Las reformas de 2008 introdujeron un sistema acusatorio y oral para los juicios penales en México. Esto requiere la capacitación de todos los actores legales, como policías, fiscales y jueces, así como recursos materiales adecuados. El documento explica el proceso de juicio mercantil, incluidas sus cuatro etapas, y enfatiza que sin capacitación y recursos, la implementación de los juicios orales estará condenada al fracaso.
3. En el 2008 han se aprobaron varias reformas
para integrar a los juicios orales, la aprobación de
estas reformas tiene como finalidad el mejorar el
funcionamiento de las diferentes instituciones que
integran el sistema de justicia penal en México,
encargadas de la seguridad pública, la
procuración e impartición de justicia, así como de
la reinserción social.
4. Se modificaron diferentes componentes que
integran el sistema de justicia penal, en virtud de la
sustitución del modelo penal mixto por uno
predominantemente acusatorio y oral, regido por
los principios procesales publicidad, contradicción,
concentración, continuidad e inmediación, previsto
en los artículos 16, párrafo segundo y décimo
tercero, 17, párrafos tercero, cuarto y sexto, 19, 20 y
21, párrafo séptimo de la carta magna.
5. Es un procedimiento, instaurado para beneficiar
a los justiciables en cuanto al tiempo, la
expedites y la transparencia de los asuntos de
esta naturaleza que llegan al Tribunal, dando
así cumplimiento a lo dispuesto al respecto en el
Código de Comercio y al Código de
Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
6. Procedimiento del Juicio Mercantil.
Los juicios mercantiles no podrían existir sin el
acto de Comercio, que es el acto jurídico que
produce efectos en el ámbito comercial y se rige
por las leyes mercantiles vigentes. El código de
comercio en el articulo 75 señala casuísticamente
una serie de actos a los que les otorga ese
carácter.
7. JUICIOS ESPECIALES
Es importante recalcar que los juicios
mercantiles tienen su regulación jurídica en la
ley mercantil, pero si esta es omisa o
reglamenta incompletamente su tramitación,
procede la aplicación supletoria de los códigos
de procedimientos civiles de los estados, tal
como lo dispone el artículo 1054 del c. de
comercio.
8. JUICIOS ORDINARIOS MERCANTILES
El juicio ordinario mercantil se divide en cuatro periodos o fases y son:
1.- Etapa postulatoria o de fijación de la Litis. En esta etapa las partes
plantean sus pretensiones, la demandada sus defensas resistencias,
narran los hechos y también se puede contrademandar .expresan lo
que a sus intereses conviene y aducen los fundamentos de derecho
que consideran favorables.
La primera fase del juicio termina cuando se ha determinado la
materia de la Litis, es decir cuando se ha establecido cual es la
materia sobre la que habrá reprobarse, alegarse y posteriormente
sentenciarse.
2.- Etapa probatoria
3.- Alegatos
4.- Sentencia.
9. Capacitación de los Actores Jurídicos.
De muy poco serviría el contar con nuevas normas si no
se modifican y se trabaja con las instituciones y
procedimientos penales, si los agentes policiales, los del
Ministerio Público, defensores públicos, juzgadores,
peritos, docentes, investigadores y estudiantes de
derecho.
Para lograr una adecuada instrumentación de los juicios
orales, se requiere la profesionalización de los diversos
actores, agentes de policía, federales y locales,
ampliamente capacitados y equipados, con
conocimiento pleno de las funciones eminentemente
preventivas que les toca desempeñar; agentes del
Ministerio Público y ministeriales a su cargo.
10. Dotación de los recursos materiales,
infraestructura y recursos
económicos.
Finalmente, uno de los elementos que determinará el éxito o
fracaso de los juicios orales es el de la dotación de los recursos
financieros que hagan posible tanto la capacitación de
abogados, agentes del Ministerio Público, juzgadores,
defensores públicos, como la adecuación de los inmuebles de
los poderes judiciales mexicanos, para el desarrollo de las
audiencias. Si no se incrementan los recursos presupuestales a
las instituciones públicas mexicanas que intervienen en el
proceso penal, esto es, Policía Federal Preventiva,
Procuraduría General de la República, Consejo de la
Judicatura Federal, Defensoría Pública y Órgano
Desconcentrado de Readaptación Social, no puede haber
juicios orales.
11. CONCLUSIÓN
La implementación de los juicios orales en México,
implica principalmente un
crecimiento como país en cuanto a nuestras leyes,
considero que es una muy buena herramienta que
es eficaz si se aplica de una manera correcta como
lo plante durante el ensayo, sé que esto no es fácil
y es por eso que recalco en la planeación
estratégica en necesaria la intervención de dos
elementos que la conforman, comprende
básicamente los siguientes dos puntos:
• Capacitación de los actores jurídicos y
• La dotación de recursos materiales.