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TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
INSTITUTO DE CIENCIAS Y ESTUDIOS SUPERIORES DE
TAMAULIPAS, A. C.
RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS OTORGADOS
POR ACUERDO DEL GOBIERNO, DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL NUM.8 TOMO CV DE FECHA 26
DE ENERO DE 1980, REGISTRO NUM.177, LIBRO 71-III, Y ADICIONES DE
LA DIRECCION GENERAL DE PROFESIONES DE LA SECRETARIA DE
EDUCACIÓN PUBLICA Y ACUERDO OTORGADO POR EL GOBIERNO DEL
ESTADO DE TAMAULIPAS, NUM NMS42/12/2010 DE FECHA 25 DE
FEBRERO DE 2011, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL NUM. 42,
TOMO CXXXVI DE FECHA 07 ABRIL DEL 2011.
FACULTAD DE ENFERMERÍA
“TITULO DE LA INVESTIGACIÓN”
PREVALENCIA DE HEMORRAGIA OBSTETRICA EN EL PUERPERIO
FISIOLOGICO INMEDIATO EN EL HOSPITAL GENERAL DE
TEZIUTLAN, PUE. EN EL PERIODO COMPRENDIDO DE ENERO A
JUNIO DE 2018
T É S I S
PARA OBTENER EL TÍTULO DE:
LICENCIADA EN ENFERMERÍA
P R E S E N T A N:
C. BRISSA MARÍA HERNÁNDEZ OLIVA
C. RUTH ÁLVAREZ MORA
GENERACIÓN 2017-2018
MARTINEZ DE LA TORRE, VER.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
INSTITUTO DE CIENCIAS Y ESTUDIOS SUPERIORES DE
TAMAULIPAS A. C.
DICTAMEN
TESISTAS: C. BRISSA MARÍA HERNÁNDEZ OLIVA, C. RUTH ÁLVAREZ
MORA
TEMA DE INVESTIGACIÓN:
PREVALENCIA DE HEMORRAGIA OBSTETRICA EN EL PUERPERIO
FISIOLOGICO INMEDIATO EN EL HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN,
PUEBLA. EN EL PERIODO COMPRENDIDO DE ENERO A JUNIO DE 2018
GRADO A RECIBIR: LICENCIATURA EN ENFERMERIA
LUGAR Y FECHA: MARTÍNEZ DE LA TORRE, VERACRUZ JUNIO 2018.
El que suscribe Esp. Sp. Francisco Javier Álvarez Bonilla acreditado por el
Instituto de Ciencias y Estudios Superiores de Tamaulipas, A. C. como asesor
de tesis de la Licenciatura en enfermería, hace constar que el trabajo de tesis
aquí mencionado, cumple con todos los requerimientos establecidos por la
Facultad de Enfermería, para optar por el grado de licenciatura en enfermería.
Se autoriza a las alumnas C. Brissa María Hernández Oliva y C. Ruth Álvarez
Mora presentarla ante el jurado examinador para su réplica.
A T E N T A M E N T E
ESP. SP. FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ BONILLA
ASESOR METODOLOGICO Y DE CONTENIDO
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
AGRADECIMIENTOS:
Es una satisfacción poder concluir hoy algo que al principio nos
costó mucho, en este tiempo aprendimos mucho a nivel profesional y
personal, conocimos cosas de nosotras mismas y descubrimos nuestro
potencial, también descubrimos que en la vida es bonito trabajar por las
metas y las cosas que uno quiere, cerca de personas de buenos
sentimientos y de buen corazón, por todo eso nuestro más profundo
agradecimiento es para:
Dios, por darnos los elementos para existir en esta vida.
A nuestros padres Ma. De los Ángeles Mora Arroyo y Lucio Fernández
Pozos, Enrique Hernández Martínez y Ma. Del Carmen Oliva González
por ser un pilar importante en nuestra vida, por apoyarnos de manera
incondicional en cada uno de nuestros proyectos.
A nuestras hermanas Susana Monserrat Fernández Mora e Iris del
Carmen Hernández Oliva por el apoyo, la amistad y su cariño
incondicional.
A mi hija Allison Michelle Fernández Álvarez quien es mi inspiración
mi motor de vida para ser mejor cada día y permitirme vivir la mejor
experiencia de tenerla y poder ser para ella su mejor ejemplo, te AMO.
A un ángel que sé que desde el cielo me cuida, mi hermano, te AMO
Quique.
Y a un ángel que nunca me deja, muchas gracias…
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
ABSTRACTO
Objetivo: de este es conocer cuál ha sido la prevalencia de hemorragia
obstétrica en el puerperio fisiológico inmediato, en el Hospital General
de Teziutlán, Puebla, En el periodo comprendido de julio a diciembre
de 2017. Materia y métodos: Es un tipo de estudio descriptivo,
Observacional, no experimental, que mide a la vez la prevalencia de la
exposición de la el grupo de edad en estudio y el efecto en una
muestra poblacional en un solo momento temporal (trasversal); es
decir, permite estimar la magnitud, la distribución y la proporción de un
grupo o población que presentan una misma característica o patrón
determinante en un momento determino y los factores que puedan
influir para que esta se presente. Resultados: en un rango de edad de
15 y 37 años el 43% de la población estudiada presentaron retención
de restos placentario y un 17% presentaron atonía uterina. Y los
resultados obtenidos del cuestionario que se aplicó al personal de
enfermería el 100% definen que es HPP, y también el 100% identifica
los signos y síntomas de alarma de HPP. Conclusiones: de los
resultados obtenidos podemos concluir que el personal de enfermería
adscrito al servicio de toco-cirugía y de ginecología del Hospital general
de Teziutlán cuenta con el conocimiento necesario ante una
hemorragia obstétrica.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
ABSTRAC:
Objective: this is to know what has been the prevalence of obstetric
hemorrhage in the immediate physiological puerperium, in the General
Hospital of Teziutlan, Puebla, in the period from July to December
2017. Matter and methods: It is a type of descriptive study,
Observational, not experimental, which measures both the prevalence
of the exposure of the age group under study and the effect on a
population sample in a single time (transverse); that is, it allows us to
estimate the magnitude, distribution and proportion of a group or
population that have the same characteristic or determining pattern at
a given time and the factors that may influence its occurrence.
Results: in an age range of 15 and 37 years, 43% of the population
studied had retained placental remains and 17% had uterine atony.
And the results obtained from the questionnaire that was applied to
the nursing staff 100% define that it is HPP, and also 100% identify
the signs and symptoms of HPP alarm. Conclusions: from the results
obtained, we can conclude that the nursing staff attached to the
gynecology and gynecology service of the Teziutlán General Hospital
have the necessary knowledge of obstetric hemorrhage.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
ABREVIATURAS
CID: Coagulación Intravascular Diseminada
CONAMED: Comisión Nacional de Arbitraje Médico
DGE: Dirección General de Epidemiologia
DPP: Desprendimiento Prematuro de Placenta
ERIO: Equipo de Respuesta Inmediata Obstétrica
HPP: Hemorragia Posparto
HTA: Hipertensión Arterial
IMSS: instituto Mexicano del Seguro Social
LAPE: laparotomía exploradora
LUI: legrado úterino instrumentado
OCI: Orificio Cervical interno
ODM: objetivos de desarrollo del milenio
OMS: Organización Mundial de la Salud
ONU: Organización de las Naciones Unidas
PND: Plan Nacional de Desarrollo
RMM: Razón de Mortalidad Materna
SSA: Secretaria de Salud
VIH: Virus de Inmunodeficiencia Humana
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
Contenido
DICTAMEN
AGRADECIMIENTOS
ABSTRACTO
ABSTRAC
DICTAMEN........................................................................................................................ 2
AGRADECIMIENTOS: .................................................................................................... 3
ABSTRACTO.................................................................................................................... 4
ABSTRAC:......................................................................................................................... 5
TEMA DE INVESTIGACIÓN: ......................................................................................... 1
CAPÍTULO 1 ..................................................................................................................... 3
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA........................................................................... 3
1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA.......................................................................... 4
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA. ....................................................................... 5
1.3 JUSTIFICACIÓN........................................................................................................ 6
1.4 OBJETIVOS ............................................................................................................... 7
1.4.1 OBJETIVO GENERAL........................................................................................... 7
1.4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS: ............................................................................... 7
1.6 DELIMITACIÓN DEL ESTUDIO.............................................................................. 8
CAPÍTULO 2 ..................................................................................................................... 9
MARCO TEÓRICO .......................................................................................................... 9
2.1 MARCO HISTÓRICO. ............................................................................................ 10
2.2 MARCO EPIDEMIOLÓGICO. ............................................................................... 17
2.2.1. PANORAMA INTERNACIONAL ....................................................................... 19
2.2.2 MARCO NACIONAL. .......................................................................................... 20
2.2.3 PANORAMA ESTATAL....................................................................................... 22
2.3. MARCO LEGAL...................................................................................................... 24
2.3.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS . 24
2.3.2 LEY GENERAL DE SALUD................................................................................ 31
2.3.3 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-007-SSA2-2016, PARA LA
ATENCIÓN DE LA MUJER DURANTE EL EMBARAZO, PARTO Y PUERPERIO,
Y DE LA PERSONA RECIÉN NACIDA. ..................................................................... 33
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
2.3.4 GUIAS DE PRÁCTICA CLÍNICA Y LINEAMIENTOSTÉCNICOS
DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA HEMORRAGIA OBSTÉTRICA EN LA
SEGUNDA MITAD DEL EMBARAZO Y PUERPERIO INMEDIATO. EVIDENCIAS
Y RECOMENDACIONES CATALOGO MAESTRO DE GUIAS DE PRACTICA
CLÍNICA: IMSS-162-09................................................................................................. 48
2.3.5. TRATADOS INTERNACIONALES:.................................................................. 55
2.4 MARCO REFERENCIAL................................................................................... 57
2.5 DESCRIPCIÓN DE LA PATOLOGÍA.............................................................. 60
CAPÍTULO 3................................................................................................................... 80
