SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 57
Descargar para leer sin conexión
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
ACUERDO NÚMERO 001 
(JULIO 30 DE 2014) 
Por medio del cual se aprueban algunas modificaciones al manual de convivencia de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya. 
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya en uso de las facultades otorgadas por la ley 115 de 1994, el decreto 1860 del 03 de agosto y la ley 715 de 2001 y 
CONSIDERANDO 
Que el artículo 73 de la ley 115 de 1994 establece que cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, el reglamento para docentes y estudiantes 
Que el artículo 87 de la ley 115 de 1994 define que los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes. 
Que el artículo 14 del decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115 de 1994 establece que todo establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica, con la participación de la comunidad educativa, un proyecto educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio. 
Que el artículo 17 del decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115 de 1994 establece que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia. 
Que el artículo 17 de la ley 1620 del 15 de marzo de 2013 asigna al establecimiento educativo la responsabilidad de revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 
Que el artículo 18 de la ley 1620 del 15 de marzo de 2013 asigna al rector del establecimiento educativo la responsabilidad de Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 
Que el artículo 21 de la ley 1620 de 2013 establece el manual de convivencia escolar en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, y además de lo establecido en el artículo 87 de la Ley 115 de 1994. 
Que el artículo 28 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013 establece que en el manual de convivencia se incluirán las definiciones, principios y responsabilidades para todos los miembros de la comunidad educativa, los cuales servirán de base para que dentro del mismo manual se desarrollen los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, de que trata el, Capítulo 11 del Título IV del decreto 1965 de septiembre 11 de 2013, sin perjuicio de los demás aspectos que deben ser regulados en dichos manuales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1994 y en el Decreto 1860 de 1994. 
Que el artículo 29 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013 establece los Lineamientos Generales para la Actualización del Manual de Convivencia. 
Que el parágrafo uno del artículo 29 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013 instituye que acorde con lo establecido en la Ley 115 de 1994, en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Decreto 1860 de 1994, los establecimientos educativos en el marco del proyecto educativo institucional deberán revisar y ajustar el manual de convivencia y dar plena aplicación a los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad que establece la Ley 1620 de 2013.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
Que el parágrafo dos del artículo 29 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013 señala que el manual de convivencia deberá ser construido, evaluado y ajustado por la comunidad educativa integrada por los estudiantes, padres y madres de familia, docentes y directivos docentes, bajo la coordinación del comité escolar de convivencia. 
Que la institución educativa convocó en los años 2013 y 2014 a los integrantes de los estamentos de la comunidad educativa a reuniones y talleres para el análisis y propuestas para el manual de convivencia institucional donde surgieron planteamientos para modificar aspectos del mismo. 
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, 
ACUERDA 
ARTICULO PRIMERO. Adoptar el presente manual de convivencia para el año lectivo de 2014, el cual fue puesto en consideración del Consejo Directivo de la institución por parte del señor rector de la institución luego de los trámites pertinentes con los diversos actores de la comunidad educativa 
ARTICULO SEGUNDO. Articular el conocimiento y apropiación del manual de convivencia para los integrantes de la comunidad educativa a través de estrategias de difusión en el aula, en las áreas fundamentales y optativas, en asambleas de padres de familia, consejo de padres, consejo de estudiantes y talleres de escuela de padres que realiza la institución dentro del plan operativo anual de actividades 
ARTICULO TERCERO. El presente manual de convivencia rige a partir del día treinta (30) de Julio de 2014 y deroga las disposiciones contrarias al presente acuerdo. 
Se expide en Amalfi – Antioquia a los treinta (30) días del mes de Julio de 2014. 
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 
HERNÁN DARÍO. NANCLARES NANCLARES ROSA M. MESA LOPERA 
Presidente Consejo Directivo Secretaria Consejo Directivo 
Rector 
(Original firmado)
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA 
PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA M 
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 
(AJUSTES Y MODIFICACIONES) 
2014
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
TABLA DE CONTENIDO Pág. PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 6 NUESTRA HISTORIA 7 CAPÍTULO 1. REFERENTE AXIOLÓGICO Y ÉTICO 9 CAPÍTULO 2. DEL GOBIERNO ESCOLAR, ASESORES Y PARTICIPACIÓN 12 CAPÍTULO 3. DISPOSICIONES GENERALES 21 CAPIÍTULO 4. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 24 CAPÍTULO 5. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 26 CAPÍTULO 6. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 26 CAPÍTULO 7. DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 28 CAPÍTULO 8. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 29 CAPÍTULO 9. DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 29 CAPÍTULO 10. DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 30 CAPÍTULO 11. ESTÍMULOS PARA PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 31 CAPÍTULO 12. DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 31 CAPÍTULO 13. DEFINICIONES EN LA LEY 1620 Y EL DTO. 1965 DE 2013 32 CAPÍTULO 14. PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA NACIONAL 34 CAPÍTULO 15. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 34 CAPÍTULO 16. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, ACCIONES PEDAGÓGICAS Y PROTOCOLOS DE ATENCIÓN 35 CAPITULO 17. REGIMEN DISCIPLINARIO O PROCEDIMIENTOS PARA SOLUCIONAR CONFLICTOS 42 CAPÍTULO 18. OTROS LÍDERES ESTUDIANTILES 48 CAPÍTULO 19. REGLAMENTOS DE ESPACIOS INSTITUCIONALES 49 ANEXOS 54
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
5 
PRESENTACIÓN MANUAL DE CONVIVENCIA “Aceptar y respetar la diferencia es una de esas virtudes sin las cuales la escucha no se puede dar” Paulo Freire El Manual de convivencia escolar integra el conjunto de principios, deberes y derechos que rigen a una institución educativa de carácter público o privado. El Manual de convivencia escolar, es una herramienta pedagógica que sintetiza los lineamientos fundamentales, que una institución educativa posee, para guiar y orientar el proceso de formación humana y académica de sus estudiantes. 
El Manual de Convivencia como manifestación de la dignidad humana, posibilita a los integrantes de una comunidad educativa identificarse como sujetos inmersos en una sociedad y que por lo tanto, son constructores activos de los diferentes cambios y transformaciones que se dan en los diferentes escenarios sociales, contribuyendo de esta manera con la justicia, la equidad y la construcción de ciudadanía. 
Los ajustes y modificaciones de este Manual de Convivencia Escolar se elaboran con la coordinación del Comité Escolar de Convivencia y con la participación de la comunidad educativa, mediante los diferentes estamentos del gobierno escolar. El presente Manual de Convivencia se apoya en leyes y decretos a saber: Constitución Política de Colombia, Ley general de educación 115, Decreto 1860 de 1994, Decreto 1108 de 1994, ley 715 de 2001, ley 734 de 2002, ley 1098 de 2006, ley 1620 de 2013, Decreto 1965 de 2013. 
Por lo anterior, el MANUAL DE CONVIVENCIA de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, se convierte en una herramienta para fomentar, promover y formar en los integrantes de la comunidad educativa una mejor convivencia, ambientes de aprendizaje que permitan mejorar la calidad educativa, la construcción de una ciudadanía basada en la promoción y práctica de los derechos humanos y la prevención de la violencia escolar. 
Este Manual está impulsado desde una política participativa e incluyente, centrada en la persona del educando, lo cual permite diseñar verdaderas pautas, para contribuir en la formación de personas cada día más humanas y amantes de la PAZ.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
6 
NUESTRA HISTORIA 
Hablar de la Escuela de niños, Escuela de Varones, Escuela Urbana Integrada Presbítero Gerardo Montoya Montoya, Colegio Presbítero Gerardo Montoya Montoya, es mostrar hoy con orgullo nuestra Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya (Según resolución 0809 del 06 de Febrero de 2003) es tocar la columna vertebral de la historia de Amalfi. Por allá en los años 1944, fue fundada la Escuela de Niños para las primeras letras, siendo su primer Director, el Señor Manuel Villegas, sucedido poco tiempo después, por el Señor Carlos Palacio, quien entrega la dirección a Rafael Botero en el año de 1851. En 1850, el Cabildo parroquial de Amalfi, encarga al alcalde de ese entonces para que recaude la contribución necesaria para la construcción de una casa para Escuela del Distrito, comprando la casa del señor Manuel Vásquez; otros terrenos fueron donados y/o adquiridos a diferentes ciudadanos de la época, como: Samuel García, Antonio Ibarbo, Bernardino Zapata y la Señorita Eustacia García, entre otros. Se recuerdan algunos directores o rectores, entre ellos: Fabio Bedoya, Francisco Peña, Abraham Sánchez (varias veces director), Fabio Hurtado, Javier Villa, Jaime Pérez Arango (1956), Jesús Maria Tascón (1978), Euclides Cuesta Torres (2001) y en la actualidad Hernán Darío Nanclares Nanclares. 
A partir de 1983, quedan integrados niños y niñas, de la básica primaria, gestión realizada por el Jefe de Núcleo, Héctor de Jesús Londoño. Más tarde en 1995, a solicitud del Concejo Municipal, se le asignó el nombre de Presbítero Gerardo Montoya Montoya, en Memoria de sus aportes al servicio de la comunidad amalfitana como párroco de la Iglesia la inmaculada, durante diecisiete años. Continuando con el recorrido histórico, el 31 de Noviembre de 1996, mediante Resolución 004 del Consejo directivo, se adoptan los símbolos de la Institución, merced a la estrategia concurso. El himno de la institución, escrito por Vivian Yeicy Villegas Gil, estudiante del grado 5º A; El escudo y la bandera Carlos Fernán Ibarbo Zapata del grado 3º B. 
El Concejo Municipal, crea el Colegio Presbítero Gerardo Montoya Montoya, por los requisitos exigidos en la Ley General de Educación, a través del Acuerdo Nº 010 del 13 de junio de 2000. Secretaría de Educación Departamental, mediante la Resolución 5467 del 18 de Julio de 2001, autoriza para que en esta institución se imparta Educación Formal en los Niveles de Educación Preescolar, Básica Ciclo Primaria, Grados 1º, 2º,3º,4º y 5º y Ciclo Secundaria, Grados 6º, 7º, 8º y 9º. 
Es a partir de la resolución 0809 del 06 de febrero de 2003, que SEDUCA aprueba los niveles de preescolar, básica primaria, secundaria y media y mediante Resolución 07851 del 25 de Abril de 2006, autoriza brindar educación formal. 
BIOGRAFÍA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
El Padre Gerardo de Jesús Montoya Montoya, nació el 20 de junio de 1915, en un hogar humilde y eminente patriarcal, fundado por los esposos Antonio Jesús Montoya y María Josefa Montoya, en Sabaneta (Antioquia); donde se vivió la fe, la obediencia y el amor en un sentido evangélico, fue el sexto entre 14 hermanos, de los cuales otros fueron llamados también por el Señor a la vida consagrada, a saber el Padre Rafael, ya fallecido, y las hermanas Eugenia y Ángela de la comunidad de Carmelitas misioneras. 
Hizo las primeras letras en la Escuela de su pueblo, allí pasó su primera juventud. Se acercaba a los 20 años cuando en febrero de 1935, ingresó al Seminario Menor “Monseñor Miguel Ángel Builes”. En el seguimiento de su vocación no admitió tropiezos, anduvo con paso firme y seguro hasta la meta.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
7 
Da gusto informarse de la opinión de sus superiores, durante su trayectoria de seminarista: “Bueno, sencillo, siempre de muy buen espíritu”, “es muy diligente y piadoso, admiro su paciencia; en lo material se contenta con poco; Dios me conceda imitarlo en su caridad y en su obediencia”. Sobresalió por su bondad y su gran servicialidad; parecía pensar más en los otros que en si mismo. 
Recibió la ordenación sacerdotal de manos de Monseñor Miguel Ángel Builes el 1º de diciembre de 1946, fue destinado a Caucasia y un año más tarde a Anorí como vicario cooperador. En enero de 1949, volvió a Caucasia, con la investidura de párroco. Nombrado para Llanadas en febrero de 1950, tuvo una estadía de tres meses en Gómez Plata, hasta tanto se le entrega la parroquia de Llanadas, allí se estuvo hasta mediados de 1952. También prestó sus servicios en: Zaragoza, Remedios, Peque, Yarumal. 
Transcurridos estos primeros catorce años de Ministerio tan itinerantes, vino para él una era de más estabilidad, la inauguró como párroco de Santa Isabel, donde trabajó durante cuatro años y medio, cuatro meses siguientes como vicario sustituido en San José de la Montaña. Luego pasó a la Parroquia de Entrerríos, hasta febrero de 1968; a partir de esta fecha se le confió el curato de Amalfi y ahí cumplió su ministerio por espacio de dieciséis años y medio. En julio de 1984, y para aproximarlo a mejores recursos médicos, fue designado nuevamente párroco de Llanadas en 1985. De allí salió para una clínica en Medellín, donde murió el 12 de Febrero de 1987. 
Aunque largo, no es difícil seguir este recorrido. Lo que si es, enumerar las obras realizadas en 40 años de ministerio y vida sacerdotal y narrar los esfuerzos y sacrificios que fueron consumiendo una robusta existencia y ponderan los méritos, que un hombre de Dios adquirió para el cielo. 
Sus trabajos, estrictamente sacerdotales, fueron innumerables, y también se reconocen muchas realizaciones de orden material para el servicio de la comunidad, sobre este punto hay datos muy concretos, como son: En los templos de Caucasia, Anorí, Llanadas, Peque, La Honda, Santa Isabel y Amalfi, quedan huellas perdurables que su acción; al igual que en las casas cúrales de esas mismas parroquias y en los cementerios de: Llanadas, La Honda, San José de la Montaña, Entrerríos y Amalfi. A él se deben el primer acueducto y la primera planta eléctrica de Llanadas, como también la emisora de Amalfi. Esto para demostrar que el Padre Gerardo Montoya Montoya fue un hombre dinámico y emprendedor. El vivir del Padre Gerardo Montoya Montoya, de paso por esta tierra de Amalfi, sería agotador porque durante 16 años de dura brega, apenas quedó visible como una estela luminosa su amor, entrega, cariño, sin quejas ni reproches. 
Sabemos que allá en el cielo, hubo fiesta, regocijo, alborozo santo porque llegó el alma del Padre Gerardo Montoya Montoya; con sus manos llenas de buenas obras, porque allá también pesa este tesoro de gratitud y afecto que sentimos por él, nosotros los amalfitanos, que gozamos de su compañía y dirección por muchos años. El Padre Gerardo Montoya Montoya, tenía un espíritu grande y bueno, que por su dimensión sacerdotal ya no cabía en este valle y que el buen Dios no podía dejarlo y se la llevó. En Sabaneta, su patricia chica, reposan sus restos. Fue un sacerdote, ejemplar, dando a la humanidad testimonio de verdadero pastor con su amor y servicio; conocedores de tan maravilloso ser para ser recordado por siempre y como muestra de gratitud, se le colocó a nuestra Institución (antes Escuela Urbana de Varones), su nombre: Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
8 
CAPÍTULO 1. 
REFERENTE AXIOLÓGICO Y ÉTICO 
ARTÍCULO 1. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL LA INSTITUCION EDUCATIVA PRESBITERO GERARDO MONTOYA MONTOYA, desarrolla una educación integral, humanizante, basada en valores que garantizan la sana convivencia y el desarrollo armónico de todos las potencialidades del individuo; que atiende a los cambios permanentes de la sociedad, en la ciencia, la tecnología y el conocimiento; que pueda responder adecuadamente a una sociedad cada vez más exigente, pluralista, democrática y participativa, desde su quehacer educativo; desde el grado preescolar, básica y media, propiciando en los educandos espacios afectivos para su formación integral acorde a sus necesidades, con el fin de lograr una mejor calidad de vida. Fundamentados en: La valoración de sí mismos (autoestima), responsabilidad, autonomía, la participación en la solución de problemas de su entorno, el respeto por las normas éticas y morales, la creatividad y el espíritu de investigación, la convivencia pacífica y armónica con los demás, el cuidado del medio ambiente y el respeto por la vida en todas sus manifestaciones. 
ARTÍCULO 2. VISIÓN La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, para el año 2016 se caracterizará por la formación integral de seres humanos competentes, capaces de construir su proyecto de vida y generar soluciones a los problemas de su entorno, implementando una educación media técnica con énfasis en el cuidado, protección, conservación y utilización racional de los recursos naturales que favorezcan su ambiente y la convivencia social. 
ARTÍCULO 3. MISIÓN La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, forma seres humanos integrales, mediante una adecuada orientación pedagógica, humanista, cultural, tecnológica y ambiental en pro del desarrollo personal y social. 
ARTÍCULO 4. OBJETIVOS GENERALES 
a. Posibilitar el desarrollo armónico de las condiciones físicas, morales e intelectuales, con el fin de adquirir gradualmente un sentido más perfecto de la responsabilidad en el recto y continuo crecimiento de su propia vida y en la conservación de la verdadera libertad, superando los obstáculos que a diario se presentan. 
b. Recuperar y promover los valores existentes en los educandos por medio de una acción coordinada entre la comunidad y los docentes que los lleven a una convivencia de paz y noviolencia. 
ARTÍCULO 5. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 
a. Determinar pautas encaminadas en el mantenimiento del orden y el bienestar dentro y fuera de la Institución Educativa. 
b. Orientar al estudiante para que juzgue las situaciones con criterio propio, ordene sus acciones y esfuerzos en apoyar la verdad, la justicia y la solidaridad con los demás, buscando así su autodeterminación y autorregulación. 
c. Estimular el desarrollo de los valores, proporcionando la formación de una persona moral y cívicamente responsable en un ambiente de respeto por las diferentes creencias políticas y religiosas.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
9 
d. Asumir por parte de los integrantes de la comunidad educativa, una actitud responsable frente a las normas establecidas, haciéndolas parte de la vida diaria. 
e. Responsabilizar al estudiante de actividades que lo capaciten en el control de situaciones de tipo comportamental y formativo. 
f. Reconocer las normas de comportamiento y convivencia que le permita a través de su cumplimiento, adquirir la disciplina social necesaria para vivir en comunidad. 
g. Generar mecanismos permanentes de participación democrática que permita la revisión y aplicación de las normas, acorde con los cambios socio – educativos. 
ARTÍCULO 6. VALORES INSTITUCIONALES Los valores como base de la convivencia, guían el pensamiento y la acción de la comunidad educativa, constituyendo el marco de caracterización y referencia de la cultura institucional. 
Los valores de la I. E. Presbítero. Gerardo Montoya Montoya son: a. Formamos en la verdad: signo de identidad y principio fundamental de la construcción de la convivencia; en tal sentido formados par que cada integrante actué con rectitud y claridad de conciencia. b. Formamos en la libertad: asumida como un compromiso en la formación de personas capaces de autodeterminarse, es decir, por si misma; de expresar lo que piensa, de elegir su vocación y las posibilidades dentro del proyecto de vida. c. Formamos en el amor: signo de compromiso cristiano, vivenciado en la aceptación de las diferencias y singularidades del otro, su propósito es la consolidación de un ambiente de paz y convivencia y noviolencia d. Formamos en la justicia: fomentando las actitudes de cada uno de los integrantes de la comunidad que le permiten reconocer, respetar y darle al otro lo que le corresponde en su dignidad como persona. e. Formamos en trascendencia: A partir del reconocimiento que cada individuo descubre en sus dimensiones como persona y que se convierte en el fundamento que favorece su crecimiento, integridad personal y testimonio de vida. 
ARTÍCULO 7. POLÍTICAS Se entiende en este caso el término política, como la dirección que se le da a un asunto para alcanzar una meta o un objetivo preestablecido. Desde el punto de vista educativo, las políticas tendrán como centro al estudiante, de tal manera que las directrices trazadas atiendan a su formación integral para educar y formar una persona comprometida con las responsabilidades de cambio que exige el momento actual. 
La institución maneja las siguientes políticas: a. Conocimiento y aceptación del reglamento y manual del convivencia, antes de la matrícula, por parte de los padres de familia e hijos que deseen ingresar a la institución. b. Prioridad en la asignación de cupos a la población municipal (Amalfitana). c. Estímulos a la comunidad educativa, por su compromiso con la institución, comportamental y académicamente. d. Igualdad de oportunidades a todos los integrantes de la comunidad educativa. e. Calificación permanente del servicio, mediante la actualización, orientación y capacitación de los integrantes de la comunidad educativa. f. Respeto y acato a los símbolos institucionales. g. Apoyo a la iniciativa y al espíritu investigativo de los integrantes de la comunidad educativa. h. La toma de decisiones casuística obedecerá al libre debate y concertación
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
10 
i. Atención adecuada y oportuna a la comunidad educativa. j. Participación activa y permanente en eventos de proyección a la comunidad k. Congruencia en las diferentes actividades desarrolladas, apuntando a la misión, visión, filosofía, metas principios y fines institucionales. l. Admisión de estudiantes previa revisión de la hoja de vida, el rendimiento académico, comportamiento y cumplimento de requisitos exigidos por la institución y las leyes vigentes m. Comunicación permanente, clara, precisa, transparente y oportuna entre todos los estamentos educativos n. El fomento de las adecuadas relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa y comunidad en general, mediante la realización de actividades cívico-culturales, lúdicas, recreativas y deportivas o. Ejecución real de los programas, planes, proyectos y actividades que conllevan a la formación integral de los educandos p. Preservación y conservación del medio ambiente mediante campañas ambientales. q. Promoción y contribución al logro de los objetivos y metas del P.E.I r. Sostener y expandir la cobertura educativa en la institución s. Mejoramiento de la calidad de la educación en todos los grados y niveles. t. Optimización de la gestión educativa para el desarrollo institucional u. Constituir alianzas estratégicas con entidades municipales, departamentales, nacionales e institucionales para el mejoramiento de la calidad de la educación. v. Desarrollo y practica de un currículo humanizante. 
ARTÍCULO 8. LEMA 
“Orientar al Ser en la búsqueda de su formación integral” 
La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, no sólo forma estudiantes competentes en la aprehensión del Saber y el Saber Hacer, sino que se preocupa para que adquieran los valores y las habilidades necesarias para vivir en comunidad, contribuyendo a una formación del Ser. 
ARTÍCULO 9. PERFIL DEL ESTUDIANTE 
La Institución Educativa en su labor formativa se propone formar al estudiante tanto en el campo individual como social para que sea: 
a. Íntegro, capaz de deliberar, analizar, y proponer soluciones a las diferentes dificultades surgidas. Fomentando el espíritu de solidaridad, cooperación y compañerismo, desarrollando una personalidad creativa y con iniciativa, capaz de auto evaluarse y auto valorarse; respetando las diferencias del otro, a la vez que será consciente de la importancia de la conservación de los recursos naturales y del ambiente para el bienestar de todos. 
b. Soñador, curioso por conocer el mundo y asimilar nuevas experiencias. Con sentido de pertenencia, amantes de la superación personal y el progreso social; digno de admiración por su compromiso frente al proceso de formación. 
c. Capaz de incorporar en su vida los valores de la participación, respeto, la disciplina, la cooperación y la sinceridad. 
ARTÍCULO 10. PERFIL DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 
La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, desea que los padres de familia o acudientes logren el siguiente perfil: 
a. Deben ser padres que hagan de su hogar un espacio de educación inicial para sus hijos. 
b. Deben ser gestores de progreso social con sentido de pertenencia y comprometidos con la institución e integrados activamente a la vida institucional.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
11 
c. Deben ser personas abiertas al dialogo, al cambio, capaces de afrontar y solucionar las dificultades presentadas, siendo respetuosos de los derechos humanos y cumplidores de sus deberes. 
d. Deben apropiarse de su rol, conscientes de su papel protagónico en la formación y educación de sus hijos. 
e. Deben estar dispuestos a orientar, acompañar, corregir, estimular, y motivar adecuadamente a sus hijos apoyando a la institución en la consecución de las metas propuestas con el fin de hacer de los estudiantes personas auténticas y útiles a la sociedad. 
f. Deben ser padres que tengan buenas relaciones con todos los integrantes de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias relacionadas con el proceso educativo de sus hijos. 
g. Deben ser padres de familia que participen en todas las actividades de la institución y sean responsable con ésta y con sus hijos. 
h. Deben estar comprometidos con el proyecto de vida de sus hijos. 
ARTÍCULO 11. PERFIL DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
La institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, se propone que sus docentes y directivos docentes tengan el siguiente perfil: 
a. Ser una persona líder con grandes capacidades para orientar, dirigir, y formar en valores. 
b. Ser una persona abierta al dialogo, responsable, sincero, con sentido crítico, comprometido con su labor, con capacidad de vida comunitaria, dispuesto al servicio, sensible a la problemática social, dinámico, investigador, creativo, abierto al cambio, innovador, debe ser justo e imparcial. 
c. Ser un profesional con un profundo respeto por la persona, reconociendo y aceptando al estudiante como un individuo con características propias, merecedor de alternativas que permitan su superación personal e intelectual. 
d. Debe reflejar en todas sus actitudes madurez emocional que le permita enfrentar positivamente los conflictos. 
e. Ser un individuo comprometido, leal y con sentido de pertenencia por la Institución, promoviendo siempre el trabajo en equipo, el compañerismo y la unidad. 
f. Debe desarrollar una madurez emocional que le permita manifestar actitudes de tolerancia y respeto para enfrentar las situaciones en forma constructiva. 
g. Ser conocedor de su área profesional y estar en permanente actualización profesional. 
h. Debe desarrollar un espíritu investigativo que motive a la actualización y a la aplicación de los avances científicos y tecnológicos. 
i. Debe manifestar actitudes de permanente capacitación que le permitan la búsqueda constante de la cualificación de su quehacer profesional. 
j. Debe desarrollar la capacidad de liderazgo para orientar a los estudiantes hacia el logro de los objetivos Institucionales. 
k. Ser personas autónomas con capacidad de tomar decisiones 
CAPÍTULO 2. 
DEL GOBIERNO ESCOLAR, ASESORES Y PARTICIPACIÓN 
ARTÍCULO 12. CARACTERIZACIÓN 
La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, es una institución de carácter público oficial, laico y de personal mixto, aprobada por la Secretaría de Educación Departamental de Antioquia – Última resolución 07851 del 25 de Abril de 2006, para impartir Enseñanza Formal en los niveles de Educación Preescolar, Básica (en los ciclos de primaria y secundaria) y media.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
12 
Su domicilio principal está ubicado en la Carrera 23 Zea No. 21-57. Cabecera Urbana del municipio de Amalfi. Teléfonos 8300395, 8301155. Correo institucional iegerardomontoya@gmail.com 
ARTÍCULO 13. CONFORMACION DEL GOBIERNO ESCOLAR 
Está constituido por los diferentes grupos de trabajo y estamentos que participan en el proceso educativo de la Institución. De acuerdo con la Ley general de Educación (Capítulo II, Artículo 142 y Capítulo IV, Artículo 19, 20). Está conformado por: Rector, Consejo Directivo, Consejo Académico. 
ARTÍCULO 14. FUNCIONES DEL RECTOR 
El Rector es quien orienta todo el proceso educativo de la Institución y como tal debe cumplir las funciones de acuerdo con lo previsto en las normas vigentes, porque es el ejecutor de las decisiones de última instancia en materia curricular y administrativa. En general y en lo relacionado con el Gobierno Escolar, sus principales funciones son: 
1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. 
2. Tramitar o decidir, según el caso, las situaciones académicas, de convivencia o extracurriculares que sean sometidas a su conocimiento de acuerdo con su competencia. 
3. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y la búsqueda permanente de los recursos necesarios. 
4. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el Colegio. 
5. Ejercer las funciones disciplinarias atribuidas por la Ley, el Manual de Convivencia y las normas vigentes. 
6. Promover actividades de beneficio y participación social que vinculen la Institución con la comunidad. 
7. Producir las resoluciones internas y actos administrativos propios de sus funciones y todos los que sean necesarios para hacer cumplir las decisiones de los Consejos y demás organismos del Colegio. 
8. Coordinar el trabajo de los Consejos, Comités, Comisiones y demás órganos de la institución educativa, en procura del desarrollo de los fines, objetivos y filosofía institucional. 
9. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. 
10. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 
11. Orientar el proceso educativo, con la asistencia del Consejo Académico. 
12. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 
13. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa. 
14. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. 
15. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. 
16. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución. 
17. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas. 
18. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación Departamental 
19. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos. 
20. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
13 
21. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. 
22. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. 
23. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes. 
24. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación. 
25. Suministrar información oportuna al municipio, de acuerdo con sus requerimientos. 
26. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución. 
27. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses. 
28. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la Ley 715. 
29. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos. 
30. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo. 
31. Las demás que le asigne el alcalde para la correcta prestación del servicio educativo. 
ARTÍCULO 15. CONSEJO DIRECTIVO 
Es una instancia directiva, participativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 
El Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por: 
 Un rector, quien lo preside y convoca ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 
 Dos representes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. 
 Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de familia. 
 Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecidos en la institución. 
 un representante de los exalumnos elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos y en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. 
 un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. 
PARÁGRAFO 1. Los administradores escolares podrán participar en las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto, cuando éste les formule invitación, a solicitud de cualquiera de sus miembros. 
PARÁGRAFO 2. Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada periodo lectivo anual, deberá quedar el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
14 
ARTÍCULO 16. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 
Las funciones generales del Consejo Directivo serán las siguientes: 
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados. 
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia. 
3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución. 
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos. 
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente prestado por el rector. 
7. Participar en la planeación, evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en La Ley y los reglamentos. 
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 
9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante. 
10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 
11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 
12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. 
13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 
14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 
15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto. 
16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los de provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y 
17. Darse su propio reglamento. 
PARÁGRAFO 1. En los establecimientos educativos no estatales el Consejo Directivo podrá ejercer las mismas funciones y las demás que le sean asignadas, teniendo en cuenta lo prescrito en el inciso tercero del Artículo 142 de La Ley 115 de 1994- en relación con las identificadas con los literales d), f), i) y o), podrán ser ejercidas por el director Administrativo o a otra instancia. 
ARTÍCULO 17. CONSEJO ACADÉMICO 
El Consejo Académico de la Institución Educativa, como órgano consultor y asesor del Consejo Directivo, constituye la instancia que orienta los fundamentos pedagógicos del plantel y las políticas relacionadas con el proceso evaluativo y de promoción de los alumnos. La elección del Consejo Académico se realiza teniendo en cuenta el Capítulo IV, Artículo 24 del decreto 1860 de 1994.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
15 
ARTÍCULO 18. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO. 
Las funciones generales del Consejo Académico de la institución educativa, son las siguientes: 
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico del Plantel, resolver los conflictos académicos que se presenten entre Docentes y entre estos y los alumnos, de acuerdo con las atribuciones propias. 
2. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la propuesta del Proyecto Educativo Institucional (PEI), sugiriendo los ajustes académicos necesarios. 
3. Fijar los criterios y diseñar los instrumentos necesarios para la evaluación académica del Proyecto Educativo Institucional (PEI), revisando periódicamente su eficacia y verificando su cumplimiento. 
4. Elaborar y presentar al Consejo Directivo, el listado de requerimientos didácticos y el programa de capacitación docente a partir de la evaluación institucional. 
5. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios. 
6. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 
7. Apoyar todos los procesos académicos definidos en el Sistema Institucional de Evaluación, participando activamente en su ejecución, evaluación y ajustes. 
ARTÍCULO 19. DE LOS ORGANISMOS ASESORES Y DE PARTICIPACIÓN 
En la institución se cuenta con los siguientes organismos asesores, algunos de creación legal y otros por iniciativa propia: 
 Comité Escolar de Convivencia 
 Personero de los estudiantes 
 Contralor estudiantil 
 Consejo de Padres 
 Grupo de apoyo institucional 
 Consejo estudiantil 
 Redes pedagógicas 
 Equipo de calidad 
ARTÍCULO 20. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. 
Reglamentado en el artículo 12 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. El comité escolar de convivencia estará conformado por: 
 El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité 
 El coordinador cuando exista este cargo 
 El personero estudiantil 
 El docente con función de orientación 
 El presidente del consejo de padres de familia 
 El presidente del consejo de estudiantes 
 Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. 
PARÁGRAFO 1: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un integrante de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. 
ARTÍCULO 21. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 
Reglamentado en el artículo 13 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. Son funciones del comité: 
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
16 
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. 
PARÁGRAFO 1: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. 
ARTÍCULO 22. RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. 
Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 
1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 
2. Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley. 
3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 
4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
17 
5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 
6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 
7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 
8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 
9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio. 
ARTÍCULO 23. RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. 
Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 
1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 
2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 
3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 
4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 
ARTÍCULO 24. PERSONERO ESTUDIANTIL 
El personero de los estudiantes es quien promueve el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución política de Colombia, las leyes, los reglamentos y este Manual de Convivencia. Será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes a la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto, el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. En esta institución deberá ser un estudiante del grado Undécimo.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
18 
ARTÍCULO 25. FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL 
De acuerdo con su definición, tendrá entre otras las siguientes funciones: 
1. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes utilizando para ello los medios de comunicación que posea la Institución Educativa, así como recurrir a otras formas de contacto. 
2. Gestionar acciones y presentar solicitudes de oficio o a petición de parte, ante el Rector, el Consejo Académico o Directivo, además organismos competentes en lo relacionado con la protección de los derechos estudiantiles, el cumplimiento de las funciones del personal docente, el mejoramiento en la prestación de los servicios y una convivencia respetuosa, responsable, libre, honesta, justa y democrática. 
3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre violaciones a sus derechos y las que formule alguien de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. 
4. Desarrollar mecanismos y campañas que propicien el cumplimiento de las obligaciones, compromisos y estímulos estudiantiles, señalados en las normas vigentes y el Manual de Convivencia. 
5. Mantener una comunicación constante con los estudiantes, divulgando las acciones que realiza, así como las funciones de todos los líderes estudiantiles en pro del desarrollo de la filosofía institucional. 
ARTÍCULO 26. CONTRALOR ESTUDIANTIL 
De acuerdo con la ordenanza 68 del 6 de diciembre del 2013. Podrán aspirar a ser contralores escolares, los estudiantes de los grados 9° y 10°, de las instituciones educativas oficiales. Su periodo de gobierno será de dos años a partir de la fecha de su elección. Se encargará de velar por la promoción y fortalecimiento del Control Social de la Gestión Educativa, garantizando la transparencia, la honestidad, el compromiso, la coherencia, la solidaridad, el respeto y la responsabilidad de la Institución Educativa en su conjunto. 
ARTÍCULO 27. FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL Por ordenanza 032 de diciembre 24 de 2008, artículo 4º. Son funciones del contralor estudiantil. La Contraloría Estudiantil y particularmente el Contralor Estudiantil, tendrá las siguientes funciones y atribuciones: 1. Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes públicos del colegio, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la Contraloría de la ciudad. 2. Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución, con el apoyo de la Contraloría de la Ciudad. 3. Trabajar por la defensa del patrimonio ambiental de la ciudad. 4. Velar por el mejoramiento de la calidad de la educación. 5. Presentar a la Contraloría de la ciudad las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes públicos de la institución educativa a la que pertenecen. 6. Participar en las reuniones de red local y de la red distrital de Contralores Estudiantiles, promovidas por la Contraloría de la ciudad. 7. Solicitar las Actas de Consejo Directivo, para poder hacer seguimiento a las decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la institución. 8. Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de Control Social. 9. Presentar una rendición de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones. 10. Las demás que le sean asignadas por la Contraloría de la ciudad
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
19 
ARTÍCULO 28. CONSEJO DE PADRES 
El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrece el establecimiento educativo. 
ARTÍCULO 29. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES 
Es obligación de la institución, conformar el Consejo de Padres, para cumplir las siguientes finalidades: 
a. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estado. 
b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. 
c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 
d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. 
e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. 
f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 
g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la constitución y la ley. 
h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 
i. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. 
ARTÍCULO 30. GRUPO DE APOYO INSTITUCIONAL. (ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA) 
Debido a que la institución no tiene la Asociación legalmente constituida a través de estatutos de la Cámara de Comercio, se organizará un grupo de apoyo institucional de padres de familia para que desarrollen algunas funciones similares a las de la Asociación, que tengan como propósito garantizar una educación con calidad. 
ARTÍCULO 31. FUNCIONES DEL GRUPO DE APOYO INSTITUCIONAL 
a. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo. 
b. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa. 
c. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. 
d. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje. 
e. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad. 
f. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
20 
ARTÍCULO 32. CONSEJO ESTUDIANTIL 
Es el organismo máximo de representación estudiantil en la organización del Colegio. Estará integrado por un representante de cada grado que ofrece la Institución Educativa, sin perjuicio de que cada grupo elija un Representante de Grupo para coordinar las actividades propias del mismo. 
ARTÍCULO 33. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES. 
Son funciones del Consejo de Estudiantes: 
a. Darse su propia organización interna. 
b. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo. 
c. Estudiar y presentar iniciativas para el buen desarrollo de la vida estudiantil. 
d. Participar como institución organizada en todas las actividades para beneficio del Colegio. 
e. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 
PARAGRAFO 1. PERFIL DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES. 
Deberán ser los estudiantes más sobresalientes por su capacidad de liderazgo, dinamismo y creatividad, amplio espíritu de colaboración, respetuosos de sí mismos y de los demás, que expresen en sus actividades sentido de pertenencia por el grupo y la Institución Educativa. Además de las anteriores características deberán demostrar un excelente rendimiento académico y comportamental. El representante estudiantil o de grupo será elegido democráticamente al interior de cada grupo. 
ARTÍCULO 34. REDES PEDAGÓGICAS 
Son equipos de trabajo conformados por los docentes de cada una de las áreas académicas, el propósito principal es compartir experiencias significativas de prácticas pedagógicas y unificar criterios relacionados con la formulación, diseño y evaluación de los planes de estudio. 
ARTÍCULO 35. EQUIPO DE CALIDAD 
Es un equipo institucional conformado por los directivos y algunos docentes conocedores de la realidad y de los procesos, sus acciones están encaminadas a planear, desarrollar y evaluar estrategias y actividades de mejoramiento para la vida institucional, fomentando con ello la buena marcha de la institución. El equipo de calidad se dará su propio reglamento. 
CAPITULO 3. 
DISPOSICIONES GENERALES 
ARTÍCULO 36. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE. 
a. Cumplir con los requisitos que señale el Ministerio de Educación Nacional a través de la Secretaría de Educación Departamental y la institución, para el proceso de admisión y matrícula. 
b. Presentar la documentación auténtica, completa y legal que requiere la institución al momento de su ingreso. 
c. Ser respaldado por un acudiente, que cumpla con el perfil señalado para los padres de familia en este Manual. 
d. Asistir regularmente al Colegio. 
e. Llenar los requisitos establecidos por el Consejo Directivo para el ingreso, contenidos en este Manual. 
ARTÍCULO 37. CALIDAD DE ESTUDIANTE 
Se adquiere cuando a través de sus padres, acudientes o representantes legales, el estudiante aceptando la filosofía y el reglamento del plantel, es admitido oficialmente en el Colegio y con el lleno de los requisitos exigidos, ha legalizado su matrícula.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
21 
ARTÍCULO 38. CAUSALES PARA PERDER LA CALIDAD DE ESTUDIANTE 
Se perderá la calidad de estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA y por lo tanto los derechos que posee como tal, por las siguientes razones: 
a. Cancelación voluntaria de la matrícula. 
b. Cuando el estudiante haya cursado y aprobado el último grado de educación que ofrece el Colegio. 
c. Cuando el estudiante y su acudiente no formalicen la renovación de la matrícula llenando los requisitos establecidos dentro de los plazos determinados por la institución. 
d. Cuando se compruebe falsedad en la información o documentación presentada para ingresar a la institución. 
e. Inasistencia habitual injustificada al plantel, que sumada, supere el VEINTE por ciento del año lectivo. 
f. Exclusión de la Institución ordenada por el Consejo Directivo. 
g. Cuando el estudiante reprueba dos veces consecutivas el mismo grado. 
ARTÍCULO 39. REQUISITOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA 
a. Diligenciar el formato de Pre matrícula dentro de los términos establecidos a nivel municipal o institucional. 
b. Haber sido oficialmente admitido como educando nuevo, o haber obtenido la promoción de grado correspondiente en su calidad de educando antiguo. 
c. Obtener la orden de matrícula de Rectoría 
d. Cumplir con los requisitos exigidos por la Constitución Nacional, el Ministerio de Educación Nacional y por la institución educativa. 
e. Estar dentro de los rangos de edad que establezca la ley para cada grado, de acuerdo con las normas vigentes. 
f. Estar respaldado por padres de familia o acudientes dispuestos y comprometidos en la formación educativa 
g. Presentarse tanto el educando como los padres o acudientes en la hora y fecha establecidas por la institución para sentar la matrícula. 
h. Presentar los certificados académicos exigidos, Paz y Salvo expedido por el establecimiento donde haya cursado el último grado escolar (educandos nuevos), registro civil de nacimiento, fotocopia de la tarjeta de identidad o cédula y demás documentos debidamente diligenciados. 
i. Los estudiantes deberán presentar certificación de exclusión del Sistema de Matrícula en línea – SIMAT. 
j. Conocer y aceptar el PEI, el Manual de Convivencia y el SIE. 
ARTÍCULO 40. MATRÍCULA 
La matrícula es un acto contrato de prestación de servicios educativos consistente en la educación formal para el desarrollo integral del educando, por el cual se adquiere la calidad de educando de la Institución. Ésta se legaliza con la firma del Rector, de la Secretaria Académica, del educando y del representante legal de éste, en el acta correspondiente. 
Con la suscripción del Acta de Matrícula, el educando y sus padres o acudientes aceptan explícitamente los principios, objetivos y valores de la institución; se comprometen a cumplir y a respetar las indicaciones, orientaciones, circulares, reglamentos y demás disposiciones dictadas por la Institución Educativa y a responder por los daños causados en las instalaciones u objetos de la Institución por el MATRÍCULADO. 
PARÁGRAFO 1. Los educandos antiguos, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos para la promoción, procederán cada año lectivo, en la fecha y hora determinada por la institución a renovar su matrícula y suscribir el acta correspondiente de acuerdo con lo establecido en este artículo.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
22 
ARTÍCULO 41. UNIFORMES 
El uniforme constituye una de las maneras de identificar a los integrantes de la comunidad educativa y permite incentivar el sentido de pertenencia. La institución educativa adopta, para el preescolar, la básica primaria, secundaria y la media un uniforme cuyo diseño fue aprobado por el Consejo Directivo. El uso del uniforme es para la preservación del orden en cuanto la presentación personal, es respeto a los símbolos institucionales. Las pautas de presentación personal buscan preservar a los estudiantes de discriminación por razones de apariencia. Los uniformes deben ceñirse a las siguientes características: 
a. Uniforme de diario. 
Sexo Masculino: 
- Pantalón: Clásico azul oscuro, con prenses. 
- Camisa: Blanca manga corta, de cuello y botones, debe llevarse por dentro del pantalón. 
- Zapatos: Colegial negro de atadura. 
- Medias: Calcetines blancos. 
- Correa: Estilo clásica negra. 
- Camisilla. Blanca totalmente sin estampados ni letras 
Sexo Femenino: 
- Jumber: A cuadros azules, cuello en “V”, según muestra exhibida en la institución Pbro. Gerardo Montoya. El largo debe ser a la rodilla. 
- Blusa: Blanca manga corta. 
- Medias: Media – media blanca, sin visos de otros colores. No se permiten medias tobilleras o taloneras. 
- Zapatos: Colegial negro de atadura. 
c. Uniforme para educación física. 
Para ambos sexos 
- Camiseta: Blanca de cuello, con borde azul en las mangas y en el cuello, y el escudo de la institución. Debe llevarse por dentro de la sudadera. 
- Sudadera: Azul oscura, sin rayas de ningún color. Con las iniciales de la Institución. No debe llevarse ni doblada ni remangada, ni entubada. 
- Tenis: Negros sencillos de atadura. 
- Medias: medias azules. 
- Buso: Azul oscuro en su totalidad, cuello “V” 
PARÁGRAFO 1. Los estudiantes del grado preescolar, portarán diariamente el uniforme de educación física. 
ARTÍCULO 42. RECOMENDACIONES PARA LLEVAR DIGNAMENTE EL UNIFORME. 
a. Los estudiantes deben estar higiénicamente presentados todos los días (bañados, peinados, los hombres afeitados). 
b. Zapatos limpios. Uniforme limpio, en buen estado y completo, según especificaciones dadas. No se permite pintar o rasgar las prendas del uniforme. 
c. La talla del uniforme debe ajustarse a la contextura física del estudiante. Y no deben seguir ni llevar modas que lo desvirtúen, tanto para los hombres como para las mujeres. 
d. El uniforme de educación física, solo debe vestirse el día que este asignado en el horario o actividades que así lo requieran y lo autoricen, de lo contrario deberá presentarse excusa por escrito al coordinador para su análisis y luego al docente del área. 
