SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
VICE RECTORADO ACADÉMICO
ESCUELA DE DERECHO
TASAS Y CONTRIBUCIONES
ESPECIALES
Integrantes:
Pérez, Luz
C.I: 25.648.811
Prof: Emily Ramirez
Sección: SAIA-A
Barquisimeto, Septiembre de 2017
Las Tasas:
Son contribuciones económicas que provienen de un cobro que realiza el Estado a
los particulares por realizar alguna actividad o por hacer uso de un servicio público. En
las tasas existe una relación entre la prestación del servicio público y el pago de una
tarifa, (dinero) que se entrega como contraprestación por el servicio recibido. Por tanto
el contribuyente paga los tributos porque ha recibido o va a recibir de la Administración
Tributaria un beneficio concreto a su favor. En este tipo de Tributos la obligación del
sujeto pasivo depende de la ocurrencia de un hecho generador (que es el servicio o
prestación). En Venezuela, forman parte de esta categoría de tributos las tasas y las
contribuciones especiales.
Características:
La tasa se identifica por tener ciertas características especiales que la diferencian de
los demás tributos, y son:
1) Por su carácter tributario, la tasa es una prestación que el Estado exige en virtud
de su potestad de imperio y que, por lo mismo, debe establecerse y delimitar
su contenido mediante ley.
2) Su hecho generador lo conforma un servicio o actividad que realiza el estado y
que está vinculada con el sujeto obligado al pago.
3) El producto de la recaudación es destinado al mantenimiento del servicio o
actividad respectiva.
4) Debe tratarse de un servicio o actividad divisible, a fin de posibilitar su
particularización.
5) La actividad o servicio debe ser inherente a la soberanía estatal, es decir que
nadie más que el Estado o los Municipios están facultados para realizarla.
Clasificación de las Tasas:
Tasa por Servicio Público: Esta las cobra el Estado (en todos los niveles, por
estados a través de las gobernaciones o alcaldías), por la prestación de un servicio que
es una necesidad para las personas, como la luz y el agua.
Tasas Judiciales: Son aquellas que el Estado impone, en cuanto a la actividad
jurisdiccional, es decir, en casos y procesos judiciales, las cuales, los sujetos
intervinientes en un proceso judicial deberán pagar para retribuir los servicios que ha
prestado la justicia, estas tasas dependerán de la naturaleza del mismo (proceso).
Tasas Administrativas: Esta deriva del poder que impone la Policía del Estado,
con la finalidad de mantener el orden de las tramitaciones administrativas, y brindar
seguridad a la ciudadanía. Es decir, son las tasas que se pagan para realizar trámites
legales en el país.
Diferencias con el Impuesto:
Las Tasas son cobradas en cambio de la prestación de un servicio por parte del
Estado, sea Administrativa, Judicial o Público. Es decir, el Estado para poder prestar
ese servicio establece una tasa, la cual será pagada por el sujeto pasivo, con la finalidad
de obtener una prestación.
En cambio, el impuesto es cobrado o está dispuesto a integrarse en la actividad
económica financiera del Estado, por tanto, pertenecen al Ingreso Público, y está
destinado al Gastos Público. Por tanto, va a suplir las necesidades de la colectividad
(sociedad), como la educación y la salud.
La principal diferencia radica en que, en ningún momento el impuesto es cobrado
por una contraprestación o servicio directo que le da el Estado a la ciudadanía, sino que
cobra los diversos impuestos como el Impuesto sobre la Renta, para subsanar las
problemáticas sociales o para destinar el dinero a inversiones que vayan en favor del
bienestar económico y social del país. Además de que el impuesto se calcula y es
cobrado considerando la renta y el patrimonio del sujeto pasivo, en cambio, la tasa es
cobrada según el costo de la contraprestación otorgada por el Estado.
Contribuciones Especiales:
Las contribuciones, que corresponden a tributos que se realizan con el fin de
destinarlo como gastos para actividades estatales. Es decir, son aquellos tributos cuyo
hecho imponible consiste en la obtención, por el sujeto pasivo de un beneficio o de un
aumento de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas,
del establecimiento o ampliación de servicios públicos, por ello, el sujeto pasivo tras
ese beneficio que está percibiendo por parte del Estado, deberá pagar una contribución
especial.
Clasificación:
Contribuciones por Mejoras: Es una contribución que realizan los sujetos por
beneficios que obtienen (“por una valorización de sus bienes”), dado a la realización
de obras públicas cerca de sus bienes inmuebles.
Contribuciones Parafiscales: Son contribuciones que realizan los sujetos en favor
de algunos organismos públicos, con la finalidad de asegurar el financiamiento y
mantenimiento de estos de manera autónoma. Ejemplo: INCES o Seguro Social.
Según la Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista: “las
entidades de trabajo del sector privado y las empresas del Estado con ingresos propios
y autogestionarias, que den ocupación a cinco o más trabajadoras o trabajadores, están
en la obligación de aportar al Instituto Nacional de Capacitación y Educación
Socialista, el dos por ciento (2%) del salario normal mensual pagado a los trabajadores
y trabajadoras, dentro de los cinco siguientes al vencimiento de cada trimestre.
El hecho imponible de este aporte se generará a partir del pago del salario del
trabajador. Queda prohibido el descuento a los trabajadores por concepto de esta
obligación”.
Por tanto, todas las empresas públicas y privadas son responsables obligatoriamente
a contribuir con el mantenimiento de estas instituciones que brindan educación y
formación pública avanzada, a los ciudadanos desde las comunidades, con el fin de
desarrollar el aprendizaje y la productividad en la sociedad.
Por otro lado, el Seguro Social es autónomo por las contribuciones que recibe de los