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN............................................................... 80
3.1.2 DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN .................................................................... 81
3.1.3 TIPO DE ESTUDIO.............................................................................................. 81
3.1.4 UNIVERSO DE TRABAJO................................................................................. 82
3.1.5 UNIVERSO............................................................................................................ 82
3.2.1 CRITERIOS DE INCLUSIÓN ............................................................................. 82
3.2.2 CRITERIOS DE EXCLUSIÓN............................................................................ 83
3.3 INSTRUMENTO DE MEDICIÓN........................................................................... 83
3.4 HIPOTESIS DE LA INVESTIGACIÓN.................................................................. 83
3.5 VARIABLES ........................................................................................................ 84
3.5.1 INDEPENDIENTE:............................................................................................... 84
3.5.2 DEPENDIENTE:................................................................................................... 84
3.5.3 VARIABLES OPERACIONALES: .................................................................... 85
TABLA 1 OPERCIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES...................................... 85
3.6 LIMITES DE LA INVESTIGACIÓN ....................................................................... 86
3.7 RECURSOS DISPONIBLE. ................................................................................... 86
3.7.1 RECURSOS MATERIALES Y TECNOLÓGICOS: ......................................... 86
3.7.2 RECURSOS HUMANOS: ................................................................................... 86
3.7.3 RECURSOS ECONÓMICOS:............................................................................ 86
CAPÍTULO 4 ................................................................................................................... 88
ANALISIS Y PRESENTACION DE RESULTADOS ................................................. 88
4.1 INTRODUCCIÓN DEL ANÁLISIS......................................................................... 89
CAPÍTULO 5 ................................................................................................................. 109
COCLUSIONES Y SUGERENCIAS.......................................................................... 109
5.2 RECOMENDACIONES......................................................................................... 111
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
CAPÍTULO 6 ................................................................................................................. 112
ANEXOS........................................................................................................................ 112
6.2 ANEXOS ................................................................................................................. 120
6.2.1 INSTRUMENTO DE MEDICIÓN...................................................................... 120
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
1
TEMA DE INVESTIGACIÓN:
PREVALENCIA DE HEMORRAGIA OBSTETRICA EN EL PUERPERIO
FISIOLÓGICO INMEDIATO EN EL HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN,
PUE. EN EL PERIODO COMPRENDIDO DE ENERO A JUNIO DE 2018
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
2
INTRODUCCIÓN
La muerte de mujeres durante el embarazo, el alumbramiento y el
posparto sigue siendo un problema grave. De acuerdo a la OMS
prevalecen dentro las tres principales causas de mortalidad materna:
trastornos hipertensivos, las hemorragias durante el evento obstétrico y
sepsis. Por lo que se necesita un diagnóstico y tratamiento rápidos
para su atención. Aún en los países de mayor desarrollo de la
medicina, esta es una causa importante de morbimortalidad materna.
Si bien la hemorragia postparto es una complicación obstétrica muy
seria, es importante recalcar que es altamente prevenible. El personal
de salud debe de conocer los factores que se asocian para un mayor
riesgo de desencadenamiento y así disminuir la incidencia de la misma
Los factores para hemorragia obstétrica posparto vaginal incluyen: la
prolongación de la tercera etapa del trabajo de parto, la existencia de
cuagulopatía previa, la hemorragia posparto en el embarazo anterior, la
retención de placenta, multiparidad, el traumatismo genital, la
macrosomía, la inducción del trabajo de parto, la corioamnionitis, la
hemorragia intraparto, presentación fetal compuesta, parto
instrumentado. Dentro de las hemorragias obstétricas, la hemorragia
posparto representa 80 % de los casos de puerperio patológico.La
hemorragia obstétrica puede ser un factor condicionante para el
ingreso en una unidad de cuidados intensivos, para un manejo
multidisciplinario y favorecer su recuperación.
En nuestro hospital la prevalencia de hemorragia obstétrica durante
el puerperio no es alta, y el personal de enfermería si cuenta con los
conocimientos necesarios ante una hemorragia posparto, no así
cuando se presenta una incidencia con el personal adscrito al servicio
de tococirugía por que en su caso envían a dicho servicio a personal
“cubre incidencia”.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
3
CAPÍTULO 1
PLANTEAMIENTO DEL
PROBLEMA
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
4
1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
La prevalencia de los riesgos de la salud en las pacientes puérperas
pueden ser detectados, prevenidos y tratados con éxito mediante la
aplicación de procedimientos normativos para la atención, utilizados
para el enfoque de actividades preventivas y la eliminación de algunas
prácticas llevadas de forma rutinaria. El hospital general de Teziutlán,
Puebla, atiende en promedio a 1800 mujeres embarazadas
semestralmente, quienes pueden presentar complicaciones como
hemorragia obstétrica en el puerperio fisiológico inmediato posterior a
un parto vaginal, pero muchas de estas pacientes son referidas hasta
último momento de sus unidades, por lo que el grado de sufrir o
presentar alguna complicación se hace más latente, arriesgando la
vida del binomio.
La información y aplicación de los conocimientos del personal de
enfermería es determinante la atención del problema para lograr un
procedimiento adecuado, de seguimiento a tal situación
Ante un caso de emergencia obstétrica debe ser garantizado el
manejo inmediato e integral por el equipo de salud y de esta manera
disminuir los casos de morbimortalidad materna siendo este un factor
importante mejorando el proceso de atención y vigilancia de estas
pacientes.
Para que el pronóstico sea favorable, ya no solo en términos de
mortalidad sino en mantener la fertilidad de la madre y minimizar la
morbilidad, es fundamental que el Hospital cuente con un protocolo de
atención bien definido y multidisciplinar que facilite el diagnóstico y el
tratamiento inmediato.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
5
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA.
¿Cuál es la prevalencia de la hemorragia obstétrica en el puerperio
fisiológico inmediato en el Hospital General de Teziutlán, Puebla en el
periodo comprendido de julio a diciembre de 2017?
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
6
1.3 JUSTIFICACIÓN
A todas las pacientes en trabajo de parto se les debe evaluar el
riesgo que puedan presentar de una hemorragia obstétrica. El manejo
oportuno y adecuado de la hemorragia posparto, requiere de una
investigación precisa y exhaustiva en busca de una causa específica.
Se realizará un análisis de la prevalencia de los casos de
hemorragia posparto que se han presentado en el Hospital General de
Teziutlán, Puebla., en el periodo comprendido de enero a julio de 2017,
de esta manera tendremos un enfoque más preciso sobre el manejo y
las medidas establecidas en la institución.
También podremos determinar cuáles son las principales causas de
la hemorragia posparto, así como los riesgos que se presentan, para
poder prevenir complicaciones en el puerperio fisiológico y disminuir la
estancia intrahospitalaria, haciendo hincapié a su alta sobre
recomendaciones para el puerperio.
Cabe señalar que de los resultados obtenidos se tendrá una visión
más clara para el personal, aportando una descripción detallada de la
situación, dando a conocer mejoras que contribuyan a una disminución
de la prevalencia de los casos de los riesgos de hemorragia obstétrica.
Tomando en cuenta que la hemorragia obstetrica ya mencionada
anteriormente implica complicaciones de manera sociales, laborales,
legales y económicas.
Con esta investigación se pretende mejorar tiempos de respuesta
del equipo multidisciplinario responsable de la atención de las
pacientes disminuyendo así los índices de morbimortalidad en la
región.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
7
1.4 OBJETIVOS
1.4.1 OBJETIVO GENERAL
Evaluar cuál es la prevalencia de hemorragia en el puerperio
fisiológico inmediato, en el Hospital General de Teziutlán, Puebla, en el
perirodo comprendido de enero a junio de 2018.
1.4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Detallar el manejo sobre las principales causas de hemorragia en el
puerperio fisiológico inmediato.
Registrar de manera estadística los casos de hemorragia obstétrica
en el puerperio fisiológico inmediato.
Demostrar que la primera atención en el manejo de la hemorragia
obstétrica en el puerperio fisiológico inmediato por parte del personal
de enfermería se lleva a cabo de manera oportuna pero con muchas
limitaciones en material equipos y otros recursos.
Advertir que una adecuada atención inicial en la hemorragia,
permitirá asegurar mayor éxito en la situación.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
8
1.5 ALCANCE DE LA INVESTGACION
Descriptiva porque en esta se mencionara la prevalencia de la
hemorragia obstétrica el puerperio fisiológico inmediato en el Hospital
General de Teziutlán, Puebla y es transversal porque se aplica un
instrumento de medición en una sola medición en el periodo
comprendido de julio a diciembre del 2017.
1.6 DELIMITACIÓN DEL ESTUDIO
1. Límite de conocimiento:
Área de toco cirugía, recuperación post parto.
2. Límite de espacio:
Hospital General de Teziutlán, Puebla. Calle Bugambilias No. 7
Barrio de Xoloateno, Teziutlán, Puebla.1
3. Límite geográfico:
El municipio se localiza en la parte Noreste del estado de Puebla, sus
coordenadas geográficas son los paralelos 19º 39'18" y 19º 51'12" de
latitud Norte, y los meridianos 97º 22'18" y 97º 29' 4" de Longitud
Occidental.
