1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE REDACTORDO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JUDÍDICAS Y POLITICAS ESCUELA
DE DERECHO
SEPTIEMBRE, 2019
Autor: Lina Hernández
C.I: V12879981
Saia B/I
Prof. Emily Ramirez
2. VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÓN
COLECTIVA DEL TRABAJO
Se podrá mantener control sobre
los incrementos salariales que se
realicen, para dar una mejor
productividad.
Los empresarios y trabajadores
conocen realmente el manejo de su
empresa, su situación, teniendo
así una mejor regulación de
relaciones.
Logra darle a la empresa, su
propio estilo, la ubicación
geográfica que se requiera, los
salarios y el volumen de negocio
que la empresa necesite.
Reduce el riesgo de menos
productividad, ya que al tener
acuerdos de trabajo e estimular a
los empleados, hace que ellos
hagan bien su trabajo y así mismo
crezca la producción.
DIFERENCIAS ENTRE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN Y ENTRE CONCILIACIÓN ANTE EL ARBITRAJE
La diferencia más relevante entre estos tres términos radica en que en
la mediación, interviene una persona física, jurídica o incluso una autoridad pública
ajena al conflicto (el mediador). Es esta persona quien busca que se logre un acuerdo
según las posturas de cada parte y así terminar el conflicto. Mientras que en el proceso
de arbitraje, el árbitro es el que resuelve la controversia, imponiendo a las partes la
solución que estime conveniente.
El arbitraje y la conciliación difieren
en cuanto al origen del resultado. En
un consenso las partes involucradas
resuelven el conflicto por si mismos.
Pueden requerir un tercero llamado
conciliador.
La mediación no es el
punto de arranque ni el
fin, ya que, la mediación es
un medio.
En el arbitraje, la tercera
persona se le llama árbitro y
es quien compone el conflicto
de los intereses entre las
partes involucradas.
La negociación, la mediación y el arbitraje son procesos
de resolución de conflictos. En ellos, las partes acuden
de manera voluntaria. Son procesos más ágiles y
económicos que los tribunales, pero cada uno tiene unas
características adecuadas a cada tipo de conflicto.