1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Alumna:
Melissa Esquen
CI.: 21.140.981
Catedra: Derecho INTERNACIONAL PRIVADO
Barquisimeto, Mayo de 2015
2. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
El Derecho Internacional Privado es aquel que tiene por finalidad resolver los conflictos de leyes
referentes a la nacionalidad de las personas, así como también determinar los derechos que
tienen los extranjeros y que deben ser respetados, de allí que su objeto es señalar la vigencia
especial de la norma jurídica que mas de un Estado, determinando que norma jurídica es
aplicable.
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO REGULA:
Existencia de Conflicto entre 2 o más ordenamientos jurídicos.
Deben ser de distintos países los ordenamientos jurídicos en conflicto.
Que se desconozca la ley a aplicar para el caso particular.
3. SUJETOS INTERVINIENTES Y RELACIÓN CON
OTRA DISCIPLINAS:
Particulares: Cualquier persona natural o jurídica.
Estado: Este actuando sin el IUS IMPERIUM (Fuerza de Estado), se va a regir bajo las normas de los
particulares y actuara como uno más
Disciplinas auxiliares:
Derecho Internacional Público: Regula las relaciones entre Estados.
Derecho Interterritorial: Indica cual de los distintos ordenamientos jurídicos vigentes de forma
simultánea en un solo país. (diversas legislaciones)
Derecho Interpersonal: supone que cada uno de los derechos aplicables tiene como jurisdicción
no un territorio o región, sino un grupo social determinado.
Derecho Comparado: Da la opción o herramienta necesaria de tal forma que garantiza una
técnica o modo adecuado de aplicar e interpretar, dando un resultado justo, practico y
eficiente desde el punto de vista de juzgador.
4. CARACTERÍSTICAS
Puede darse en todo acto, hecho o materia.
Es una norma atributiva de competencias.
Es un derecho positivo, ya que su normativa es escrita
Se compone de áreas comunes en los países donde se estudia. Derecho
Internacional Privado.
5. PRESUPUESTOS JURÍDICOS Y SOCIOLÓGICOS
PRESUPUESTOS JURÍDICOS
SIMULTANEA DE DOS O MAS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS.
ES ERRÓNEO IDENTIFICAR ORDENAMIENTO JURÍDICO CON ORDENAMIENTO ESTATAL
FRACCIONAMIENTO DEL MUNDO JURÍDICO A NIVEL MUNDIAL
PRESUPUESTOS SOCIOLÓGICOS
INTERCAMBIO COMERCIAL Y CULTURAL, MOVILIDAD DE PERSONAS BIENES Y SERVICIOS.
LA EXISTENCIAS DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES ENTRE LOS ESTADOS Y UNA CIERTA
COMUNIDAD ENTRE ELLOS.
6. CARÁCTER DEL D.I.P
Carácter formal:
La norma jurídica del Derecho Internacional Privado no rige la conducta
humana en la relación jurídica concreta, sino que sólo determina cual es
la norma jurídica que ha de regirla.
Carácter material:
Se caracteriza porque la norma jurídica del Derecho Internacional Privado
regiría la conducta humana en la relación jurídica concreta, cualquiera
que fuese la materia a la que perteneciese esa relación concreta
(laboral, civil, mercantil, etc.).