2. INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LA CASACIÓN
COMO RECURSO EXTRAORDINARIO
• Los recursos extraordinarios. Situación particular de la casación como recurso
extraordinario
• Casación, concepto. Características más sobresalientes.
• Antecedentes del recurso de casación
• Importancia: nomofiliaquia y unidad de la jurisprudencia
• Efecto suspensivo del recurso de casación: art. 12 LPC, reformado por la L. 491-08
• La SCJ como tribunal de casación: aspectos constitucionales del recurso
• Fallos recurribles en casación. Modelo de la casación diferida.
3. PARA REFLEXIONAR:
• ¿Es posible recurrir en casación una sentencia dictada por un tribunal
extranjero?... ¿Por qué?... Refiérase a la posibilidad de controlar, a través de la
casación, la correcta aplicación del derecho extranjero.
• ¿Por qué no es posible el ejercicio de la facultad de avocación en el marco del
recurso de casación?
• ¿Faculta el control de la legalidad (nomofilaquia) a la Corte de Casación solo para
vigilar la correcta aplicación de la ley adjetiva prescindiendo de la Constitución o
eventualmente ese control se extiende a todas las leyes, en sentido amplio,
incluyendo velar por el buen manejo e implementación de la Constitución del
Estado por parte de los jueces del Poder Judicial?
4. RESTRICCIONES AL RECURSO DE CASACIÓN CON
PARÁMETROS DEVENIDOS EN INCONSTITUCIONALES
• La técnica de la summa cassationis consagrada en el art. 5 de la LPC. La cuantía
de los 200 salarios mínimos: buenas intenciones que empedran el camino del
infierno
• Efectos colaterales
• La sentencia núm. TC/0489/15 del 6 de noviembre de 2015
• El interés casacional: la clave de la casación moderna.
• Casos de interés casacional
5. LEGITIMACIÓN Y TERCEROS
• Legitimación pasiva
• Legitimación activa: las partes y el Procurador General de
la República
• ¿Intervención forzosa?
• ¿Intervención voluntaria?
6. SUPUESTOS PRÁCTICOS
• Ruperto Estévez demanda en responsabilidad civil a Ramona Figoli.
El tribunal de primera instancia pronuncia el defecto de aquel y
descarga a esta última de dicha demanda. Al no poder apelar el Sr.
Estévez decide entonces accionar en casación, sobre la base de que
el derecho al recurso constituye un principio de rango
constitucional y que ante la ineficacia de la apelación, debe
reservársele la potestad de agotar su vía casacional. ¿Tiene
virtualidad ese recurso de casación, así ejercido?... Justifique…
7. SUPUESTOS PRÁCTICOS, CONTINUACIÓN…
• Con motivo del dictado de una sentencia en segundo grado, en que
se declara bueno y válido un matrimonio entre dos hombres, uno
de los cuales es “transgénero”, el Procurador General ante la Corte
de Apelación que emitió el fallo decide, sin haber sido parte,
intentar en interés de la ley un recurso de casación ante la Suprema
Corte de Justicia. Lo interpone ya agotado el plazo de que
disponían las litigantes sin que ninguno de estos lo intentara, y lo
fundamenta esencialmente en el art. 55 de la Constitución de la
República. ¿Qué solución corresponde dar a este recurso?
8. SEGUNDA PARTE: LA CASACIÓN Y SUS EFECTOS…
PLANTEAMIENTO DEL RECURSO
• La casación y sus posibles efectos: anulación, envío, casación sin
envío
• Plazo para recurrir en casación
• Los medios de casación (concepto): elaboración jurisprudencial y
doctrinaria (necesidad de motivación)
• Caducidad y perención en el procedimiento de casación
9. PARA REFLEXIONAR
• ¿Puede reintroducirse un recuso de casación ya declarado caduco por falta de
notificación del emplazamiento, aún cuando nunca se hubiera producido una formal
notificación de la sentencia y la SCJ no haya, por tanto, estatuido sobre el contenido
de dicho recurso?
• Análisis pormenorizado de un emplazamiento en materia de casación. Menciones a
pena de nulidad. Lugar en que corresponde notificarlo: ¿domicilio de elección?
• Dinámica participativa en torno a la propuesta de lege ferenda de que el recurso de
casación se interponga mediante depósito directo en la Secretaría del tribunal que
emitiera la sentencia, lo que además produciría, de paso, la eliminación del auto de
autorización para emplazar.
10. PLANTEAMIENTO DEL RECURSO
• El memorial introductivo del recurso de casación y sus anexos
• Auto de autorización para emplazar. Plazo para la notificación del
emplazamiento
• Emplazamiento en casación: menciones y anexos
• Los debates en casación: naturaleza escrita del procedimiento
11. SUPUESTOS PRÁCTICOS
• AVIANCA, S.L. ha interpuesto un recurso de casación. Le han expedido el auto para emplazar a la parte intimada, la
SRA. YOLANDA RECIO. El emplazamiento ciertamente se produce, pero a los cuarenta y seis días con posterioridad a
la emisión del auto previsto por la ley. ¿Cabría en esta caso la aplicación de alguna sanción?