e. La cabeza debe permanecer descubierta: sin cachuchas, gorras, sombreros o boinas.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
23 
f. No usar de collares, manillas, pulseras, prendedores, piercing, expansores y otros accesorios que demeriten la buena presentación del uniforme (dentro o fuera de la institución). 
g. No se permite el ingreso ni el uso de buzos, sacos o chaquetas diferentes a la chaqueta del uniforme. Con excepción del grado once que tienen su chaqueta distintiva. 
h. Cuando realicen las actividades físicas en la clase de educación física, no deben usar ningún tipo de accesorio, por el riesgo de accidentes que se puedan presentar, como rasgado y heridas en la piel ocasionados por aretas, collares, cadenas, pulseras, piercing, relojes, anillos, etc. 
i. No hace parte del uniforme establecido y aprobado por la comunidad educativa en los hombres los aretes, piercing, expansores, manillas y otros accesorios. Los hombres deben llevar un motilado clásico, o cabello recogido y sin tintes de colores extravagantes, llamativos o no convencionales (azul, morado, verde, naranja, fuscia, rosado). 
j. Las mujeres podrán usar hebillas, bambas y balacas blancas, negras o azules oscuras, aretes pequeños, blancos, dorados, plateados, negros o azules oscuros. No hace parte del uniforme los piercing, expansores, las manillas y otros accesorios; y en el cabello los tintes de colores extravagantes llamativos o no convencionales (azul, rojo, morado, verde, naranja, fuscia, rosado) 
PARÁGRAFO 1. Cuando el estudiante se encuentre fuera de la Institución y lleve puesto el uniforme su comportamiento se tendrá en cuenta como si estuviese dentro de ella, y cualquier situación que afecta la convivencia cometida será sancionada de acuerdo con lo estipulado en el Manual de Convivencia Escolar. 
PARÁGRAFO 2. Si el estudiante sin el uniforme comete cualquier acto de incumplimiento al manual de convivencia la institución también deberá tomar acciones pedagógicas teniendo en cuenta que se encuentra matriculado en la institución (previa solicitud de las personas afectadas). 
CAPÍTULO 4. 
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 43. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 
Como integrante de la Institución Educativa Pbro. Gerardo Montoya, el estudiante tiene derecho a: 
a. Una formación integral: en valores, en los conocimientos y competencias que requiere la sociedad actual, siguiendo los lineamientos y orientaciones vigentes, emanadas por el Ministerio de Educación Nacional (MEN), SEDUCA y Secretaria de Educación Municipal. 
b. Ser tratado sin discriminación en razón de sexo, raza, origen familiar, opinión política, dignidad, diferencias étnicas, religiosas e ideológicas. 
c. Establecer comunicación en forma apropiada con los integrantes de los diferentes estamentos de la Institución, permitiendo la libertad de expresión y difusión de su pensamiento y opiniones, siempre y cuando no atente contra los demás, ni entorpezca la buena marcha del plantel. 
d. Recibir un trato digno y respetuoso de todos los integrantes de la comunidad educativa. 
e. Ser protegido contra toda forma de abandono, violencia, descuido o trato negligente, abuso, acoso sexual o explotación. 
f. Ser evaluado académica y disciplinariamente según las normas establecidas oficialmente y de acuerdo a las reglas trazadas por la Institución; y a los estudiantes con barreras de aprendizaje será de acuerdo a las necesidades especiales que se requieran. 
g. Disfrutar de un ambiente tranquilo, sano, agradable y seguro, dentro de la institución que le permita escuchar, comprender y asimilar los contenidos formativos y por lo tanto tener un adecuado proceso de aprendizaje. 
h. Tener voz y voto, en las decisiones del grupo (siempre y cuando éstas no afecten ni vayan en contra de las normas establecidas en el Manual de Convivencia de la Institución).
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
24 
i. Disfrutar responsablemente de las instalaciones, dotación y servicios que corresponden a las actividades, tanto curriculares como extracurriculares debidamente planeadas. 
j. Recibir oportunamente la información sobre el desarrollo de los Planes de Estudio, jornadas académicas, actividades curriculares, extracurriculares y procesos evaluativos. 
k. Solicitar por escrito y obtener autorización para ausentarse del aula o del plantel, cuando existan causas justificadas, presentadas por el acudiente y siguiendo el conducto regular; fijando plazos prudentes acordados entre el docente y el estudiante para cumplir lo que se tenga pendiente o haya dejado de realizar durante su ausencia. Teniendo en cuenta la normatividad vigente. 
l. Conocer el Manual de Convivencia, la hoja de vida, el observador y su proceso evaluativo oportunamente. 
m. Contar con la asesoría y acompañamiento formativo, psicológico, pedagógico y comportamental en el momento en que lo requiera y recibir en igualdad de condiciones las orientaciones necesarias para su formación integral. 
n. Solicitar y obtener constancias y certificados de estudio de acuerdo con las normas fijadas por la Institución y el MEN (Ministerio de Educación Nacional) 
o. Solicitar oportunamente y con respeto la corrección de notas e informes erróneos. 
p. A formar parte del Gobierno Escolar dentro de los términos que determina el Decreto 1860/94 y elegir y ser elegido: Como representante de los estudiantes al Consejo Directivo (Art. 143 Ley 115/94). Como Personero de los estudiantes (Art. 28, Cap. 4 Dcto. 1860/94). Como integrante al Consejo de los Estudiantes (Art. 29 Cap. 4 Dcto. 1860/94). Como representante a la contraloría escolar. (Ordenanza 26/2009). Si por alguna razón el elegido está incumpliendo el manual o sus funciones, será reemplazado por el segundo que haya quedado en la votación. 
q. A recibir formación ciudadana, fundamentada en los valores y la cultura colombiana y a participar en los procesos democráticos que se realizan en la institución; además en las efemérides patrias y actos cívicos – culturales. 
r. A que se aplique las garantías del debido proceso en todas las actividades en que se encuentren involucrados. 
s. Al libre desarrollo de la personalidad, de manera armónica e integral, sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás. 
t. Representar a la Institución en los eventos para los cuales sea elegido o seleccionado (a) de acuerdo con las bases reglamentarias de cada uno de ellos. 
u. Ser estimulado y reconocido cuando se haga acreedor a ello. 
v. Buscar la solución a sus problemas siguiendo el conducto regular. 
w. Utilizar los apoyos pedagógicos que se requieran para avanzar en el proceso educativo. 
x. Recibir informes de su desempeño en los períodos académicos acorde con los logros individuales en cada una de las áreas de acuerdo al Decreto 1290. 
y. Conocer las informaciones consignadas en su ficha de seguimiento y hacer descargos antes de firmarla. 
z. Recibir orientaciones del cuidado de la salud personal y comunitaria. 
aa. Recibir las clases durante todo el tiempo estipulado y disfrutar del descanso en el horario establecido 
bb. Conocer con anticipación el cronograma de las actividades académicas: trabajos talleres, tareas y evaluaciones. 
cc. Realizar las evaluaciones y trabajos que tengan pendientes por inasistencia justificada, con previo acuerdo del educando y el educador, con 5 días hábiles de su reintegro. 
dd. Los egresados de la institución educativa podrán participar de manera activa de todas las actividades programadas en la institución en beneficio de ellos mismos.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
25 
CAPÍTULO 5. 
ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 44. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES. 
Serán considerados, en la Institución Educativa Pbro. Gerardo Montoya, como comportamientos a estimular en los estudiantes, los siguientes: 
a. Caracterizarse por la puntualidad a clases y actos de comunidad, los buenos modales, la convivencia armónica, el porte adecuado del uniforme y la colaboración con la institución. 
b. La responsabilidad con las tareas, actividades asignadas, espíritu de superación y buen rendimiento académico en cada período. 
c. La participación destacada en los eventos culturales, deportivos, recreativos, ecológicos, religiosos y cívicos que dejen en alto el nombre de la institución. 
d. El sentido de pertenencia con su institución y el cuidado de enseres y dependencias. 
e. Participación activa en programas y proyectos que vayan en pro de la institución y de la comunidad en general. 
f. Los cambios positivos observados en comportamientos inadecuados. 
g. La creatividad y espíritu investigativo, manifestados en beneficio propio y de la comunidad. 
Se tendrán en cuenta los siguientes estímulos: Izada del pabellón nacional, días de convivencia y actividades pedagógicas en tiempo laboral, monitorias de área o asignatura, imposición de insignias (medallas, mención de honor), anotaciones positivas en el cuaderno y ficha de seguimiento y referencias verbales de felicitaciones a nivel individual y grupal, imposición de la banda institucional, resolución rectoral para los estudiantes que se destaquen con los resultados en las pruebas externas, otros que asigne la Institución o la comunidad para resaltar cualquier actitud positiva de los estudiantes. 
CAPÍTULO 6 
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 45. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
Como integrante de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya, el estudiante tiene los siguientes deberes: 
a. Asistir puntual y cumplidamente a las clases y actividades que la institución programe para cada día o para ocasiones especiales. El no cumplimiento de los horarios establecidos, dará lugar a que el estudiante no ingrese a la jornada, está situación no lo exime de responder por las actividades académicas. 
b. Seguir el conducto regular, ante la presentación de solicitudes. 
c. Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada y demás sitios asignados para las labores académicas. 
d. Acudir de manera puntual a las citaciones hechas por los directivos, docente o personal administrativo. 
e. Solucionar los problemas o dificultades académicas o disciplinarias, siguiendo los conductos regulares definidos en este Manual de Convivencia. 
f. Solicitar por escrito, ante quien corresponda, los permisos necesarios y plenamente justificados para ausentarse, llegar tarde o no asistir a la institución. 
g. Conocer y acatar el presente Manual de Convivencia, tendiendo hacia una autodisciplina, de manera que el comportamiento no dependa de mecanismos represivos sino formativos.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
26 
h. Llevar oportunamente a los padres de familia o acudientes, la información que envíen los directivos y educadores. 
i. Defender y difundir el presente Manual de Convivencia, asumiendo que a mayor edad y permanencia en la Institución, mayor es la exigencia sobre la autodisciplina que el estudiante debe asumir. 
j. Expresar de manera asertiva las ideas, inquietudes y argumentos ante la comunidad educativa. 
k. Conocer y difundir el PEI y sus componentes. 
l. Respetar y reconocer las creencias y derechos de los demás. 
m. Cuidar y conservar las instalaciones, equipos y materiales de la institución. 
n. Dar trato adecuado a las ayudas didácticas empleadas en los procesos de enseñanza - aprendizaje. 
o. Respetar los símbolos patrios e institucionales, nuestros valores culturales, regionales, nacionales y étnicos. 
p. Realizar los descansos pedagógicos en los lugares establecidos para ello, evitando permanecer en las aulas de clase. 
q. Tratar con respeto y cordialidad a todos los integrantes de la Comunidad Educativa, dentro y fuera de la institución. 
r. Usar adecuada y oportunamente las herramientas tecnológicas. 
s. Esperar al educador dentro del aula de clase. 
t. Colaborar en la solución de los conflictos en forma cordial, responsable y objetiva; fortaleciendo la autonomía y la sana convivencia. 
u. Demostrar el sentido de pertenencia por la institución, fomentando el amor por ella. 
v. Saber escuchar y atender respetuosamente las orientaciones dadas. 
w. Defender y difundir los derechos humanos con fundamento en la convivencia pacífica. 
x. Respetar la vida íntima de compañeros, compañeras, profesores y demás integrantes de la Comunidad Educativa. 
y. Restituir, reparar o reponer el daño causado a bienes de la institución o de los miembros de la comunidad educativa. 
z. Responsabilizarse de los objetos personales, asumiendo las consecuencias en caso de pérdida, exonerando a la institución de toda responsabilidad. 
aa. Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada una de las asignaturas y áreas. 
bb. Procurar la mayor armonía, respeto y espíritu de compañerismo, para generar un clima de seriedad y trabajo en las clases y demás actividades complementarias desarrolladas dentro o fuera de la Institución. 
cc. Abstenerse de usar el nombre de la institución, para cualquier actividad social o cultural no autorizada por el establecimiento. 
dd. No comprometerse con ninguna conducta delictiva, tales como: atraco, secuestro, sicariato, corrupción de menores, drogadicción, alcoholismo, abuso sexual, entre otros. 
ee. Conservar sin alterar: Permisos, informes, certificados, calificaciones y comunicados que expida el maestro o la institución sobre la situación académica o comportamental. 
ff. Evitar letreros o dibujos en las diferentes dependencias de la institución y fuera de ella, que denigren u ofendan a los miembros de la Comunidad en general. 
gg. Mantener un comportamiento acorde al perfil de nuestro estudiante, dentro y fuera de la institución, que ayude a la formación personal y a la buena marcha del establecimiento. 
hh. Habilitar y Rehabilitar las áreas con desempeño bajo en el tiempo estipulado para ello. 
ii. Traer los materiales y útiles escolares requeridos para el desarrollo de las actividades académicas. 
jj. Participar de la planeación, ejecución y evaluación de eventos culturales, deportivos, ecológicos, religiosos y cívicos de la Institución educativa.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
27 
kk. Llevar ordenadamente los cuadernos y libros con los registros de talleres, trabajos, exámenes y demás actividades de evaluación que le sean orientados en las diferentes asignaturas y áreas. 
ll. Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada una de las asignaturas y áreas, mostrando responsabilidad, entusiasmo en el cumplimiento de sus deberes escolares. 
mm. Participar en las jornadas pedagógicas, seminarios, foros y cursos de capacitación a que sea convocado, con miras a la cualificación y formación integral del estudiante. 
nn. Llevar el cabello bien organizado mejorando su presentación personal. 
oo. Portar con dignidad el uniforme dentro y fuera de la institución. 
pp. Defender, preservar, recuperar y utilizar adecuadamente los recursos naturales, renovables y no renovables; Participando en las celebraciones y campañas que propendan por el medio ambiente. 
qq. Depositar las basuras y desechos en los recipientes adecuados e indicados dentro o fuera de la Institución. 
rr. Generar una atmósfera de aseo, distinción, agrado y urbanidad, evitando todo aquello que contamine el ambiente, para gozar de espacios limpios y estéticos, dentro o fuera de la Institución. 
ss. Respetar las reglas de juego, practicando el juego limpio, en actividades recreativas, deportivas y lúdicas; con el fin de evitar accidentes, que atenten contra su integridad física y la de los demás. 
tt. Movilizarse con prontitud, orden, prudencia y educación al ingresar y salir de los eventos institucionales. 
CAPÍTULO 7. 
DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
ARTÍCULO 46. DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
Como integrante de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya, los docentes y directivos docentes, tienen los siguientes derechos: 
a. Recibir trato amable y respetuoso, por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa. 
b. Ser reconocido y estimulado cuando su labor lo amerite. 
c. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización y profesionalización que organiza la Institución. 
d. Recibir de la Institución, los recursos necesarios para el buen cumplimiento de sus funciones (Art. 148 Ley 115/94). 
e. Ser escuchado por las directivas de la Institución en los problemas y eventualidades de orden personal o laboral y recibir una respuesta eficaz y oportuna. 
f. Solicitar permisos, certificados y constancias, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. (Ley 715 de 21 de Diciembre de 2001. Ley 734 del 5 de Febrero de 2002. Decreto 230 del 11 de Febrero de 2002. Art. 53 C.N.C, Art. 36 Dcto. 2277/79). 
g. Elegir y ser elegido como representante al Consejo Directivo y al Consejo Académico. 
h. Participar en convivencias, capacitaciones y programas de integración con el fin de desempeñarse con calidad en el que hacer educativo (Art. 111 Ley 115., Art. 70 C.N.C). 
i. Al libre ejercicio de la profesión, de acuerdo con lo consagrado en el artículo 25 de la Constitución, con la ley laboral vigente y con las disposiciones legales que rijan a la Institución. 
j. Recibir la papelería requerida e información necesaria, para su oportuno diligenciamiento (Art. 148 Ley 115/94). 
k. A que se les tenga en cuenta sus criterios y propuestas, y sean llevados a la práctica. 
l. Recibir asignación de la carga académica según el área de su especialidad o experiencia, teniendo en cuenta, en lo posible, que haya continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes cada año.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
28 
m. A no ser desautorizados en frente de estudiantes o padres de familia, por parte de directivos o compañeros. 
n. A ser capacitados en temas referidos a la discapacidad cognitiva, sensorial y estrategias para la atención socioeducativa de estas personas. 
CAPÍTULO 8. 
ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
ARTÍCULO 47. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
a. Reconocimiento por la buena labor y el cumplimiento de sus funciones, a través de detalles o manifestaciones verbales y escritas. 
b. Convivencias que conlleven a una buena salud mental. 
c. Celebraciones de cumpleaños, día de la madre, día del padre, día del educador, día del hombre y día de la mujer, entre otros. 
d. Postulación de docentes y directivos a reconocimientos municipales, departamentales o nacionales. 
e. Participación en sucesos importantes en la familia del educador. 
f. Otros estímulos que determine el consejo directivo por su buena gestión y entrega en beneficio de la comunidad educativa. 
CAPÍTULO 9. 
DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
ARTÍCULO 48. DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
Como integrante de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya, los docentes y directivos docentes, tienen los siguientes deberes: 
a. Comprometerse en el cumplimiento del PEI y del manual de Convivencia 
b. Capacitarse para mejorar la calidad de vida a nivel individual y colectivo. 
c. Cumplir con el horario y desarrollo de actividades pedagógicas, proyectos, y programas que organice la Institución, el Núcleo y la Secretaría de Educación (Art.111, 116, 118, y 131 de la Ley 115/94. Ley 715 de 2001. Ley 734 de 2002. Decreto 1290 de 2009). 
d. Hacer buen uso de todos los recursos disponibles en su quehacer educativo y formativo. 
e. Respetar y valorar a todas las personas del establecimiento educativo, no sólo con palabras sino con actitudes y testimonio de vida. 
f. Escuchar y atender respetuosamente los llamados y reclamos que se le hacen. 
g. Diligenciar oportunamente los libros y papelería requerida en el desempeño como docente o directivo. 
h. Hacer uso adecuado de los permisos. 
i. Participar en los procesos democráticos de la Institución. 
j. Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones contempladas en el presente Manual de Convivencia. 
k. Tratar con dignidad y sigilo los asuntos que puedan atentar contra el buen nombre de la Institución. 
l. Presentarse en óptimas condiciones para el desempeño de su labor educativa. 
m. Cumplir con las actividades programadas en el cronograma de actividades. 
n. Abstenerse de ingresar a la institución educativa o a las actividades programadas por ella y por el municipio, en estado de embriaguez, o bajo efectos de licor o sustancias psicotrópicas
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
29 
o. Participar en los diferentes programas ofrecidos por la Institución y otros, para el mejoramiento de su calidad de docente. 
p. Todos los inherentes a su cargo, contemplados en el Estatuto Docente (Art. 44), la Ley General de Educación, su Decreto reglamentario 1860. La Ley 715 de diciembre 21/2001. Ley 734 del 5 de febrero de 2002 y el Decreto 1290 de 2009. 
q. Cumplir con las disposiciones internas dadas a través de las resoluciones, circulares y memorandos, siempre y cuando no sean contrarias a la constitución y la ley. 
r. Estimular en el estudiante, hábitos de cuidado del ambiente: reciclaje de desechos y contaminación auditiva. 
s. Respetar la diversidad de pensamiento y opinión de todos los miembros de la comunidad educativa. 
t. Abstenerse de enviar estudiantes a realizar diligencias fuera de la institución o devolverlos sin conocimiento previo de sus acudientes y sin ajustarse al debido proceso. 
u. Planear y organizar el trabajo de aula de acuerdo al PEI y teniendo en cuenta las características de los grupos asignados 
v. Mantenerse actualizado sobre el modelo pedagógico institucional y los saberes propios de su ejercicio 
w. Expresar a los estudiantes de manera asertiva las ideas, planteamientos y argumentos sobre el desarrollo de las temáticas en el aula 
x. Mostrar suficiente conocimiento y dominio sobre la disciplina y saberes propios del cargo. 
y. Suscitar y construir escenarios y dinámicas en el ámbito social y educativo, que promueva el ejercicio de la ética y los valores. 
z. Hacer el seguimiento de los estudiantes a su cargo en relación con su formación, comportamiento, rendimiento académico, asistencia y hacer los registros correspondientes en la ficha observador del estudiante. 
CAPÍTULO 10. 
DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 
ARTÍCULO 49. DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES. 
Como integrante de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya, los Padres, madres y acudientes, tienen los siguientes derechos: 
a. Conocer el PEI, el SIE y el Manual de Convivencia 
b. Ser atendido en forma cortés por los directivos, profesores y demás integrantes de la Institución, cuando sea necesaria su intervención. 
c. Tenerles en cuenta sus sugerencias y recomendaciones que ayuden al crecimiento y mejoramiento del que hacer educativo (Art. 7 Ley 115, Art. 45 C.N.C) 
d. Matricular, en forma oportuna, sus hijos de acuerdo a los parámetros en la Institución. 
e. Que sus hijos reciban una educación de acuerdo a los fines, estándares, logros y objetivos establecidos en la Ley General de Educación y la Constitución. 
f. Recibir o solicitar periódicamente los informes sobre rendimiento y comportamiento de sus hijos. 
g. Participar en todas las actividades académicas, culturales y recreativas que realice la Institución. 
h. Elegir y ser elegido en la asamblea de padres, para conformar los diferentes estamentos del Gobierno Escolar. 
i. A estar informados sobre el manejo de los fondos de servicios educativos. 
j. Participar en la evaluación y planeación Institucional, por medio de los representantes de padres de familia. 
k. Conocer y recibir explicaciones por parte de directivos y profesores sobre las causas que den lugar a una determinación que involucre a su hijo (a).
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA 
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 
SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA 
NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 
30 
l. Recibir información, capacitación y orientación relacionada con la educación y formación de sus hijos. 
m. Recibir informes periódicos de sus hijos de acuerdo al cronograma institucional. 
n. A que se le expida la escusa justificada acorde a las necesidades presentadas. 
CAPÍTULO 11. 
ESTÍMULOS PARA PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 
ARTÍCULO 50. ESTÍMULOS PARA PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 
 Conmemoración de fechas especiales como el día de la madre, del padre y el día de la familia. 
 Talleres y sesiones de capacitación en la Escuela de Padres. 
 Convivencias de integración para intercambiar experiencias. 
 Reconocimiento o distinción, por escrito, a los padres de familia que colaboran constantemente con la institución. 
 Estímulos verbales para quienes están siempre pendientes de sus hijos y anotación en la ficha observador del estudiante. 
 Integraciones deportivas o culturales con los padres de familia. 
 Condecoración en asamblea general por destacarse en colaboración y gestión en bien de la comunidad educativa. 
CAPÍTULO 12. 
DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 
ARTÍCULO 51. DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 
a. Participar obligatoria y activamente en las actividades programadas para el logro de los objetivos institucionales. 
b. Suministrar los implementos necesarios a sus hijos, para el mejor desarrollo del aprendizaje. 
c. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias para padres de familia y a todo llamado que realice la Institución. 
d. Preocuparse por el progreso de su hijo, dialogando con los profesores, para que se cumpla mejor la relación Institución – hogar. 
e. Respetar y dar buen trato a todos los miembros de la Comunidad Educativa. 
f. Solicitar con anticipación y por escrito a la institución, los permisos para que el estudiante pueda ausentarse del establecimiento en horas de clase. 
g. Presentarse a diligenciar el proceso de matrícula, en las fechas señaladas por la Institución. 
h. Justificar personalmente o por escrito, ante quien corresponda, los retrasos forzosos o inasistencias de su hijo (a) al establecimiento. 
i. Asumir el compromiso adquirido de participación, en todas las actividades programadas por la Institución. 
j. Justificar o argumentar oportunamente, sus reclamos y en el tiempo previsto en el Manual de Convivencia. 
k. Respetar el conducto regular, para solucionar las dificultades que se presentan. 
l. Ofrecer un clima familiar que asegure la continuidad de la formación integral que se ofrece en la Institución, de acuerdo con la filosofía y valores requeridos para la vida en sociedad. 
m. Orientar y supervisar la realización de las tareas y actividades extraescolares, por parte de sus hijos. 
n. Presentar excusa justificada por escrito cuando no puedan asistir a las reuniones, actividades y citaciones de la Institución.
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE
MCE

