1. Universidad Fermín toro
facultad de ciencia jurídica y política
escuela de derecho
Barquisimeto_ Lara
El domicilio como factor
de conexión
Nombre: María Jiménez
CI: 23491167
2. El domicilio como factor
se denomina Domicilio, y se define
como el asiento legal de las personas,
donde estas desarrollan todas las
actividades de orden económico,
familiar y jurídico, es decir donde
ejercen sus derechos y contraen
obligaciones, etimológicamente
domicilio, proviene de Domus y
significa “el lugar donde se tiene la
casa”
de conexión
TEORIAS: la Teoría Clásica según la
cual el domicilio no es un lugar sino que una
noción abstracta que supone una
relación jurídica entre el sujeto el lugar, por lo
cual a la persona se le
considera siempre presente en dicho lugar
y la otra es la
denominada Teoría Concreta estima que el d
omicilio es un lugar concreto en que la Ley
supone que la persona se
encuentra siempre para los efectos jurídicos.
CARACTERISTICAS
3. 1) Fijeza: El domicilio, aunque no es inmutable, es la sede j
urídica más estable, en especial no varía con
cualquier cambio de habitación o residencia.
2) Necesidad: al referirse a personas que no tienen domici
lio ni residencia.
3) Unidad: se refiere al asiento
"principal” de los negocios e intereses,
TIPOS DE DOMICILIOS
El Domicilio Civil Especial (cuando el
domicilio civil se haya constituido en
cierto lugar específicamente para una
o más relaciones jurídicas
determinadas).
El Domicilio Legal, el cual es aquel que
la Ley impone a determinadas
personas en ciertos casos; en este
sentido, el Código Civil, dispone que es
te domicilio se determina por las
respectivas Leyes que los exigen;
EL Domicilio
Voluntario, es decir que
una persona es competente de decid
ir voluntariamente su domicilio
cuando es mayor de edad
y está dotada de la
capacidad para tomar
esta decisión tan responsable.
la Residencia, la cual constituye el lugar donde vive
habitualmente una persona, aunque no tenga el asiento
principal de sus negocios e intereses, lo cual le distingue de la
figura del domicilio y lo que determina que no necesariamente
ambas figuras tienen que coincidir;