trabajadores sujetos a este instituto, con la finalidad de que en un momento
determinado, se les brinde protección por sus derechos sociales, económicos y de
asistencia médica, ya sea porque hubo una reducción de ingresos por causa de
enfermedad, por maternidad, por accidentes laborales, invalidez, vejez o muerte.
En Venezuela la seguridad social se encuentra establecida a través de un conjunto
de instituciones, programas y servicios que ya sea de manera directa o indirecta, que
tienen como finalidad velar por el bienestar social y económico de nuestra sociedad.
Esto dado a, la pérdida de salud debido a un accidente de trabajo, la pérdida de
ingresos por discapacidad, jubilación, vejez, por la pérdida de un trabajo, de igual
manera abarca lo que sería el derecho a una vivienda digna y a la educación y, para
ello, es necesaria la contribución por parte de los sujetos obligados (trabajadores), a
través de las cotizaciones.
Características de las Contribuciones Parafiscales:
1) Son exacciones fiscales, recabadas por ciertos entes públicos para asegurar su
funcionamiento autónomo y el cumplimiento de los fines para los cuales fueron
creados.
2) Bajo esta denominación se han creado, en todo el mundo, contribuciones
destinadas a fines de seguridad social y de política fiscal
3) Su producto no se incluye en el presupuesto estatal, estadal ni municipal.
4) No son recaudadas por organismos específicamente fiscales del Estado.
5) No ingresan en las tesorerías nacionales, estadales o municipales.
Tributos Atípicos:
Los tributos atípicos son prestaciones o ingresos públicos que tienen una naturaleza
tributaria, mas no por ello son ingresos fiscales, además de que tampoco cumplen la
misma finalidad que los tributos típicos (que van destinados bienestar social,
prestaciones de servicios y realización de obras públicas); y, por ello se les denomina
como atípicos. Cuando nos referimos a que estas contribuciones, hay que destacar que
no son de carácter fiscal, y los aportes que se realizan no conforman el presupuesto
general del Estado, o en su defecto, cuando si ingresan al tesoro nacional, los mismos
no llegan a conformar la masa del presupuesto general, debido a que su finalidad no es
el gasto público, sino por el contrario, es afectada a un fin específico, tales como:
Contribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e
Innovación:
Estas contribuciones son aportes que le corresponden pagar o entregar a sujetos
pasivos específicos (entes públicos y privados que hayan percibido por sus actividades
económicas en el territorio nacional, ingresos brutos anuales superiores a cien mil
Unidades Tributarias 100.000 U.T.). Asimismo, estos aportes estarán destinados a
financiar las actividades de la ciencia, la tecnología, la innovación y sus aplicaciones,
necesarios para el avance social, económico y político del país, así como para la
seguridad y soberanía nacional.
Para ello es creado el FONACIT, que es el fondo nacional de Ciencia Tecnología e
Innovación, para recaudar todos los aportes y contribuciones, para destinarlos al
financiamiento de las actividades mencionadas.
En la ley, se establecen los aportes, cobrando un porcentaje de los ingresos brutos
que obtengan los sujetos pasivos, en este caso se fijan de la siguiente manera: Aportes
Provenientes de la Comercialización de Resultados (0,1%) y (0,5%), Aportes
Provenientes de la Actividad Minera y Eléctrica (1%), Aportes Provenientes de las
Empresas de Hidrocarburos (2%), Aportes Provenientes de Empresas en Otros Sectores
Productivos (0,5%), Inversión Extranjera, etc.
Según el Art. 42 de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, los aportes
se realizan con la finalidad de financiar las siguientes actividades:
1) Aportes financieros en programas y proyectos contemplados en el Plan
Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, ejecutados a través de acuerdos con el
Ministerio de Ciencia y Tecnología o con los entes adscritos.
2) Aportes a fondos dependientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
3) Aportes a organismos adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología.
4) Inversión en proyectos de innovación relacionados con las actividades de la
empresa, que involucren la obtención de nuevos conocimientos o tecnologías en el país,
con participación nacional en los derechos de propiedad intelectual, entre otras.
5) Financiamiento de patentes nacionales.
6) La creación o participación en incubadoras o viveros de empresas nacionales
de base tecnológica.
7) Participación en fondos de garantías o de capital de riesgo para proyectos de
innovación o investigación y desarrollo.
8) Inversión en actividades de fortalecimiento de talento humano y a los centros
de investigación nacional.
Contribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Tráfico Ilícito y Consumo
de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas:
Estas contribuciones se realizan con la única finalidad de garantizar el
financiamiento oportuno de los planes, programas y proyectos, aprobados por el
Ejecutivo Nacional y el Órgano Rector, en el marco de la disminución de la
problemática social de las drogas, coadyuvando con una mejor calidad de vida para
nuestro pueblo, aumentando la convivencia solidaria en un Estado de Derecho y de
Justicia Social.
Por su parte, los sujetos contribuyentes son: las personas jurídicas privadas,
consorcios y entes públicos con o sin fines empresariales que ocupen 50 o más
trabajadores en cualquier momento de su ejercicio fiscal, esto según lo dispuesto en el
Artículo 32 de la Ley Orgánica de Drogas, cancelando una alícuota del uno por ciento
(1%) de sus ingresos contabilizados, durante los primeros 60 días de cada año. Además
también, las personas jurídicas fabricantes o importadores de bebidas alcohólicas,
tabaco y sus mezclas, según lo dispuesto en el artículo 34 de la misma ley, cancelando
una alícuota del dos por ciento (2%) de sus ingresos contabilizados, durante los