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Saldaña ie central manual de convivencia 2014
Saldaña ie central manual de convivencia 2014Saldaña ie central manual de convivencia 2014
Saldaña ie central manual de convivencia 2014sebasecret
 
Manual de Convivencia Colegio La Merced Bucaramanga
Manual de Convivencia Colegio La Merced BucaramangaManual de Convivencia Colegio La Merced Bucaramanga
Manual de Convivencia Colegio La Merced BucaramangaOrlando Ramírez Mariño
 
Manual de Convivencia
Manual de ConvivenciaManual de Convivencia
Manual de Convivenciayeyoreloaded
 
Herveo ie alfonso daza aguirre manual de convivencia nuevo
Herveo ie alfonso daza aguirre manual de convivencia nuevoHerveo ie alfonso daza aguirre manual de convivencia nuevo
Herveo ie alfonso daza aguirre manual de convivencia nuevosebasecret
 
Sistema Institucional de Evaluacion Educativo
Sistema Institucional de Evaluacion EducativoSistema Institucional de Evaluacion Educativo
Sistema Institucional de Evaluacion Educativoyeyoreloaded
 
Acuerdo Mineduc ME-2016-00122-A Normativa
Acuerdo Mineduc ME-2016-00122-A NormativaAcuerdo Mineduc ME-2016-00122-A Normativa
Acuerdo Mineduc ME-2016-00122-A Normativaluz deluna
 
Jornada tarde docente sem des inst analisis decreto 1965 2013 maira hino...
Jornada tarde docente sem des inst analisis    decreto 1965   2013 maira hino...Jornada tarde docente sem des inst analisis    decreto 1965   2013 maira hino...
Jornada tarde docente sem des inst analisis decreto 1965 2013 maira hino...ManuelDaniela
 
Ortega guatavita tua manual de convivencia 2015. ajustado a la ley 1620 de 2013
Ortega guatavita tua manual de convivencia 2015. ajustado a la ley 1620 de 2013Ortega guatavita tua manual de convivencia 2015. ajustado a la ley 1620 de 2013
Ortega guatavita tua manual de convivencia 2015. ajustado a la ley 1620 de 2013sebasecret
 
Melgar cualamaná manual de convivencia ultimo octubre 2014
Melgar cualamaná manual de convivencia ultimo octubre 2014Melgar cualamaná manual de convivencia ultimo octubre 2014
Melgar cualamaná manual de convivencia ultimo octubre 2014sebasecret
 
Manual de Convivencia
Manual de ConvivenciaManual de Convivencia
Manual de ConvivenciaValeriaCaBu
 
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivoFlandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivosebasecret
 
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014sebasecret
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivenciatierniale
 

La actualidad más candente (20)

Saldaña ie central manual de convivencia 2014
Saldaña ie central manual de convivencia 2014Saldaña ie central manual de convivencia 2014
Saldaña ie central manual de convivencia 2014
 
Manual de Convivencia Colegio La Merced Bucaramanga
Manual de Convivencia Colegio La Merced BucaramangaManual de Convivencia Colegio La Merced Bucaramanga
Manual de Convivencia Colegio La Merced Bucaramanga
 
Campaña+e..
Campaña+e..Campaña+e..
Campaña+e..
 
Manual de Convivencia
Manual de ConvivenciaManual de Convivencia
Manual de Convivencia
 
Herveo ie alfonso daza aguirre manual de convivencia nuevo
Herveo ie alfonso daza aguirre manual de convivencia nuevoHerveo ie alfonso daza aguirre manual de convivencia nuevo
Herveo ie alfonso daza aguirre manual de convivencia nuevo
 
Sistema Institucional de Evaluacion Educativo
Sistema Institucional de Evaluacion EducativoSistema Institucional de Evaluacion Educativo
Sistema Institucional de Evaluacion Educativo
 
Acuerdo Mineduc ME-2016-00122-A Normativa
Acuerdo Mineduc ME-2016-00122-A NormativaAcuerdo Mineduc ME-2016-00122-A Normativa
Acuerdo Mineduc ME-2016-00122-A Normativa
 
Prácticas módulo ii
Prácticas módulo iiPrácticas módulo ii
Prácticas módulo ii
 
Participacion social
Participacion socialParticipacion social
Participacion social
 
Derechos y deberes. Convivencia (Comunidad Valenciana)
Derechos y deberes. Convivencia (Comunidad Valenciana)Derechos y deberes. Convivencia (Comunidad Valenciana)
Derechos y deberes. Convivencia (Comunidad Valenciana)
 
Jornada tarde docente sem des inst analisis decreto 1965 2013 maira hino...
Jornada tarde docente sem des inst analisis    decreto 1965   2013 maira hino...Jornada tarde docente sem des inst analisis    decreto 1965   2013 maira hino...
Jornada tarde docente sem des inst analisis decreto 1965 2013 maira hino...
 
Manual2014marzo27
Manual2014marzo27Manual2014marzo27
Manual2014marzo27
 
Ortega guatavita tua manual de convivencia 2015. ajustado a la ley 1620 de 2013
Ortega guatavita tua manual de convivencia 2015. ajustado a la ley 1620 de 2013Ortega guatavita tua manual de convivencia 2015. ajustado a la ley 1620 de 2013
Ortega guatavita tua manual de convivencia 2015. ajustado a la ley 1620 de 2013
 
Melgar cualamaná manual de convivencia ultimo octubre 2014
Melgar cualamaná manual de convivencia ultimo octubre 2014Melgar cualamaná manual de convivencia ultimo octubre 2014
Melgar cualamaná manual de convivencia ultimo octubre 2014
 
Guia n° 49 1
Guia n° 49 1Guia n° 49 1
Guia n° 49 1
 
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLARMANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
 
Manual de Convivencia
Manual de ConvivenciaManual de Convivencia
Manual de Convivencia
 
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivoFlandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
Flandes ie jorge eliecer gaitan maco definitivo
 
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
Venadillo ie teresa camacho de suarez manual convivencia 2014
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivencia
 

Destacado

Yarumal patrimonio historico y cultural
Yarumal patrimonio historico y culturalYarumal patrimonio historico y cultural
Yarumal patrimonio historico y culturalAlcadia Yarumal
 
Libro principios de_etica
Libro principios de_eticaLibro principios de_etica
Libro principios de_eticaVipsania Nuñez
 
Cáncer de esófago - Tratamiento
Cáncer de esófago - TratamientoCáncer de esófago - Tratamiento
Cáncer de esófago - Tratamientoasociaciongastrocba
 
Abd_El_Wahed_Sayed_Abd_el_Wahed 21
Abd_El_Wahed_Sayed_Abd_el_Wahed 21Abd_El_Wahed_Sayed_Abd_el_Wahed 21
Abd_El_Wahed_Sayed_Abd_el_Wahed 21Abdelwahed Sayed
 
GPC Manejo paciente con Dispepsia
GPC Manejo paciente con DispepsiaGPC Manejo paciente con Dispepsia
GPC Manejo paciente con DispepsiaMarta Puig-Soler
 
IP Crammer Presentation 2015
IP Crammer Presentation 2015IP Crammer Presentation 2015
IP Crammer Presentation 2015Fuulido Narrative
 
Webquest nutricion 2013 bachillerato
Webquest nutricion 2013 bachilleratoWebquest nutricion 2013 bachillerato
Webquest nutricion 2013 bachilleratomaguedawg
 
Crowdsourcing, innovacion abierta
Crowdsourcing, innovacion abiertaCrowdsourcing, innovacion abierta
Crowdsourcing, innovacion abiertaJCI Gualeguaychú
 
Comercial Presentation Whiteproperties Ltd
Comercial Presentation Whiteproperties LtdComercial Presentation Whiteproperties Ltd
Comercial Presentation Whiteproperties Ltdgoncalvessm
 
Econ 215 money and banking(queens college) 2012 fall term
Econ 215  money and banking(queens college) 2012 fall termEcon 215  money and banking(queens college) 2012 fall term
Econ 215 money and banking(queens college) 2012 fall termJohn Smith
 
Best Practices in Patent Information: USA and Japan
Best Practices in Patent Information: USA and JapanBest Practices in Patent Information: USA and Japan
Best Practices in Patent Information: USA and Japanspkowalski
 
A Look at the Future of HTML5
A Look at the Future of HTML5A Look at the Future of HTML5
A Look at the Future of HTML5Tim Wright
 
Benefits of OroCRM + Magento Webinar
Benefits of OroCRM + Magento WebinarBenefits of OroCRM + Magento Webinar
Benefits of OroCRM + Magento WebinarOro Inc.
 
