1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Nombre y Apellido:
María Andreína Hamm
C.I: 23.364.216
Asignatura:
Procedimientos Civiles Especiales
Profesora:
Abg. Dailyn Colmenárez
Sección:
SAIA-G
2. LA EJECUCIÓN DE
LA HIPOTECA
El Procedimiento de Ejecución de Hipoteca
Al mismo tiempo
LA HIPOTECA
De acuerdo al Artículo 1877 CCV
Se define como un derecho real constituido sobre los
bienes del deudor o de un tercero, en beneficio del
acreedor
Constituye un derecho
real de garantía que
asegura a su titular el
cumplimiento de una
obligación
Procedimiento ejecutivo a
través del cual se hace posible
la ejecución de los bienes
dados en garantía hipotecaria
Requisitos
Relativos a los documentos:
se debe
*Anexar documento registrado constitutivo
de la hipoteca .
*Certificación expedida por el registrador
Subalterno correspondiente
Relativos a la obligación:
se debe
*Que la obligación por la cual se
trabe ejecución sea la de pagar
una cantidad de dinero garantizada
*Que la obligación sea a plazo
vencido
*Que la obligación sea líquida
cuantificable
*Que haya prescrito
*Que la obligación no se
encuentre sujeta a condición
Relativos a la solicitud:
*Que cumpla con los requisitos
establecidos en el Artículo 340
CPC
*Que se indique el monto del
crédito con los accesorios que
estén garantizados
*Que se indiquen los terceros
que puedan ser poseedores
JUEZ
COMPETENT
E
Es competente el Juez
que los fuera para
conocer la demanda
de cobro en juicio
ordinario atendiendo
las reglas de la
cuantía, materia y
territorioExamina
*Que se haya presentado la solicitud con documento registrado de
hipoteca
*Que el documento se encuentre registrado en la Oficina Subalterna
del registro donde se encuentre registrado el inmueble
*Que los bienes hipotecados aparezcan en el documento
*Que la hipoteca se haya constituido por una cantidad determinada de
dinero
*Que las obligaciones garantizadas no estén sujetas a condiciones
*Que no haya transcurrido el lapso de prescripción
*que las obligaciones sean líquidas y de plazo vencido
Admisión de la DemandaEl Juez examina la solicitud y cumple
con los requisitos del Artículo 661
CPC admite la demanda y decreta:
*La intimación del deudor y del tercero poseedor del inmueble
*Prohibición de enajenar y gravar el inmueble hipotecado
*Si se considera procedente en el
mismo auto de admisión se acuerda la
intimación del deudor
Intimación del Deudor
Tercero Poseedor
*Es quien detenta a título no
precario la totalidad de una
parte del inmueble
*La intimación se acuerda y practicará
al deudor y tercero poseedor para que
paguen dentro de 3 días
Con la intimación se abren tres
lapsos:
-Lapso para acreditar el pago de las
obligaciones
-La oposición al pago (Art. 663 CPC)
-Cuestiones previas en un lapso de 8
días
3. Oposición a
la intimación
ADMITE DEMANDA
LA EJECUCIÓN DE
LA PRENDA
Requisitos de Procedencia
LA PRENDA
De acuerdo al Artículo 1837 CCV
Es un contrato por el cual el deudor o un tercero da al
acreedor una cosa mueble en seguridad de su crédito
*Se trata de una garantía convencional cuyo
fundamento es la autonomía de la voluntad
de las partes
Depósito de la Cosa
Relativos a la constitución de la garantía prendaria:
*Documento de fecha cierta
*Que exprese la cantidad debida
*Expresión de la especie y naturaleza de las cosas dadas en prenda
JUEZ
COMPETENT
E
Es competente el Juez
que lo fuera para
conocer la demanda
de cobro en juicio
ordinario atendiendo
las reglas de la
cuantía, materia y
territorio
Conforme a los el Juez puede verificar
*Si la solicitud de ejecución y el documento constitutivo han cumplido
los requisitos exigidos por la Ley
*Si las cantidades que se pretenden cobrar sean líquidas y de plazo
vencido
*Si no ha transcurrido el tiempo de la para prescripción de la obligación
garantizada
Efectos de la falta de
pago
Cuando se admite la solicitud
de ejecución de prenda el Juez
debe expresar en el mismo
auto la orden de depósito de la
cosa dada en prenda
Intimación del Pago