Colindancias:
 Al Norte con Hueyapan y Teziutlán.
 Al Este con Atempan y Tlatlauquitepec.
 Al Sur con Cuyoaco y Tepeyahualco.
 Al Oeste con Xiutetelco y Teziutlán . 2
4. Límite de tiempo: enero - julio 2018.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
9
CAPÍTULO 2
MARCO TEÓRICO
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
10
2.1 MARCO HISTÓRICO.
Definamos la palabra puerperio la cual proviene del latín, puer, niño,
y parus, dar a luz, tomándose en el intervalo después del parto durante
el cual los cambios anatómicos y fisiológicos maternos inducidos por el
embarazo regresan al estado basal antes de la gravidez.
Hablemos de hemorragia la cual proviene del latín: haemorragia,
tomado del vocablo griego haimorraghia, formado con haima, ‘sangre’ y
una flexion deriavado del verbo rhegnunai, ‘romper’, ‘reventar’,
‘derramar’.
En nuestra lengua española abundan las palabras derivadas de
haima: hemoglobina, hemolisis, hemorroide, y muchas otras, en su
mayoría del área médica, pero también ajenas a ella como hematites,
un tipo de mineral de hierro, literalmente, ‘sangre que parece piedra3
Obstetricia la palabra obstetricia, que designa la rama medica que se
ocupa del embarazo, parto post parto, o puerperio, viene del latín,
obstetricia, que es la actividad de la obstetrix, (comadrona). La palabra
obstetrix, se compone del prefijo OB- que indica posición enfrentada, la
raíz del verbo STO, STAR: significa “estar de pie, o permanecer en
posición erguida”, y el sufijo de agente femenino –TRIX (que da TRIZ
en español encontramos en actriz, emperatriz, etc.).4
La obstetrix es pues la que actúa permaneciendo en pie enfrenta a la
parturienta para asistirla y ayudarle a la salida del niño.
Hemorragia: es el exceso de pérdida de sangre por sangramiento
uterino asociado a trabajo de parto o nacimiento. Se define como la
pérdida de sangre mayor a 500 ml o a una cantidad que la fisiología
materna, como la presión sanguínea y el hematocrito. La hemorragia
posparto se divide en dos categorías: inmediata (dentro de las primeras
24 horas del nacimiento) o retrasada (después de 24 horas después
del posparto).5
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
11
En el comienzo de la humanidad unos 40.000 a. C., se conservan
datos que el parto fue atendido por el marido; sin embargo pasando el
tiempo, ya en el año 600 a. C., se empieza a considerar la ayuda al
nacimiento como un “arte” dando lugar el interés por la mujer por tomar
mayor experiencia y por lo cual empiezan a ser más requeridas
durante el trabajo del parto, dando así el inicio de uno de los oficios
más antiguos de la humanidad, el de la comadrona, partera, o en
griego obstetrix ( palabra de la que se deriva la obstetricia y obstetra).
La primera descripción de un parto normal fue por Hipócrates (460-
377 a.C.), en su libro Naturaleza del Niño, a lo largo de la historia otros
grandes médicos y ginecólogos, como Galeno, Mauriceau o Schroeder,
también expusieron diferentes teorías de porqué comenzaba el parto.
En tiempos remotos en México, principalmente los aztecas, tenían
conocimientos sobre la atención a embarazadas dando lugar a la
parteras o TLAMATQUITÍCITL las cuales daban a todas sus pacientes
los cuidados prenatales necesarios haciendo uso de sus conocimientos
herbolarios y anatómicos, así ayudaban a un buen alumbramiento ,
aliviaban las dolencias del parto y del embarazo llevando un registro
continuo de la evolución de la madre y del bebe dentro del vientre,
además de aconsejar en su vida sexual o incluso llevar a cabo
técnicas abortivas, sus conocimientos y experiencias los enseñaban de
generación en generación. TLAMATQUITÍCITL se le tenía un gran
respeto era objeto de gran rendimiento y de veneración, tanto como las
mujeres que morían durante el parto, de la cuales se tenía la creencia
de que ingresaban al paraíso.
La posición que utilizaban TLAMATQUITÍCIT era colocar a su
paciente en cuclillas, sujetándola de los talones, posición en la cual la
gravedad ayudaba a la salida del bebe, y disminuía el esfuerzo de la
madre, se describía que las mujeres mexicas daban a luz con mucho
menos esfuerzo que las españolas y se recuperaban más rápidamente.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
12
El fundamento sobre el cual se dio sentido a la formación de
parteras en México, radica en las raíces culturales, herencia de la
época prehispánica, sin embargo, a lo largo del siglo XX la enseñanza
de la obstetricia ha sufrido muchos cambios, que siguieron el modelo
de atención de salud y las concepciones materna y neonatal en la
formación profesional del área. Gran avance ha tenido los
conocimientos de los orígenes de la vida, de las leyes de la herencia y
el crecimiento y desarrollo embrionario y fetal, los efectos secundarios
de los distintos fármacos, de las tecnologías para el diagnóstico y el
tratamiento en el siglo materno fetal, los cual reafirmo la necesidad del
cuidado de la salud de la madre y el hijo a lo largo del todo el ciclo
perinatal en la dimensión tanto en lo ético como en lo científico, cuidar
de la pareja desde antes de la gestación en la pre-concepción, la
concepción hasta el nacimiento para después brindarles el cuidado
integral, considerando a los integrantes de la familia como un todo, con
énfasis en la madre y su hijo por la vulnerabilidad que presentan en
esta etapa del ciclo vital, los riesgos en constante interacción con su
entorno cambiante, apoyando sus procesos vitales y la motivación para
el logro del máximo potencial en los cambios biopsicosociales,
emocionales y espirituales, en la búsqueda de una mejor calidad de
vida y el compromiso contraído con el advenimiento de cada nuevo ser
humano para un mundo mejor.
Desde una perspectiva histórica, las actividades realizadas por las
parteras han sido más que una actitud de trabajo, en una experiencia
ética, por los aspectos intangibles en que prevalecen los valores
humanos, el cuidado integrador que rebasa el esquema biologisista
hacía uno holístico, relacionado con actitudes de ternura, afecto
comprensión y reconocimientos de las dimensiones del ser humano, de
la sensibilidad para uno mismo.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
13
ANTECEDENTES PREHISPÁNICOS DE LA PARTERA EN
MÉXICO
Desde la percepción del ámbito socio-cultural prehispánico de la
partera tenían, a partir de la concepción del nuevo ser humano hasta
que veía la luz, dejo hondas raíces, por su poder reconocido en la
comunidad, pues era sustantiva su función para que la mujer en el
trance de la maternidad continuara su vida cotidiana.
Luz Pérez Loredo relata: que la partera basaba su entendimiento
solo en su propia experiencia en el arte de los partos. Si, bien carecía
de escolaridad y de conocimientos racionales sobre la causalidad y
terapéutica de las enfermedades; ejercía algunas medidas de orden
medico como la aplicación de oxitócicos, unas veces con resultados
favorables y otras con situaciones de riesgo para la gestante y su niño.
Este patrimonio legado a las generaciones de parteras, de la actitud
tenaz del cuidado a la embarazada y la parturienta trascendió hasta el
presente. En la dinámica familiar prehispánica fue un factor muy
participativo desde que la mujer se daba cuenta de su embarazo. Su
tradición continúo ya en la época del virreinato por que la partera muy
poco altero sus actividades. Se encargaba de dar consejos a la
preñada.
LA PARTERA EN LA ÉPOCA COLONIAL
Durante la colonia, se inició la evangelización de la población, hubo
ligar para mucho cambios relacionados con el vestido, la comida, el
trato social y la vida familiar, se implantaron diversas medidas y
surgieron nuevas organizaciones, pero al arte de los partos no se les
presto ningún interés.
La urgencia de atender a una mujer que va a parir, dado que es un
acto que no se puede posponer, se presenta como una inesperada
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
14
oportunidad para las más hábiles parteras, lo cual continúo así en los
siglos XVI, XVII y dos tercios del XVIII. La atención del parto siguió en
manos del empirismo; de las tenedoras, de las comadronas, de las
parteras, quienes sin ningún estudio continuaron ejerciendo.
Los médicos y los cirujanos desdeñaron el ocuparse de la partería,
la cual quedó relegada a las parteras indígenas que en nada
disminuyeron su prestigio en asuntos de esta clase.6
Con la llegada de Hernán Cortes todo cambio, llego a México el Dr.
Cristóbal Ojeda y en 1519 arribaron el cirujano diego Pedroza, el
medico Amézquita y el boticario Escobar, quienes integraron la
avanzada Medicina en los territorios aztecas.
Las primeras regulaciones legales para la práctica de la obstetricia
por las parteras se dieron en 1750 con el Rey Femando VI. La forma
en que clásicamente eran atendidos los partos en la época colonial no
era tan diferente de la precortesiana y no sufrió cambios
trascendentales en 3 siglos. No obstante los hospitales que fueron
construidos durante la época colonial en México, sino hasta fines del
siglo XVIII o principios del XIX cuando se encuentran los primeros
barruntos de la atención Obstétrica hospitalaria así como los primeros
médicos se empezaron a interesar por la obstetricia e iniciaron el
manejo de la sala donde la mujer paría. Se comenzó a estudiar el parto
como una ciencia y se desarrollaron instrumentos como el fórceps y el
manejo de la posición horizontal de la parturienta.