Shadow Warrior 2 and the evolution of the Roadhog Engine, GIC15
Shadow Warrior 2 and the evolution of the Roadhog Engine, GIC15Shadow Warrior 2 and the evolution of the Roadhog Engine, GIC15
Shadow Warrior 2 and the evolution of the Roadhog Engine, GIC15Jarosław Pleskot
 
Social Media in Medical Education: Embracing a New Medium
Social Media in Medical Education: Embracing a New MediumSocial Media in Medical Education: Embracing a New Medium
Social Media in Medical Education: Embracing a New MediumRyan Madanick
 
Putting Contacts into Context: Mobility Modeling beyond Inter-Contact Times
Putting Contacts into Context: Mobility Modeling beyond Inter-Contact TimesPutting Contacts into Context: Mobility Modeling beyond Inter-Contact Times
Putting Contacts into Context: Mobility Modeling beyond Inter-Contact TimesTheus Hossmann
 
Cadena epidemiológica e historia natural
Cadena epidemiológica e historia naturalCadena epidemiológica e historia natural
Cadena epidemiológica e historia naturalmartinez06
 

Destacado (20)

POT municipio de yarumal_ Antioquia_Colombia
POT municipio de yarumal_ Antioquia_ColombiaPOT municipio de yarumal_ Antioquia_Colombia
POT municipio de yarumal_ Antioquia_Colombia
 
Yarumal patrimonio historico y cultural
Yarumal patrimonio historico y culturalYarumal patrimonio historico y cultural
Yarumal patrimonio historico y cultural
 
Libro principios de_etica
Libro principios de_eticaLibro principios de_etica
Libro principios de_etica
 
Cáncer de esófago - Tratamiento
Cáncer de esófago - TratamientoCáncer de esófago - Tratamiento
Cáncer de esófago - Tratamiento
 
Abd_El_Wahed_Sayed_Abd_el_Wahed 21
Abd_El_Wahed_Sayed_Abd_el_Wahed 21Abd_El_Wahed_Sayed_Abd_el_Wahed 21
Abd_El_Wahed_Sayed_Abd_el_Wahed 21
 
GPC Manejo paciente con Dispepsia
GPC Manejo paciente con DispepsiaGPC Manejo paciente con Dispepsia
GPC Manejo paciente con Dispepsia
 
Aserti
AsertiAserti
Aserti
 
IP Crammer Presentation 2015
IP Crammer Presentation 2015IP Crammer Presentation 2015
IP Crammer Presentation 2015
 
Doc1
Doc1Doc1
Doc1
 
Webquest nutricion 2013 bachillerato
Webquest nutricion 2013 bachilleratoWebquest nutricion 2013 bachillerato
Webquest nutricion 2013 bachillerato
 
Crowdsourcing, innovacion abierta
Crowdsourcing, innovacion abiertaCrowdsourcing, innovacion abierta
Crowdsourcing, innovacion abierta
 
Comercial Presentation Whiteproperties Ltd
Comercial Presentation Whiteproperties LtdComercial Presentation Whiteproperties Ltd
Comercial Presentation Whiteproperties Ltd
 
Econ 215 money and banking(queens college) 2012 fall term
Econ 215  money and banking(queens college) 2012 fall termEcon 215  money and banking(queens college) 2012 fall term
Econ 215 money and banking(queens college) 2012 fall term
 
Best Practices in Patent Information: USA and Japan
Best Practices in Patent Information: USA and JapanBest Practices in Patent Information: USA and Japan
Best Practices in Patent Information: USA and Japan
 
A Look at the Future of HTML5
A Look at the Future of HTML5A Look at the Future of HTML5
A Look at the Future of HTML5
 
Benefits of OroCRM + Magento Webinar
Benefits of OroCRM + Magento WebinarBenefits of OroCRM + Magento Webinar
Benefits of OroCRM + Magento Webinar
 
Shadow Warrior 2 and the evolution of the Roadhog Engine, GIC15
Shadow Warrior 2 and the evolution of the Roadhog Engine, GIC15Shadow Warrior 2 and the evolution of the Roadhog Engine, GIC15
Shadow Warrior 2 and the evolution of the Roadhog Engine, GIC15
 
Social Media in Medical Education: Embracing a New Medium
Social Media in Medical Education: Embracing a New MediumSocial Media in Medical Education: Embracing a New Medium
Social Media in Medical Education: Embracing a New Medium
 
Putting Contacts into Context: Mobility Modeling beyond Inter-Contact Times
Putting Contacts into Context: Mobility Modeling beyond Inter-Contact TimesPutting Contacts into Context: Mobility Modeling beyond Inter-Contact Times
Putting Contacts into Context: Mobility Modeling beyond Inter-Contact Times
 
Cadena epidemiológica e historia natural
Cadena epidemiológica e historia naturalCadena epidemiológica e historia natural
Cadena epidemiológica e historia natural
 

Similar a MCE

Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivenciaMilena Olarte
 
Fresno ieta nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
Fresno ieta  nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevoFresno ieta  nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
Fresno ieta nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevosebasecret
 
Ataco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformado
Ataco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformadoAtaco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformado
Ataco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformadosebasecret
 
Manual de convivencia corregido IEABM 2016.docx1
Manual de convivencia corregido IEABM 2016.docx1Manual de convivencia corregido IEABM 2016.docx1
Manual de convivencia corregido IEABM 2016.docx1Katherin Molina
 
Manual de Convivencia 2012
Manual de Convivencia 2012Manual de Convivencia 2012
Manual de Convivencia 2012jjospina2
 
Manual de-convivencia-i.e.-simón-bolívar-2015
Manual de-convivencia-i.e.-simón-bolívar-2015Manual de-convivencia-i.e.-simón-bolívar-2015
Manual de-convivencia-i.e.-simón-bolívar-2015sbmalambo
 
Manual de convivencia IEABM 2021 c
Manual de convivencia IEABM   2021   cManual de convivencia IEABM   2021   c
Manual de convivencia IEABM 2021 cKatherin Molina
 
Manual de convivencia prom 2017
Manual de convivencia prom 2017Manual de convivencia prom 2017
Manual de convivencia prom 2017natayeliana
 
MANUAL DE CONVUVENCIA
MANUAL DE CONVUVENCIAMANUAL DE CONVUVENCIA
MANUAL DE CONVUVENCIAmidiosmelibra
 
Cunday i.e. san agustin tres esquinas - cunday - 2013
Cunday i.e. san agustin  tres esquinas - cunday - 2013Cunday i.e. san agustin  tres esquinas - cunday - 2013
Cunday i.e. san agustin tres esquinas - cunday - 2013sebasecret
 
Saldaña ie papagalá manual de convivencia 2014
Saldaña ie papagalá manual de convivencia 2014Saldaña ie papagalá manual de convivencia 2014
Saldaña ie papagalá manual de convivencia 2014sebasecret
 
Libano i.e. san fernando manual convivencia nuevo
Libano i.e. san fernando manual convivencia nuevoLibano i.e. san fernando manual convivencia nuevo
Libano i.e. san fernando manual convivencia nuevosebasecret
 
Orden plan de convivencia
Orden plan de convivenciaOrden plan de convivencia
Orden plan de convivenciamariaferbus
 
Orden20 junio2011 convivencia
Orden20 junio2011 convivenciaOrden20 junio2011 convivencia
Orden20 junio2011 convivenciaRafael Luque
 

Similar a MCE (20)

Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivencia
 
Fresno ieta nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
Fresno ieta  nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevoFresno ieta  nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
Fresno ieta nuestra señora de la asuncion manual de convivencia nuevo
 
Ataco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformado
Ataco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformadoAtaco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformado
Ataco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformado
 
Manual de convivencia corregido IEABM 2016.docx1
Manual de convivencia corregido IEABM 2016.docx1Manual de convivencia corregido IEABM 2016.docx1
Manual de convivencia corregido IEABM 2016.docx1
 
Manual de Convivencia 2012
Manual de Convivencia 2012Manual de Convivencia 2012
Manual de Convivencia 2012
 
Manual de-convivencia-i.e.-simón-bolívar-2015
Manual de-convivencia-i.e.-simón-bolívar-2015Manual de-convivencia-i.e.-simón-bolívar-2015
Manual de-convivencia-i.e.-simón-bolívar-2015
 
Manual de convivencia IEABM 2021 c
Manual de convivencia IEABM   2021   cManual de convivencia IEABM   2021   c
Manual de convivencia IEABM 2021 c
 
Manual de convivencia prom 2017
Manual de convivencia prom 2017Manual de convivencia prom 2017
Manual de convivencia prom 2017
 
MANUAL DE CONVUVENCIA
MANUAL DE CONVUVENCIAMANUAL DE CONVUVENCIA
MANUAL DE CONVUVENCIA
 
Cunday i.e. san agustin tres esquinas - cunday - 2013
Cunday i.e. san agustin  tres esquinas - cunday - 2013Cunday i.e. san agustin  tres esquinas - cunday - 2013
Cunday i.e. san agustin tres esquinas - cunday - 2013
 
manual de convivencia
manual de convivenciamanual de convivencia
manual de convivencia
 
Manual de Convivencia
Manual de ConvivenciaManual de Convivencia
Manual de Convivencia
 
Manual de Convivencia
Manual de ConvivenciaManual de Convivencia
Manual de Convivencia
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivencia
 
Manual version 2016.2
Manual version 2016.2Manual version 2016.2
Manual version 2016.2
 
MANUAL DE CONVIVENCIA
MANUAL DE CONVIVENCIAMANUAL DE CONVIVENCIA
MANUAL DE CONVIVENCIA
 
Saldaña ie papagalá manual de convivencia 2014
Saldaña ie papagalá manual de convivencia 2014Saldaña ie papagalá manual de convivencia 2014
Saldaña ie papagalá manual de convivencia 2014
 
Libano i.e. san fernando manual convivencia nuevo
Libano i.e. san fernando manual convivencia nuevoLibano i.e. san fernando manual convivencia nuevo
Libano i.e. san fernando manual convivencia nuevo
 
Orden plan de convivencia
Orden plan de convivenciaOrden plan de convivencia
Orden plan de convivencia
 
Orden20 junio2011 convivencia
Orden20 junio2011 convivenciaOrden20 junio2011 convivencia
Orden20 junio2011 convivencia
 

Más de jecs20

Contextualización
ContextualizaciónContextualización
Contextualizaciónjecs20
 
Mediación escolar
Mediación escolarMediación escolar
Mediación escolarjecs20
 
Jornada docentes
Jornada docentesJornada docentes
Jornada docentesjecs20
 
Trastorno por déficit de atención con hiperactividad
Trastorno por déficit de atención con hiperactividadTrastorno por déficit de atención con hiperactividad
Trastorno por déficit de atención con hiperactividadjecs20
 
Taller drogadicción y alcoholismo.
Taller drogadicción y alcoholismo.Taller drogadicción y alcoholismo.
Taller drogadicción y alcoholismo.jecs20
 
Presentación padres 1620
Presentación padres 1620Presentación padres 1620
Presentación padres 1620jecs20
 
Pautas de crianza
Pautas de crianzaPautas de crianza
Pautas de crianzajecs20
 
La discapacidad
La discapacidadLa discapacidad
La discapacidadjecs20
 
Acompañamiento escolar
Acompañamiento escolarAcompañamiento escolar
Acompañamiento escolarjecs20
 
Adaptaciones curriculares
Adaptaciones curricularesAdaptaciones curriculares
Adaptaciones curricularesjecs20
 
Orientación vocacional
Orientación vocacionalOrientación vocacional
Orientación vocacionaljecs20
 
Plan convivencia
Plan convivenciaPlan convivencia
Plan convivenciajecs20
 
Diagnóstico
DiagnósticoDiagnóstico
Diagnósticojecs20
 
Informe estudiantes 2°c
Informe estudiantes 2°cInforme estudiantes 2°c
Informe estudiantes 2°cjecs20
 
Relación estudiantes con discapacidad
Relación estudiantes con discapacidadRelación estudiantes con discapacidad
Relación estudiantes con discapacidadjecs20
 
Celebración del día de la convivencia
Celebración del día de la convivenciaCelebración del día de la convivencia
Celebración del día de la convivenciajecs20
 
Relación estudiantes cristina
Relación estudiantes cristinaRelación estudiantes cristina
Relación estudiantes cristinajecs20
 
Socialización
SocializaciónSocialización
Socializaciónjecs20
 
Plan cultura organizacional
Plan cultura organizacionalPlan cultura organizacional
Plan cultura organizacionaljecs20
 

Más de jecs20 (20)

Contextualización
ContextualizaciónContextualización
Contextualización
 
Mediación escolar
Mediación escolarMediación escolar
Mediación escolar
 
Jornada docentes
Jornada docentesJornada docentes
Jornada docentes
 
Trastorno por déficit de atención con hiperactividad
Trastorno por déficit de atención con hiperactividadTrastorno por déficit de atención con hiperactividad
Trastorno por déficit de atención con hiperactividad
 
Taller drogadicción y alcoholismo.
Taller drogadicción y alcoholismo.Taller drogadicción y alcoholismo.
Taller drogadicción y alcoholismo.
 
Presentación padres 1620
Presentación padres 1620Presentación padres 1620
Presentación padres 1620
 
Pautas de crianza
Pautas de crianzaPautas de crianza
Pautas de crianza
 
La discapacidad
La discapacidadLa discapacidad
La discapacidad
 
Acompañamiento escolar
Acompañamiento escolarAcompañamiento escolar
Acompañamiento escolar
 
Adaptaciones curriculares
Adaptaciones curricularesAdaptaciones curriculares
Adaptaciones curriculares
 
Orientación vocacional
Orientación vocacionalOrientación vocacional
Orientación vocacional
 
Plan convivencia
Plan convivenciaPlan convivencia
Plan convivencia
 
Foro
ForoForo
Foro
 
Diagnóstico
DiagnósticoDiagnóstico
Diagnóstico
 
Informe estudiantes 2°c
Informe estudiantes 2°cInforme estudiantes 2°c
Informe estudiantes 2°c
 
Relación estudiantes con discapacidad
Relación estudiantes con discapacidadRelación estudiantes con discapacidad
Relación estudiantes con discapacidad
 
Celebración del día de la convivencia
Celebración del día de la convivenciaCelebración del día de la convivencia
Celebración del día de la convivencia
 
Relación estudiantes cristina
Relación estudiantes cristinaRelación estudiantes cristina
Relación estudiantes cristina
 
Socialización
SocializaciónSocialización
Socialización
 
Plan cultura organizacional
Plan cultura organizacionalPlan cultura organizacional
Plan cultura organizacional
 

Último

2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en VenezuelaMovimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuelacocuyelquemao
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxAleParedes11
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxinformacionasapespu
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleJonathanCovena1
 
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docxCeciliaGuerreroGonza1
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteJuan Hernandez
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFactores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFlor Idalia Espinoza Ortega
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 

Último (20)

2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en VenezuelaMovimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
 
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFactores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 