primeros 60 días de cada año.
Al igual que en la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación, existe un instituto
encargado de la recaudación de las contribuciones y los aportes entregados por los
sujetos pasivos, pero en este particular en el FONA (Fondo Nacional Antidrogas),
quien se encarga de manejar y administrar los recaudos, para destinarlos a sus
respectivos presupuestos y planes.
Estas contribuciones especiales serán distribuidas de la siguiente manera:
90% Destinado para la ejecución de planes, programas y proyectos relacionados con
la creación, construcción, restauración, mantenimiento y funcionamiento de centros de
tratamiento de adicciones y el 10% restante a los Costos Operativos del FONA.
Tributación Parafiscal sobre los Servicios de Telecomunicaciones:
La Ley Orgánica de Telecomunicaciones crea el Fondo de Servicio Universal,
otorgándole carácter de patrimonio separado dependiente de Conatel (Instituto u
Organismo del Estado que controla, dirige y regula todo lo correspondiente a las
telecomunicaciones en el país). Tiene como finalidad subsidiar los costos de
infraestructura necesarios para el cumplimiento de las obligaciones de Servicio
Universal y, al mismo tiempo, mantener la neutralidad de sus efectos, desde el punto
de vista de la competencia.
Además, los recursos del Fondo de Servicio Universal provendrán de los aportes de
los operadores de servicios de telecomunicaciones con fines de lucro, según lo previsto
en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones; y todos aquellos que, a título de donación,
realice cualquier persona natural o jurídica.
Los aportes y contribuciones que entrarán al fondo universal, se encuentran
establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, regulando los porcentajes (de
sus ingresos) que están obligados a pagar los sujetos pasivos ya mencionados, con el
objetivo de tener un respaldo monetario que les permita tener en buen funcionamiento
los servicios de telecomunicaciones. Es por ello que, a continuación se hará la
denotación de las contribuciones respectivas.
El artículo 24 de dicha ley, tipifica una contribución parafiscal, la cual establece lo
siguiente: “Los prestadores de servicios, de radio y televisión, ya sean personas
jurídicas o naturales, sociedades accidentales, irregulares o de hecho, con prescindencia
de su domicilio o nacionalidad, pagarán una contribución parafiscal por las difusiones
de imágenes o sonidos realizadas dentro del territorio nacional. El producto de esta
contribución parafiscal estará destinado al Fondo de Responsabilidad Social, y la base
imponible de la misma estará constituida por los ingresos brutos causados
trimestralmente y provenientes de la respectiva actividad gravada, a la que se le aplicará
una alícuota de cálculo de cuatro por ciento (4%).
A la alícuota establecida será aplicable una rebaja del cero coma cinco por ciento
(0.5%) cuando la difusión de producciones nacionales independientes sea superior en
un cincuenta por ciento (50%) de la exigida por esta Ley, y le será aplicable un recargo
del cero coma cinco por ciento (0.5%) cuando la retransmisión de mensajes exceda el
veinte por ciento (20%) del tiempo de difusión semanal. Los sujetos pasivos de esta
contribución parafiscal están obligados a la correspondiente declaración,
autoliquidación y pago trimestral, dentro de los quince días siguientes al vencimiento
de cada trimestre del año calendario.
No están sujetos a esta contribución los prestadores de servicios de difusión por
suscripción, y de radiodifusión sonora y televisión comunitarias de servicio público,
sin fines de lucro…”
Aunado a ello, se encuentra el artículo 147 de la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones, el cual estipula: “Quienes presten servicios o realicen actividades
de telecomunicaciones con fines de lucro, deberán pagar a la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones una contribución especial del medio por ciento (0,50%) de los
ingresos brutos, derivados de la explotación de esa actividad, los cuales formarán parte
de los ingresos propios de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para su
funcionamiento.
Esta contribución especial se liquidará y pagará trimestralmente, dentro de los
primeros quince días continuos siguientes a cada trimestre del año calendario y se
calculará sobre la base de los ingresos brutos correspondientes al trimestre anterior”.
Por último, se acota el artículo 150, directamente relacionado con el dinero que
ingresa al fondo universal creado por Conatel, el cual expresa lo siguiente: “Quienes
presten servicios o realicen actividades de telecomunicaciones con fines de lucro
deberán aportar al fondo de Servicio Universal el uno por ciento (1%) de sus ingresos
brutos. Los prestadores de servicios de radiodifusión sonora o de televisión abierta,
quedan exceptuados de esta obligación, sólo por lo que respecta a los ingresos brutos
que obtengan por dichas actividades.
Este aporte se liquidará y pagará trimestralmente, dentro de los primeros quince días
continuos siguientes a cada trimestre del año calendario y se calculará sobre la base de
los ingresos brutos correspondientes al trimestre anterior”.
Referencias Bibliográficas:
Fajardo, Silvino y cols. (2011). Servicios de Telecomunicaciones que se ofrecen en
Venezuela. [Documento en línea] Disponible en:
https://www.scribd.com/doc/49264778/Servicios-de-Telecomunicaciones-en-
Venezuela. [Consulta 18 de Septiembre de 2017].
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación. Publicada en Gaceta Oficial N°
39.575 del 16 de diciembre de 2010.
Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes
y Psicotrópicas. Publicada en Gaceta Oficial N° 38.337 del 16 de diciembre de 2005.
http://www.conatel.gob.ve/tributos-de-telecomunicaciones/
http://www.conatel.gob.ve/servicio-universal/?target=fondo
http://www.fonacit.gob.ve/aporte-locti