En 1554 Jacob Rueff, obstetra de Zurich, publicó un texto en latín el
cual describía una herramienta la cual permitía extraer al recién nacido
llamada “fórceps”. Durante el siglo XVI el cirujano de origen francés
Ambroise Paré fundó la escuela para parteras en Paris y describió la
presentación pélvica y extracción podálica, así como la cesárea, la cual
debería ser realizada o supervisada, y no solo realizarla después de la
muerte de la madre.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
15
En 1612 Peter Chamberlen desarrolló los fórceps diseñados con una
curva cefálica para encajar alrededor de la cabeza del bebé pero
carecían de la curva pélvica característica de los fórceps modernos.7
Los nuevos avances, además de los nuevos conocimientos de la
anestesia y la asepsia en el siglo XIX, hicieron que disminuyera el
riesgo de muerte en el parto de la, madre y él bebe.
Durante el siglo XX, el control de la natalidad, el seguimiento médico
durante el embarazo, el registro toco gráfico durante el embarazo y
técnicas quirúrgicas como la cesárea han hecho que la gran mayoría
de los partos se desarrollen felizmente.8
La hemorragia obstétrica siempre se ha considerado una de las
complicaciones obstétricas más temidas, y fue Paul Portal, en Paris
quien describe por vez primera vez la localización de la placenta en el
segmento uterino inferior en un caso de placenta previa en 1685 en el
texto The compleat Practice of Men and Women Midwifes.9
El término parto forzado fue introducido por el obstetra francés André
Levret (1703-1780) referido a la manipulación obstétrica y su relación
con las complicaciones asociadas a éste.10
La falta de diferenciación clínica entre las diferentes causas de
hemorragia obstétrica fueron referidas por primera vez en 1775 por
Rigby en su publicación 12 titulada An Essay on the Uterine
Haemorrhage: Which precedes the delivery of the full grown fetus:
illustrated with cases.
Surgió una nueva técnica quirúrgica, la operación cesárea, la cual
ofrecía esperanza tanto a la paciente como al producto, pudiendo
sobrevivir al nacimiento.
Con los avances médicos y las nuevas creencias de la iglesia
católica considerando al feto como humano, se comienza a abogar por
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
16
la realización de ésta nueva cirugía, y se estableció un nuevo debate
con los teólogos europeos respecto a las craniectomías. El desarrollo
de la asepsia y la anestesia dio la pauta para la introducción de la
realización de cesáreas.
El nombre “cesárea” probablemente no deriva de Julio César, sino
del latín Caedere, de cortar. La primera cesárea realizada en épocas
modernas se atribuye al suizo Jacob Nufer, quien en 1500 obtuvo el
permiso de las autoridades para operar a su esposa después de
encontrarse en trabajo de parto durante varios días, posteriormente
tuvo 5 partos vaginales.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
17
2.2 MARCO EPIDEMIOLÓGICO.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que la
hemorragia posparto severa acontece en aproximadamente 11% de las
mujeres que han tenido un parto. Esta incidencia difiere entre países
por los distintos sistemas de salud y el nivel de desarrollo industrial. En
las naciones en vías de industrialización la mayoría de las gestantes no
tiene acceso a un parto asistido por profesionales especializados y la
conducta de la tercera fase del parto no suele ser una práctica
establecida.
En los países industrializados la hemorragia posparto severa es la
tercera causa de muerte materna, pero en las que sobreviven las
secuelas no son despreciables: es la principal causa de histerectomía
posparto, de transfusión y la mayoría padecerá anemia, con sus
consecuencias físicas y la inevitable alteración en la calidad de vida.
Todas las puérperas son susceptibles de sufrir una hemorragia
posparto severa, por ello es fundamental su prevención y disponer de
la organización necesaria para atenderla rápidamente.
Se calcula que más de 80% de las muertes maternas secundarias a
hemorragia posparto severa ocurren en menos de 4 horas a partir de
su inicio. Ante una hemorragia posparto severa es decisiva la actuación
inmediata, secuencial y multidisciplinaria. Se recomienda que todos los
centros de atención a la madre dispongan de un plan de acción
previamente establecido y que resulte familiar a todo el personal
implicado. Es una emergencia que requiere estrategias de prevención y
tratamiento específico e inmediato.
El mejor tratamiento de la hemorragia posparto severa es la
prevención. La identificación de factores de riesgo es importante, pero
solo es posible hacerlo en un tercio de los casos y generalmente no
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
18
son modificables, por lo que solo son “signos de alerta” de aparición de
la hemorragia.
Todas las sociedades científicas y guías de actuación basadas en la
evidencia indican que en todos los partos debe efectuarse prevención
primaria de la hemorragia (nivel de evidencia y el grado de
recomendación
Está demostrado que el tratamiento activo de la tercera fase del
parto reduce el riesgo de hemorragia en más de 40%, solo se requiere
tratar profilácticamente a 22 mujeres para evitar una hemorragia
posparto.
La pauta de actuación recomendada es la administración rutinaria de
oxitocina enseguida de la salida del hombro anterior, aunque aún falta
por establecer la dosis idónea.11
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
19
2.2.1. PANORAMA INTERNACIONAL
La mortalidad materna es uno de los indicadores más sensibles de
las condiciones de salud de la población femenina en edad
reproductiva dando lugar a las organizaciones internacionales,
identificar las necesidades de implementar acciones para la reducción
de la mortalidad materna en todo el mundo.
La Declaración Mundial sobre la Supervivencia, la Protección y el
Desarrollo del Niño, en 1990, se comprometió a la reducción de la tasa
de la mortalidad materna e infantil así como la extensión de la
cobertura n la atención a la salud.
En la cumbre de la Declaración del Milenio, que determinó ocho
objetivos de desarrollo del milenio (ODM) para alcanzarse en 2015.
Debido a las tasas altas de mortalidad materna se incluyó este
indicador como el quinto objetivo del milenio, y consiste en mejorar la
salud materna estableciendo sendas metas: 1) reducir la razón de
mortalidad materna (RMM) en 75% entre 1990 y 2015, y 2) lograr
cobertura universal de la asistencia especializada al parto para 2015.4
Hasta 2010, la disminución media anual fue inferior a la reducción del
5.5% anual necesaria para alcanzar el objetivo.12
Las principales causas de mortalidad materna en las regiones en
vías de desarrollo son: hemorragia e hipertensión, que en conjunto son
responsables de la mitad de todas las muertes de embarazadas y
madres primerizas.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
20
2.2.2 MARCO NACIONAL.
Para México, la mortalidad materna representa un problema de
salud pública; comparada con la tasa observada en países como
Estados Unidos o Canadá, la supera por mucho y duplica la registrada
en otros países latinoamericanos.
A partir de los datos disponibles en el país en 2010, se identificó que
la mortalidad materna en el ISSSTE contribuye con 2.7% del total en
México (menor al 4.6% del año 2000, pero superior al 2.1% de 2008).
Del análisis de la información nacional destaca que 86% de las muertes
ocurren en unidades hospitalarias, y que 82% tienen que ver con la
mala calidad de la atención médica.9 Los resultados de investigaciones
llevadas a cabo en distintas poblaciones muestran que las mujeres que
se embarazan a edades muy tempranas o muy tardías tienen mayor
riesgo de fallecer en ese proceso; lo mismo sucede con las mujeres
que viven en zonas rurales o en comunidades pequeñas, cuya
escolaridad es baja o nula, su fecundidad alta y carecen de pareja
estable, sin embargo, en México, la información proveniente de
estadísticas vitales muestra un panorama mixto donde, si bien se
registran defunciones de mujeres por causas maternas en edades
extremas, la mayor parte se ubica a la edad de 25 a 34 años, es decir,
en edades que son consideradas de menor riesgo para la
reproducción. De igual forma, el análisis del lugar de residencia de las
mujeres que fallecen por estas causas revela que alrededor de 10% de
dichas defunciones ocurrió en áreas metropolitanas del país.
En el ámbito hospitalario, las deficiencias identificadas fueron:
diagnóstico tardío de complicaciones en atención de trabajo de parto y
puerperio, como rotura uterina, desgarre vaginal, daño hepático,
inserción baja de placenta, placenta acreta, preeclampsia; las
insuficiencias en el tratamiento quirúrgico (no ligadura de arterias
hipogástricas o tardía) fueron: lesiones accidentales de vejiga, hígado o
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
21
arterias uterinas durante la cesárea; en el tratamiento médico:
retención de restos placentarios, control insuficiente de hipertensión,
preclamsia, choque hipovolémico, y retraso en la solución obstétrica de
aborto diferido; en las administrativas: traslado extra e intrahospitalario
de la paciente en condiciones inestables, disponibilidad limitada en
oportunidad de sangre o componentes. En relación con la edad, 80%
de las defunciones correspondió a mujeres de 30 o más años. La
mayoría estaba casada, había cursado estudios superiores a
secundaria y casi la mitad se dedicaba al hogar. El 50% de las
fallecidas sufría algún padecimiento no relacionado con el embarazo,
principalmente sobrepeso y obesidad. Casi todas las fallecidas tenían
el antecedente de ser multigestas; 62% no había sufrido abortos y
había tenido al menos una cesárea previa. Se identificó embarazo de
alto riesgo en 80% de los casos y un porcentaje similar tenía más de 29
semanas de gestación; 43% de los partos fueron de término. La vía de
nacimiento más frecuente (76%) fue por parto abdominal, y 74% de los
productos nacieron vivos (Cuadro 1). El principal motivo de muerte
obstétrica directa identificado fue hemorragia (45.2%), seguida de
preclampsia-eclampsia (31%)13
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
22
2.2.3 PANORAMA ESTATAL
Durante el 2017 se registraron un total de 32 mujeres fallecidas;
pacientes atendidas en hospitales de SSA registran los mayores casos.
