cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
Contribucion
1. UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
VICE RECTORADO ACADEMICO.
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS.
ESCUELA DE DERECHO.
CONTRIBUCIONES ESPECIALES.
Alumna: Yusmary Arrieche.
CI: 23.852.788
SAIA-A
Barquisimeto, Noviembre de 2015
2. INDICE:
Pag.
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………3
CONTRIBUCIONES ESPECIALES…………………………………………………4
CONCEPTO………………………………………………………………………………4
CLASIFICACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES……………..4
CONTRIBUCIONES PREVISTAS EN…………………………….………………4
Seguro Social Obligatorio (SSO)…………………………………….…………4
Instituto Nacional De Cooperación Educativa Socialista (INCES).5
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación…….………………5
Ley Orgánica de Drogas………………………………………….………………5
Ley Orgánica de Telecomunicaciones..………….………………………….6
CARACTERÍSTICAS DE LAS CONTRIBUCIONES PARAFISCALES…….6
CONCLUSIÓN……………………………………………………………………………7
ANEXO……………………………………………………………………………………8
3. INTRODUCCIÓN:
El presente trabajo se trata sobre las
contribución especial de mejoras que en forma de
impuesto sobre mejoría específica de la propiedad, rige
en el Estado de Nuevo León en su estructura actual
transgrede el principio proporcionalidad tributaria.
Aparte de ello se mencionan algunos tipos de la ya
mencionada así como sus diferencias en diferentes ramas
del estado tanto como intereses y tasa que ya se verá a
continuación.
4. CONTRIBUCIONES ESPECIALES:
CONCEPTO:
Son tributos, que su hecho imponible consta de la
obtención por parte del obligado tributario (sujeto pasivo) un
beneficio o un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de
la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de
servicios públicos.
CLASIFICACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES:
Estas se dividen a saber en:
|Contribuciones de mejora: Es aquella que se cobra al
propietario de un inmueble por la realización de una obra pública o
gasto público realizado por el estado, ya que con la misma se ha
beneficiado dicho sujeto porque se incrementara el valor de su
patrimonio y porque se mejoró su estándar de vida.
Contribuciones parafiscales: Son los montos que recaudan distintos
entes públicos para asegurar su funcionamiento económico. La
palabra parafiscalidad significa el margen del presupuesto.
CONTRIBUCIONES PREVISTAS EN:
Seguro Social Obligatorio (SSO): Con respecto a la Ley
Orgánica del Sistema de Seguridad Social crea el Sistema de
Seguridad Social. Lo que trae como consecuencia que el Seguro Social
se de carácter obligatorio y es un subsistema de la mencionada ley.
Este tipo de contribuciones se realizan de la siguiente manera; el
patrono debe efectuar retenciones al trabajador al momento del
pago de los salarios, así como los aportes a los cuales está obligado a
efectuar, en su condición de contribuyente, serán calculadas a través
de la aplicación de alícuotas que varían dependiendo
5. del nivel de riesgo que tenga el empleado en el área de trabajo, y la
tarifa aplicable se establecerá sobre el salario.
Los aportes tanto del patrono como del asegurado se realizarán de
acuerdo a la siguiente tabla: Nivel de Riesgo (anexo 1).
Instituto Nacional De Cooperación Educativa Socialista
(INCES): Con respecto a la Ley del Instituto Nacional de Cooperación
Educativa Socialista (INCES) establece una contribución parafiscal
que se calcula de la siguiente manera: En primer lugar, el dos por
ciento (2%) del total de los sueldos, salarios, jornales y
remuneraciones de cualquier especie, pagados al personal que
trabaja en los establecimientos industriales o comerciales no
pertenecientes a la Nación, a los Estados, ni a las Municipalidades, a
cancelarse trimestralmente. En segundo lugar, el 0,5% de las
utilidades anuales, pagadas a los obreros y empleados y aportadas
por éstos. La retención de enterarse directamente al Instituto,
conjuntamente con el aporte del patrono, trimestralmente.
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación: La
afectación de los recursos exigidos coactivamente a los particulares
para la cobertura de los gastos del Estado, representa una
característica esencial de los atributos, que no aparece manifestada
en los aportes de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e
Innovación. No hay un crédito a favor del Estado en cualquiera de
sus manifestaciones, por lo que no existe un sujeto activo que
determine el nacimiento de la relación jurídica tributaria. La
existencia de una deuda tributaria, concebida como la obligación de
ingresar al Fisco una suma determinada, en virtud del acaecimiento
de las condiciones previstas en la Ley.
Ley Orgánica de Drogas: En los artículos 32 y 34 de la Ley
Orgánica de Drogas, prevé que las persosas jurídicas privadas,
consorcios y entes públicos con fines empresariales que ocupen
cincuenta (50) trabajadores o
6. más aportaran el uno por ciento (1 %) de los gananciales o utilidades
en sus operaciones. En el caso de las personas jurídicas, fabricantes o
importadoras de bebidas alcoholicas, tabaco y sus mezclas aportaran
el dos por ciento (2 %) de los gananciales o utilidades en sus
operaciones.
Ley Orgánica de Telecomunicaciones: La primera de las
contribuciones especiales previstas en Ley Orgánica de
Telecomunicaciones tiene como finalidad el financiamiento de las
operaciones propias de Conatel, y está prevista en el artículo 148 de
la Ley, de la siguiente manera; “Quien presente servicios de
telecomunicaciones con fines de lucro, deberán pagar a la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones una contribución especial del medio
por ciento (0,50%) de los ingresos brutos, derivados de la explotación
de esa actividad..”
CARACTERÍSTICAS DE LAS CONTRIBUCIONES PARAFISCALES:
Son exacciones fiscales, recabadas por ciertos entes públicos para
asegurar su funcionamiento autónomo y el cumplimiento de los
fines para los cuales fueron creados.
Bajo esta denominación se han creado, en todo el mundo,
contribuciones destinadas a fines de seguridad social y de política
fiscal .
Su producto no se incluye en el presupuesto estatal, estadal ni
municipal.
No son recaudadas por organismos específicamente fiscales del
Estado.
No ingresan en las tesorerías nacionales, estatales o municipales.
7. CONCLUSIÓN:
Este trabajo tubo como objetivo primordial el
tratar de las contribuciones especiales las cuales son muy
importantes para los ejercicios del estado, ya que aunque
sean por mejoras o por gastos nos ayudan en todo
momento.
Entre las diferencias entre un impuesto y las
contribuciones se entendieron mejor el concepto, así mismo
con los diferentes tipos de contribuciones y las clases en que
se clasifican cada uno de ellos.