2. NOCIONES GENERALES
Los origenes nacionales de los ciudadanos se determinan por diversos factores tales como la cultura, la
economía, las costumbres entre otras cosas que reflejan la esencia de un ciudadano, el derecho internacional
logra la expansión de estos factores hacia nuevos horizontes de otros países en el intercambio de negocios,
comercios y actividades financieras que se materializan a través de tratados, convenios, actividades
financieras y numerosas formas de intercambios bilaterales, entre otras
El derecho internacional privado a proporcionado importantes avances en la economía de cualquier país del
mundo, por su facilidad en la prestación de bienes y servicios que forman parte de las actualidades mas
cotizadas por el ciudadano consumidor que opta por algún intercambio financiero desde otro país.
Existen en la actualidad diversas actividades financieras internacionales que mejoran considerablemente,
aspectos como el tema del transporte, la banca, insumos entre otros; Regulados por legislaciones
competentes a la materia
3. NATURALEZA JURÍDICA
Es Pertinente acotar que el derecho internacional privado de cierta forma representa una rama del derecho
internacional publico.
¿Por qué?
• Por conflictos de ley
• Por la soberanía de cada estado
• Las diversas competencias de los estados
Por otro lado algunos autores determinan que el derecho internacional privado posee una cualidad de Derecho
privado
¿Por que?
Los conflictos de ley recaen ante una actividad de relación entre particulares
La trascendencia de acuerdos entre particulares solo genera efectos o situaciones a las partes.
4. DEFINICIÓN
• El Derecho internacional
privado es la rama del Derecho
que regula la actividad de
personas en el ambito
Internacional, los derechos de
los extranjeros y su
cumplimiento efectivo en
situaciones donde se reflejen
conflictos de ley.
5. DERECHO
INTERNACIONA
L PRIVADO
• El objeto de esta rama se enfoca en
las relaciones particulares de las
partes en las actividades financieras a
través de normas internas de cada
estado y la regulación de las
personas extrajeras y sus derechos
Objeto
6. VS.
DERECHO INTERNACIONAL
PRIVADO
• existen diversos
ordenamientos y No un
ordenamiento unico,
descartando la cualidad
universal del derecho
internacional público
limitandoce a la soberania
de cada estado
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
• Es un conjunto de normas
comunes o generales, a
traves de un ordenamiento
unico aplicable a cualquier
parte del mundo, regulado
solo por ese ordenamiento
7. DERECHO
INTERNACIONAL
PRIVADO Y
PÚBLICO
• El derecho internacional privado se determina
a través del hombre que es precursor de esta
rama a diferencia del derecho internacional
publico que compete al estado que este a sus
vez se encarga de la regulación de ambas
ramas
El sujeto
8. FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL
PRIVADO Y PÚBLICO
LA COSTUMBRE
LA CODIFICACIÓN
LAS LEGISLACIONES NACIONALES
9. FUNDAMENTO DEL DERECHO INTERNACIONAL
PÚBLICO Y PRIVADO
• Las dos ramas tienen puntos
encontrados de igualdad en la
búsqueda del intercambio
bilateral entre particulares y
particulares y estados con
estados en sus especificas
condiciones a través de
ordenamientos establecidos
para las relaciones entre si.