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LEY N° 30225 “LEY DE
CONTRATACIONES DEL
ESTADO”
PERCY VIGURIA VARA
M.R ADM. Y GESTIÓN EN SALUD
LEY DE CONTRATACIONES
DEL ESTADO
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley
de Contrataciones del Estado, Aprobado
mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF.
Decreto Legislativo N° 1444, que modifica la Ley
N° 30225 (2019).
FINALIDAD
Promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en
las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que se
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calidad.
Busca una repercusión positiva en las condiciones de vida de los
ciudadanos.
PRINCIPIOS
SUPUESTOS
EXCLUIDOS DEL
AMBITO DE
APLICACIÓN (CON
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DE OSCE)
Las contrataciones
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Estado Peruano con otros
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SUPUESTOS
EXCLUIDOS DEL
AMBITO DE
APLICACIÓN (SIN
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Contratos
bancarios y
financieros.
Contratos por el
Ministerio de
Relaciones
Exteriores para
transmisión del
mando y cumbres
internacionales.
Contrato de
locación de
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presidentes de
directorios de
entidades o
empresas públicas.
AUTORIDAD RESPONSABLE DEL
PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los procesos de contratación son organizados por la Entidad, como destinataria de los fondos públicos asignados a la contratación.
Se encuentran encargados de los procesos de contratación de la Entidad:
a) El Titular de la Entidad, que es la más alta autoridad ejecutiva.
b) El Área Usuaria, que es la dependencia cuyas necesidades pretenden ser atendidas. Realiza la verificación técnica de las
contrataciones efectuadas a su requerimiento.
c) El Órgano Encargado de las Contrataciones, gestión del abastecimiento de la Entidad.
La Entidad puede conformar comités de selección.
La Entidad debe supervisar el proceso de contratación en todos sus niveles, directamente o a través de terceros.
Titular de la entidad Área usuaria Comité de selección
Órgano encargado de las
contrataciones
CONDICIONES EXIGIBLES A LOS
PROVEEDORES
Están impedidos de ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas:
Autoridades elegidas por voto popular, empleados de confianza, titulares de instituciones,
servidores públicos entre otros, mientras ejerzan el cargo y hasta doce meses después.
El cónyuge, conviviente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o
afinidad de las personas señaladas.
Participación en consorcio: En los procedimientos de selección pueden participar varios proveedores
agrupados en consorcio con la finalidad de complementar sus calificaciones.
PROCESO DE CONTRATACION
PLANIFICACION: PLAN
ANUAL DE
CONTRATACIONES
Es un instrumento de gestión,
indispensable para que la
institución pueda contratar
bienes, servicios y obras, durante
el año fiscal, orientados al
cumplimiento de las metas y
objetivos contenidos en el Plan
Operativo, cubiertas con el
Presupuesto Institucional de
Apertura.
El Plan Anual de
Contrataciones se publica
en el Sistema Electrónico
de Contrataciones del
Estado (SEACE) y en el
portal institucional de la
respectiva Entidad.
ACTUACIONES PREPARATORIAS
REQUERIMIENTO:
El área usuaria requiere los bienes, servicios u obras a contratar, siendo responsable de formular
las especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico.
HOMOLOGACION DE REQUERIMIENTOS:
La Central de Compras Públicas–Perú Compras promueve el proceso de homologación de los
requerimientos, a través de Fichas de Homologación.
VALOR REFERENCIAL Y VALOR ESTIMADO:
La Entidad debe establecer el valor estimado de las contrataciones de bienes y servicios y el valor
referencial en el caso de ejecución y consultoría de obras.
ACTUACIONES
PREPARATORIAS
METODOS DE CONTRATACION
a) Licitación pública y concurso público
b) Adjudicación simplificada
c) Selección de consultores individuales
d) Comparación de precios
e) Subasta inversa electrónica
f) Contrataciones directas
MONTOS DE LOS
PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN
AÑO 2022
EL CONTRATO Y SU EJECUCIÓN
El contrato: Debe celebrarse por escrito y se ajusta a la proforma incluida en los documentos del
procedimiento de selección.
Garantías: Que deben otorgar los postores adjudicatarios y/o contratistas.
Modificaciones al contrato: Por orden de la Entidad o a solicitud del contratista, para alcanzar la
finalidad del contrato de manera oportuna y eficiente.