• La empresa YORKER JONIORS, S.R.L. había apoderado al Lcdo. Dámaso Ortiz para que interpusiera en su
representación un recurso de casación. El abogado prepara y deposita el memorial introductivo, obtiene el auto y
notifica, asimismo, el acto de emplazamiento. Dos meses más tarde entra en crisis con su mandante porque esta no
le cumplió con el pago de unos honorarios previamente acordados. El enfrentamiento es tan grave que el Lcdo. Ortiz
decide entregarle su expediente a la recurrente y renuncia a seguirla representando. Cuatro años después la parte
recurrida pide y obtiene que se declare perimido el recurso por no haber jamás YORKER JONIORS, S.R.L. depositado
el original de su emplazamiento, situación que provoca que la empresa pierda el caso y tenga que pagar una
exagerada cantidad de dinero. Indignada entonces decide demandar en responsabilidad civil a su antiguo abogado,
el Lcdo. Dámaso Ortiz. Le acusa de haber actuado con negligencia censurable al no depositar el original del
emplazamiento, lo que le privó de una valiosa oportunidad de ganar su caso, ni haberle tampoco puesto sobre aviso
acerca de la situación.
12. TERCERA PARTE: PROCEDIMIENTO A PARTIR DE LA
COMPARECENCIA DE LA PARTE RECURRIDA
• La comparecencia de la parte recurrida: plazo
• Constitución de abogado / Memorial de defensa
• Depósito necesario
• La casación incidental
• Descripción del procedimiento: depósitos, remisión al ministerio público y fijación
de audiencia
• La audiencia
13. PARA REFLEXIONAR
• Nora Saltitopa es parte recurrida en casación, nunca notificó la
sentencia. Una semana después de haber sido emplazada decide
interponer un recurso de casación incidental. Se debate entre la
posibilidad de hacerlo a través de su memorial de defensa o
mediante depósito directo vía Secretaría, como si se tratara de un
recurso principal. ¿Qué le convendría?... ¿Por qué?... ¿Está a tiempo
de diligenciar su recurso incidental en este último formato?
14. PLAZOS Y DEPÓSITOS: LA EXCLUSIÓN Y EL
DEFECTO. EL RECURSO DE OPOSICIÓN
• Plazo para depositar el original del emplazamiento. Falta de depósito: exclusión
• Plazo para depositar el memorial de defensa y/o el original de la constitución de abogado:
exclusión
• El procedimiento contencioso en defecto: no comparecencia de la parte recurrida. Solicitud
del pronunciamiento del defecto. Reversibilidad del procedimiento
• Efectos de la exclusión y del pronunciamiento de defecto
• Recurso de oposición casi automático para el recurrido-defectuante, salvo notificación del
emplazamiento a persona
• ¿Caduca la sentencia en defecto por aplicación del art. 156 CPC?
15. EL ENVÍO Y EL REENVÍO
• El envío
• Dos casaciones consecutivas por igual motivo en un mismo caso
• Salas reunidas a propósito del segundo recurso de casación
• Sentencia del tribunal de envío con puntos nuevos recurridos en casación:
¿primera sala o salas reunidas? (competencia)
• El reenvío, la línea y la rebeldía
• ¿Un tercer recurso?
16. SUPUESTOS PRÁCTICOS (1)
• La empresa RODOLFO BUENO Y AMIGOS, S. A. recibe la notificación de un
emplazamiento en casación, acompañado de copias tanto del memorial
introductivo como del auto del Presidente. En la octava siguiente notifica su
constitución de abogado, pero se abstiene de producir el memorial de defensa.
Tres días después de notificada la constitución de abogado deposita en la SCJ el
original del acto de constitución de abogado. Una semana más tarde la intimante
se percata de la situación. Comprueba que a la fecha RODOLFO BUENO Y
AMIGOS, S. A. no ha producido su memorial de defensa. ¿Qué le corresponde
gestionar en este caso a la parte recurrente para desatascar el procedimiento y
darle continuidad?... ¿El defecto?... ¿La exclusión?
17. SUPUESTOS PRÁCTICOS (2)
• Como consecuencia de un recurso de casación por cuyo órgano se anuló la
sentencia rendida por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de
Santo Domingo, con remisión del caso a la Cámara Civil de la Corte de Apelación
del Distrito Nacional, ya en audiencia, ante el tribunal de envío, la parte intimada
concluye planteando la revocación del fallo de primer grado en un aspecto que
hasta ese entonces no había sido atacado. Infiriendo el apelante que se trata de
una apelación incidental, solicita su declaratoria de inadmisión porque la misma, a
su decir, violenta su derecho de defensa. ¿Es, en efecto, posible apelar
incidentalmente ante el juez del envío?
18. SUPUESTOS PRÁCTICOS (3)
• Dictada la sentencia de la SCJ de fecha 4 de mayo de 2016 que casa
y envía el asunto a la Corte de Apelación de San Cristóbal, la parte
intimada notifica el fallo el 23 de julio de 2019 y demanda la
perención de la instancia. Ya en audiencia la parte apelada solicita
que se rechace la solicitud de perención porque no han transcurrido
tres años desde la formal notificación de la sentencia de la SCJ, la
cual hasta ese entonces no conocía. ¿Procede la perención en esta
supuesto?