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Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Alumno: Miguel E. Escalona E.
CI: 21053571
Las Contribuciones
Son aquellos tributos en los cuales un individuo o determinado grupo social percibe un beneficio derivado de alguna
actividad especial del Estado, puede ser que dicha actividad aumente el valor de sus bienes o que gracias a la
creación de una obra pública la misma le sea rentable y por esta razón es de manera obligatoria contribuir para el
beneficiario tomando en cuenta que el aprovechamiento en algunos casos es potestativo por parte del mismo.
Contribuciones de
Mejoras
Es aquella contribución obligatoria,motivada en la obtención de un beneficio para
el sujeto pasivo,que se origina en la realización deobras públicas.
Cuando por ejemplo un ente público construyeun jardín o plaza pública,
pavimenta, ensancha, prolonga una calleentre otro suele haber inmuebles
cercanos que se valorizan con el consiguienteenriquecimiento del propietario.
Contribuciones Parafiscales
Son pagadasa entesdistintosal fiscoyconstituyenexaccionesrecaudadaspor ciertos entes públicos para
asegurar su financiamiento autónomo. En pocas palabras, son exacciones recabadas por ciertos entes
públicos para asegurar su financiamiento autónomo.
Características
A) No se incluyesu producto en los presupuestos estatales.
B) No son recaudadas por los organismos específicamentefiscales del Estado.
C) No ingresan a las tesorerías estatales,sino directamentea los entes
recaudadores y administradores delos fondos.
TIPOS
Instituto Nacional De
Cooperación Educativa
Socialista (INCES)
La Ley del Instituto Nacional deCooperación Educativa Socialista (INCES) establece
una contribución parafiscal quese calcula dela siguientemanera:
*Dos por ciento (2%) del total de los sueldos,salarios,jornales y remuneraciones
de cualquier especie,pagados al personal quetrabaja en los establecimientos
industriales o comerciales no pertenecientes a la Nación,a los Estados,ni a las
Municipalidades,a cancelarsetrimestralmente.
*El 0,5% de las utilidades anuales,pagadas a losobreros y empleados y aportadas
por éstos. La retención de enterarse directamente al Instituto,conjuntamente con
el aporte del patrono, trimestralmente.
Seguro Social
Obligatorio (SSO):
La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social crea el Sistema de Seguridad
Social. En este sentido, el Seguro Social Obligatorio es un subsistema de la
mencionada ley.
El patrono debe efectuar retenciones al trabajador al momento del pago de los
salarios,así como los aportes a los cuales está obligado a efectuar, en su condición
de contribuyente, serán calculadasa través de la aplicación dealícuotas quevarían
dependiendo del nivel de riesgo que tenga el empleado en el área de trabajo, y la
tarifa aplicable se establecerá sobre el salario.
Contribuciones
previstas en la Ley
Orgánica de Ciencias,
Tecnología e
Innovación
Artículo 25 De quiénes aportan: A los efectos de esta Ley, se entiende como
aportantes para la ciencia,tecnología,innovación y sus aplicaciones,aquellas
personas jurídicas,entidades privadaso públicas,domiciliadas o no en la República
que realicen actividades económicasen el territorio nacional y hayan obtenido
ingresos brutos anuales superioresa cien mil Unidades Tributarias(100.000 U.T.)
en el ejercicio fiscal inmediato anterior,que se señalan a continuación:
1. Las compañías anónimas y las sociedades deresponsabilidad limitada.
2. Las sociedades en nombre colectivo,en comandita simple,las comunidades,así
como cualesquiera otras sociedades depersonas,incluidaslasirregulares o de
hecho.
3. Las asociaciones,fundaciones,corporaciones,cooperativasy demás entidades
jurídicaso económicas no citadas en los numerales anteriores.
4. Los establecimientos permanentes, centros o bases fijassituadosen el territorio
nacional."