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ensayo de contribuciones
Ensayo de contribucionesEnsayo de contribuciones
Ensayo de contribucionesemiro24
 
Las contribuciones
Las contribucionesLas contribuciones
Las contribucionesKarol Reyes
 
Unidad 3 adm 3er
Unidad 3 adm 3er Unidad 3 adm 3er
Unidad 3 adm 3er TamyRomero2
 
Cuadro explicativo Contribuciones UFT
Cuadro explicativo Contribuciones UFTCuadro explicativo Contribuciones UFT
Cuadro explicativo Contribuciones UFTRenata Prevete
 
Ensayojorge
EnsayojorgeEnsayojorge
Ensayojorgejormdza
 
Ensayo contribuciones especiales uftpre margarita
Ensayo contribuciones especiales uftpre margarita Ensayo contribuciones especiales uftpre margarita
Ensayo contribuciones especiales uftpre margarita MargaritaDeAez
 
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELA
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELALAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELA
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELAJohana Leal
 
Ensayo maria las contribuciones
Ensayo maria las contribucionesEnsayo maria las contribuciones
Ensayo maria las contribucionesmarijoyepez
 
Ensayo.iviana
Ensayo.ivianaEnsayo.iviana
Ensayo.ivianaival123
 
Ensayo contribuciones egduin veliz
Ensayo contribuciones egduin velizEnsayo contribuciones egduin veliz
Ensayo contribuciones egduin velizOraima2016
 

La actualidad más candente (20)

Ensayo de contribuciones
Ensayo de contribucionesEnsayo de contribuciones
Ensayo de contribuciones
 
Las contribuciones
Las contribucionesLas contribuciones
Las contribuciones
 
Unidad 3 adm 3er
Unidad 3 adm 3er Unidad 3 adm 3er
Unidad 3 adm 3er
 
Cuadro explicativo Contribuciones UFT
Cuadro explicativo Contribuciones UFTCuadro explicativo Contribuciones UFT
Cuadro explicativo Contribuciones UFT
 
Derecho tributario
Derecho tributarioDerecho tributario
Derecho tributario
 
LAS CONTRIBUCIONES
LAS CONTRIBUCIONESLAS CONTRIBUCIONES
LAS CONTRIBUCIONES
 
Contribuciones especiales
Contribuciones especialesContribuciones especiales
Contribuciones especiales
 
Ensayo.hebertoc
Ensayo.hebertocEnsayo.hebertoc
Ensayo.hebertoc
 
Ensayo.hebertoc
Ensayo.hebertocEnsayo.hebertoc
Ensayo.hebertoc
 
Ensayojorge
EnsayojorgeEnsayojorge
Ensayojorge
 
Contribuciones
ContribucionesContribuciones
Contribuciones
 
Impuestos
ImpuestosImpuestos
Impuestos
 
Ensayo contribuciones especiales uftpre margarita
Ensayo contribuciones especiales uftpre margarita Ensayo contribuciones especiales uftpre margarita
Ensayo contribuciones especiales uftpre margarita
 
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELA
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELALAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELA
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELA
 
Ensayo maria las contribuciones
Ensayo maria las contribucionesEnsayo maria las contribuciones
Ensayo maria las contribuciones
 
Ensayo.iviana
Ensayo.ivianaEnsayo.iviana
Ensayo.iviana
 
Ensayo
Ensayo Ensayo
Ensayo
 
Ensayo contribuciones egduin veliz
Ensayo contribuciones egduin velizEnsayo contribuciones egduin veliz
Ensayo contribuciones egduin veliz
 
archivo de ejemplo
archivo de ejemploarchivo de ejemplo
archivo de ejemplo
 
Ensayo.carlosm.
Ensayo.carlosm.Ensayo.carlosm.
Ensayo.carlosm.
 