MCE

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 ACUERDO NÚMERO 001 (JULIO 30 DE 2014) Por medio del cual se aprueban algunas modificaciones al manual de convivencia de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya. El Consejo Directivo de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya en uso de las facultades otorgadas por la ley 115 de 1994, el decreto 1860 del 03 de agosto y la ley 715 de 2001 y CONSIDERANDO Que el artículo 73 de la ley 115 de 1994 establece que cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, el reglamento para docentes y estudiantes Que el artículo 87 de la ley 115 de 1994 define que los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes. Que el artículo 14 del decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115 de 1994 establece que todo establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica, con la participación de la comunidad educativa, un proyecto educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio. Que el artículo 17 del decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115 de 1994 establece que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia. Que el artículo 17 de la ley 1620 del 15 de marzo de 2013 asigna al establecimiento educativo la responsabilidad de revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. Que el artículo 18 de la ley 1620 del 15 de marzo de 2013 asigna al rector del establecimiento educativo la responsabilidad de Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. Que el artículo 21 de la ley 1620 de 2013 establece el manual de convivencia escolar en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, y además de lo establecido en el artículo 87 de la Ley 115 de 1994. Que el artículo 28 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013 establece que en el manual de convivencia se incluirán las definiciones, principios y responsabilidades para todos los miembros de la comunidad educativa, los cuales servirán de base para que dentro del mismo manual se desarrollen los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, de que trata el, Capítulo 11 del Título IV del decreto 1965 de septiembre 11 de 2013, sin perjuicio de los demás aspectos que deben ser regulados en dichos manuales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1994 y en el Decreto 1860 de 1994. Que el artículo 29 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013 establece los Lineamientos Generales para la Actualización del Manual de Convivencia. Que el parágrafo uno del artículo 29 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013 instituye que acorde con lo establecido en la Ley 115 de 1994, en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Decreto 1860 de 1994, los establecimientos educativos en el marco del proyecto educativo institucional deberán revisar y ajustar el manual de convivencia y dar plena aplicación a los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad que establece la Ley 1620 de 2013.
  • 2. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 Que el parágrafo dos del artículo 29 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, reglamentario de la ley 1620 de 2013 señala que el manual de convivencia deberá ser construido, evaluado y ajustado por la comunidad educativa integrada por los estudiantes, padres y madres de familia, docentes y directivos docentes, bajo la coordinación del comité escolar de convivencia. Que la institución educativa convocó en los años 2013 y 2014 a los integrantes de los estamentos de la comunidad educativa a reuniones y talleres para el análisis y propuestas para el manual de convivencia institucional donde surgieron planteamientos para modificar aspectos del mismo. Que en virtud de lo anteriormente expuesto, ACUERDA ARTICULO PRIMERO. Adoptar el presente manual de convivencia para el año lectivo de 2014, el cual fue puesto en consideración del Consejo Directivo de la institución por parte del señor rector de la institución luego de los trámites pertinentes con los diversos actores de la comunidad educativa ARTICULO SEGUNDO. Articular el conocimiento y apropiación del manual de convivencia para los integrantes de la comunidad educativa a través de estrategias de difusión en el aula, en las áreas fundamentales y optativas, en asambleas de padres de familia, consejo de padres, consejo de estudiantes y talleres de escuela de padres que realiza la institución dentro del plan operativo anual de actividades ARTICULO TERCERO. El presente manual de convivencia rige a partir del día treinta (30) de Julio de 2014 y deroga las disposiciones contrarias al presente acuerdo. Se expide en Amalfi – Antioquia a los treinta (30) días del mes de Julio de 2014. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE HERNÁN DARÍO. NANCLARES NANCLARES ROSA M. MESA LOPERA Presidente Consejo Directivo Secretaria Consejo Directivo Rector (Original firmado)
  • 3. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA M MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR (AJUSTES Y MODIFICACIONES) 2014
  • 4. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 TABLA DE CONTENIDO Pág. PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 6 NUESTRA HISTORIA 7 CAPÍTULO 1. REFERENTE AXIOLÓGICO Y ÉTICO 9 CAPÍTULO 2. DEL GOBIERNO ESCOLAR, ASESORES Y PARTICIPACIÓN 12 CAPÍTULO 3. DISPOSICIONES GENERALES 21 CAPIÍTULO 4. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 24 CAPÍTULO 5. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 26 CAPÍTULO 6. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 26 CAPÍTULO 7. DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 28 CAPÍTULO 8. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 29 CAPÍTULO 9. DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 29 CAPÍTULO 10. DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 30 CAPÍTULO 11. ESTÍMULOS PARA PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 31 CAPÍTULO 12. DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES 31 CAPÍTULO 13. DEFINICIONES EN LA LEY 1620 Y EL DTO. 1965 DE 2013 32 CAPÍTULO 14. PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA NACIONAL 34 CAPÍTULO 15. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 34 CAPÍTULO 16. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, ACCIONES PEDAGÓGICAS Y PROTOCOLOS DE ATENCIÓN 35 CAPITULO 17. REGIMEN DISCIPLINARIO O PROCEDIMIENTOS PARA SOLUCIONAR CONFLICTOS 42 CAPÍTULO 18. OTROS LÍDERES ESTUDIANTILES 48 CAPÍTULO 19. REGLAMENTOS DE ESPACIOS INSTITUCIONALES 49 ANEXOS 54
  • 5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 5 PRESENTACIÓN MANUAL DE CONVIVENCIA “Aceptar y respetar la diferencia es una de esas virtudes sin las cuales la escucha no se puede dar” Paulo Freire El Manual de convivencia escolar integra el conjunto de principios, deberes y derechos que rigen a una institución educativa de carácter público o privado. El Manual de convivencia escolar, es una herramienta pedagógica que sintetiza los lineamientos fundamentales, que una institución educativa posee, para guiar y orientar el proceso de formación humana y académica de sus estudiantes. El Manual de Convivencia como manifestación de la dignidad humana, posibilita a los integrantes de una comunidad educativa identificarse como sujetos inmersos en una sociedad y que por lo tanto, son constructores activos de los diferentes cambios y transformaciones que se dan en los diferentes escenarios sociales, contribuyendo de esta manera con la justicia, la equidad y la construcción de ciudadanía. Los ajustes y modificaciones de este Manual de Convivencia Escolar se elaboran con la coordinación del Comité Escolar de Convivencia y con la participación de la comunidad educativa, mediante los diferentes estamentos del gobierno escolar. El presente Manual de Convivencia se apoya en leyes y decretos a saber: Constitución Política de Colombia, Ley general de educación 115, Decreto 1860 de 1994, Decreto 1108 de 1994, ley 715 de 2001, ley 734 de 2002, ley 1098 de 2006, ley 1620 de 2013, Decreto 1965 de 2013. Por lo anterior, el MANUAL DE CONVIVENCIA de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, se convierte en una herramienta para fomentar, promover y formar en los integrantes de la comunidad educativa una mejor convivencia, ambientes de aprendizaje que permitan mejorar la calidad educativa, la construcción de una ciudadanía basada en la promoción y práctica de los derechos humanos y la prevención de la violencia escolar. Este Manual está impulsado desde una política participativa e incluyente, centrada en la persona del educando, lo cual permite diseñar verdaderas pautas, para contribuir en la formación de personas cada día más humanas y amantes de la PAZ.
  • 6. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 6 NUESTRA HISTORIA Hablar de la Escuela de niños, Escuela de Varones, Escuela Urbana Integrada Presbítero Gerardo Montoya Montoya, Colegio Presbítero Gerardo Montoya Montoya, es mostrar hoy con orgullo nuestra Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya (Según resolución 0809 del 06 de Febrero de 2003) es tocar la columna vertebral de la historia de Amalfi. Por allá en los años 1944, fue fundada la Escuela de Niños para las primeras letras, siendo su primer Director, el Señor Manuel Villegas, sucedido poco tiempo después, por el Señor Carlos Palacio, quien entrega la dirección a Rafael Botero en el año de 1851. En 1850, el Cabildo parroquial de Amalfi, encarga al alcalde de ese entonces para que recaude la contribución necesaria para la construcción de una casa para Escuela del Distrito, comprando la casa del señor Manuel Vásquez; otros terrenos fueron donados y/o adquiridos a diferentes ciudadanos de la época, como: Samuel García, Antonio Ibarbo, Bernardino Zapata y la Señorita Eustacia García, entre otros. Se recuerdan algunos directores o rectores, entre ellos: Fabio Bedoya, Francisco Peña, Abraham Sánchez (varias veces director), Fabio Hurtado, Javier Villa, Jaime Pérez Arango (1956), Jesús Maria Tascón (1978), Euclides Cuesta Torres (2001) y en la actualidad Hernán Darío Nanclares Nanclares. A partir de 1983, quedan integrados niños y niñas, de la básica primaria, gestión realizada por el Jefe de Núcleo, Héctor de Jesús Londoño. Más tarde en 1995, a solicitud del Concejo Municipal, se le asignó el nombre de Presbítero Gerardo Montoya Montoya, en Memoria de sus aportes al servicio de la comunidad amalfitana como párroco de la Iglesia la inmaculada, durante diecisiete años. Continuando con el recorrido histórico, el 31 de Noviembre de 1996, mediante Resolución 004 del Consejo directivo, se adoptan los símbolos de la Institución, merced a la estrategia concurso. El himno de la institución, escrito por Vivian Yeicy Villegas Gil, estudiante del grado 5º A; El escudo y la bandera Carlos Fernán Ibarbo Zapata del grado 3º B. El Concejo Municipal, crea el Colegio Presbítero Gerardo Montoya Montoya, por los requisitos exigidos en la Ley General de Educación, a través del Acuerdo Nº 010 del 13 de junio de 2000. Secretaría de Educación Departamental, mediante la Resolución 5467 del 18 de Julio de 2001, autoriza para que en esta institución se imparta Educación Formal en los Niveles de Educación Preescolar, Básica Ciclo Primaria, Grados 1º, 2º,3º,4º y 5º y Ciclo Secundaria, Grados 6º, 7º, 8º y 9º. Es a partir de la resolución 0809 del 06 de febrero de 2003, que SEDUCA aprueba los niveles de preescolar, básica primaria, secundaria y media y mediante Resolución 07851 del 25 de Abril de 2006, autoriza brindar educación formal. BIOGRAFÍA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA El Padre Gerardo de Jesús Montoya Montoya, nació el 20 de junio de 1915, en un hogar humilde y eminente patriarcal, fundado por los esposos Antonio Jesús Montoya y María Josefa Montoya, en Sabaneta (Antioquia); donde se vivió la fe, la obediencia y el amor en un sentido evangélico, fue el sexto entre 14 hermanos, de los cuales otros fueron llamados también por el Señor a la vida consagrada, a saber el Padre Rafael, ya fallecido, y las hermanas Eugenia y Ángela de la comunidad de Carmelitas misioneras. Hizo las primeras letras en la Escuela de su pueblo, allí pasó su primera juventud. Se acercaba a los 20 años cuando en febrero de 1935, ingresó al Seminario Menor “Monseñor Miguel Ángel Builes”. En el seguimiento de su vocación no admitió tropiezos, anduvo con paso firme y seguro hasta la meta.
  • 7. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 7 Da gusto informarse de la opinión de sus superiores, durante su trayectoria de seminarista: “Bueno, sencillo, siempre de muy buen espíritu”, “es muy diligente y piadoso, admiro su paciencia; en lo material se contenta con poco; Dios me conceda imitarlo en su caridad y en su obediencia”. Sobresalió por su bondad y su gran servicialidad; parecía pensar más en los otros que en si mismo. Recibió la ordenación sacerdotal de manos de Monseñor Miguel Ángel Builes el 1º de diciembre de 1946, fue destinado a Caucasia y un año más tarde a Anorí como vicario cooperador. En enero de 1949, volvió a Caucasia, con la investidura de párroco. Nombrado para Llanadas en febrero de 1950, tuvo una estadía de tres meses en Gómez Plata, hasta tanto se le entrega la parroquia de Llanadas, allí se estuvo hasta mediados de 1952. También prestó sus servicios en: Zaragoza, Remedios, Peque, Yarumal. Transcurridos estos primeros catorce años de Ministerio tan itinerantes, vino para él una era de más estabilidad, la inauguró como párroco de Santa Isabel, donde trabajó durante cuatro años y medio, cuatro meses siguientes como vicario sustituido en San José de la Montaña. Luego pasó a la Parroquia de Entrerríos, hasta febrero de 1968; a partir de esta fecha se le confió el curato de Amalfi y ahí cumplió su ministerio por espacio de dieciséis años y medio. En julio de 1984, y para aproximarlo a mejores recursos médicos, fue designado nuevamente párroco de Llanadas en 1985. De allí salió para una clínica en Medellín, donde murió el 12 de Febrero de 1987. Aunque largo, no es difícil seguir este recorrido. Lo que si es, enumerar las obras realizadas en 40 años de ministerio y vida sacerdotal y narrar los esfuerzos y sacrificios que fueron consumiendo una robusta existencia y ponderan los méritos, que un hombre de Dios adquirió para el cielo. Sus trabajos, estrictamente sacerdotales, fueron innumerables, y también se reconocen muchas realizaciones de orden material para el servicio de la comunidad, sobre este punto hay datos muy concretos, como son: En los templos de Caucasia, Anorí, Llanadas, Peque, La Honda, Santa Isabel y Amalfi, quedan huellas perdurables que su acción; al igual que en las casas cúrales de esas mismas parroquias y en los cementerios de: Llanadas, La Honda, San José de la Montaña, Entrerríos y Amalfi. A él se deben el primer acueducto y la primera planta eléctrica de Llanadas, como también la emisora de Amalfi. Esto para demostrar que el Padre Gerardo Montoya Montoya fue un hombre dinámico y emprendedor. El vivir del Padre Gerardo Montoya Montoya, de paso por esta tierra de Amalfi, sería agotador porque durante 16 años de dura brega, apenas quedó visible como una estela luminosa su amor, entrega, cariño, sin quejas ni reproches. Sabemos que allá en el cielo, hubo fiesta, regocijo, alborozo santo porque llegó el alma del Padre Gerardo Montoya Montoya; con sus manos llenas de buenas obras, porque allá también pesa este tesoro de gratitud y afecto que sentimos por él, nosotros los amalfitanos, que gozamos de su compañía y dirección por muchos años. El Padre Gerardo Montoya Montoya, tenía un espíritu grande y bueno, que por su dimensión sacerdotal ya no cabía en este valle y que el buen Dios no podía dejarlo y se la llevó. En Sabaneta, su patricia chica, reposan sus restos. Fue un sacerdote, ejemplar, dando a la humanidad testimonio de verdadero pastor con su amor y servicio; conocedores de tan maravilloso ser para ser recordado por siempre y como muestra de gratitud, se le colocó a nuestra Institución (antes Escuela Urbana de Varones), su nombre: Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya.
  • 8. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 8 CAPÍTULO 1. REFERENTE AXIOLÓGICO Y ÉTICO ARTÍCULO 1. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL LA INSTITUCION EDUCATIVA PRESBITERO GERARDO MONTOYA MONTOYA, desarrolla una educación integral, humanizante, basada en valores que garantizan la sana convivencia y el desarrollo armónico de todos las potencialidades del individuo; que atiende a los cambios permanentes de la sociedad, en la ciencia, la tecnología y el conocimiento; que pueda responder adecuadamente a una sociedad cada vez más exigente, pluralista, democrática y participativa, desde su quehacer educativo; desde el grado preescolar, básica y media, propiciando en los educandos espacios afectivos para su formación integral acorde a sus necesidades, con el fin de lograr una mejor calidad de vida. Fundamentados en: La valoración de sí mismos (autoestima), responsabilidad, autonomía, la participación en la solución de problemas de su entorno, el respeto por las normas éticas y morales, la creatividad y el espíritu de investigación, la convivencia pacífica y armónica con los demás, el cuidado del medio ambiente y el respeto por la vida en todas sus manifestaciones. ARTÍCULO 2. VISIÓN La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, para el año 2016 se caracterizará por la formación integral de seres humanos competentes, capaces de construir su proyecto de vida y generar soluciones a los problemas de su entorno, implementando una educación media técnica con énfasis en el cuidado, protección, conservación y utilización racional de los recursos naturales que favorezcan su ambiente y la convivencia social. ARTÍCULO 3. MISIÓN La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, forma seres humanos integrales, mediante una adecuada orientación pedagógica, humanista, cultural, tecnológica y ambiental en pro del desarrollo personal y social. ARTÍCULO 4. OBJETIVOS GENERALES a. Posibilitar el desarrollo armónico de las condiciones físicas, morales e intelectuales, con el fin de adquirir gradualmente un sentido más perfecto de la responsabilidad en el recto y continuo crecimiento de su propia vida y en la conservación de la verdadera libertad, superando los obstáculos que a diario se presentan. b. Recuperar y promover los valores existentes en los educandos por medio de una acción coordinada entre la comunidad y los docentes que los lleven a una convivencia de paz y noviolencia. ARTÍCULO 5. OBJETIVOS ESPECÍFICOS a. Determinar pautas encaminadas en el mantenimiento del orden y el bienestar dentro y fuera de la Institución Educativa. b. Orientar al estudiante para que juzgue las situaciones con criterio propio, ordene sus acciones y esfuerzos en apoyar la verdad, la justicia y la solidaridad con los demás, buscando así su autodeterminación y autorregulación. c. Estimular el desarrollo de los valores, proporcionando la formación de una persona moral y cívicamente responsable en un ambiente de respeto por las diferentes creencias políticas y religiosas.
  • 9. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 9 d. Asumir por parte de los integrantes de la comunidad educativa, una actitud responsable frente a las normas establecidas, haciéndolas parte de la vida diaria. e. Responsabilizar al estudiante de actividades que lo capaciten en el control de situaciones de tipo comportamental y formativo. f. Reconocer las normas de comportamiento y convivencia que le permita a través de su cumplimiento, adquirir la disciplina social necesaria para vivir en comunidad. g. Generar mecanismos permanentes de participación democrática que permita la revisión y aplicación de las normas, acorde con los cambios socio – educativos. ARTÍCULO 6. VALORES INSTITUCIONALES Los valores como base de la convivencia, guían el pensamiento y la acción de la comunidad educativa, constituyendo el marco de caracterización y referencia de la cultura institucional. Los valores de la I. E. Presbítero. Gerardo Montoya Montoya son: a. Formamos en la verdad: signo de identidad y principio fundamental de la construcción de la convivencia; en tal sentido formados par que cada integrante actué con rectitud y claridad de conciencia. b. Formamos en la libertad: asumida como un compromiso en la formación de personas capaces de autodeterminarse, es decir, por si misma; de expresar lo que piensa, de elegir su vocación y las posibilidades dentro del proyecto de vida. c. Formamos en el amor: signo de compromiso cristiano, vivenciado en la aceptación de las diferencias y singularidades del otro, su propósito es la consolidación de un ambiente de paz y convivencia y noviolencia d. Formamos en la justicia: fomentando las actitudes de cada uno de los integrantes de la comunidad que le permiten reconocer, respetar y darle al otro lo que le corresponde en su dignidad como persona. e. Formamos en trascendencia: A partir del reconocimiento que cada individuo descubre en sus dimensiones como persona y que se convierte en el fundamento que favorece su crecimiento, integridad personal y testimonio de vida. ARTÍCULO 7. POLÍTICAS Se entiende en este caso el término política, como la dirección que se le da a un asunto para alcanzar una meta o un objetivo preestablecido. Desde el punto de vista educativo, las políticas tendrán como centro al estudiante, de tal manera que las directrices trazadas atiendan a su formación integral para educar y formar una persona comprometida con las responsabilidades de cambio que exige el momento actual. La institución maneja las siguientes políticas: a. Conocimiento y aceptación del reglamento y manual del convivencia, antes de la matrícula, por parte de los padres de familia e hijos que deseen ingresar a la institución. b. Prioridad en la asignación de cupos a la población municipal (Amalfitana). c. Estímulos a la comunidad educativa, por su compromiso con la institución, comportamental y académicamente. d. Igualdad de oportunidades a todos los integrantes de la comunidad educativa. e. Calificación permanente del servicio, mediante la actualización, orientación y capacitación de los integrantes de la comunidad educativa. f. Respeto y acato a los símbolos institucionales. g. Apoyo a la iniciativa y al espíritu investigativo de los integrantes de la comunidad educativa. h. La toma de decisiones casuística obedecerá al libre debate y concertación
  • 10. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 10 i. Atención adecuada y oportuna a la comunidad educativa. j. Participación activa y permanente en eventos de proyección a la comunidad k. Congruencia en las diferentes actividades desarrolladas, apuntando a la misión, visión, filosofía, metas principios y fines institucionales. l. Admisión de estudiantes previa revisión de la hoja de vida, el rendimiento académico, comportamiento y cumplimento de requisitos exigidos por la institución y las leyes vigentes m. Comunicación permanente, clara, precisa, transparente y oportuna entre todos los estamentos educativos n. El fomento de las adecuadas relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa y comunidad en general, mediante la realización de actividades cívico-culturales, lúdicas, recreativas y deportivas o. Ejecución real de los programas, planes, proyectos y actividades que conllevan a la formación integral de los educandos p. Preservación y conservación del medio ambiente mediante campañas ambientales. q. Promoción y contribución al logro de los objetivos y metas del P.E.I r. Sostener y expandir la cobertura educativa en la institución s. Mejoramiento de la calidad de la educación en todos los grados y niveles. t. Optimización de la gestión educativa para el desarrollo institucional u. Constituir alianzas estratégicas con entidades municipales, departamentales, nacionales e institucionales para el mejoramiento de la calidad de la educación. v. Desarrollo y practica de un currículo humanizante. ARTÍCULO 8. LEMA “Orientar al Ser en la búsqueda de su formación integral” La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, no sólo forma estudiantes competentes en la aprehensión del Saber y el Saber Hacer, sino que se preocupa para que adquieran los valores y las habilidades necesarias para vivir en comunidad, contribuyendo a una formación del Ser. ARTÍCULO 9. PERFIL DEL ESTUDIANTE La Institución Educativa en su labor formativa se propone formar al estudiante tanto en el campo individual como social para que sea: a. Íntegro, capaz de deliberar, analizar, y proponer soluciones a las diferentes dificultades surgidas. Fomentando el espíritu de solidaridad, cooperación y compañerismo, desarrollando una personalidad creativa y con iniciativa, capaz de auto evaluarse y auto valorarse; respetando las diferencias del otro, a la vez que será consciente de la importancia de la conservación de los recursos naturales y del ambiente para el bienestar de todos. b. Soñador, curioso por conocer el mundo y asimilar nuevas experiencias. Con sentido de pertenencia, amantes de la superación personal y el progreso social; digno de admiración por su compromiso frente al proceso de formación. c. Capaz de incorporar en su vida los valores de la participación, respeto, la disciplina, la cooperación y la sinceridad. ARTÍCULO 10. PERFIL DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, desea que los padres de familia o acudientes logren el siguiente perfil: a. Deben ser padres que hagan de su hogar un espacio de educación inicial para sus hijos. b. Deben ser gestores de progreso social con sentido de pertenencia y comprometidos con la institución e integrados activamente a la vida institucional.
