1. Caso Bolt y otros vs. La República Cardenal.
Lina esperanza roa perlilla
En 1990 El Estado cardenal pasaba por una situación desalentadora toda vez que
surgió un grupo armado ilegal llamado MRLB que tenía como objetivo el
derrocamiento del orden constituido y la implementación de un nuevo estado
comunista. Que respetará el derecho a la libre autodeterminación de los pueblos y
a su vez incluiría el reconocimiento del pueblo Boneca (grupo étnico que tiene el
90% de población dentro de un 4,5 de población total. Así se den cadena un
conflicto constante y peligroso entere el grupo armado ilegal MRLB y las fuerzas
militares del Estado cardenal.
Para el gobierno de la presidenta Gabriela Nunes, Quien dio inicio al proceso de
paz que buscaba llegar a un acuerdo y de esta manera darle una solución final al
conflicto interno del Estado cardenal. Dentro de la ejecución de este acuerdo de
paz que tendría sanciones para todo tipo de delitos que este grupo realizo, se da el
estudio de un hecho (ataque) que tuvo gran conmoción social. Este hecho se da
para el año 2000. Militantes del grupo MLRB secuestraron a 23 niñas y niños del
Colegio Ángeles del Saber y los mantuvo en cautiverio durante 90 días. Para dar
solución a esta situación se realizaron 2 operativos militares en los que se
encontraron a los niños pero que en consecuencia del enfrentamiento 4 niños
murieron. Y solo tres de los presuntos responsables se pudieron identificar, donde
algunos de ellos aceptaron la responsabilidad del grupo armado ilegal MLRB.
El Estado cardenal bajo todos los requerimientos judiciales implemento políticas
de reparación a cada una de las personas afectadas en este hecho (la familia de
cada uno de los 4 niños, familias y núcleos conexos de cada uno de los
asesinados y torturados miembros del grupo MLRB por parte de miembros del
Estado cardenal).
2. De otra parte El estado de cardenal es denunciado en el año 2008 y 2009 ante la
corte interamericana de derechos humanos como responsable de los hechos que
ocurrieron en el año 2000 (lo anterior) por familiares de las víctimas de este hecho.
Es así como la corte interamericana declara culpable a el Estado cardenal por ser
responsable de los hechos que pasaron para el año 2000 en el caso del secuestro
de los angelitos toda vez que no cumplió con los trámites necesarios para la
investigación que daría lugar a la aclaración de los hechos y por consiguiente no se
realizó la respectiva indemnización.
El Estado cardenal en el caso de estudio, realiza un proceso de paz bajo una ley
de justicia transicional que tiene como objetivo darle fin a un conflicto interno. Como
Estado es el único que está facultado para implementar y ejecutar dicho proceso de
paz, que respetó y se ajustó a normas internacionales (tratados) y normas
constitucionales. Que fundamentan la existencia de un sistema que conserva los
criterios de justicia, validez y eficacia. Además es importante resaltar que este no
requiere de intervención alguna por parte de otro Estado, Pues bajo su
institucionalización de poder y como soberano tiene la plena potestad de hacerlo,
además de cumplir con una de sus funciones que es velar por el bien de todos sus
ciudadanos (pueblo) garantizando así la no vulneración en su sistema jurídico.
Es por ello que a continuación se mencionara porque el estado cardenal no es
responsable de las afirmaciones de la corte interamericana de derechos humanos
pues el mismo Estado realizo la respectiva investigación y garantizo el cumplimiento
de las mismas.
Así podemos observamos como el Estado cardenal bajo este proceso de justicia
transicional respeta y da cumplimiento a la protección de los derechos humanos de
cada una de las victimas (23 niños, 3 responsables y sus familias). Pues dentro de
este proceso se desarrollaron políticas en las que a cada una de las víctimas se les
respeto la dignidad humana, entendida como la garantía de derechos humanos que
tiene cada una de las personas es decir es de carácter universal, que conllevan a
la no aceptación de conductas que no son válidas en sí mismas. Es así como
ninguno de los 23 niños tuvieron que soportar el secuestro por parte de este grupo
3. armado ilegal, tampoco los 4 niños muertos durante el operativo y de ninguna otra
manera los 3 responsables de dicho secuestro. Pues estos tres no merecían morir
torturados por el contrario ellos tienen el mismo respeto que cualquier persona.
Es así como dentro de estos derechos humanos los 3 capturados que son
responsables del secuestro no tenían por qué soportar el maltrato y daño contra la
integridad que comprende el maltrato físico de la tortura, además que ellos debieron
a ver sido tratados iguales por parte de los miembros de las fuerzas militares del
Estado cardenal. Y así mismo los cuatro niños que murieron tenían el mismo trato
que los demás es decir ellos no tenían por qué morir si contaban con los mismos
derechos.
Pero es allí donde surge una atribución que podía realizar el estado para poder
cumplir con su objetivo que era salvar a los niño y niñas del colegio los ángeles
decidió realizar esos dos operativos bajo un fin legítimo, proporcional y razonable
que era salvar del secuestro y por consiguiente la vida de la mayoría de los niños y
no de una manera desproporcional que sería un daño más grave que era el no
salvar a ninguno de 23 niños.
La dignidad humana también comprende esa garantía de los derechos
fundamentales que como facultad de cada Estado estos son quienes los establecen
y que su protección se dará en el orden nacional es decir en su respectivo país. Que
se desarrollara desde una legalidad como la interpretación y ejecución de cada una
de las leyes que están incorporadas en su normatividad jurídica.
Es por ello que el estado cardenal decide realizar y proteger a cada una de las
víctimas de este y de demás conflictos, que se puedan llevar a cabo y que de alguna
forma atenten contra la dignidad humana de cada una de las personas que habitan
dentro del estado cardenal.
De otra parte el Estado cardenal bajo el entendido de la investigación que llevo a
la sanción y reparación lograron esclarecer que la muerte de los 4 niños si se dio
por un error militar y del cual se decidió sancionar a los responsables que realizaban
funciones a cargo del Estado cardenal.
4. También la buena investigación del Estado cardenal logro comprobar la
responsabilidad de algunos funcionarios del estado por haber provocado la violación
a la dignidad humana de los 3 responsables del secuestro de los angelitos pues es
así como el estado recurre a la buena y correcta indemnización respectiva para
todos los familiares de cada uno de las 3 personas maltratadas y torturadas.
Es por ello que el estado cardenal si cumplió con las máximas garantías de respetar
y garantizar cada una de las sanciones y reparaciones respectivas como
económicas, psicológicas y simbólicas.
De lo anterior se puede concluir que el estado cardenal si cumplió con la protección
da cada uno de los derechos de las personas involucradas en el conflicto tanto
derechos humanos como derechos fundamentales que de una u otra forma se les
respeto y se les asigno unas garantías integrales es decir que trataron de reparar
cualquier daño que ellas soportaron.
Además cada una de las políticas públicas de investigación que el estado cardenal
realizo se ejecutaron con legalidad en el marco jurídico mediante el un objetivo
legítimo y con carácter, idóneo, necesario y proporcional en sentido estricto. De
sancionar y reparar a cada una de las víctimas del conflicto.