Este documento clasifica y explica los modos de adquirir el dominio según la ley romana. Los divide en modos originarios, que no requieren de un antecesor jurídico como la ocupación y la accesión, y modos derivativos que surgen de un acto de disposición del titular anterior como la sucesión mortis causa y la tradición. Explica detalladamente los conceptos de ocupación, accesión y sus diferentes clases y casos.
material de apoyo para el estudio del derecho notarial en Guatemala y sus relaciones con otras ramas. mas descargas gratuitas en www,estuderecho.com/sitio
material de apoyo para el estudio del derecho notarial en Guatemala y sus relaciones con otras ramas. mas descargas gratuitas en www,estuderecho.com/sitio
Modos Derivativos de Adquirir la Propiedad
Como se ha dicho, la adquisición a título derivativo ocurre cuando la transmisión de la propiedad tiene lugar de manos del anterior propietario a manos del adquirente en virtud de una relación jurídica preexistente, traspaso que se hace íntegramente y sin reservas de ninguna naturaleza.
Constituyen modos de adquisición a título derivativo, para el derecho romano: la “mancipatio”, la “in iure cessio”, la “traditio”, la “usucapio” y la “prescriptio”.
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoCARLOS ANGELES
Exposiciòn en la UPLA 2010, basada en la monografia http://www.scribd.com/doc/26559832/La-Propiedad-y-La-Posesion-en-El-Derecho-Romano
Curso Bases Romanistas del Derecho Civil.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
3. M.A.D. –ORIGINARIOS-
MAD ORIGINARIOS
LA OCUPACIÓN
LA ACCESIÓN
LA PRESCRIPCIÓN
Se dice que la adquisición es
originaria cuando se realiza sin
mediar relación alguna con un
antecesor jurídico; la cosa cuya
propiedad se adquiere no se
recibe de otra persona porque
carece de dueño –Res nullus”-
como ocurre en los diversos
casos de ocupación.
4. M.A.D. –DERIVATIVOS-
MAD ORIGINARIOS
SUCESION MORTIS
CAUSA
LA TRADICION
Los modos derivados o
derivativos, son aquellos
en los cuales la eficacia
de la adquisición arranca
de un acto de disposición
del precedente titular,
aquellos en los cuales hay
transmisión de la
propiedad, que antes
pertenecía a alguien, a la
persona que la transmite,
como por ejemplo: en el
contrato de
compraventa.
5. LA OCUPACIÓN
M.A.D. Originario de adquirir el dominio de las cosas muebles que a
nadie pertenecen.
Cosas que a nadie pertenecen:
1. Res Nullius : Cosas que nunca han tenido dueño.
2. Res Derelictae : Cosas que el dueño las ha abandonado. No es la
cosa perdida por su dueño, sino la abandonada por
él.
Se adquieren en forma inmediata con la sola posesión y voluntad de
adquirirlas. No requieren de un plazo, como ocurre en la prescripción.
6. LA OCUPACIÓN
Requisitos para la Ocupación.
1. Que la cosa carezca actualmente de dueño.
2. Aprehensión material con la intención de adquirirla.
3. Que la ocupación esté permitida por la Ley.
7. LA OCUPACIÓN
Clases de Ocupación:
1. Ocupación de Cosas Animadas:
a) Caza
b) Pesca
2. Ocupación de Cosas Inanimadas:
a) Invención o hallazgo
b) Tesoro
c) Baldíos (discutible)
Ocupación
Cosas
Animadas
Cosas
Inanimadas
8. LA ACCESION
M.A.D. Originario por el cual el dueño de una cosa pasa a serlo de lo
que ella produce o de lo que se junta a ella
Accesión
Frutos Juntas
9. CLASES DE ACCESIÓN
Clases
De
Inmueble
A Inmueble
De Mueble A Inmueble
De Mueble A Mueble
10. ACCESIÓN DE INMUEBLE A INMUEBLE
1. Aluvión
2. Avulsión
3. Mutación de Cauce o Álveo
4. Formación de Islas.
11. Aluvión
Aumento que recibe la ribera de
un lago o rio por el lento e
imperceptible retiro de las aguas.
12. Avulsión
Cuando una porción de tierra es
transportada de un lugar a otro
por fuerza de la naturaleza en
forma abrupta, y su dueño no la
reclama dentro del año posterior
al hecho, el dueño del predio al
que se juntó la porción de tierra
adquiere el dominio por accesión.
13. Mutación de Álveo
Dos casos:
1. El rio cambia de cauce
2. Se abre en dos brazos que no
vuelven a juntarse.
17. Adjunción
Ocurre cuando dos cosas muebles de diferentes
dueños se unen entre si e integran una cosa
nueva sin que ninguna de ellas pierda su
individualidad, ya que pueden separarse de
nuevo sin detrimento.
18. Especificación
Es la creación o producción de una cosa nueva
mediante el empleo de materia ajena sin el
consentimiento de su propietario.
19. Mezcla
Se presenta mezcla cuando se produce una cosa
nueva por la reunión de materias áridas o
liquidas pertenecientes a diferentes dueños, sin
que puedan separarse. La unión de la arena y el
cemento, la del colorante y el agua son ejemplos
de esta figura.