propia
  • 3. Autoridad Administrativa reconoció que la mayoría fue conformada únicamente por sólo ocho (8) del total de asociaciones sindicales con afiliados pertenecientes al régimen de la Ley 10.430, sin brindar razones acerca de dicha exclusión. - Peroasimismo,reviste especialimportanciael argumentoesgrimidoporlaactoraencuanto a que no se habría determinado, con carácter previo al inicio de las negociaciones, la proporcionalidad asignada a cada entidad gremial de acuerdo a los parámetros que establece la citadalegislación(conf.art.7y8 de laLey13.453). Por el contrario,esel propioMinistrode Trabajo quien, al momento de declarar la aprobación de la propuesta salarial, de manera unilateral estableciólarepresentatividadde algunosde losgremios,sinhaberlopuestoenconocimientode la Mesa de Negociación,afinde permitirel control de dicha variable,conafectaciónde las garantías del debido proceso.- Sobre el punto es conveniente recordar que el "debido proceso legal" es una garantía constitucional innominada, en virtud de la cual todo acto estatal -ley, sentencia o acto administrativo- debe ser el resultado de un conjunto de procedimientos que hay que cumplir, no sólo para que él sea formalmente válido -aspectoadjetivodel debido proceso-, sino también para que se consagre una debida justicia -aspecto sustantivo del debido proceso- (Linares, J.F. Razonabilidad de las leyes, Bs. As., 1970, pgs.12/13).- Por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha decidido en diversas oportunidadesque lasnormassustancialesdel debidoprocesodebenserobservadasentodaclase de juicios(Fallos125:10,127:374, 129:193, 134:242, 193:408, 198:467, 237:193, 297:134, 310:410), incluyendolosprocedimientosseguidosante tribunalesadministrativos(Fallos310:1797,310:1042, entre otros).- En concordancia con ello,laCorte Interamericanade DerechosHumanosenel primercaso contencioso sometido a su jurisdicción en el que se alegó la afectación del debido procesoen un procedimientoadministrativo(casoBaena,Ricardoyotros -270 Trabajadoresv. Panamá-,sent.del 2-II-2001, párr. 127), entendió que "es un derecho humano el obtener todas las garantías que permitan alcanzar decisiones justas, no estando la Administración excluida de cumplir con este deber. Las garantías mínimas deben respetarse en el procedimiento administrativoy en cualquier otro procedimiento cuya decisión pueda afectar los derechos de las personas"; e indicó que "cualquieractuaciónuomisiónde losórganosestatalesdentrode unproceso,seaadministrativoo jurisdiccional, debe respetar el debido proceso legal" (Ídem, párr. 124º).- En efecto,lasgarantías del debidoproceso"sirvenparaproteger,aseguraro hacer valerla titularidad o el ejercicio de un derecho" (Opinión consultiva OC-8/87, del 30-1-1987, párr. 25º). El objetivo práctico de su utilización instrumental es lograr que "las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquiertipode acto emanadodel Estado que pueda afectar sus derechos" (CorteIDH, Caso del "Tribunal Constitucional Vs. Perú", del 31-I-2001, párr. 68).- En igual sentido, sostuvo que “Para que los principios de legalidad y reserva de ley constituyan una garantía efectiva de los derechos y libertades de la persona humana,se requiere
  • 4. no sólo su proclamación formal, sino la existencia de un régimen que garantice eficazmente su aplicacióny un control adecuado del ejerciciode lascompetenciasde losórganos” (Corte IDH. “La Expresión‘Leyes’enel Artículo30de laConvenciónAmericanasobre DerechosHumanos”.Opinión Consultiva N° 6, del 9-V-1986, párr. 24), y en ello reside la importancia del cumplimiento del procedimiento establecido por la Ley 13.453.- Por otra parte, es verosímil la afirmación de la actora respecto de las deficiencias que presentaría la nota de aprobación de la propuesta por FEGEPPBA, dado que la misma afirma que “…luego de un análisis exhaustivo de la referida oferta, y los arduos debates habidos entre los representantes de los gremios presentes en la reunión del día de ayer, el Consejo Ejecutivo de FEGEPPBA ha resuelto, por MAYORIA, ACEPTAR la propuesta salarial…” (conf. Fs. 345 de la causa conexa). Ahora bien, en ningún momento precisa cuál o cuáles de las asociaciones sindicales federadasse encontrabanpresentesenlareunióndel ConsejoEjecutivodeldía9-III-2016,que fuera comunicadaal Ministeriode Trabajo de la Provinciade BuenosAiresel día 10-III-2016, y cuálesde ellas aprobaron o rechazaron la referida propuesta.