Villarroel, Eduardo - Juicios de Tránsito y Policía Local (1).pdf
Seis razones para reclamar nulidad clausula gastos
1. Seis razones por las que reclamar
los gastos de hipoteca:
1. Porque lo dispone la Ley de Defensa de Consumidores y
Usuarios:
“La cláusula que endosa al consumidor todos los gastos de
formalización, escrituración e inscripción de hipoteca que por su
naturaleza corresponden al empresario es abusiva por el art. 89
TRLDCU 1/2007”.
2. Porque no se pudo negociar con el banco quién cargaría con
cada uno de los gastos. Al contrario, se impuso por parte de la
entidad financiera sobre la parte más débil de la relación: el
consumidor.
3. Porque el préstamo en sí mismo, no necesita constar en
escritura pública para ser válido, basta con un documento
privado.
4. Porque aquello que sí debe constar en escritura pública según
la ley es la garantía hipotecaria.
2. 5. Porque la escritura hipotecaria es aquel título ejecutivo que
crea el banco para tener derecho a ejecutar al consumidor en
el supuesto de impago del préstamo, es decir es algo que
beneficia al banco exclusivamente, en definitiva, el único
interesado en la misma.
6. Como la ley exige que ese título ejecutivo debe
necesariamente estar inscripto en el Registro de la propiedad,
es necesario pasar ante Notario. Esto genera unos gastos de
notaría, gestoría, registro, tributarios y en algunos casos de
tasación.
Por lo tanto, no cabe traspasar todos esos gastos al prestatario,
porque quien tiene interés en que conste en escritura pública el
contrato de préstamo con garantía hipotecaria, y en asentarlo en el
Registro de la Propiedad, es el banco que concede el préstamo.
No se puede trasladar al cliente un coste propio, el empresarial,
pues como indica el Banco de España son “gastos de estructura
necesarios para producir y administrar los préstamos, que son
independientes del precio del dinero”.
El prestamista no precisa endosar los gastos porque ya cobra los
intereses remuneratorios correspondientes como precio del
negocio.
Los gastos hipotecarios
corresponden al Banco
El Tribunal Supremo ha dejado claro en su Sentencia del 23 de
Diciembre de 2015 que considera abusiva, y por tanto nula, la
cláusula que desplaza al prestatario en préstamos con garantía
hipotecaria muchos de los gastos propios de la formalización,
inscripción, gestión y tributación.
Gastos que se pueden reclamar
3. Los gastos de formalización de la hipoteca son los importes
derivados del pago de notaría, gestoría, impuestos y tasación que
pagaste cuando firmaste tu hipoteca. Se trata de las facturas que
habitualmente se adjuntan a la hipoteca:
Factura de la NOTARÍA respecto de la Escritura de Préstamo
Hipotecario.
Gastos de TASACIÓN de la vivienda o local.
Factura del REGISTRO DE PROPIEDAD por la inscripción de
la Hipoteca.
IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS al
que se encuentre sujeta y no exenta la Escritura de Préstamo
Hipotecario.
Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se
haya impuesto por el banco.
Incluso respecto de hipotecas ya canceladas
Todo el mundo que tenga o haya tenido un préstamo
hipotecario puede reclamar los gastos. Tanto si la hipoteca está
activa, como si has vendido tu casa o si has realizado novaciones
sobre el préstamo inicial, puedes reclamar los gastos.