Cronograma de la Evolucion Historica y Constitucional del Derecho Agrario
Saidy ensayo
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Autor: Saidy Mejias
Cedula: 12.896.688
Catedra:D.Tributario
2. Una contribución es un tributo que debe pagar el contribuyente o beneficiario
de una utilidad económica, cuya justificación es la obtención por el sujeto
pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes, como
consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o
ampliación de servicios públicos, allí se paga por alguna mejora realizada,
aunque no necesariamente debe existir proporcionalidad entre lo pagado y las
ventajas recibidas.
Las contribuciones pueden establecerse en el ámbito estatal, regional o local,
pero es en este último donde alcanzan su mejor expresión y significado,
porque es más fácil señalar una cuota global para poder repartir entre la
población de un determinado sector municipal que en áreas superiores, ya que
es en las obras y servicios municipales donde se afecta más de cerca a los
ciudadanos y donde se revela el beneficio o interés más especial, con el objeto
de convertirlo en punto de referencia para la tributación y el pago de las cuotas
de las cargas del Estado.
Las mismas son reconocidas por la ley, es decir, deben tener como
fundamento una norma jurídica que les dé vida, con el objetivo de evitar
abusos de la autoridad y que se ajusten a los principios de equidad y justicia.
Estas contribuciones se causarán o nacerán cuando el contribuyente se
adecúe a la hipótesis que las mismas leyes señalen como el hecho generador
de la obligación fiscal.
Se considera importante señalar que el concepto de contribuciones en su
manejo cotidiano, también se le considera como impuestos, aunque
jurídicamente los impuestos sólo son una parte de las contribuciones, sin
embargo, el empleo de estos términos resulta indistinto pues históricamente
reflejan la idea de la obtención de recursos de los gobernados para sufragar
los gastos públicos que realiza el Estado.
3. De tal manera que los derechos son los ingresos que percibe el Estado
derivados de una contraprestación a cargo de los contribuyentes como pago
de un servicio que dicha entidad le presta y por tanto, sirven para sufragar el
gasto del servicio, por ejemplo, los derechos que cobra el Estado por cédulas
profesionales, actas de nacimiento, pasaporte, etc.
Las contribuciones de mejora, son los ingresos que percibe el Estado
derivados de una prestación a cargo de los contribuyentes que reciben un
beneficio particular por la realización y ejecución de una obra pública, lo que
provoca un gasto para el gobierno, por tanto, la contribución servirá para pagar
el gasto de la obra, por ejemplo, el drenaje, la pavimentación, etc.
Como se puede observar, la diferencia fundamental entre los impuestos y las
demás contribuciones radica en que las demás contribuciones son el resultado
de la prestación de un servicio público o de la obtención de un beneficio directo
y los impuestos sirven para sufragar el gasto tales como el ISR, el IVA, el IEPS,
etc.
Es bien sabido de antemano que a nadie le gusta pagar estas contribuciones,
y que con frecuencia se observa que son mal administradas por la autoridad,
pero, aun así, se olvida que su cumplimiento además de ser una obligación
constitucional, es parte de aportar para el beneficio de la sociedad
Por consiguiente, las contribuciones se derivan en su clasificación como
contribuciones sociales, que son los mismos aportes parafiscales, que son
percibidos por las entidades designadas para prestar servicios de seguridad
social, fomentar la enseñanza de los trabajadores, fortalecer la familia, etc. Las
contribuciones corporativas, que son los aportes pagados a determinadas
instituciones, por servicios específicos, que pueden ser gremiales. Algunas
son: Pagos a Cámaras de comercio, Superintendencias y Contralorías.
4. Las contribuciones económicas, son conocidos como los pagos obligatorios
que hacen los contribuyentes y que tienen destinación más o menos
específica, entre otras por supuesto.
Cabe acotar que, por último, pero no menos importante la contribución
parafiscalidad se define como "recursos extrapresupuestarios" con un fin de
promoción económico y social para atender trabajos que deben responder
obligatoriamente a un objetivo determinado, preciso y transitorio. No están
presupuestados y son administrados directamente por las oficinas perceptoras
o encargadas de los servicios.
Muchos países aplican o autorizan la percepción de este tipo de "contribución
especial" sin contar con la autorización legislativa, de ahí el carácter de
"parafiscal" cuyo fondo recaudado está destinado a promover ciertas industrias
básicas después de una guerra, inundación, sequía, o por cualquier otro
motivo que el Estado determine la necesidad de su aplicación.
Para algunos tratadistas, está categoría de "ingresos" se considera diferente
a los propiamente fiscales y también a las contribuciones "simples" de seguro
obligatorio, principalmente de la de Previsión Social
Es por ello que ella importancia de las contribuciones gira entorno a el estado
puede obtener los recursos para poder brindar educación, salud, seguridad,
justicia, obras públicas y apoyo a los más necesitados, entre varias cosas más,
se puede conseguir más igualdad de oportunidades, es un acto de solidaridad
al contribuir con el bienestar de los demás, es una forma de participar en los
asuntos de la comunidad, y en ellos también se refleja lo que queremos como
sociedad.