Hecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturiz
1. HECHO Y BASE IMPONIBLE
Alumna:
Esmeralda Isturiz
V-11783525
Derecho Tributario
2. HECHO
IMPONIBLE Y
BASE IMPONIBLE
•Art. 156
(De la Competencia del Poder Público Nacional)
Ord. 12.
“La creación, organización, recaudación,
administración y control de los Impuestos Sobe la
Renta, Sobre Sucesiones, Donaciones y demás
ramos conexos, el capital, La producción, el valor
agregado, los hidrocarburos y minas…”
•Art. 316
(Principio de Justicia, Equidad y
Progresividad)
“El sistema tributario procurará la justa
distribución de las cargas públicas
según Capacidad económica del o la
contribuyente, atendiendo al principio
de progresividad, Así como la
protección de la economía nacional y
la elevación del nivel de vida de la
Población y se sustentará para ello en
un sistema eficiente para la
recaudación de los tributos”
•Art. 133
(Principio de Generalidad)
“Toda persona tiene el deber
de coadyuvar a los gastos
públicos mediante el pago de
impuestos, tasas y
contribuciones que
establezca la ley ”
C.O.TC.R.B.V
Articulo 20-Base
Imponible
La base imponible del
impuesto en los casos de
ventas de bienes muebles,
sea de contado o a crédito,
es el precio facturado del
bien, siempre que no sea
menor del precio corriente
en el mercado, caso en el
cual la base imponible será
este último precio
Articulo 4-Base Imponible
La determinación de la base imponible
para el cálculo del impuesto será el
resultado de sumar el enriquecimiento
neto de fuente territorial al
enriquecimiento neto de fuente
extraterritorial. No se admitirá la
imputación de pérdidas de fuente
extraterritorial al enriquecimiento o
pérdida de fuente territorial.
(Art.3)
Base Imponible y
Alícuota
Referencia a cantidades
de dinero como "monto a
gravable”
(Art.36-38)
Hecho Imponible
(Art. 19 al 29)
Sujetos Pasivos
(Art. 18)
Sujetos Activo.
Acreedor del
tributo.
Art: 13
Obligación
Tributaria
vinculo de
carácter personal.
Acreedor +
Deudor