2. SUSPENSIÓN DE LA RELACION DE TRABAJO
Tiene lugar cuando se ejecutan actos que imposibilitan
físicamente la presencia del trabajador en el centro de
trabajo, y por lo tanto no presta su servicios, y el patrón no
paga el salario convenido.
3. Artículo 42. Son causas de suspensión temporal de las obligaciones
de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el
trabajador y el patrón:
1. Enfermedad contagiosa
del trabajador.
2. Incapacidad del trabajador por
accidentes y enfermedades que
constituyan riesgos de trabajo.
4. 3. La prisión preventiva
seguida de una
sentencia absolutoria.
4. El arresto del trabajador.
5. Designación de
trabajadores como
representantes ante los
diferentes organismos
estatales.
6. Falta de documentos
necesarios para la
prestación del trabajo
(acta, cartilla, pasaporte
etc.)
5. RESCISIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO.
Es la terminación de la relación de trabajo y se da
cuando uno de los sujetos incumple gravemente con
sus obligaciones contractuales.
La rescisión puede ser de dos maneras:
1.- Por renuncia.
2.- Por despido.
6. Por Renuncia:
Es la manifestación por parte
del trabajador en la cual se da
a conocer al patrón su
voluntad de dar por terminada
la relación de trabajo, aquí la
responsabilidad recae
únicamente al trabajador. ( En
esta rescisión el patrón no
tiene responsabilidad)
7. Por Despido:
Forma contraria a la renuncia, es la
declaración del patrón mediante la
cual hace saber al trabajador que se
concluye la relación de trabajo o
prescinde de sus servicios sin
despido justificado.
Para que el despido se considere
justificado, el patrón debe entregar al
trabajador un escrito en donde
señalen las causas del despido
conforme al artículo 47 de la LFT.
8. Causas de Rescisión.
La Ley Federal del Trabajo privilegia la protección de los trabajadores, sin embargo,
los patrones también pueden ejercitar la acción de rescisión en los siguientes casos
mencionados en el Articulo 46 :
1. Engaño al presentar documentos
que indiquen capacidades que el
trabajador no tiene.
2. Si trabajador realiza actos de
violencia, malos tratos contra el patrón,
sus familiares o personal de la
empresa.
9. 3. Si el trabajador de forma intencionada
causa daños materiales a las instalaciones
o materiales de trabajo.
4. Cuando trabajador ponga en peligro la
seguridad del lugar del trabajo o de las
personas que se encuentren ahí por una
imprudencia inexcusable.
5. Si el trabajador comete actos
inmorales en el lugar de trabajo.
6. Por acumulación de más de
tres faltas de asistencia en un
periodo de treinta días, sin
contar con permiso.