Subcontratación: El contratista puede subcontratar, previa autorización de la Entidad,
Pago: El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse
pagos a cuenta.
Responsabilidad del contratista: El contratista es responsable de ejecutar la totalidad de las
obligaciones a su cargo.
SOLUCION DE CONTROVERSIAS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS:
Las discrepancias que surjan entre la
Entidad y los participantes o postores
en un procedimiento de selección,
solamente pueden dar lugar a la
interposición del recurso de
apelación.
El recurso de apelación solo puede
interponerse luego de otorgada la
Buena Pro o después de publicado
los resultados de adjudicación.
MEDIOS DE SOLUCION DE
CONTROVERSIAS:
Las controversias que surjan entre las
partes sobre la ejecución,
interpretación, resolución,
inexistencia, ineficacia o invalidez del
contrato se resuelven, mediante
conciliación o arbitraje, según el
acuerdo de las partes.
REGISTRO NACIONAL DE
PROVEEDORES (RNP)
Es el sistema de información oficial único de la Administración Pública.
La inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) tiene
vigencia indeterminada.
Para ser participante, postor, contratista y/o subcontratista del
Estado se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de
Proveedores (RNP).
CONTRATACIONES DEL ESTADO
(SEACE)
Es el sistema
electrónico que
permite el
intercambio de
información y
difusión sobre las
contrataciones del
Estado, así como la
realización de
transacciones
electrónicas.
Se registran todos
los documentos
vinculados al
proceso,
incluyendo
modificaciones
contractuales,
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entre otros.
Las Entidades
están obligadas
a utilizar el
Sistema
Electrónico de
Contrataciones
del Estado
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que realicen.
Los
procedimientos de
subasta inversa y
comparación de
precios se realizan
obligatoriamente
en forma
electrónica a
través del SEACE.
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS
CONTRATACIONES DEL ESTADO
(OSCE)
Es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y
Finanzas, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica,
funcional, administrativa, económica y financiera. Tiene como funciones:
Velar y promover que las Entidades realicen contrataciones eficientes, bajo los
parámetros de la Ley, su reglamento y normas complementarias, la maximización
del valor de los fondos públicos y la gestión por resultados.
Efectuar acciones de supervisión de oficio.
Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República, de manera
fundamentada, las trasgresiones observadas en el ejercicio de sus funciones.
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES
DEL ESTADO
Es un órgano resolutivo que forma parte de la estructura administrativa del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
Cuenta con plena autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones. Tiene
las siguientes funciones:
Aplicar las sanciones de multa, inhabilitación temporal y definitiva a los
proveedores, participantes, postores, contratistas, residentes y supervisores de obra,
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  • 1. LEY N° 30225 “LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO” PERCY VIGURIA VARA M.R ADM. Y GESTIÓN EN SALUD
  • 2. LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, Aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF. Decreto Legislativo N° 1444, que modifica la Ley N° 30225 (2019).
  • 3. FINALIDAD Promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que se efectúen en forma oportuna con las mejores condiciones de precio y calidad. Busca una repercusión positiva en las condiciones de vida de los ciudadanos.
  • 5. SUPUESTOS EXCLUIDOS DEL AMBITO DE APLICACIÓN (CON SUPERVISIÓN DE DE OSCE) Las contrataciones iguales o menores a 8UIT. Contratación de servicios públicos, siempre que no exista la posibilidad de contratar con más de un proveedor. Contrataciones entre el Estado Peruano con otros Estados. SUPUESTOS EXCLUIDOS DEL AMBITO DE APLICACIÓN (SIN SUPERVISIÓN) Contratos bancarios y financieros. Contratos por el Ministerio de Relaciones Exteriores para transmisión del mando y cumbres internacionales. Contrato de locación de servicios con los presidentes de directorios de entidades o empresas públicas.