El incumplimiento de éstos requisitos declara la improcedencia
de la garantía prendaria
En el mismo auto de admisión
se acuerda la intimación del
deudor y del tercero para que
paguen dentro de los 3 días que
siguen a la intimación
Anuncio del remate: se publica en único cartel
de un periódico de la circunscripción del
tribunal
a.- Nombre, apellido y domicilio del acreedor,
del deudor y del tercero
b.- Descripción de las cosas dadas en prenda
que serán objeto de venta
Lugar, día y hora del remate
*Sólo pueden ser objeto de prenda las cosas muebles
corporales que se encuentren en el comercio
*Constituida la prenda le concede al acreedor el derecho
de poseer la prenda
Relativos a la solicitud:
*Nombre, apellido y domicilio del acreedor, deudor y del tercero
*El monto de la acreencia garantizada con la prenda
*La especie y naturaleza de las cosas dadas en prenda
El incumplimiento del pago es
motivo de ejecución de la
prenda
Vencido el lapso de 3 días, el
deudor o el tercero deben
dejar constancia fehaciente al
4to día de haber realizado el
pago
De no haber realizado el pago
el Juez ordena la venta de la
cosa dada en prenda . Lo hace
en subasta pública
Ejecución del Procedimiento
El Remate
La base del remate es la mitad del justiprecio
que se hubiere dado a la cosa en prenda
Es formulada por el deudor
prendario los 8 días siguientes
y debe interponer una caución
necesaria
4. Intimación del Demandado
EL JUICIO DE
CUENTAS
Procedimiento Inicial
LA CEUNTA
Es la explicación detallada y con justificación que el
administrador rinde ante el administrado por los actos
que realiza en su nombre
*El legitimado activo: es el titular del
derecho, es quien solicita la rendición de
cuentas
*El legitimado pasivo: es el sujeto obligado a
rendir cuentas
Oposición a la demanda
La Demanda:
*Inicia por demanda escrita conforme al Artículo 340 CPC
*Instrumento en el que se fundamente la pretensión Artículo 673 CPC
*Se debe establecer el monto que se reclama. Se determina de acuerdo
a experticia complementaria del fallo de acuerdo al Artículo 677 del
CPC
JUEZ
COMPETENT
E
Es competente el Juez
que lo fuera para
conocer la demanda
de cobro en juicio
ordinario atendiendo
las reglas de la
cuantía, materia y
territorio
Conforme al cundo no aparezca fundada en
prueba escrita la oposición del demandado el tribunal procede a
emplazarlo para que rinda cuentas en un plazo de 30 días
El demandado puede:
*Aceptar de forma expresa o
tácita su obligación de rendir
cuentas
*También puede oponerse a la
rendición de cuentas
Para oponerse puede alegar que
ya rindió cuentas con antelación
apoyándose en prueba escrita
que demuestre tal acción
El Juez examina: y determina si cumple con los requisitos objetivos para su
procedencia.
*De admitirla el Juez ordena la intimación del demandado
*Se emplaza a rendir cuentas dentro de los 20 días siguientes
a la intimación
Presupuesto Subjetivo:
*Que la demanda sea propuesta contra la persona encargada de la
administración de negocios ajenos
*Que la demanda sea interpuesta por la persona por cuya cuenta
fueron administrados los bienes.
Es el mecanismo fundamental para la comprobación de
los hechos
Oportunidad para rendir cuentas
La Sentencia Se dicta una vez concluido el plazo
para que los expertos y demandados
funden sus documentos y
observaciones y el juez examine los
mismos. Se dicta sentencia definitiva
Presupuesto para la Intimación
Presupuesto Objetivo:
*Que la obligación del demandado de rendir cuentas conste en forma
auténtica, así como el tiempo en que duraban sus funciones y la
demanda se acompañe de documento auténtico
Siendo así se suspende el Juicio
de Cuenta y se prosigue con el
Juicio Ordinario
Conforme al la cuenta debe presentarse en
términos claros y precisos
La experticia como prueba fundamental en la rendición de cuentas
5. BIBLIOGRAFÍA
Código Civil Venezolano Vigente
Código de Procedimiento Civil Comentado. Emilio Calvo Bacca
Material de SAIA
Manual de Procedimientos Especiales Contenciosos
Abdón Sánchez Noguera