Alrededor de tres madres murieron durante el embarazo de forma
mensual en Puebla en 2017, lo que colocó a la entidad entre los nueve
estados con más decesos registrados en el país, destacándose los
fallecimientos de poblanas, por ocurrir, sobretodo, en los nosocomios
de la Secretaría de Salud (SSA).
El último informe, actualizado al pasado 25 de diciembre, de la
Dirección General de Epidemiología (DGE) de la SSA indicó que en
Puebla fallecieron 32 mujeres durante la labor de parto o en el
embarazo este año, por razones que van desde infecciones hasta
abortos.
Pese a que Puebla se posicionó entre las entidades con más
fallecimientos en el territorio nacional, sus indicadores permanecieron a
la baja este año, ya que entre enero y diciembre de 2016 se registraron
45 madres fallecidas; es decir, a comparación de las 32 actuales,
disminuyeron los decesos en casi 29 por ciento.
De la totalidad de decesos reportados por nosocomios poblanos en
este año, la SSA se posicionó con la que mayor cantidad de muertas
en Puebla, al contar con 16 mujeres; por debajo, el Instituto Mexicano
del Seguro Social (IMSS), con tres decesos; mientras que fallecieron
otras 13 mujeres, por no recibir atención médica.
A nivel nacional las entidades que encabezaron la muerte de madres
este año fueron: Estado de México (81), Chiapas (68), Ciudad de
México (41), Veracruz (41) y Guanajuato (39); en cambio, los índices
más bajos se dieron en Baja California Sur (1), Colima (1), Yucatán (4)
y Campeche (5).
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
23
En todo el país se detectó la muerte de 713 madres; de las cuales, la
causa más común, resultó la hemorragia obstétrica, con 173 de las
pacientes; seguido por 156 complicaciones en el embarazo; mientras
que la tercera causa de muerte de las féminas fue por razones
indirectas, no infecciosas, con 128 decesos.
De las tres razones más comunes del fallecimiento de madres en el
país, el último reporte de Vigilancia Epidemiológica, actualizado al 18
de diciembre, arrojó que se atendieron a mil 844 mujeres en Puebla
que sufrieron de complicaciones en el embarazo, como edemas
proteinurias y trastornos hipertensivos.
La cantidad de mujeres atendidas en Puebla, por complicaciones en
el embarazo, representó ser uno de los 14 registros más altos del país
en este año, pero también mostró una disminución del 22 por ciento, en
comparación con los 2 mil 366 mujeres atendidas durante enero y
diciembre del 2016.
Otra enfermedad común, detectada por la DGE, resultó la diabetes
en el embarazo, pues en este año se consultaron a 201 pacientes,
cuando, durante enero y diciembre de 2016, se atendieron a 167
mujeres, lo que representó un incremento poco mayor al 20 por
ciento.14
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
24
2.3. MARCO LEGAL
2.3.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
EL ARTÍCULO 4°.
El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la
organización y el desarrollo de la familia.
Toda persona tiene derecho de decidir de manera libre, responsable
e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente de
calidad, el Estado lo garantizara.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley
definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de
salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades
federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que
dispone la fracción XVI del artículo 73 de la constitución.
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su
desarrollo y bienestar. El estado garantizara el respeto a este derecho.
El daño y el deterioro ambiental generaran responsabilidad para quien
lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de
agua para consumo persona y doméstico en forma suficiente,
saludable, aceptable y asequible. El estado garantizara el derecho a la
ley definirá las bases, apoyos y modalidades para acceso y uso
equitativo y suficiente de los recursos hídricos, estableciendo la
participación de la Federación, las entidades federativas y los
municipios, así como la participación de la ciudadanía para la
consecución de dichos fines.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
25
Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa.
La ley establecerá los instrumentos y apoyos a fin de alcanzar tal
objetivo.
Toda persona tiene derecho a la identidad y ser registrado de
manera inmediata a su nacimiento. El estado garantizara el
cumplimiento el cumplimiento de estos derechos. La autoridad
competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta
de registro de nacimiento.
En todas las decisiones y actuaciones el estado se velara y cumplirá
con el principio de interés superior de la niñez, garantizando de manera
plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la
satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y
sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá
guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas
públicas dirigidas a la niñez.
Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de
preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.
El estado otorgara facilidades a los particulares para que coadyuven
al cumplimiento de los derechos de la niñez.
Toda persona tiene derecho al acceso de la cultura y al disfrute de
los bienes y servicios que presta el Estado en materia, así como el
ejercicio de sus derechos, culturales. El Estado promoverá los medios
para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad
cultural en todas sus manifestaciones y expresiones de pleno respeto
de la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el
acceso y participación a cualquier manifestación cultural.
Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del
deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estimulo
conforme a las leyes de la materia.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
26
CAPÍTULO PRIMERO
EL DERECHO A LA SALUD COMO DERECHO
FUNDAMENTAL
El párrafo cuarto del artículo 4o. constitucional garantiza para todas
las personas el derecho a la protección de la salud. En su segunda
parte, dicho párrafo ordena al legislador definir las bases y
modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como disponer
la concurrencia entre los distintos niveles de gobierno sobre la materia,
de acuerdo con lo establecido en la fracción XVI del artículo 73
constitucional.
Su texto es el siguiente:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley
definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de
salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades
federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que
dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
El derecho a la salud (o a su protección) es uno de los derechos
sociales por antonomasia. Se trata de un derecho complejo que se
despliega en una amplia serie de posiciones jurídicas fundamentales
para los particulares y para el Estado.
El derecho a la salud no es lo mismo el derecho a la salud que el
derecho a la protección de la salud; aunque consideramos que no es
relevante entrar en cuestiones puramente semánticas, sí es apropiado
señalar que el primero es más amplio, mientras que el segundo parece
dar cuenta, más bien, de la obligación que tiene el estado de
desarrollar acciones positivas tendientes justamente a proteger la salud
o repararla cuando ha sido afectada; sobre esto, Leary, Virginia A.,
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
27
“Justicibialidad y más allá: procedimientos de quejas y el derecho a la
salud”.15
EL DERECHO A LA SALUD
Tiene un carácter prestacional en la medida en que principalmente
implica y conlleva una serie de obligaciones positivas (de hacer) por
parte de los poderes públicos. Así por ejemplo, a partir del derecho a la
salud, corresponde al estado asegurar la asistencia médica una vez
que la salud, por la causa que sea, ha sido afectada; esto es lo que se
llama el “derecho a la atención o asistencia sanitaria.
El derecho a la salud también genera, como sucede con todos los
derechos sociales, la obligación del Estado de preservar el bien jurídico
protegido por la Constitución, es decir, la salud; tal protección supone
la obligación del Estado de abstenerse de dañar la salud, que es una
obligación negativa; de la misma manera, Hace nacer la obligación —
positiva— de evitar que particulares, grupos o empresas la dañen.
Podría decirse que el derecho a la salud se despliega en un haz
relativamente complejo de derechos y posiciones subjetivas.
El derecho a la salud obliga también a los particulares; así por
ejemplo, los establecimientos médicos privados están obligados a
proporcionar un servicio de urgencia a cualquier persona que lo
requiera, con independencia de que pueda o no pagarlo. En caso de
que el afectado no tenga recursos económicos para permanecer en el
hospital o clínica privados, la obligación del establecimiento se limita a
estabilizar a la persona, proporcionarle los medicamentos que necesite
en lo inmediato y procurar su correcto traslado a una institución pública.
Si no lo hiciera se podría configurar el delito de omisión de auxilio que
prevén los distintos códigos penales de la República.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
28
La salud, como objeto de protección del derecho que se comenta, se
puede entender, de acuerdo con una definición de la Organización
Mundial de la Salud, como un estado de bienestar físico, psíquico y
social, tanto del individuo, como de la colectividad.
Abramovich, Víctor y Courtis, Christian” “El derecho a la atención
sanitaria como derecho exigible”, La Ley. Suplemento de
Jurisprudencia de Derecho Administrativo, Buenos Aires, año LXV,
núm. 119, 25 de junio de 2001, p. 16. www.juridicas.unam.mx Este libro
forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM http://biblio.juridicas.unam.mx
DR © 2013, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de
Investigaciones Jurídicas
DERECHO FUNDAMENTAL.
Es importante enfatizar la idea, contenida en la definición anterior, de
que la salud tiene un componente individual y un componente colectivo
o social. Desde luego, el goce de la salud es un bien individual, pues
cada persona puede o no tenerlo, con independencia de que su familia
o sus vecinos también tengan buena salud. Pero la salud tiene una
dimensión colectiva si consideramos que hay factores sociales que
tienden a preservarla o a quebrarla, tales como las epidemias, la
contaminación, la circulación de agentes patógenos, la falta de hábitos
higiénicos, las inapropiadas medidas de prevención de enfermedades,
etcétera. La salud como un bien social solamente se puede preservar
mediante un esfuerzo colectivo, por medio del cual se desarrolla un
sistema de atención sanitaria adecuado.
La protección de la salud y el desarrollo de los correspondientes
sistemas sanitarios asistenciales es una de las tareas fundamentales
—en términos políticos y económicos— de los Estados democráticos
contemporáneos.16
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
29
ARTÍCULO 127. HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL.
Las instituciones y empresas deben otorgar y verificar que se
apliquen las medidas de protección y seguridad necesarias para los
diferentes puestos de trabajo, especialmente cuando se trate de
ocupaciones riesgosas o en ambientes insalubres. Todas las empresas
están obligadas a observar, de acuerdo con la naturaleza de las
mismas, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las
instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas
adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas,
instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal
manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de
los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de
mujeres embarazadas. Las Leyes contendrán, al efecto, las sanciones
procedentes en cada caso.