  • 6. AUTORIDAD RESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN Los procesos de contratación son organizados por la Entidad, como destinataria de los fondos públicos asignados a la contratación. Se encuentran encargados de los procesos de contratación de la Entidad: a) El Titular de la Entidad, que es la más alta autoridad ejecutiva. b) El Área Usuaria, que es la dependencia cuyas necesidades pretenden ser atendidas. Realiza la verificación técnica de las contrataciones efectuadas a su requerimiento. c) El Órgano Encargado de las Contrataciones, gestión del abastecimiento de la Entidad. La Entidad puede conformar comités de selección. La Entidad debe supervisar el proceso de contratación en todos sus niveles, directamente o a través de terceros. Titular de la entidad Área usuaria Comité de selección Órgano encargado de las contrataciones
  • 7. CONDICIONES EXIGIBLES A LOS PROVEEDORES Están impedidos de ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas: Autoridades elegidas por voto popular, empleados de confianza, titulares de instituciones, servidores públicos entre otros, mientras ejerzan el cargo y hasta doce meses después. El cónyuge, conviviente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de las personas señaladas. Participación en consorcio: En los procedimientos de selección pueden participar varios proveedores agrupados en consorcio con la finalidad de complementar sus calificaciones.
  • 8. PROCESO DE CONTRATACION PLANIFICACION: PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Es un instrumento de gestión, indispensable para que la institución pueda contratar bienes, servicios y obras, durante el año fiscal, orientados al cumplimiento de las metas y objetivos contenidos en el Plan Operativo, cubiertas con el Presupuesto Institucional de Apertura. El Plan Anual de Contrataciones se publica en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y en el portal institucional de la respectiva Entidad.
  • 9. ACTUACIONES PREPARATORIAS REQUERIMIENTO: El área usuaria requiere los bienes, servicios u obras a contratar, siendo responsable de formular las especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico. HOMOLOGACION DE REQUERIMIENTOS: La Central de Compras Públicas–Perú Compras promueve el proceso de homologación de los requerimientos, a través de Fichas de Homologación. VALOR REFERENCIAL Y VALOR ESTIMADO: La Entidad debe establecer el valor estimado de las contrataciones de bienes y servicios y el valor referencial en el caso de ejecución y consultoría de obras.
  • 11. METODOS DE CONTRATACION a) Licitación pública y concurso público b) Adjudicación simplificada c) Selección de consultores individuales d) Comparación de precios e) Subasta inversa electrónica f) Contrataciones directas
  • 12. MONTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN AÑO 2022
  • 13. EL CONTRATO Y SU EJECUCIÓN El contrato: Debe celebrarse por escrito y se ajusta a la proforma incluida en los documentos del procedimiento de selección. Garantías: Que deben otorgar los postores adjudicatarios y/o contratistas. Modificaciones al contrato: Por orden de la Entidad o a solicitud del contratista, para alcanzar la finalidad del contrato de manera oportuna y eficiente. Subcontratación: El contratista puede subcontratar, previa autorización de la Entidad, Pago: El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta. Responsabilidad del contratista: El contratista es responsable de ejecutar la totalidad de las obligaciones a su cargo.
  • 14. SOLUCION DE CONTROVERSIAS RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes o postores en un procedimiento de selección, solamente pueden dar lugar a la interposición del recurso de apelación. El recurso de apelación solo puede interponerse luego de otorgada la Buena Pro o después de publicado los resultados de adjudicación. MEDIOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS: Las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez del contrato se resuelven, mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
  • 15. REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES (RNP) Es el sistema de información oficial único de la Administración Pública. La inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) tiene vigencia indeterminada. Para ser participante, postor, contratista y/o subcontratista del Estado se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
  • 16. CONTRATACIONES DEL ESTADO (SEACE) Es el sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas. Se registran todos los documentos vinculados al proceso, incluyendo modificaciones contractuales, laudos, conciliaciones, entre otros. Las Entidades están obligadas a utilizar el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) en las contrataciones que realicen. Los procedimientos de subasta inversa y comparación de precios se realizan obligatoriamente en forma electrónica a través del SEACE.
  • 17. ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO (OSCE) Es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera. Tiene como funciones: Velar y promover que las Entidades realicen contrataciones eficientes, bajo los parámetros de la Ley, su reglamento y normas complementarias, la maximización del valor de los fondos públicos y la gestión por resultados. Efectuar acciones de supervisión de oficio. Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República, de manera fundamentada, las trasgresiones observadas en el ejercicio de sus funciones.
  • 18. TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Es un órgano resolutivo que forma parte de la estructura administrativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Cuenta con plena autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones. Tiene las siguientes funciones: Aplicar las sanciones de multa, inhabilitación temporal y definitiva a los proveedores, participantes, postores, contratistas, residentes y supervisores de obra, según corresponda para cada caso.