Contribuciones
previstas en la Ley
contra el tráfico ilícito y
el consumo de
sustancia
estupefaciente y
psicotrópicas
Artículo 32: Aporte
Las personas jurídicas privadas, consorcios y entes públicos con fines
empresariales, que ocupen cincuenta trabajadores o trabajadoras, o más, están
obligados a liquidar el equivalenteal uno por ciento (1%) de su ganancia o utilidad
en operaciones del ejercicio ante el Fondo Nacional Antidrogas, dentro de los
sesenta días continuos contados a partir del cierre del ejercicio fiscal respectivo.
Artículo 34: Las personas jurídicas fabricantes o importadores de bebidas
alcohólicas, tabaco y sus mezclas, están obligados en función de su
responsabilidad social, a liquidar el equivalente al dos por ciento (2%) de su
ganancia o utilidad en operaciones del ejercicio, destinado a la ejecución de
planes, programas y proyectos relacionados con la creación, construcción,
restauración, mantenimiento y funcionamiento de centros de tratamiento de las
adicciones, así como para apoyar planes, programas y proyectos de prevención
integral elaborados por el Ejecutivo Nacional.
Diferencias Entre Impuestos, Tasas y Contribuciones
Impuestos
Está orientada por el pago de
un tributo como producto de
una actividad económica o
social sujeta a Leyes que la
regulan.
No está amarrado a recibir un
retribución individual por el
tributo pagado.
El hecho que lo genera es el
gasto publico
Se destino es para las
necesidades colectivas del ente
que la emite
No se identifica la partida y la
contrapartida de la vinculación
tributaria
Tasas
No disponede una regulación por la
condición individual del sujeto que lo
paga,es indistinta deesa condición.
Está orientada por el pago de tributos en
virtud de un servicio o retribución quese
entrega a cambio.
El hecho que lo genera es el goce de un
servicio público.
Su destino es para el mantenimiento del
servicio otorgado en contraprestación.
Se identifica la partida y la contrapartida
de la vinculación tributaria.
Contribuciones
El pago del tributo está orientado a
tributos de orden legal de acuerdo
con la condición que le otorga al
pagador del mismo la ley, los cuales
pueden ser diferentes.
El pago de este tipo de tributo está
atado a la recepción inmediata o
futura de posibles retribuciones.
El hecho que lo genera es el
recibimiento de un beneficio.
Su destino es para el financiamiento
de la actividad social del ente
receptor.

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  • 1. Universidad Fermín Toro Vice Rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Alumno: Miguel E. Escalona E. CI: 21053571
  • 2. Las Contribuciones Son aquellos tributos en los cuales un individuo o determinado grupo social percibe un beneficio derivado de alguna actividad especial del Estado, puede ser que dicha actividad aumente el valor de sus bienes o que gracias a la creación de una obra pública la misma le sea rentable y por esta razón es de manera obligatoria contribuir para el beneficiario tomando en cuenta que el aprovechamiento en algunos casos es potestativo por parte del mismo. Contribuciones de Mejoras Es aquella contribución obligatoria,motivada en la obtención de un beneficio para el sujeto pasivo,que se origina en la realización deobras públicas. Cuando por ejemplo un ente público construyeun jardín o plaza pública, pavimenta, ensancha, prolonga una calleentre otro suele haber inmuebles cercanos que se valorizan con el consiguienteenriquecimiento del propietario. Contribuciones Parafiscales Son pagadasa entesdistintosal fiscoyconstituyenexaccionesrecaudadaspor ciertos entes públicos para asegurar su financiamiento autónomo. En pocas palabras, son exacciones recabadas por ciertos entes públicos para asegurar su financiamiento autónomo. Características A) No se incluyesu producto en los presupuestos estatales. B) No son recaudadas por los organismos específicamentefiscales del Estado. C) No ingresan a las tesorerías estatales,sino directamentea los entes recaudadores y administradores delos fondos. TIPOS Instituto Nacional De Cooperación Educativa Socialista (INCES) La Ley del Instituto Nacional deCooperación Educativa Socialista (INCES) establece una contribución parafiscal quese calcula dela siguientemanera: *Dos por ciento (2%) del total de los sueldos,salarios,jornales y remuneraciones de cualquier especie,pagados al personal quetrabaja en los establecimientos industriales o comerciales no pertenecientes a la Nación,a los Estados,ni a las Municipalidades,a cancelarsetrimestralmente. *El 0,5% de las utilidades anuales,pagadas a losobreros y empleados y aportadas por éstos. La retención de enterarse directamente al Instituto,conjuntamente con el aporte del patrono, trimestralmente. Seguro Social Obligatorio (SSO): La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social crea el Sistema de Seguridad Social. En este sentido, el Seguro Social Obligatorio es un subsistema de la mencionada ley. El patrono debe efectuar retenciones al trabajador al momento del pago de los salarios,así como los aportes a los cuales está obligado a efectuar, en su condición de contribuyente, serán calculadasa través de la aplicación dealícuotas quevarían dependiendo del nivel de riesgo que tenga el empleado en el área de trabajo, y la tarifa aplicable se establecerá sobre el salario.