Similar a Las Tasas y Contribuciones

Similar a Las Tasas y Contribuciones (20)

Ensayo LAS CONTRIBUCIONES
Ensayo LAS CONTRIBUCIONESEnsayo LAS CONTRIBUCIONES
Ensayo LAS CONTRIBUCIONES
 
Las contribuciones especiales, derecho tributario
Las contribuciones especiales, derecho tributarioLas contribuciones especiales, derecho tributario
Las contribuciones especiales, derecho tributario
 
Contribuciones especiales
Contribuciones especialesContribuciones especiales
Contribuciones especiales
 
Las contribuciones
Las contribucionesLas contribuciones
Las contribuciones
 
Daniela las contribuciones
Daniela las contribucionesDaniela las contribuciones
Daniela las contribuciones
 
Ensayo de las contribuciones
Ensayo de las contribucionesEnsayo de las contribuciones
Ensayo de las contribuciones
 
Las contribuciones
Las contribuciones Las contribuciones
Las contribuciones
 
Contribuciones especiales - Maria Torrealba
Contribuciones especiales - Maria TorrealbaContribuciones especiales - Maria Torrealba
Contribuciones especiales - Maria Torrealba
 
Las Contribuciones
Las ContribucionesLas Contribuciones
Las Contribuciones
 
Ensayo.carlosm.
Ensayo.carlosm.Ensayo.carlosm.
Ensayo.carlosm.
 
Contribuciones especiales
Contribuciones especialesContribuciones especiales
Contribuciones especiales
 
Ensayo.anao
Ensayo.anaoEnsayo.anao
Ensayo.anao
 
Ensayo contribuciones maria jose
Ensayo contribuciones maria joseEnsayo contribuciones maria jose
Ensayo contribuciones maria jose
 
Ensayo de las contribuciones oraima molina
Ensayo  de las contribuciones oraima molinaEnsayo  de las contribuciones oraima molina
Ensayo de las contribuciones oraima molina
 
Contribuciones
ContribucionesContribuciones
Contribuciones
 
Tarea 3 tributario
Tarea 3 tributarioTarea 3 tributario
Tarea 3 tributario
 
Ensayo contribuciones especiales
Ensayo contribuciones especialesEnsayo contribuciones especiales
Ensayo contribuciones especiales
 
Maria guerrero
Maria guerreroMaria guerrero
Maria guerrero
 
LAS CONTRIBUCIONES EN vENEZUELA
LAS CONTRIBUCIONES EN vENEZUELALAS CONTRIBUCIONES EN vENEZUELA
LAS CONTRIBUCIONES EN vENEZUELA
 
Ensayo contribuciones
Ensayo contribucionesEnsayo contribuciones
Ensayo contribuciones
 

Último

Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...oscarzea5
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfFlorenciaConstanzaOg
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Públicavalderrama202
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFmilenamora37
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasGvHaideni
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfS01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfJULIOCESARPUMAALEJO
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssYaelAkim
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxMarioCasimiroAraniba1
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 

Último (20)

Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Pública
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfS01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 