ARTÍCULO 128. APOYO AL EMBARAZO Y EL PARTO.
Desde el momento en que se emita el diagnóstico de embarazo y
hasta los tres meses de gestación, las mujeres no deben realizar
trabajos que exijan un esfuerzo considerable o signifiquen un peligro
para su salud gestacional. Contando con el 100% de su ingreso
económico y de sus prestaciones laborales, a partir del cuarto mes de
embarazo la jornada habitual irá disminuyendo una hora con cada mes
de gestación de tal manera que trabajará un máximo de cinco horas al
cumplir el cuarto mes, de cuatro horas al cumplir el quinto y de tres
horas al cumplir el sexto. Desde el cumplimiento del séptimo mes de
embarazo y hasta los seis meses después del parto gozará de salario y
prestaciones íntegras sin presentarse a laborar. Los varones cuya
pareja esté embarazada mantendrán su ingreso y prestaciones
disminuyendo una hora su jornada al cumplirse el séptimo mes de
embarazo y dos horas cuando se cumpla el octavo; así como a
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
30
ausentarse de sus labores una semana antes del parto y una semana
posterior.17
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
31
2.3.2 LEY GENERAL DE SALUD
Nuestra Constitución Mexicana, es precisa al estipular en su
artículo 4º el derecho a la salud. Toda persona, en igualdad de
condiciones tenemos la garantía del derecho a la protección de salud.
La ley General de Salud es la que reglamenta la protección a tal
derecho fundamental; en ella se establece las bases y modalidades
para el acceso a los servicios de salud. Como su mismo nombre lo
indica, esta ley es de aplicación a toda la República y sus
disposiciones son de orden público e interés social. Sus principales
finalidades son lograr el bienestar físico y mental del hombre, para
contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; así como la
prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana y la
protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la
creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que
contribuyan al desarrollo social. Por otro lado este ordenamiento
tienen como objetivo la extensión de actitudes solidarias y
responsables de la población en la preservación, conservación,
mejoramiento y restauración de la salud; así como el disfrute de
servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y
oportunamente las necesidades de la población; sin dejar de lado el
conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los
servicios de salud, y el desarrollo de la enseñanza y la investigación
científica y tecnológica para la salud.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
32
ARTÍCULO 61
La atención materno-infantil tiene carácter prioritario y
comprende las siguientes acciones:
1. La atención de la mujer durante el embarazo, el parto y el
puerperio;
2. La atención del niño y la vigilancia de su crecimiento y
desarrollo, incluyendo la promoción de la vacunación oportuna y su
salud visual;
3. La promoción de la integración y del bienestar familiar.
4. La detección temprana de la sordera y su tratamiento, en
todos sus grados, desde los primeros días del nacimiento, y
5. Acciones para diagnosticar y ayudar a resolver el problema de
salud visual y auditiva de los niños en las escuelas públicas y
privadas.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
33
2.3.3 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-007-SSA2-2016,
PARA LA ATENCIÓN DE LA MUJER DURANTE EL
EMBARAZO, PARTO Y PUERPERIO, Y DE LA PERSONA
RECIÉN NACIDA.
Paz, México Incluyente, México con Educación de Calidad, México
Próspero y México con Responsabilidad El artículo 4o., de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece los
derechos humanos de toda persona a la salud y a decidir de manera
libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de
sus hijos. La Ley General de Salud en su artículo 3o., fracción IV,
define la atención materno-infantil como materia de salubridad general,
y el artículo 61, del mismo ordenamiento jurídico, reconoce su carácter
prioritario mediante acciones específicas para la atención de la mujer
durante su embarazo, parto y puerperio, así como de la persona recién
nacida y etapas posteriores, vigilando su crecimiento y desarrollo.
La salud materno-infantil constituye un objetivo básico de los
pueblos porque en ella descansa la reproducción biológica y social del
ser humano; es condición esencial del bienestar de las familias,
y constituye un elemento clave para reducir las desigualdades y la
pobreza. Por ello se busca contribuir al cumplimiento de dos de los
ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio que el Gobierno de México
hizo suyos, junto con 189 países más, al adoptar la Declaración del
Milenio en el año 2000, hasta el 2015 la atención materna y perinatal
basada en el objetivo 4, que corresponde a disminuir la mortalidad de
los niños menores de cinco años, en dos terceras partes entre 1990 y
2015, y el 5 que es "Mejorar la Salud Materna", con el 5.A, que se
refiere a reducir la mortalidad materna en tres cuartas partes entre
1990 y 2015, y lograr la cobertura universal de asistencia al parto,
actualmente orientamos las acciones a la nueva Estrategia Mundial
para la salud de la Mujer, la Niñez y la adolescencia 2016-2030, que
tiene como objetivo lograr el más alto nivel de salud para todas la
mujeres, los niños y adolescentes transformar el futuro y garantizar que
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
34
cada recién nacido, la madre y el niño no sólo sobreviva, sino que
prospere. La estrategia se basa en el éxito de la estrategia 2010, lo que
ayudó a acelerar el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio
relacionados con la salud.
El Programa Sectorial de Salud 2013-2018, en concordancia con el
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece seis objetivos
asociados a las Metas Nacionales: México en Global y a las tres
estrategias transversales: Democratizar la Productividad, Gobierno
Cercano y Moderno, así como Perspectiva de Género.
Estos seis objetivos se refieren a: 1. Consolidar las acciones de
protección, promoción de la salud y prevención de enfermedades; 2.
Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad; 3. Reducir
los riesgos que afectan la salud de la población en cualquier actividad
de su vida; 4. Cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes
grupos sociales y regiones del país; 5. Asegurar la generación y el uso
efectivo de los recursos en salud, y 6. Avanzar en la construcción del
Sistema Nacional de Salud Universal bajo la rectoría de la Secretaría
de Salud.
El Plan Sectorial de Salud 2013-2018, destaca los logros sustantivos
en diversos indicadores, como el aumento en la esperanza de vida y la
disminución de la mortalidad infantil en el país. Sin embargo,
queda pendiente avanzar en algunos indicadores clave de salud. Por
ejemplo, la mortalidad materna que se redujo a menos de la mitad
entre 1990 y 2011 (al pasar de 89 a 43 defunciones de mujeres por
cada 100,000 nacidos vivos). No obstante, este indicador se encuentra
lejos de alcanzar la meta de 22 defunciones propuesta para 2015,
como parte de los Objetivos de Desarrollo del Milenio que fueron
pactados con los países miembros de la Organización de las Naciones
Unidas (ONU), para alcanzar una mejor calidad de vida de la población,
razón por la cual el Plan Sectorial de Salud 2013-2018, contempla
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
35
estrategias y líneas de acción específicas para atender esta situación
prioritaria.
El 30 de agosto de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y
No Discriminación contra las Mujeres 2013-2018 (PROIGUALDAD),
que da respuesta a la obligación señalada en el PND, de contar con
una estrategia transversal de perspectiva de género en todos los
programas, acciones y políticas de gobierno; esto significa que en los
programas sectoriales, especiales, institucionales y regionales que
elaboren las dependencias de la Administración Pública Federal
estarán explícitas la perspectiva de género y las acciones afirmativas
(concebidas como medidas efectivas, caracterizadas por su dimensión
temporal que inciden en la reducción de las desigualdades) que
permitan reducir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.
En este Programa se incorpora el objetivo 4 Fortalecer las capacidades
de las mujeres para participar activamente en el desarrollo social y
alcanzar el bienestar; que en su estrategia 4.2 contempla Impulsar el
acceso de las mujeres a los servicios de cuidado a la salud en todo el
ciclo de vida y explícitamente incluye la línea de acción 4.2.8 Reducir la
mortalidad materna y fortalecer la atención perinatal con enfoque de
interculturalidad.
Ante este escenario, es vital incrementar esfuerzos y dar un
renovado impulso al fortalecimiento de los servicios de salud,
mejorando su regulación, organización, cobertura y calidad, a fin de
avanzar más rápidamente en el logro de las metas establecidas,
satisfacer de manera más equitativa las necesidades de salud materno-
infantil de la población de México y reducir los contrastes sociales que
persisten en esta materia. En este contexto, se incorporan a esta
Norma aspectos relevantes enfocados a la salud materna y a la
prevención de la morbimortalidad materna y perinatal, mediante
intervenciones previas a que una mujer decida embarazarse, así como
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
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durante su embarazo, parto y puerperio y establecer el manejo
del autocuidado como una acción de corresponsabilidad para enlazar
con el personal de salud, por lo que adquiere importancia el mejorar la
calidad de la atención prenatal desde el periodo preconcepcional, es
decir, que se realice una valoración correcta del riesgo reproductivo en
mujeres con enfermedades concomitantes y en adolescentes;
promover la planificación familiar, la detección temprana de diabetes
gestacional mediante la realización de tamiz de glucosa, con base en la
evidencia científica, sabiendo que su diagnóstico y
tratamiento oportunos impactarán en la salud materno-fetal y mejorará
además el pronóstico de la mujer una vez finalizado su embarazo.
En ese mismo sentido, se busca impedir la transmisión perinatal de
sífilis y VIH, mediante su detección y tratamiento oportunos. Se
promueve además, la adecuada nutrición, la prescripción de hierro y
ácido fólico, y multivitamínicos, así como, evitar el uso y abuso de
sustancias tóxicas y adictivas para prevenir bajo peso y daños en el
feto.