  • 3. Contribuciones previstas en la Ley Orgánica de Ciencias, Tecnología e Innovación Artículo 25 De quiénes aportan: A los efectos de esta Ley, se entiende como aportantes para la ciencia,tecnología,innovación y sus aplicaciones,aquellas personas jurídicas,entidades privadaso públicas,domiciliadas o no en la República que realicen actividades económicasen el territorio nacional y hayan obtenido ingresos brutos anuales superioresa cien mil Unidades Tributarias(100.000 U.T.) en el ejercicio fiscal inmediato anterior,que se señalan a continuación: 1. Las compañías anónimas y las sociedades deresponsabilidad limitada. 2. Las sociedades en nombre colectivo,en comandita simple,las comunidades,así como cualesquiera otras sociedades depersonas,incluidaslasirregulares o de hecho. 3. Las asociaciones,fundaciones,corporaciones,cooperativasy demás entidades jurídicaso económicas no citadas en los numerales anteriores. 4. Los establecimientos permanentes, centros o bases fijassituadosen el territorio nacional." Contribuciones previstas en la Ley contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancia estupefaciente y psicotrópicas Artículo 32: Aporte Las personas jurídicas privadas, consorcios y entes públicos con fines empresariales, que ocupen cincuenta trabajadores o trabajadoras, o más, están obligados a liquidar el equivalenteal uno por ciento (1%) de su ganancia o utilidad en operaciones del ejercicio ante el Fondo Nacional Antidrogas, dentro de los sesenta días continuos contados a partir del cierre del ejercicio fiscal respectivo. Artículo 34: Las personas jurídicas fabricantes o importadores de bebidas alcohólicas, tabaco y sus mezclas, están obligados en función de su responsabilidad social, a liquidar el equivalente al dos por ciento (2%) de su ganancia o utilidad en operaciones del ejercicio, destinado a la ejecución de planes, programas y proyectos relacionados con la creación, construcción, restauración, mantenimiento y funcionamiento de centros de tratamiento de las adicciones, así como para apoyar planes, programas y proyectos de prevención integral elaborados por el Ejecutivo Nacional. Diferencias Entre Impuestos, Tasas y Contribuciones Impuestos Está orientada por el pago de un tributo como producto de una actividad económica o social sujeta a Leyes que la regulan. No está amarrado a recibir un retribución individual por el tributo pagado. El hecho que lo genera es el gasto publico Se destino es para las necesidades colectivas del ente que la emite No se identifica la partida y la contrapartida de la vinculación tributaria Tasas No disponede una regulación por la condición individual del sujeto que lo paga,es indistinta deesa condición. Está orientada por el pago de tributos en virtud de un servicio o retribución quese entrega a cambio. El hecho que lo genera es el goce de un servicio público. Su destino es para el mantenimiento del servicio otorgado en contraprestación. Se identifica la partida y la contrapartida de la vinculación tributaria. Contribuciones El pago del tributo está orientado a tributos de orden legal de acuerdo con la condición que le otorga al pagador del mismo la ley, los cuales pueden ser diferentes. El pago de este tipo de tributo está atado a la recepción inmediata o futura de posibles retribuciones. El hecho que lo genera es el recibimiento de un beneficio. Su destino es para el financiamiento de la actividad social del ente receptor.