Evaluación de los Factores Externos de la Organización.
Filiacion rafael navas roa
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Rafael navas
25,147,020
2. La filiación
comprende el vínculo jurídico que existe
entre los sujetos llamados ascendientes y
descendientes, sin limitaciones de grados;
es decir, entre personas que descienden
las unas de las otras
De la filiación derivan: el
parentesco consanguíneo, la
patria potestad. Los deberes y
derechos alimentarios el
nacimiento de incapacidades.
La vocación hereditaria ab
intestato y el apellido.
importancia Momentos
El nacimiento es un hecho
cierto, fácil de determinar con
toda precisión; pero en
principio no tiene relevancia
para establecer la filiación, ni
aun la certeza de ésta,
respecto del padre. En cuanto
a la madre, si se comprueba
la identidad del producto del
parto con la persona que
pretende ser tenido como hijo
de ésta, habrá quedado
establecida la filiación
materna.
La concepción, no
obstante ser un hecho
cuyo momento es de casi
imposible determinación
y de muy fácil prueba, es
el único hecho capaz de
servir para establecer la
filiación y su certeza, por
lo que el legislador se ha
visto obligado a tomarla
como prueba
fundamental para fijar
el carácter de filiación.
Apellidos
Nacionalidad y vecindad civil
Alimentos
Guarda y custodia
Patria potestad
Derechos sucesorios
Derechos y deberes