Así mismo, se enfatiza sobre las ventajas de la lactancia materna y
el espaciamiento de los embarazos a través de la adopción de un
método anticonceptivo posparto, con pleno respeto a la decisión de la
mujer. Se busca en definitiva que la mujer y su pareja, se
corresponsabilicen junto con la institución que provee el servicio y su
personal, en el cuidado de su salud. En este mismo sentido, se afirma
que el derecho universal a la salud sexual y reproductiva, la opción
libre e informada, el respeto a la integridad física y el derecho a no
sufrir discriminación ni coerción en todos los asuntos relacionados con
la vida sexual y reproductiva de las personas, y a su vez recibir un trato
digno y respetuoso bajo los derechos humanos y la perspectiva de
género, llevando un embarazo más seguro y protegido.
Esta norma respeta los derechos reproductivos que se basan en el
reconocimiento del derecho básico de todas las personas a decidir,
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
37
libre y responsablemente, la cantidad de hijos que desean tener, el
momento oportuno para tenerlos y el tiempo entre embarazos, así
como la de tener la información y los medios para concretar sus
deseos, y el derecho de obtener el mayor estándar de salud sexual y
reproductiva.
Las intervenciones que se desarrollan para alcanzar la maternidad
segura son: planificación familiar, atención preconcepcional, prenatal,
parto limpio y seguro, puerperio y los cuidados obstétricos esenciales.
Por lo anterior, es necesario puntualizar las acciones a cumplir en cada
consulta, con sentido ético, respetuoso y humanitario, y que éstas
deban realizarse cuidadosamente, con un análisis e
interpretación correcta de los resultados que se obtengan de pruebas
rápidas, de laboratorio y, en su caso, de gabinete. Al mejorar la
consulta pregestacional y prenatal, se contribuirá a la identificación
oportuna de posibles riesgos en una fase temprana y por lo tanto
establecer medidas preventivas, o bien, el tratamiento correspondiente
con mínimas secuelas y evolución satisfactoria.
La mayoría de los daños obstétricos y los riesgos para la salud de la
madre y la persona recién nacida pueden ser prevenidos, detectados y
tratados con éxito mediante la aplicación de procedimientos para
la atención, entre los que destacan, el uso del enfoque de riesgo, la
realización de actividades eminentemente preventivas y la eliminación
o racionalización de algunas prácticas generalizadas que llevadas a
cabo en forma rutinaria y sin indicaciones generan riesgos
innecesarios. Por lo tanto, las acciones incluidas en esta Norma,
tienden a favorecer el desarrollo fisiológico de cada una de las etapas
del embarazo y a prevenir la aparición de complicaciones.
En caso de una complicación no diagnosticada de manera oportuna
y que ésta evolucione a una forma severa, se establece, al igual que en
otras normas internacionales vigentes, que la atención de urgencias
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obstétricas es una prioridad todos los días del año y que el personal de
salud debe informar con oportunidad a la mujer embarazada y a sus
familiares desde la primera consulta prenatal, y refiriéndola a
los establecimientos para la atención médica de las instituciones
públicas del Sistema Nacional de Salud que atienden urgencias
obstétricas, sea o no derechohabiente de alguna de ellas.
Considerando el incremento de maltrato reportado en estudios
nacionales e internacionales hacia la mujer en todas sus formas, y en
razón al estado vulnerabilidad que se presenta durante el embarazo,
esta debe ser identificada y atendida con oportunidad.
Otros factores de riesgo que pueden incidir en el incremento de la
mortalidad materna es la violencia que, en sus diferentes formas, tiene
efectos negativos en la salud emocional y física de la mujer
embarazada y complicaciones graves en su salud sexual y
reproductiva.
La violencia sexual y la violencia a la mujer pueden ocasionar
embarazos no deseados, problemas ginecológicos, abortos provocados
e infecciones de transmisión sexual, entre ellas, la infección por sífilis
y/o VIH. La violencia o maltrato hacia la mujer durante el embarazo
aumenta la probabilidad de sufrir abortos espontáneos, muerte fetal,
parto prematuro y bajo peso al nacer, para lo cual es necesario realizar
acciones de prevención primaria de la violencia familiar y de género,
así como canalizar a servicios especializados a las mujeres que la
viven, sobre todo si se encuentran en etapa gestacional.
Por lo mencionado, es necesario efectuar cambios en los
procedimientos de la atención materno-infantil que deben ser
normados, a fin de garantizar su cumplimiento en todo el país. De esta
manera la presente Norma contribuirá a corregir desviaciones
actualmente en uso, que afectan la calidad de la atención en salud y
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
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señalar pautas específicas a seguir para disminuir la mortalidad y la
morbilidad materna y perinatal.
OBJETIVO:
Esta norma tiene por objeto establecer los criterios mínimos para la
atención médica a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio
normal y a la persona recién nacida.
Esta norma es de observancia y obligatoria en todo el territorio
nacional, para el personal de salud de los establecimientos de la
atención medica de los sectores público, social y privado del Sistema
Nacional de Salud, que brindan atención a mujeres embarazadas,
durante el parto, puerperio y persona recién nacida.
Esta norma se complementa con las normas oficiales mexicanas
siguientes o las que las sustituyan:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-SSA3-2012, DEL
EXPEDIENTE CLÍNICO.
La revisión y actualización de esta norma, tiene como propósito
establecer con precisión los criterios científicos, éticos, tecnológicos y
administrativos obligatorios en la elaboración, integración, uso, manejo,
archivo, conservación, propiedad, titularidad y confidencialidad del
expediente clínico, el cual se constituye en una herramienta de uso
obligatorio para el personal del área de la salud, de los sectores
público, social y privado que integran el Sistema Nacional de Salud.
Los criterios establecidos en esta norma, inciden en la calidad de los
registros médicos, así como de los servicios y de sus resultados, toda
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
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vez que se requiere de la participación comprometida de médicos,
enfermeras y demás personal del área de la salud, para brindar una
atención más oportuna, responsable, eficiente y amable. El expediente
clínico es un instrumento de gran relevancia para la materialización del
derecho a la protección de la salud. Se trata del conjunto único de
información y datos personales de un paciente, que puede estar
integrado por documentos escritos, gráficos, imagenológicos,
electrónicos, magnéticos, electromagnéticos, ópticos, magneto-ópticos
y de otras tecnologías, mediante los cuales se hace constar en
diferentes momentos del proceso de la atención médica, las diversas
intervenciones del personal del área de la salud, así como describir el
estado de salud del paciente; además de incluir en su caso, datos
acerca del bienestar físico, mental y social del mismo. Se tomaron en
cuenta los distintos ámbitos y fases del proceso continuado de la
atención médica, en los que el uso del expediente clínico resulta
imprescindible, destacando algunos aspectos del estado de salud del
paciente, cuyo registro se considera de la mayor relevancia para su
correcta integración, buscando que en el proceso de atención se
generen los mayores beneficios. En el marco del ejercicio de los
derechos del paciente, esta norma ratifica la importancia de que la
autoridad sanitaria, garantice la libre manifestación de la voluntad del
paciente de ser o no atendido a través de procedimientos clínicos o
quirúrgicos, para lo cual, el personal de salud debe recabar su
consentimiento, previa información y explicación de los riesgos posibles
y beneficios esperados. Un aspecto fundamental en esta norma, es el
reconocimiento de la titularidad del paciente sobre los datos que
proporciona al personal del área de la salud. En ese sentido, se han
considerado aquellos datos que se refieren a su identidad personal y
los que proporciona en relación con su padecimiento; a todos ellos, se
les considera información confidencial. Lo anterior ratifica y consolida el
principio ético del secreto profesional. De igual manera, se reconoce la
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
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intervención del personal del área de la salud en las acciones de
diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, que se registran y se
incorporan en el expediente clínico a través de la formulación de notas
médicas y otras de carácter diverso con motivo de la atención médica.
En ellas, se expresa el estado de salud del paciente, por lo que
también se brinda la protección de los datos personales y se les otorga
el carácter de confidencialidad. Con la expectativa de que su contenido
se convierta en una firme aportación a los esfuerzos y procesos de
integración funcional y desarrollo del Sistema Nacional de Salud, esta
norma impulsa el uso más avanzado y sistematizado del expediente
clínico convencional en el ámbito de la atención médica y orienta el
desarrollo de una cultura de la calidad, permitiendo los usos: médico,
jurídico, de enseñanza, investigación, evaluación, administrativo y
estadístico principalmente. Es importante señalar que para la correcta
interpretación de esta norma se tomarán en cuenta invariablemente, los
principios científicos y éticos que orientan la práctica médica,
especialmente el de la libertad prescriptiva del personal médico a
través de la cual, los profesionales y técnicos del área de la salud,
habrán de prestar sus servicios a su leal saber y entender, en beneficio
del usuario, atendiendo a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en
que presten sus servicios.
OBJETIVO:
Esta norma, establece los criterios científicos, éticos, tecnológicos y
administrativos obligatorios en la elaboración, integración, uso, manejo,
archivo, conservación, propiedad, titularidad y confidencialidad
del expediente clínico.
Esta norma, es de observancia obligatoria para el personal del área
de la salud y los establecimientos prestadores de servicios de atención
médica de los sectores público, social y privado, incluidos
los consultorios.18
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
42
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SSA2-1993, DE
LOS SERVICIOS DE PLANIFICACIÓN FAMILIAR.
México está viviendo un proceso de modernización en todos los
órdenes, con el propósito explícito de insertarse en una economía
global a partir de una opción clara de competencia entre iguales, en
cuanto a la calidad de los productos y servicios que pone a la
disposición de los mexicanos y de la comunidad internacional.