Las Tasas y Contribuciones

  • 1. UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO” FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS VICE RECTORADO ACADÉMICO ESCUELA DE DERECHO TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES Integrantes: Pérez, Luz C.I: 25.648.811 Prof: Emily Ramirez Sección: SAIA-A Barquisimeto, Septiembre de 2017
  • 2. Las Tasas: Son contribuciones económicas que provienen de un cobro que realiza el Estado a los particulares por realizar alguna actividad o por hacer uso de un servicio público. En las tasas existe una relación entre la prestación del servicio público y el pago de una tarifa, (dinero) que se entrega como contraprestación por el servicio recibido. Por tanto el contribuyente paga los tributos porque ha recibido o va a recibir de la Administración Tributaria un beneficio concreto a su favor. En este tipo de Tributos la obligación del sujeto pasivo depende de la ocurrencia de un hecho generador (que es el servicio o prestación). En Venezuela, forman parte de esta categoría de tributos las tasas y las contribuciones especiales. Características: La tasa se identifica por tener ciertas características especiales que la diferencian de los demás tributos, y son: 1) Por su carácter tributario, la tasa es una prestación que el Estado exige en virtud de su potestad de imperio y que, por lo mismo, debe establecerse y delimitar su contenido mediante ley. 2) Su hecho generador lo conforma un servicio o actividad que realiza el estado y que está vinculada con el sujeto obligado al pago. 3) El producto de la recaudación es destinado al mantenimiento del servicio o actividad respectiva. 4) Debe tratarse de un servicio o actividad divisible, a fin de posibilitar su particularización. 5) La actividad o servicio debe ser inherente a la soberanía estatal, es decir que nadie más que el Estado o los Municipios están facultados para realizarla.
  • 3. Clasificación de las Tasas: Tasa por Servicio Público: Esta las cobra el Estado (en todos los niveles, por estados a través de las gobernaciones o alcaldías), por la prestación de un servicio que es una necesidad para las personas, como la luz y el agua. Tasas Judiciales: Son aquellas que el Estado impone, en cuanto a la actividad jurisdiccional, es decir, en casos y procesos judiciales, las cuales, los sujetos intervinientes en un proceso judicial deberán pagar para retribuir los servicios que ha prestado la justicia, estas tasas dependerán de la naturaleza del mismo (proceso). Tasas Administrativas: Esta deriva del poder que impone la Policía del Estado, con la finalidad de mantener el orden de las tramitaciones administrativas, y brindar seguridad a la ciudadanía. Es decir, son las tasas que se pagan para realizar trámites legales en el país. Diferencias con el Impuesto: Las Tasas son cobradas en cambio de la prestación de un servicio por parte del Estado, sea Administrativa, Judicial o Público. Es decir, el Estado para poder prestar ese servicio establece una tasa, la cual será pagada por el sujeto pasivo, con la finalidad de obtener una prestación. En cambio, el impuesto es cobrado o está dispuesto a integrarse en la actividad económica financiera del Estado, por tanto, pertenecen al Ingreso Público, y está destinado al Gastos Público. Por tanto, va a suplir las necesidades de la colectividad (sociedad), como la educación y la salud. La principal diferencia radica en que, en ningún momento el impuesto es cobrado por una contraprestación o servicio directo que le da el Estado a la ciudadanía, sino que cobra los diversos impuestos como el Impuesto sobre la Renta, para subsanar las problemáticas sociales o para destinar el dinero a inversiones que vayan en favor del bienestar económico y social del país. Además de que el impuesto se calcula y es
  • 4. cobrado considerando la renta y el patrimonio del sujeto pasivo, en cambio, la tasa es cobrada según el costo de la contraprestación otorgada por el Estado. Contribuciones Especiales: Las contribuciones, que corresponden a tributos que se realizan con el fin de destinarlo como gastos para actividades estatales. Es decir, son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención, por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas, del establecimiento o ampliación de servicios públicos, por ello, el sujeto pasivo tras ese beneficio que está percibiendo por parte del Estado, deberá pagar una contribución especial. Clasificación: Contribuciones por Mejoras: Es una contribución que realizan los sujetos por beneficios que obtienen (“por una valorización de sus bienes”), dado a la realización de obras públicas cerca de sus bienes inmuebles. Contribuciones Parafiscales: Son contribuciones que realizan los sujetos en favor de algunos organismos públicos, con la finalidad de asegurar el financiamiento y mantenimiento de estos de manera autónoma. Ejemplo: INCES o Seguro Social. Según la Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista: “las entidades de trabajo del sector privado y las empresas del Estado con ingresos propios y autogestionarias, que den ocupación a cinco o más trabajadoras o trabajadores, están en la obligación de aportar al Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista, el dos por ciento (2%) del salario normal mensual pagado a los trabajadores y trabajadoras, dentro de los cinco siguientes al vencimiento de cada trimestre.