  • 11. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 11 c. Deben ser personas abiertas al dialogo, al cambio, capaces de afrontar y solucionar las dificultades presentadas, siendo respetuosos de los derechos humanos y cumplidores de sus deberes. d. Deben apropiarse de su rol, conscientes de su papel protagónico en la formación y educación de sus hijos. e. Deben estar dispuestos a orientar, acompañar, corregir, estimular, y motivar adecuadamente a sus hijos apoyando a la institución en la consecución de las metas propuestas con el fin de hacer de los estudiantes personas auténticas y útiles a la sociedad. f. Deben ser padres que tengan buenas relaciones con todos los integrantes de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias relacionadas con el proceso educativo de sus hijos. g. Deben ser padres de familia que participen en todas las actividades de la institución y sean responsable con ésta y con sus hijos. h. Deben estar comprometidos con el proyecto de vida de sus hijos. ARTÍCULO 11. PERFIL DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES La institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, se propone que sus docentes y directivos docentes tengan el siguiente perfil: a. Ser una persona líder con grandes capacidades para orientar, dirigir, y formar en valores. b. Ser una persona abierta al dialogo, responsable, sincero, con sentido crítico, comprometido con su labor, con capacidad de vida comunitaria, dispuesto al servicio, sensible a la problemática social, dinámico, investigador, creativo, abierto al cambio, innovador, debe ser justo e imparcial. c. Ser un profesional con un profundo respeto por la persona, reconociendo y aceptando al estudiante como un individuo con características propias, merecedor de alternativas que permitan su superación personal e intelectual. d. Debe reflejar en todas sus actitudes madurez emocional que le permita enfrentar positivamente los conflictos. e. Ser un individuo comprometido, leal y con sentido de pertenencia por la Institución, promoviendo siempre el trabajo en equipo, el compañerismo y la unidad. f. Debe desarrollar una madurez emocional que le permita manifestar actitudes de tolerancia y respeto para enfrentar las situaciones en forma constructiva. g. Ser conocedor de su área profesional y estar en permanente actualización profesional. h. Debe desarrollar un espíritu investigativo que motive a la actualización y a la aplicación de los avances científicos y tecnológicos. i. Debe manifestar actitudes de permanente capacitación que le permitan la búsqueda constante de la cualificación de su quehacer profesional. j. Debe desarrollar la capacidad de liderazgo para orientar a los estudiantes hacia el logro de los objetivos Institucionales. k. Ser personas autónomas con capacidad de tomar decisiones CAPÍTULO 2. DEL GOBIERNO ESCOLAR, ASESORES Y PARTICIPACIÓN ARTÍCULO 12. CARACTERIZACIÓN La Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya Montoya, es una institución de carácter público oficial, laico y de personal mixto, aprobada por la Secretaría de Educación Departamental de Antioquia – Última resolución 07851 del 25 de Abril de 2006, para impartir Enseñanza Formal en los niveles de Educación Preescolar, Básica (en los ciclos de primaria y secundaria) y media.
  • 12. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 12 Su domicilio principal está ubicado en la Carrera 23 Zea No. 21-57. Cabecera Urbana del municipio de Amalfi. Teléfonos 8300395, 8301155. Correo institucional iegerardomontoya@gmail.com ARTÍCULO 13. CONFORMACION DEL GOBIERNO ESCOLAR Está constituido por los diferentes grupos de trabajo y estamentos que participan en el proceso educativo de la Institución. De acuerdo con la Ley general de Educación (Capítulo II, Artículo 142 y Capítulo IV, Artículo 19, 20). Está conformado por: Rector, Consejo Directivo, Consejo Académico. ARTÍCULO 14. FUNCIONES DEL RECTOR El Rector es quien orienta todo el proceso educativo de la Institución y como tal debe cumplir las funciones de acuerdo con lo previsto en las normas vigentes, porque es el ejecutor de las decisiones de última instancia en materia curricular y administrativa. En general y en lo relacionado con el Gobierno Escolar, sus principales funciones son: 1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. 2. Tramitar o decidir, según el caso, las situaciones académicas, de convivencia o extracurriculares que sean sometidas a su conocimiento de acuerdo con su competencia. 3. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y la búsqueda permanente de los recursos necesarios. 4. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el Colegio. 5. Ejercer las funciones disciplinarias atribuidas por la Ley, el Manual de Convivencia y las normas vigentes. 6. Promover actividades de beneficio y participación social que vinculen la Institución con la comunidad. 7. Producir las resoluciones internas y actos administrativos propios de sus funciones y todos los que sean necesarios para hacer cumplir las decisiones de los Consejos y demás organismos del Colegio. 8. Coordinar el trabajo de los Consejos, Comités, Comisiones y demás órganos de la institución educativa, en procura del desarrollo de los fines, objetivos y filosofía institucional. 9. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. 10. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 11. Orientar el proceso educativo, con la asistencia del Consejo Académico. 12. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 13. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa. 14. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. 15. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. 16. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución. 17. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas. 18. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación Departamental 19. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos. 20. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
  • 13. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 13 21. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. 22. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. 23. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes. 24. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación. 25. Suministrar información oportuna al municipio, de acuerdo con sus requerimientos. 26. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución. 27. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses. 28. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la Ley 715. 29. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos. 30. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo. 31. Las demás que le asigne el alcalde para la correcta prestación del servicio educativo. ARTÍCULO 15. CONSEJO DIRECTIVO Es una instancia directiva, participativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. El Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por:  Un rector, quien lo preside y convoca ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.  Dos representes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.  Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de familia.  Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecidos en la institución.  un representante de los exalumnos elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos y en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.  un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. PARÁGRAFO 1. Los administradores escolares podrán participar en las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto, cuando éste les formule invitación, a solicitud de cualquiera de sus miembros. PARÁGRAFO 2. Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada periodo lectivo anual, deberá quedar el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.
  • 14. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 14 ARTÍCULO 16. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Las funciones generales del Consejo Directivo serán las siguientes: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia. 3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución. 4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos. 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente prestado por el rector. 7. Participar en la planeación, evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en La Ley y los reglamentos. 8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante. 10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. 13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto. 16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los de provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y 17. Darse su propio reglamento. PARÁGRAFO 1. En los establecimientos educativos no estatales el Consejo Directivo podrá ejercer las mismas funciones y las demás que le sean asignadas, teniendo en cuenta lo prescrito en el inciso tercero del Artículo 142 de La Ley 115 de 1994- en relación con las identificadas con los literales d), f), i) y o), podrán ser ejercidas por el director Administrativo o a otra instancia. ARTÍCULO 17. CONSEJO ACADÉMICO El Consejo Académico de la Institución Educativa, como órgano consultor y asesor del Consejo Directivo, constituye la instancia que orienta los fundamentos pedagógicos del plantel y las políticas relacionadas con el proceso evaluativo y de promoción de los alumnos. La elección del Consejo Académico se realiza teniendo en cuenta el Capítulo IV, Artículo 24 del decreto 1860 de 1994.
  • 15. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 15 ARTÍCULO 18. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO. Las funciones generales del Consejo Académico de la institución educativa, son las siguientes: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico del Plantel, resolver los conflictos académicos que se presenten entre Docentes y entre estos y los alumnos, de acuerdo con las atribuciones propias. 2. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la propuesta del Proyecto Educativo Institucional (PEI), sugiriendo los ajustes académicos necesarios. 3. Fijar los criterios y diseñar los instrumentos necesarios para la evaluación académica del Proyecto Educativo Institucional (PEI), revisando periódicamente su eficacia y verificando su cumplimiento. 4. Elaborar y presentar al Consejo Directivo, el listado de requerimientos didácticos y el programa de capacitación docente a partir de la evaluación institucional. 5. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios. 6. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 7. Apoyar todos los procesos académicos definidos en el Sistema Institucional de Evaluación, participando activamente en su ejecución, evaluación y ajustes. ARTÍCULO 19. DE LOS ORGANISMOS ASESORES Y DE PARTICIPACIÓN En la institución se cuenta con los siguientes organismos asesores, algunos de creación legal y otros por iniciativa propia:  Comité Escolar de Convivencia  Personero de los estudiantes  Contralor estudiantil  Consejo de Padres  Grupo de apoyo institucional  Consejo estudiantil  Redes pedagógicas  Equipo de calidad ARTÍCULO 20. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. Reglamentado en el artículo 12 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. El comité escolar de convivencia estará conformado por:  El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité  El coordinador cuando exista este cargo  El personero estudiantil  El docente con función de orientación  El presidente del consejo de padres de familia  El presidente del consejo de estudiantes  Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. PARÁGRAFO 1: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un integrante de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. ARTÍCULO 21. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA Reglamentado en el artículo 13 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. Son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
  • 16. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 16 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. PARÁGRAFO 1: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. ARTÍCULO 22. RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2. Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley. 3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
  • 17. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 17 5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio. ARTÍCULO 23. RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. ARTÍCULO 24. PERSONERO ESTUDIANTIL El personero de los estudiantes es quien promueve el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución política de Colombia, las leyes, los reglamentos y este Manual de Convivencia. Será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes a la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto, el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. En esta institución deberá ser un estudiante del grado Undécimo.
  • 18. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 18 ARTÍCULO 25. FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL De acuerdo con su definición, tendrá entre otras las siguientes funciones: 1. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes utilizando para ello los medios de comunicación que posea la Institución Educativa, así como recurrir a otras formas de contacto. 2. Gestionar acciones y presentar solicitudes de oficio o a petición de parte, ante el Rector, el Consejo Académico o Directivo, además organismos competentes en lo relacionado con la protección de los derechos estudiantiles, el cumplimiento de las funciones del personal docente, el mejoramiento en la prestación de los servicios y una convivencia respetuosa, responsable, libre, honesta, justa y democrática. 3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre violaciones a sus derechos y las que formule alguien de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. 4. Desarrollar mecanismos y campañas que propicien el cumplimiento de las obligaciones, compromisos y estímulos estudiantiles, señalados en las normas vigentes y el Manual de Convivencia. 5. Mantener una comunicación constante con los estudiantes, divulgando las acciones que realiza, así como las funciones de todos los líderes estudiantiles en pro del desarrollo de la filosofía institucional. ARTÍCULO 26. CONTRALOR ESTUDIANTIL De acuerdo con la ordenanza 68 del 6 de diciembre del 2013. Podrán aspirar a ser contralores escolares, los estudiantes de los grados 9° y 10°, de las instituciones educativas oficiales. Su periodo de gobierno será de dos años a partir de la fecha de su elección. Se encargará de velar por la promoción y fortalecimiento del Control Social de la Gestión Educativa, garantizando la transparencia, la honestidad, el compromiso, la coherencia, la solidaridad, el respeto y la responsabilidad de la Institución Educativa en su conjunto. ARTÍCULO 27. FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL Por ordenanza 032 de diciembre 24 de 2008, artículo 4º. Son funciones del contralor estudiantil. La Contraloría Estudiantil y particularmente el Contralor Estudiantil, tendrá las siguientes funciones y atribuciones: 1. Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes públicos del colegio, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la Contraloría de la ciudad. 2. Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución, con el apoyo de la Contraloría de la Ciudad. 3. Trabajar por la defensa del patrimonio ambiental de la ciudad. 4. Velar por el mejoramiento de la calidad de la educación. 5. Presentar a la Contraloría de la ciudad las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes públicos de la institución educativa a la que pertenecen. 6. Participar en las reuniones de red local y de la red distrital de Contralores Estudiantiles, promovidas por la Contraloría de la ciudad. 7. Solicitar las Actas de Consejo Directivo, para poder hacer seguimiento a las decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la institución. 8. Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de Control Social. 9. Presentar una rendición de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones. 10. Las demás que le sean asignadas por la Contraloría de la ciudad
  • 19. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 19 ARTÍCULO 28. CONSEJO DE PADRES El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrece el establecimiento educativo. ARTÍCULO 29. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES Es obligación de la institución, conformar el Consejo de Padres, para cumplir las siguientes finalidades: a. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estado. b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la constitución y la ley. h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. i. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. ARTÍCULO 30. GRUPO DE APOYO INSTITUCIONAL. (ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA) Debido a que la institución no tiene la Asociación legalmente constituida a través de estatutos de la Cámara de Comercio, se organizará un grupo de apoyo institucional de padres de familia para que desarrollen algunas funciones similares a las de la Asociación, que tengan como propósito garantizar una educación con calidad. ARTÍCULO 31. FUNCIONES DEL GRUPO DE APOYO INSTITUCIONAL a. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo. b. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa. c. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. d. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje. e. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad. f. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral.
  • 20. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 20 ARTÍCULO 32. CONSEJO ESTUDIANTIL Es el organismo máximo de representación estudiantil en la organización del Colegio. Estará integrado por un representante de cada grado que ofrece la Institución Educativa, sin perjuicio de que cada grupo elija un Representante de Grupo para coordinar las actividades propias del mismo. ARTÍCULO 33. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES. Son funciones del Consejo de Estudiantes: a. Darse su propia organización interna. b. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo. c. Estudiar y presentar iniciativas para el buen desarrollo de la vida estudiantil. d. Participar como institución organizada en todas las actividades para beneficio del Colegio. e. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. PARAGRAFO 1. PERFIL DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES. Deberán ser los estudiantes más sobresalientes por su capacidad de liderazgo, dinamismo y creatividad, amplio espíritu de colaboración, respetuosos de sí mismos y de los demás, que expresen en sus actividades sentido de pertenencia por el grupo y la Institución Educativa. Además de las anteriores características deberán demostrar un excelente rendimiento académico y comportamental. El representante estudiantil o de grupo será elegido democráticamente al interior de cada grupo. ARTÍCULO 34. REDES PEDAGÓGICAS Son equipos de trabajo conformados por los docentes de cada una de las áreas académicas, el propósito principal es compartir experiencias significativas de prácticas pedagógicas y unificar criterios relacionados con la formulación, diseño y evaluación de los planes de estudio. ARTÍCULO 35. EQUIPO DE CALIDAD Es un equipo institucional conformado por los directivos y algunos docentes conocedores de la realidad y de los procesos, sus acciones están encaminadas a planear, desarrollar y evaluar estrategias y actividades de mejoramiento para la vida institucional, fomentando con ello la buena marcha de la institución. El equipo de calidad se dará su propio reglamento. CAPITULO 3. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 36. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE. a. Cumplir con los requisitos que señale el Ministerio de Educación Nacional a través de la Secretaría de Educación Departamental y la institución, para el proceso de admisión y matrícula. b. Presentar la documentación auténtica, completa y legal que requiere la institución al momento de su ingreso. c. Ser respaldado por un acudiente, que cumpla con el perfil señalado para los padres de familia en este Manual. d. Asistir regularmente al Colegio. e. Llenar los requisitos establecidos por el Consejo Directivo para el ingreso, contenidos en este Manual. ARTÍCULO 37. CALIDAD DE ESTUDIANTE Se adquiere cuando a través de sus padres, acudientes o representantes legales, el estudiante aceptando la filosofía y el reglamento del plantel, es admitido oficialmente en el Colegio y con el lleno de los requisitos exigidos, ha legalizado su matrícula.
  • 21. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 21 ARTÍCULO 38. CAUSALES PARA PERDER LA CALIDAD DE ESTUDIANTE Se perderá la calidad de estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA y por lo tanto los derechos que posee como tal, por las siguientes razones: a. Cancelación voluntaria de la matrícula. b. Cuando el estudiante haya cursado y aprobado el último grado de educación que ofrece el Colegio. c. Cuando el estudiante y su acudiente no formalicen la renovación de la matrícula llenando los requisitos establecidos dentro de los plazos determinados por la institución. d. Cuando se compruebe falsedad en la información o documentación presentada para ingresar a la institución. e. Inasistencia habitual injustificada al plantel, que sumada, supere el VEINTE por ciento del año lectivo. f. Exclusión de la Institución ordenada por el Consejo Directivo. g. Cuando el estudiante reprueba dos veces consecutivas el mismo grado. ARTÍCULO 39. REQUISITOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA a. Diligenciar el formato de Pre matrícula dentro de los términos establecidos a nivel municipal o institucional. b. Haber sido oficialmente admitido como educando nuevo, o haber obtenido la promoción de grado correspondiente en su calidad de educando antiguo. c. Obtener la orden de matrícula de Rectoría d. Cumplir con los requisitos exigidos por la Constitución Nacional, el Ministerio de Educación Nacional y por la institución educativa. e. Estar dentro de los rangos de edad que establezca la ley para cada grado, de acuerdo con las normas vigentes. f. Estar respaldado por padres de familia o acudientes dispuestos y comprometidos en la formación educativa g. Presentarse tanto el educando como los padres o acudientes en la hora y fecha establecidas por la institución para sentar la matrícula. h. Presentar los certificados académicos exigidos, Paz y Salvo expedido por el establecimiento donde haya cursado el último grado escolar (educandos nuevos), registro civil de nacimiento, fotocopia de la tarjeta de identidad o cédula y demás documentos debidamente diligenciados. i. Los estudiantes deberán presentar certificación de exclusión del Sistema de Matrícula en línea – SIMAT. j. Conocer y aceptar el PEI, el Manual de Convivencia y el SIE. ARTÍCULO 40. MATRÍCULA La matrícula es un acto contrato de prestación de servicios educativos consistente en la educación formal para el desarrollo integral del educando, por el cual se adquiere la calidad de educando de la Institución. Ésta se legaliza con la firma del Rector, de la Secretaria Académica, del educando y del representante legal de éste, en el acta correspondiente. Con la suscripción del Acta de Matrícula, el educando y sus padres o acudientes aceptan explícitamente los principios, objetivos y valores de la institución; se comprometen a cumplir y a respetar las indicaciones, orientaciones, circulares, reglamentos y demás disposiciones dictadas por la Institución Educativa y a responder por los daños causados en las instalaciones u objetos de la Institución por el MATRÍCULADO. PARÁGRAFO 1. Los educandos antiguos, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos para la promoción, procederán cada año lectivo, en la fecha y hora determinada por la institución a renovar su matrícula y suscribir el acta correspondiente de acuerdo con lo establecido en este artículo.
  • 22. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 22 ARTÍCULO 41. UNIFORMES El uniforme constituye una de las maneras de identificar a los integrantes de la comunidad educativa y permite incentivar el sentido de pertenencia. La institución educativa adopta, para el preescolar, la básica primaria, secundaria y la media un uniforme cuyo diseño fue aprobado por el Consejo Directivo. El uso del uniforme es para la preservación del orden en cuanto la presentación personal, es respeto a los símbolos institucionales. Las pautas de presentación personal buscan preservar a los estudiantes de discriminación por razones de apariencia. Los uniformes deben ceñirse a las siguientes características: a. Uniforme de diario. Sexo Masculino: - Pantalón: Clásico azul oscuro, con prenses. - Camisa: Blanca manga corta, de cuello y botones, debe llevarse por dentro del pantalón. - Zapatos: Colegial negro de atadura. - Medias: Calcetines blancos. - Correa: Estilo clásica negra. - Camisilla. Blanca totalmente sin estampados ni letras Sexo Femenino: - Jumber: A cuadros azules, cuello en “V”, según muestra exhibida en la institución Pbro. Gerardo Montoya. El largo debe ser a la rodilla. - Blusa: Blanca manga corta. - Medias: Media – media blanca, sin visos de otros colores. No se permiten medias tobilleras o taloneras. - Zapatos: Colegial negro de atadura. c. Uniforme para educación física. Para ambos sexos - Camiseta: Blanca de cuello, con borde azul en las mangas y en el cuello, y el escudo de la institución. Debe llevarse por dentro de la sudadera. - Sudadera: Azul oscura, sin rayas de ningún color. Con las iniciales de la Institución. No debe llevarse ni doblada ni remangada, ni entubada. - Tenis: Negros sencillos de atadura. - Medias: medias azules. - Buso: Azul oscuro en su totalidad, cuello “V” PARÁGRAFO 1. Los estudiantes del grado preescolar, portarán diariamente el uniforme de educación física. ARTÍCULO 42. RECOMENDACIONES PARA LLEVAR DIGNAMENTE EL UNIFORME. a. Los estudiantes deben estar higiénicamente presentados todos los días (bañados, peinados, los hombres afeitados). b. Zapatos limpios. Uniforme limpio, en buen estado y completo, según especificaciones dadas. No se permite pintar o rasgar las prendas del uniforme. c. La talla del uniforme debe ajustarse a la contextura física del estudiante. Y no deben seguir ni llevar modas que lo desvirtúen, tanto para los hombres como para las mujeres. d. El uniforme de educación física, solo debe vestirse el día que este asignado en el horario o actividades que así lo requieran y lo autoricen, de lo contrario deberá presentarse excusa por escrito al coordinador para su análisis y luego al docente del área. e. La cabeza debe permanecer descubierta: sin cachuchas, gorras, sombreros o boinas.