- Al respecto,observoque dichacuestiónpodríagenerarunaalteraciónenel cómputode las mayoríastenidasencuentaalosfinesde laaprobaciónde lapropuestadelEjecutivo,entantoomite la voluntad de las asociaciones sindicalesde base, cuya intervención requiere el art. 5 de la Ley 13.453, sinque al respectose hubieraemitidoreglamentaciónespecíficaparael cómputo del voto de las federaciones en el ámbito de la paritaria. - No debemosolvidarque lasnegociacionescolectivasde trabajose encuentranamparadas por normas de orden público, de preferente tutela constitucional (art. 39 de la Constitución provincial y art. 15 de la Ley 13.453), de modo que no podría la organización interna de una federación alterar la voluntad expresada por parte de los trabajadores en el marco de una negociación,cuyoacuerdodebe alcanzarse en votaciónindividual de cadauna de las asociaciones con personeríagremial,que garantice la transparenciay la inmediaciónprevistapor la Ley 13.453, bien distinto al mecanismo empleado reiteradamente (oferta y aceptación por nota) por la autoridad administrativa para obtener el cierre de las paritarias.- Por las razonesexpuestas,juzgoque laverosimilitudenel derechoinvocado,se encuentra acreditada(art.22 inc.1 “a” CCA),porcuantoel acuerdoparitariogeneral de laLey10.430 exhibe - prima facie- vicios que lo tornarían invalido, y por ende deviene necesaria la continuidad de las negociaciones colectivas, tal como lo solicitan las peticionantes.- 2.2. Peligro en la demora:- Que este recaudo se encuentra configurado por la índole alimentaria de los derechos que se hallan en juego en estas actuaciones.- En efecto,laimportante funciónque cumple laretribuciónsalarial trasciende lasfronteras del derechoestrictamentepatrimonial,encuantosulimitaciónagravialadignidaddel individuo,al impedirle el goce pleno de los derechos que le aseguren un nivel de vida adecuado para su
  • 5. subsistencia y la de su grupo familiar. (art. XVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y arts. 7 y 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales),máxime enlaactual situaciónde aumentogeneralizadode preciosque sonde público y notorio conocimiento, los que podrían generar en los trabajadores representados por las entidades accionantes un perjuicio que resultaría de difícil o imposible reparación ulterior (art. 22 inc. 1 “b” del CCA).- 2.3. No afectación del interés público.- Al respecto, no se advierte que la medida cautelar peticionada pueda producir una grave afectación al interés público, en tanto la medida que se habrá de disponer sólo tiende a la continuidad de las negociaciones paritarias del sector público provincial, conforme a la legislación vigente, y sin que imponga una solución singular a los eventuales acuerdos que se alcancen.- A su vez,como he señaladoendiversospronunciamientos,lasolainobservanciadel orden legal, por parte de la administración, vulnera el interés público determinado por el pleno sometimientode lamismaal ordenamientojurídico,comopostuladobásicodelEstadode Derecho (Conf. Causas N° 7156, "MANTENIMIENTOS DEL SUR S.R.L.”, res. del 8-VII-2005; N° 2873, "CLUB NAUTICO HACOAJ”, res del 25-X-2006; N° 11004, "SAVAFAMA S.A.”, res. del 8-V-2006; N° 12443, "ABDALA”, res. del 7-V-2007, entre muchas otras). – De conformidad a lo expuesto, entiendo que el requisito bajo análisis se encuentra suficientemente acreditado (art. 22 inc. 1. “c” del C.C.A.). – 2.4. Contracautela: - Dadas las particularidades del caso, del proceso promovido y de los derechos tutelados, exímase a las peticionantes de prestar caución alguna (art. 77 del CCA, y art. 200 del CPCC).- Por ello, citas legales, doctrinarias y jurisprudenciales, - RESUELVO: - 1. Admitirlamedidacautelarsolicitadapor la Asociaciónde Trabajadoresdel Estado (ATE) y la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) Autónoma, ordenando al Poder Ejecutivo de la Provinciade BuenosAiresaque,en el plazode tres (3) días hábiles,convoquede modofehaciente a la totalidad de asociaciones sindicales con personería gremial que posean afiliados encuadrados en el régimen de la Ley 10.430, a efectos de continuar con las negociaciones paritarias, de conformidadconel procedimientoregladoporlaLey13.453, sindesmedrode losreconocimientos salariales que ya se hubieren efectivizado, ellobajo apercibimiento de lo dispuestopor el art. 163 de la CPBA.- 2. A esos fines, líbrese oficio por Secretaria con habilitación de días y horas inhábiles a la Gobernación y al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. –
  • 6. REGISTRESE. NOTIFIQUESEA LA FISCALIA DE ESTADO CON HABILITACIÓN DEDIAS Y HORAS Y DE CARACTER URGENTE (arts. 135 inc. 5 del C.P.C.C. y 27 inc. 13 del D. Ley 7543/69). – LUIS FEDERICO ARIAS Juez Juz.Cont.Adm.Nº1 Dto.Jud.La Plata