  • 5. El hecho imponible de este aporte se generará a partir del pago del salario del trabajador. Queda prohibido el descuento a los trabajadores por concepto de esta obligación”. Por tanto, todas las empresas públicas y privadas son responsables obligatoriamente a contribuir con el mantenimiento de estas instituciones que brindan educación y formación pública avanzada, a los ciudadanos desde las comunidades, con el fin de desarrollar el aprendizaje y la productividad en la sociedad. Por otro lado, el Seguro Social es autónomo por las contribuciones que recibe de los trabajadores sujetos a este instituto, con la finalidad de que en un momento determinado, se les brinde protección por sus derechos sociales, económicos y de asistencia médica, ya sea porque hubo una reducción de ingresos por causa de enfermedad, por maternidad, por accidentes laborales, invalidez, vejez o muerte. En Venezuela la seguridad social se encuentra establecida a través de un conjunto de instituciones, programas y servicios que ya sea de manera directa o indirecta, que tienen como finalidad velar por el bienestar social y económico de nuestra sociedad. Esto dado a, la pérdida de salud debido a un accidente de trabajo, la pérdida de ingresos por discapacidad, jubilación, vejez, por la pérdida de un trabajo, de igual manera abarca lo que sería el derecho a una vivienda digna y a la educación y, para ello, es necesaria la contribución por parte de los sujetos obligados (trabajadores), a través de las cotizaciones. Características de las Contribuciones Parafiscales: 1) Son exacciones fiscales, recabadas por ciertos entes públicos para asegurar su funcionamiento autónomo y el cumplimiento de los fines para los cuales fueron creados. 2) Bajo esta denominación se han creado, en todo el mundo, contribuciones destinadas a fines de seguridad social y de política fiscal
  • 6. 3) Su producto no se incluye en el presupuesto estatal, estadal ni municipal. 4) No son recaudadas por organismos específicamente fiscales del Estado. 5) No ingresan en las tesorerías nacionales, estadales o municipales. Tributos Atípicos: Los tributos atípicos son prestaciones o ingresos públicos que tienen una naturaleza tributaria, mas no por ello son ingresos fiscales, además de que tampoco cumplen la misma finalidad que los tributos típicos (que van destinados bienestar social, prestaciones de servicios y realización de obras públicas); y, por ello se les denomina como atípicos. Cuando nos referimos a que estas contribuciones, hay que destacar que no son de carácter fiscal, y los aportes que se realizan no conforman el presupuesto general del Estado, o en su defecto, cuando si ingresan al tesoro nacional, los mismos no llegan a conformar la masa del presupuesto general, debido a que su finalidad no es el gasto público, sino por el contrario, es afectada a un fin específico, tales como: Contribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación: Estas contribuciones son aportes que le corresponden pagar o entregar a sujetos pasivos específicos (entes públicos y privados que hayan percibido por sus actividades económicas en el territorio nacional, ingresos brutos anuales superiores a cien mil Unidades Tributarias 100.000 U.T.). Asimismo, estos aportes estarán destinados a financiar las actividades de la ciencia, la tecnología, la innovación y sus aplicaciones, necesarios para el avance social, económico y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional.
  • 7. Para ello es creado el FONACIT, que es el fondo nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, para recaudar todos los aportes y contribuciones, para destinarlos al financiamiento de las actividades mencionadas. En la ley, se establecen los aportes, cobrando un porcentaje de los ingresos brutos que obtengan los sujetos pasivos, en este caso se fijan de la siguiente manera: Aportes Provenientes de la Comercialización de Resultados (0,1%) y (0,5%), Aportes Provenientes de la Actividad Minera y Eléctrica (1%), Aportes Provenientes de las Empresas de Hidrocarburos (2%), Aportes Provenientes de Empresas en Otros Sectores Productivos (0,5%), Inversión Extranjera, etc. Según el Art. 42 de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, los aportes se realizan con la finalidad de financiar las siguientes actividades: 1) Aportes financieros en programas y proyectos contemplados en el Plan Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, ejecutados a través de acuerdos con el Ministerio de Ciencia y Tecnología o con los entes adscritos. 2) Aportes a fondos dependientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología. 3) Aportes a organismos adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología. 4) Inversión en proyectos de innovación relacionados con las actividades de la empresa, que involucren la obtención de nuevos conocimientos o tecnologías en el país, con participación nacional en los derechos de propiedad intelectual, entre otras. 5) Financiamiento de patentes nacionales. 6) La creación o participación en incubadoras o viveros de empresas nacionales de base tecnológica. 7) Participación en fondos de garantías o de capital de riesgo para proyectos de innovación o investigación y desarrollo. 8) Inversión en actividades de fortalecimiento de talento humano y a los centros de investigación nacional.
  • 8. Contribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas: Estas contribuciones se realizan con la única finalidad de garantizar el financiamiento oportuno de los planes, programas y proyectos, aprobados por el Ejecutivo Nacional y el Órgano Rector, en el marco de la disminución de la problemática social de las drogas, coadyuvando con una mejor calidad de vida para nuestro pueblo, aumentando la convivencia solidaria en un Estado de Derecho y de Justicia Social. Por su parte, los sujetos contribuyentes son: las personas jurídicas privadas, consorcios y entes públicos con o sin fines empresariales que ocupen 50 o más trabajadores en cualquier momento de su ejercicio fiscal, esto según lo dispuesto en el Artículo 32 de la Ley Orgánica de Drogas, cancelando una alícuota del uno por ciento (1%) de sus ingresos contabilizados, durante los primeros 60 días de cada año. Además también, las personas jurídicas fabricantes o importadores de bebidas alcohólicas, tabaco y sus mezclas, según lo dispuesto en el artículo 34 de la misma ley, cancelando una alícuota del dos por ciento (2%) de sus ingresos contabilizados, durante los primeros 60 días de cada año. Al igual que en la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación, existe un instituto encargado de la recaudación de las contribuciones y los aportes entregados por los sujetos pasivos, pero en este particular en el FONA (Fondo Nacional Antidrogas), quien se encarga de manejar y administrar los recaudos, para destinarlos a sus respectivos presupuestos y planes. Estas contribuciones especiales serán distribuidas de la siguiente manera: 90% Destinado para la ejecución de planes, programas y proyectos relacionados con la creación, construcción, restauración, mantenimiento y funcionamiento de centros de tratamiento de adicciones y el 10% restante a los Costos Operativos del FONA.