  • 23. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 23 f. No usar de collares, manillas, pulseras, prendedores, piercing, expansores y otros accesorios que demeriten la buena presentación del uniforme (dentro o fuera de la institución). g. No se permite el ingreso ni el uso de buzos, sacos o chaquetas diferentes a la chaqueta del uniforme. Con excepción del grado once que tienen su chaqueta distintiva. h. Cuando realicen las actividades físicas en la clase de educación física, no deben usar ningún tipo de accesorio, por el riesgo de accidentes que se puedan presentar, como rasgado y heridas en la piel ocasionados por aretas, collares, cadenas, pulseras, piercing, relojes, anillos, etc. i. No hace parte del uniforme establecido y aprobado por la comunidad educativa en los hombres los aretes, piercing, expansores, manillas y otros accesorios. Los hombres deben llevar un motilado clásico, o cabello recogido y sin tintes de colores extravagantes, llamativos o no convencionales (azul, morado, verde, naranja, fuscia, rosado). j. Las mujeres podrán usar hebillas, bambas y balacas blancas, negras o azules oscuras, aretes pequeños, blancos, dorados, plateados, negros o azules oscuros. No hace parte del uniforme los piercing, expansores, las manillas y otros accesorios; y en el cabello los tintes de colores extravagantes llamativos o no convencionales (azul, rojo, morado, verde, naranja, fuscia, rosado) PARÁGRAFO 1. Cuando el estudiante se encuentre fuera de la Institución y lleve puesto el uniforme su comportamiento se tendrá en cuenta como si estuviese dentro de ella, y cualquier situación que afecta la convivencia cometida será sancionada de acuerdo con lo estipulado en el Manual de Convivencia Escolar. PARÁGRAFO 2. Si el estudiante sin el uniforme comete cualquier acto de incumplimiento al manual de convivencia la institución también deberá tomar acciones pedagógicas teniendo en cuenta que se encuentra matriculado en la institución (previa solicitud de las personas afectadas). CAPÍTULO 4. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 43. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Como integrante de la Institución Educativa Pbro. Gerardo Montoya, el estudiante tiene derecho a: a. Una formación integral: en valores, en los conocimientos y competencias que requiere la sociedad actual, siguiendo los lineamientos y orientaciones vigentes, emanadas por el Ministerio de Educación Nacional (MEN), SEDUCA y Secretaria de Educación Municipal. b. Ser tratado sin discriminación en razón de sexo, raza, origen familiar, opinión política, dignidad, diferencias étnicas, religiosas e ideológicas. c. Establecer comunicación en forma apropiada con los integrantes de los diferentes estamentos de la Institución, permitiendo la libertad de expresión y difusión de su pensamiento y opiniones, siempre y cuando no atente contra los demás, ni entorpezca la buena marcha del plantel. d. Recibir un trato digno y respetuoso de todos los integrantes de la comunidad educativa. e. Ser protegido contra toda forma de abandono, violencia, descuido o trato negligente, abuso, acoso sexual o explotación. f. Ser evaluado académica y disciplinariamente según las normas establecidas oficialmente y de acuerdo a las reglas trazadas por la Institución; y a los estudiantes con barreras de aprendizaje será de acuerdo a las necesidades especiales que se requieran. g. Disfrutar de un ambiente tranquilo, sano, agradable y seguro, dentro de la institución que le permita escuchar, comprender y asimilar los contenidos formativos y por lo tanto tener un adecuado proceso de aprendizaje. h. Tener voz y voto, en las decisiones del grupo (siempre y cuando éstas no afecten ni vayan en contra de las normas establecidas en el Manual de Convivencia de la Institución).
  • 24. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 24 i. Disfrutar responsablemente de las instalaciones, dotación y servicios que corresponden a las actividades, tanto curriculares como extracurriculares debidamente planeadas. j. Recibir oportunamente la información sobre el desarrollo de los Planes de Estudio, jornadas académicas, actividades curriculares, extracurriculares y procesos evaluativos. k. Solicitar por escrito y obtener autorización para ausentarse del aula o del plantel, cuando existan causas justificadas, presentadas por el acudiente y siguiendo el conducto regular; fijando plazos prudentes acordados entre el docente y el estudiante para cumplir lo que se tenga pendiente o haya dejado de realizar durante su ausencia. Teniendo en cuenta la normatividad vigente. l. Conocer el Manual de Convivencia, la hoja de vida, el observador y su proceso evaluativo oportunamente. m. Contar con la asesoría y acompañamiento formativo, psicológico, pedagógico y comportamental en el momento en que lo requiera y recibir en igualdad de condiciones las orientaciones necesarias para su formación integral. n. Solicitar y obtener constancias y certificados de estudio de acuerdo con las normas fijadas por la Institución y el MEN (Ministerio de Educación Nacional) o. Solicitar oportunamente y con respeto la corrección de notas e informes erróneos. p. A formar parte del Gobierno Escolar dentro de los términos que determina el Decreto 1860/94 y elegir y ser elegido: Como representante de los estudiantes al Consejo Directivo (Art. 143 Ley 115/94). Como Personero de los estudiantes (Art. 28, Cap. 4 Dcto. 1860/94). Como integrante al Consejo de los Estudiantes (Art. 29 Cap. 4 Dcto. 1860/94). Como representante a la contraloría escolar. (Ordenanza 26/2009). Si por alguna razón el elegido está incumpliendo el manual o sus funciones, será reemplazado por el segundo que haya quedado en la votación. q. A recibir formación ciudadana, fundamentada en los valores y la cultura colombiana y a participar en los procesos democráticos que se realizan en la institución; además en las efemérides patrias y actos cívicos – culturales. r. A que se aplique las garantías del debido proceso en todas las actividades en que se encuentren involucrados. s. Al libre desarrollo de la personalidad, de manera armónica e integral, sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás. t. Representar a la Institución en los eventos para los cuales sea elegido o seleccionado (a) de acuerdo con las bases reglamentarias de cada uno de ellos. u. Ser estimulado y reconocido cuando se haga acreedor a ello. v. Buscar la solución a sus problemas siguiendo el conducto regular. w. Utilizar los apoyos pedagógicos que se requieran para avanzar en el proceso educativo. x. Recibir informes de su desempeño en los períodos académicos acorde con los logros individuales en cada una de las áreas de acuerdo al Decreto 1290. y. Conocer las informaciones consignadas en su ficha de seguimiento y hacer descargos antes de firmarla. z. Recibir orientaciones del cuidado de la salud personal y comunitaria. aa. Recibir las clases durante todo el tiempo estipulado y disfrutar del descanso en el horario establecido bb. Conocer con anticipación el cronograma de las actividades académicas: trabajos talleres, tareas y evaluaciones. cc. Realizar las evaluaciones y trabajos que tengan pendientes por inasistencia justificada, con previo acuerdo del educando y el educador, con 5 días hábiles de su reintegro. dd. Los egresados de la institución educativa podrán participar de manera activa de todas las actividades programadas en la institución en beneficio de ellos mismos.
  • 25. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 25 CAPÍTULO 5. ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 44. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES. Serán considerados, en la Institución Educativa Pbro. Gerardo Montoya, como comportamientos a estimular en los estudiantes, los siguientes: a. Caracterizarse por la puntualidad a clases y actos de comunidad, los buenos modales, la convivencia armónica, el porte adecuado del uniforme y la colaboración con la institución. b. La responsabilidad con las tareas, actividades asignadas, espíritu de superación y buen rendimiento académico en cada período. c. La participación destacada en los eventos culturales, deportivos, recreativos, ecológicos, religiosos y cívicos que dejen en alto el nombre de la institución. d. El sentido de pertenencia con su institución y el cuidado de enseres y dependencias. e. Participación activa en programas y proyectos que vayan en pro de la institución y de la comunidad en general. f. Los cambios positivos observados en comportamientos inadecuados. g. La creatividad y espíritu investigativo, manifestados en beneficio propio y de la comunidad. Se tendrán en cuenta los siguientes estímulos: Izada del pabellón nacional, días de convivencia y actividades pedagógicas en tiempo laboral, monitorias de área o asignatura, imposición de insignias (medallas, mención de honor), anotaciones positivas en el cuaderno y ficha de seguimiento y referencias verbales de felicitaciones a nivel individual y grupal, imposición de la banda institucional, resolución rectoral para los estudiantes que se destaquen con los resultados en las pruebas externas, otros que asigne la Institución o la comunidad para resaltar cualquier actitud positiva de los estudiantes. CAPÍTULO 6 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 45. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Como integrante de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya, el estudiante tiene los siguientes deberes: a. Asistir puntual y cumplidamente a las clases y actividades que la institución programe para cada día o para ocasiones especiales. El no cumplimiento de los horarios establecidos, dará lugar a que el estudiante no ingrese a la jornada, está situación no lo exime de responder por las actividades académicas. b. Seguir el conducto regular, ante la presentación de solicitudes. c. Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada y demás sitios asignados para las labores académicas. d. Acudir de manera puntual a las citaciones hechas por los directivos, docente o personal administrativo. e. Solucionar los problemas o dificultades académicas o disciplinarias, siguiendo los conductos regulares definidos en este Manual de Convivencia. f. Solicitar por escrito, ante quien corresponda, los permisos necesarios y plenamente justificados para ausentarse, llegar tarde o no asistir a la institución. g. Conocer y acatar el presente Manual de Convivencia, tendiendo hacia una autodisciplina, de manera que el comportamiento no dependa de mecanismos represivos sino formativos.
  • 26. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 26 h. Llevar oportunamente a los padres de familia o acudientes, la información que envíen los directivos y educadores. i. Defender y difundir el presente Manual de Convivencia, asumiendo que a mayor edad y permanencia en la Institución, mayor es la exigencia sobre la autodisciplina que el estudiante debe asumir. j. Expresar de manera asertiva las ideas, inquietudes y argumentos ante la comunidad educativa. k. Conocer y difundir el PEI y sus componentes. l. Respetar y reconocer las creencias y derechos de los demás. m. Cuidar y conservar las instalaciones, equipos y materiales de la institución. n. Dar trato adecuado a las ayudas didácticas empleadas en los procesos de enseñanza - aprendizaje. o. Respetar los símbolos patrios e institucionales, nuestros valores culturales, regionales, nacionales y étnicos. p. Realizar los descansos pedagógicos en los lugares establecidos para ello, evitando permanecer en las aulas de clase. q. Tratar con respeto y cordialidad a todos los integrantes de la Comunidad Educativa, dentro y fuera de la institución. r. Usar adecuada y oportunamente las herramientas tecnológicas. s. Esperar al educador dentro del aula de clase. t. Colaborar en la solución de los conflictos en forma cordial, responsable y objetiva; fortaleciendo la autonomía y la sana convivencia. u. Demostrar el sentido de pertenencia por la institución, fomentando el amor por ella. v. Saber escuchar y atender respetuosamente las orientaciones dadas. w. Defender y difundir los derechos humanos con fundamento en la convivencia pacífica. x. Respetar la vida íntima de compañeros, compañeras, profesores y demás integrantes de la Comunidad Educativa. y. Restituir, reparar o reponer el daño causado a bienes de la institución o de los miembros de la comunidad educativa. z. Responsabilizarse de los objetos personales, asumiendo las consecuencias en caso de pérdida, exonerando a la institución de toda responsabilidad. aa. Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada una de las asignaturas y áreas. bb. Procurar la mayor armonía, respeto y espíritu de compañerismo, para generar un clima de seriedad y trabajo en las clases y demás actividades complementarias desarrolladas dentro o fuera de la Institución. cc. Abstenerse de usar el nombre de la institución, para cualquier actividad social o cultural no autorizada por el establecimiento. dd. No comprometerse con ninguna conducta delictiva, tales como: atraco, secuestro, sicariato, corrupción de menores, drogadicción, alcoholismo, abuso sexual, entre otros. ee. Conservar sin alterar: Permisos, informes, certificados, calificaciones y comunicados que expida el maestro o la institución sobre la situación académica o comportamental. ff. Evitar letreros o dibujos en las diferentes dependencias de la institución y fuera de ella, que denigren u ofendan a los miembros de la Comunidad en general. gg. Mantener un comportamiento acorde al perfil de nuestro estudiante, dentro y fuera de la institución, que ayude a la formación personal y a la buena marcha del establecimiento. hh. Habilitar y Rehabilitar las áreas con desempeño bajo en el tiempo estipulado para ello. ii. Traer los materiales y útiles escolares requeridos para el desarrollo de las actividades académicas. jj. Participar de la planeación, ejecución y evaluación de eventos culturales, deportivos, ecológicos, religiosos y cívicos de la Institución educativa.
  • 27. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 27 kk. Llevar ordenadamente los cuadernos y libros con los registros de talleres, trabajos, exámenes y demás actividades de evaluación que le sean orientados en las diferentes asignaturas y áreas. ll. Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada una de las asignaturas y áreas, mostrando responsabilidad, entusiasmo en el cumplimiento de sus deberes escolares. mm. Participar en las jornadas pedagógicas, seminarios, foros y cursos de capacitación a que sea convocado, con miras a la cualificación y formación integral del estudiante. nn. Llevar el cabello bien organizado mejorando su presentación personal. oo. Portar con dignidad el uniforme dentro y fuera de la institución. pp. Defender, preservar, recuperar y utilizar adecuadamente los recursos naturales, renovables y no renovables; Participando en las celebraciones y campañas que propendan por el medio ambiente. qq. Depositar las basuras y desechos en los recipientes adecuados e indicados dentro o fuera de la Institución. rr. Generar una atmósfera de aseo, distinción, agrado y urbanidad, evitando todo aquello que contamine el ambiente, para gozar de espacios limpios y estéticos, dentro o fuera de la Institución. ss. Respetar las reglas de juego, practicando el juego limpio, en actividades recreativas, deportivas y lúdicas; con el fin de evitar accidentes, que atenten contra su integridad física y la de los demás. tt. Movilizarse con prontitud, orden, prudencia y educación al ingresar y salir de los eventos institucionales. CAPÍTULO 7. DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES ARTÍCULO 46. DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES Como integrante de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya, los docentes y directivos docentes, tienen los siguientes derechos: a. Recibir trato amable y respetuoso, por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa. b. Ser reconocido y estimulado cuando su labor lo amerite. c. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización y profesionalización que organiza la Institución. d. Recibir de la Institución, los recursos necesarios para el buen cumplimiento de sus funciones (Art. 148 Ley 115/94). e. Ser escuchado por las directivas de la Institución en los problemas y eventualidades de orden personal o laboral y recibir una respuesta eficaz y oportuna. f. Solicitar permisos, certificados y constancias, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. (Ley 715 de 21 de Diciembre de 2001. Ley 734 del 5 de Febrero de 2002. Decreto 230 del 11 de Febrero de 2002. Art. 53 C.N.C, Art. 36 Dcto. 2277/79). g. Elegir y ser elegido como representante al Consejo Directivo y al Consejo Académico. h. Participar en convivencias, capacitaciones y programas de integración con el fin de desempeñarse con calidad en el que hacer educativo (Art. 111 Ley 115., Art. 70 C.N.C). i. Al libre ejercicio de la profesión, de acuerdo con lo consagrado en el artículo 25 de la Constitución, con la ley laboral vigente y con las disposiciones legales que rijan a la Institución. j. Recibir la papelería requerida e información necesaria, para su oportuno diligenciamiento (Art. 148 Ley 115/94). k. A que se les tenga en cuenta sus criterios y propuestas, y sean llevados a la práctica. l. Recibir asignación de la carga académica según el área de su especialidad o experiencia, teniendo en cuenta, en lo posible, que haya continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes cada año.
  • 28. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 28 m. A no ser desautorizados en frente de estudiantes o padres de familia, por parte de directivos o compañeros. n. A ser capacitados en temas referidos a la discapacidad cognitiva, sensorial y estrategias para la atención socioeducativa de estas personas. CAPÍTULO 8. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES ARTÍCULO 47. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES a. Reconocimiento por la buena labor y el cumplimiento de sus funciones, a través de detalles o manifestaciones verbales y escritas. b. Convivencias que conlleven a una buena salud mental. c. Celebraciones de cumpleaños, día de la madre, día del padre, día del educador, día del hombre y día de la mujer, entre otros. d. Postulación de docentes y directivos a reconocimientos municipales, departamentales o nacionales. e. Participación en sucesos importantes en la familia del educador. f. Otros estímulos que determine el consejo directivo por su buena gestión y entrega en beneficio de la comunidad educativa. CAPÍTULO 9. DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES ARTÍCULO 48. DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES Como integrante de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya, los docentes y directivos docentes, tienen los siguientes deberes: a. Comprometerse en el cumplimiento del PEI y del manual de Convivencia b. Capacitarse para mejorar la calidad de vida a nivel individual y colectivo. c. Cumplir con el horario y desarrollo de actividades pedagógicas, proyectos, y programas que organice la Institución, el Núcleo y la Secretaría de Educación (Art.111, 116, 118, y 131 de la Ley 115/94. Ley 715 de 2001. Ley 734 de 2002. Decreto 1290 de 2009). d. Hacer buen uso de todos los recursos disponibles en su quehacer educativo y formativo. e. Respetar y valorar a todas las personas del establecimiento educativo, no sólo con palabras sino con actitudes y testimonio de vida. f. Escuchar y atender respetuosamente los llamados y reclamos que se le hacen. g. Diligenciar oportunamente los libros y papelería requerida en el desempeño como docente o directivo. h. Hacer uso adecuado de los permisos. i. Participar en los procesos democráticos de la Institución. j. Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones contempladas en el presente Manual de Convivencia. k. Tratar con dignidad y sigilo los asuntos que puedan atentar contra el buen nombre de la Institución. l. Presentarse en óptimas condiciones para el desempeño de su labor educativa. m. Cumplir con las actividades programadas en el cronograma de actividades. n. Abstenerse de ingresar a la institución educativa o a las actividades programadas por ella y por el municipio, en estado de embriaguez, o bajo efectos de licor o sustancias psicotrópicas
  • 29. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 29 o. Participar en los diferentes programas ofrecidos por la Institución y otros, para el mejoramiento de su calidad de docente. p. Todos los inherentes a su cargo, contemplados en el Estatuto Docente (Art. 44), la Ley General de Educación, su Decreto reglamentario 1860. La Ley 715 de diciembre 21/2001. Ley 734 del 5 de febrero de 2002 y el Decreto 1290 de 2009. q. Cumplir con las disposiciones internas dadas a través de las resoluciones, circulares y memorandos, siempre y cuando no sean contrarias a la constitución y la ley. r. Estimular en el estudiante, hábitos de cuidado del ambiente: reciclaje de desechos y contaminación auditiva. s. Respetar la diversidad de pensamiento y opinión de todos los miembros de la comunidad educativa. t. Abstenerse de enviar estudiantes a realizar diligencias fuera de la institución o devolverlos sin conocimiento previo de sus acudientes y sin ajustarse al debido proceso. u. Planear y organizar el trabajo de aula de acuerdo al PEI y teniendo en cuenta las características de los grupos asignados v. Mantenerse actualizado sobre el modelo pedagógico institucional y los saberes propios de su ejercicio w. Expresar a los estudiantes de manera asertiva las ideas, planteamientos y argumentos sobre el desarrollo de las temáticas en el aula x. Mostrar suficiente conocimiento y dominio sobre la disciplina y saberes propios del cargo. y. Suscitar y construir escenarios y dinámicas en el ámbito social y educativo, que promueva el ejercicio de la ética y los valores. z. Hacer el seguimiento de los estudiantes a su cargo en relación con su formación, comportamiento, rendimiento académico, asistencia y hacer los registros correspondientes en la ficha observador del estudiante. CAPÍTULO 10. DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES ARTÍCULO 49. DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES. Como integrante de la Institución Educativa Presbítero Gerardo Montoya, los Padres, madres y acudientes, tienen los siguientes derechos: a. Conocer el PEI, el SIE y el Manual de Convivencia b. Ser atendido en forma cortés por los directivos, profesores y demás integrantes de la Institución, cuando sea necesaria su intervención. c. Tenerles en cuenta sus sugerencias y recomendaciones que ayuden al crecimiento y mejoramiento del que hacer educativo (Art. 7 Ley 115, Art. 45 C.N.C) d. Matricular, en forma oportuna, sus hijos de acuerdo a los parámetros en la Institución. e. Que sus hijos reciban una educación de acuerdo a los fines, estándares, logros y objetivos establecidos en la Ley General de Educación y la Constitución. f. Recibir o solicitar periódicamente los informes sobre rendimiento y comportamiento de sus hijos. g. Participar en todas las actividades académicas, culturales y recreativas que realice la Institución. h. Elegir y ser elegido en la asamblea de padres, para conformar los diferentes estamentos del Gobierno Escolar. i. A estar informados sobre el manejo de los fondos de servicios educativos. j. Participar en la evaluación y planeación Institucional, por medio de los representantes de padres de familia. k. Conocer y recibir explicaciones por parte de directivos y profesores sobre las causas que den lugar a una determinación que involucre a su hijo (a).
  • 30. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRESBÍTERO GERARDO MONTOYA MONTOYA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SECRETARÌA DE EDUCACIÒN DE ANTIOQUIA NIT 811023555-7 CÓDIGO DANE 105031000056 CODIGO ICFES 13339 30 l. Recibir información, capacitación y orientación relacionada con la educación y formación de sus hijos. m. Recibir informes periódicos de sus hijos de acuerdo al cronograma institucional. n. A que se le expida la escusa justificada acorde a las necesidades presentadas. CAPÍTULO 11. ESTÍMULOS PARA PADRES, MADRES Y ACUDIENTES ARTÍCULO 50. ESTÍMULOS PARA PADRES, MADRES Y ACUDIENTES  Conmemoración de fechas especiales como el día de la madre, del padre y el día de la familia.  Talleres y sesiones de capacitación en la Escuela de Padres.  Convivencias de integración para intercambiar experiencias.  Reconocimiento o distinción, por escrito, a los padres de familia que colaboran constantemente con la institución.  Estímulos verbales para quienes están siempre pendientes de sus hijos y anotación en la ficha observador del estudiante.  Integraciones deportivas o culturales con los padres de familia.  Condecoración en asamblea general por destacarse en colaboración y gestión en bien de la comunidad educativa. CAPÍTULO 12. DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES ARTÍCULO 51. DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES a. Participar obligatoria y activamente en las actividades programadas para el logro de los objetivos institucionales. b. Suministrar los implementos necesarios a sus hijos, para el mejor desarrollo del aprendizaje. c. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias para padres de familia y a todo llamado que realice la Institución. d. Preocuparse por el progreso de su hijo, dialogando con los profesores, para que se cumpla mejor la relación Institución – hogar. e. Respetar y dar buen trato a todos los miembros de la Comunidad Educativa. f. Solicitar con anticipación y por escrito a la institución, los permisos para que el estudiante pueda ausentarse del establecimiento en horas de clase. g. Presentarse a diligenciar el proceso de matrícula, en las fechas señaladas por la Institución. h. Justificar personalmente o por escrito, ante quien corresponda, los retrasos forzosos o inasistencias de su hijo (a) al establecimiento. i. Asumir el compromiso adquirido de participación, en todas las actividades programadas por la Institución. j. Justificar o argumentar oportunamente, sus reclamos y en el tiempo previsto en el Manual de Convivencia. k. Respetar el conducto regular, para solucionar las dificultades que se presentan. l. Ofrecer un clima familiar que asegure la continuidad de la formación integral que se ofrece en la Institución, de acuerdo con la filosofía y valores requeridos para la vida en sociedad. m. Orientar y supervisar la realización de las tareas y actividades extraescolares, por parte de sus hijos. n. Presentar excusa justificada por escrito cuando no puedan asistir a las reuniones, actividades y citaciones de la Institución.