EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
5 ta pregunta trabajo colaborativo
1. 5ª.- En caso de que la sentencia finalmente dictada fuera desestimatoria ¿De qué
mecanismos judiciales de defensa dispondría todavía Estephano Rodríguez Torres,
el demandante?
En el Perú el proceso contencioso - administrativo constituye el proceso específico previsto
por la Constitución para la impugnación ante el Poder Judicial de las decisiones de la
administración pública a fin de verificar la legitimidad de la actuación de todas las entidades
administrativas. Como sabemos mediante el proceso contencioso se garantiza una de las
conquistas básicas del Estado de Derecho cual es la subordinación de toda la actividad
administrativa a la legalidad. En tal virtud los afectados por una actuación administrativa
violatoria de sus derechos e intereses están constitucionalmente facultados para demandar
ante el Poder Judicial la satisfacción jurídica de sus pretensiones contra la administración
pública.
Finalmente, el derecho a la tutela jurisdiccional consagrado por el numeral 3) del artículo
139º de la Constitución y los Tratados Internacionales de los que el Perú es parte,
constituyen parámetros indispensables que debían tomarse en consideración a la hora de
conceptuar la naturaleza del proceso contencioso – administrativo en el Perú, como un
proceso que tiene por objeto no sólo la declaración judicial de invalidez de las actuaciones
contrarias al ordenamiento jurídico de la administración pública, sino también el
restablecimiento para el particular de las situaciones ilegítimamente perturbadas por la
administración pública.
En nuestro ordenamiento deriva de la propia Constitución Política la exigencia de que sólo
se pueden impugnar mediante el proceso contencioso - administrativo los actos
administrativos que causen estado, es decir, aquel que agota o pone fin a la vía
administrativa porque fija de manera definitiva la voluntad de la administración, constituye
la manifestación final de la acción administrativa respecto de la cual no es posible la
interposición de otro recurso administrativo, debiendo entenderse que ello ocurre cuando
se ha llegado al funcionario superior con competencia para decidir en definitiva sobre el
acto impugnado, por lo que únicamente su pronunciamiento podría ser objeto de
cuestionamiento ante el Poder Judicial.
El Mecanismo judicial apropiado para la defensa en una sentencia desestimatoria es el
proceso de amparo, se contempla un plazo de 60 días a contar desde la fecha en que se
produce la presunta afectación del derecho constitucional alegado, plazo que computado
en días hábiles equivale prácticamente a tres meses.Se trata de un plazo semejante al que
establece la nueva ley del proceso contencioso - administrativo. Las normas reguladoras
del proceso de amparo establecen que en caso los actos que constituyen la afectación
tengan caráctercontinuado, el plazo para interponer la demanda se computa desde la fecha
en que se realizó por última vez la agresión.
El Proceso de amparo es la vía procesal correcta para la defensa de los derechos
constitucionales, será procedente para la tutela de urgencia de un derecho constitucional a
falta de otras vías judiciales específicas, igualmente protectivas y satisfactorias; se reserva
para el proceso de amparo la labor única y exclusivamente para aquellos casos en los que
alegada violación de derechos constitucionales, se trate de una afectación directa e
inmediata sobre una parte, la más importante sin duda, calificada doctrinalmente como el
contenido esencial de los derechos fundamentales.
2. Bibliografía
- Constitución Política del Perú
- Código Procesal Civil
- Ley 27444 –Ley de Procedimientos Administrativos
- Ley 27584 –Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo
- Código Procesal Constitucional