  • 9. Tributación Parafiscal sobre los Servicios de Telecomunicaciones: La Ley Orgánica de Telecomunicaciones crea el Fondo de Servicio Universal, otorgándole carácter de patrimonio separado dependiente de Conatel (Instituto u Organismo del Estado que controla, dirige y regula todo lo correspondiente a las telecomunicaciones en el país). Tiene como finalidad subsidiar los costos de infraestructura necesarios para el cumplimiento de las obligaciones de Servicio Universal y, al mismo tiempo, mantener la neutralidad de sus efectos, desde el punto de vista de la competencia. Además, los recursos del Fondo de Servicio Universal provendrán de los aportes de los operadores de servicios de telecomunicaciones con fines de lucro, según lo previsto en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones; y todos aquellos que, a título de donación, realice cualquier persona natural o jurídica. Los aportes y contribuciones que entrarán al fondo universal, se encuentran establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, regulando los porcentajes (de sus ingresos) que están obligados a pagar los sujetos pasivos ya mencionados, con el objetivo de tener un respaldo monetario que les permita tener en buen funcionamiento los servicios de telecomunicaciones. Es por ello que, a continuación se hará la denotación de las contribuciones respectivas. El artículo 24 de dicha ley, tipifica una contribución parafiscal, la cual establece lo siguiente: “Los prestadores de servicios, de radio y televisión, ya sean personas jurídicas o naturales, sociedades accidentales, irregulares o de hecho, con prescindencia de su domicilio o nacionalidad, pagarán una contribución parafiscal por las difusiones de imágenes o sonidos realizadas dentro del territorio nacional. El producto de esta contribución parafiscal estará destinado al Fondo de Responsabilidad Social, y la base imponible de la misma estará constituida por los ingresos brutos causados
  • 10. trimestralmente y provenientes de la respectiva actividad gravada, a la que se le aplicará una alícuota de cálculo de cuatro por ciento (4%). A la alícuota establecida será aplicable una rebaja del cero coma cinco por ciento (0.5%) cuando la difusión de producciones nacionales independientes sea superior en un cincuenta por ciento (50%) de la exigida por esta Ley, y le será aplicable un recargo del cero coma cinco por ciento (0.5%) cuando la retransmisión de mensajes exceda el veinte por ciento (20%) del tiempo de difusión semanal. Los sujetos pasivos de esta contribución parafiscal están obligados a la correspondiente declaración, autoliquidación y pago trimestral, dentro de los quince días siguientes al vencimiento de cada trimestre del año calendario. No están sujetos a esta contribución los prestadores de servicios de difusión por suscripción, y de radiodifusión sonora y televisión comunitarias de servicio público, sin fines de lucro…” Aunado a ello, se encuentra el artículo 147 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, el cual estipula: “Quienes presten servicios o realicen actividades de telecomunicaciones con fines de lucro, deberán pagar a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones una contribución especial del medio por ciento (0,50%) de los ingresos brutos, derivados de la explotación de esa actividad, los cuales formarán parte de los ingresos propios de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para su funcionamiento. Esta contribución especial se liquidará y pagará trimestralmente, dentro de los primeros quince días continuos siguientes a cada trimestre del año calendario y se calculará sobre la base de los ingresos brutos correspondientes al trimestre anterior”. Por último, se acota el artículo 150, directamente relacionado con el dinero que ingresa al fondo universal creado por Conatel, el cual expresa lo siguiente: “Quienes presten servicios o realicen actividades de telecomunicaciones con fines de lucro
  • 11. deberán aportar al fondo de Servicio Universal el uno por ciento (1%) de sus ingresos brutos. Los prestadores de servicios de radiodifusión sonora o de televisión abierta, quedan exceptuados de esta obligación, sólo por lo que respecta a los ingresos brutos que obtengan por dichas actividades. Este aporte se liquidará y pagará trimestralmente, dentro de los primeros quince días continuos siguientes a cada trimestre del año calendario y se calculará sobre la base de los ingresos brutos correspondientes al trimestre anterior”.
  • 12. Referencias Bibliográficas: Fajardo, Silvino y cols. (2011). Servicios de Telecomunicaciones que se ofrecen en Venezuela. [Documento en línea] Disponible en: https://www.scribd.com/doc/49264778/Servicios-de-Telecomunicaciones-en- Venezuela. [Consulta 18 de Septiembre de 2017]. Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación. Publicada en Gaceta Oficial N° 39.575 del 16 de diciembre de 2010. Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Publicada en Gaceta Oficial N° 38.337 del 16 de diciembre de 2005. http://www.conatel.gob.ve/tributos-de-telecomunicaciones/ http://www.conatel.gob.ve/servicio-universal/?target=fondo http://www.fonacit.gob.ve/aporte-locti