Como parte de este proceso se identifica la necesidad de adecuar
los marcos normativos que regulan el quehacer nacional, a fin de que
respondan a las exigencias de la competencia entre países. Para
lograrlo, se actualizó la Ley General sobre Metrología y Normalización,
la cual entró en vigor el 1o. de julio de 1992 que señala, entre otras, las
bases para la elaboración de las normas oficiales mexicanas que
sustituyen a partir del 16 de octubre de 1993 a las normas técnicas que
hasta entonces indicaran las características que debieran reunir los
servicios y productos que se elaboran y consumen en nuestro país.
Las actividades de salud, y dentro de ellas los servicios de
planificación familiar, constituyen una de las materias objeto de la
actualización normativa, por su importancia para la vida de la
población, su extensa cobertura de uso y la trascendencia que reviste
para la calidad de vida de los mexicanos.
El presente documento contiene la Norma Oficial Mexicana de los
servicios de planificación familiar, cuya elaboración fue posible gracias
a la participación de las instituciones públicas, sociales y privadas del
ámbito nacional que se encuentran relacionadas directamente con
servicios de salud reproductiva.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
43
Este documento describe las disposiciones generales y
especificaciones técnicas para la prestación de los servicios de
planificación familiar e incluye tanto la selección, prescripción y
aplicación de métodos anticonceptivos, como la identificación, manejo y
referencia de casos con esterilidad e infertilidad, destacando los
elementos de información, orientación y consejería.
OBJETIVO:
El objeto de esta Norma es uniformar los principios, criterios de
operación, políticas y estrategias para la prestación de los servicios de
planificación familiar en México, de tal manera que dentro de un marco
de absoluta libertad y respeto a la decisión de los individuos y posterior
a la consejería, basada en la aplicación del enfoque de salud
reproductiva, pueda realizarse la selección adecuada, prescripción y
aplicación de los métodos anticonceptivos, así como también la
identificación, manejo y referencia de los casos de infertilidad y
esterilidad, y con ello acceder a mejores condiciones de bienestar
individual, familiar y social.
El campo de aplicación de esta Norma lo constituyen los servicios de
atención médica y comunitaria de las instituciones de los sectores
público, social y privado, y regula requisitos para la organización,
prestación de servicios y desarrollo de todas las actividades que
constituyen los servicios de planificación familiar.
La planificación familiar se ofrece con carácter prioritario dentro del
marco amplio de la salud reproductiva, con un enfoque de prevención
de riesgos para la salud de las mujeres, los hombres y los niños; sus
servicios son un medio para el ejercicio del derecho de toda persona a
decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y
espaciamiento de sus hijos, con pleno respeto a su dignidad.
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
44
Esta Norma es de observancia obligatoria en todas las unidades de
salud, para la prestación de los servicios de planificación familiar de los
sectores público, social y privado del país.19
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SSA3-2010, QUE
ESTABLECE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE
INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE
ESTABLECIMIENTO PARA LA ATENCIÓN MEDICA DE
PACIENTES AMBULATORIOS
El desarrollo de tecnologías y nuevos materiales en la fabricación de
equipos para la atención médica, ha logrado avances importantes, ello
ha determinado la producción y disponibilidad de mobiliario, equipos
e instrumentos con mejores estándares de calidad y seguridad para el
paciente, usuarios y personal de los establecimientos para la atención
médica de pacientes ambulatorios; por esta razón, en la presente
norma, se establecen los requerimientos mínimos indispensables de
infraestructura y equipamiento para que los establecimientos para la
atención médica que proporcionan servicios a pacientes ambulatorios,
puedan brindar una atención de calidad a los usuarios del Sistema
Nacional de Salud.
En este contexto, la infraestructura y equipamiento de estos
establecimientos debe estar en relación directa con el tipo de servicios
que se ofrecen y el personal profesional, técnico y auxiliar del área de
la salud deberá contar con los conocimientos, habilidades y destrezas
necesarias para que éstos sean utilizados de manera adecuada,
segura y eficiente.
Es importante destacar que la presente norma no es un listado o
catálogo de mobiliario y equipo, pero tampoco representa un
instrumento limitativo para los establecimientos de atención médica,
sino que se constituye en un basamento o plataforma que permite, a
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
45
partir de lo mínimo, el mejoramiento gradual de los establecimientos
para la atención médica de pacientes ambulatorios, a través de la
incorporación y sustitución de mobiliario, equipos e instrumentos
similares o equivalentes y en su caso, por tecnología superior y
de punta en las diversas áreas y servicios de la medicina.
OBJETIVO
Esta norma establece los requisitos mínimos de infraestructura y
equipamiento con los que deben cumplir los establecimientos que
proporcionen servicios de atención médica a pacientes ambulatorios.
Esta norma es de observancia obligatoria para todos los
establecimientos de atención médica denominados o que funcionen
como consultorios, de los sectores público, social y privado, que
proporcionen atención médica no especializada.20
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-003-SSA2-1993,
"PARA LA DISPOSICIÓN DE SANGRE HUMANA Y SUS
COMPONENTES CON FINES TERAPÉUTICOS".
Esta Norma tiene por objeto uniformar las actividades, criterios,
estrategias y técnicas operativas del Sistema Nacional de Salud, en
relación con la disposición de sangre humana y sus componentes con
fines terapéuticos.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-170-SSA1-1998, PARA
LA PRÁCTICA DE ANESTESIOLOGÍA.
Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios y procedimientos
que se deberán observar para la práctica de la anestesiología, así
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
46
como los requisitos mínimos obligatorios que deberán reunir los
profesionales y establecimientos, donde se practique esta especialidad.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-017-SSA2-1994, PARA
LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA.
Esta Norma Oficial Mexicana establece los lineamientos y
procedimientos de operación del Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica, así como los criterios para la aplicación de la vigilancia
epidemiológica en padecimientos, eventos y situaciones de emergencia
que afectan o ponen en riesgo la salud humana.
COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE MÉDICO
(CONAMED).
La Comisión Nacional de Arbitraje Médico es un órgano
desconcentrado de la Secretaría de Salud, creado por decreto
presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de
junio de 1996, para contribuir a tutelar el derecho a la protección de la
salud así como a mejorar, la calidad en la prestación de los servicios
médicos. Es una institución que tiene por objeto contribuir a resolver en
forma amigable y de buena fe los conflictos suscitados entre los
usuarios de los servicios médicos y los prestadores de los mismos; que
promueve y propicia la buena relación, el trato digno, los valores, el
apego a la ley artes médica y la ética en la relación médico paciente.
Permite a los ciudadanos y a los prestadores de servicios de salud,
dirimir y resolver sus diferencias o quejas, en un entorno especializado,
con pleno respeto a sus derechos, obligaciones y con apego a la
lexartis médica, la deontología y la normativa aplicable. Los elementos
que lo integran son los siguientes: Escrito de queja, cláusula
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
47
compromisoria y fijación del objeto del arbitraje. Los asuntos que
atiende la CONAMED, son actos u omisiones derivadas de la
prestación de servicios de salud, así como de presuntos actos de
posible mala práctica con consecuencias sobre la salud del usuario, lo
que significa en estricto sentido, que sólo se avoca al conocimiento de
problemas relacionadas con tales servicios o con la negativa de
prestación de los mismos. Valores que rigen a la CONAMED
Integridad, honradez, imparcialidad, legalidad, justicia, confidencialidad,
respeto, igualdad transparencia y rendición de cuentas.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013 PARA
LA PRÁCTICA DE ENFERMERÍA EN EL SISTEMA
NACIONAL DE SALUD.
El 2 de septiembre del 2013, en el Diario Oficial de la Federación, de
la NORMA Oficial Mexicana NOM-019-SSA3-2013, Para la práctica de
enfermería en el Sistema Nacional de Salud, representa sin duda, un
gran paso para la conformación del marco regulatorio que hará posible
la defensa, como lo establece el Consejo Internacional de Enfermeras,
del uso del término enfermera o enfermero. Pretende establecer los
límites en cuanto a la responsabilidad jurídica que debe asumir el
personal de enfermería, con base en las competencias adquiridas a
través de la formación académica. (55) Objetivo. Establecer las
características y especificaciones mínimas para la prestación del
servicio de enfermería en el establecimiento tos de atención medica del
Sistema Nacional de Salud, así como para la prestación de dicho
servicio que en forma independiente otorgan las personas físicas con
base en su formación académica.21
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
48
2.3.4 GUIAS DE PRÁCTICA CLÍNICA Y
LINEAMIENTOSTÉCNICOS DIAGNOSTICO Y
TRATAMIENTO DE LA HEMORRAGIA OBSTÉTRICA EN LA
SEGUNDA MITAD DEL EMBARAZO Y PUERPERIO
INMEDIATO. EVIDENCIAS Y RECOMENDACIONES
CATALOGO MAESTRO DE GUIAS DE PRACTICA CLÍNICA:
IMSS-162-09.
Esta guía de práctica clínica fue elaborada con la participación de las
instituciones, se conforman el sistema nacional de salud, bajo la
coordinación del centro nacional de excelencia tecnología de la salud.
Los autores han hecho un esfuerzo por asegurarse que la información
aquí contenida sea completa y actual, por lo que asume a la
responsabilidad editorial de esta guía, que incluye evidencias y
recomendaciones y declara que no tiene conflicto de intereses.
Se define a la hemorragia obstétrica grave, como la perdida
sanguínea de origen obstétrico, con presencia de algunos de los
siguientes criterios: pérdida del 25% de la volemia, caída del
hematocrito mayor de 10 puntos, presencia de cambios
hemodinámicos o perdida mayor de 150 ml/min.
La hemorragia post parto se refiere a la pérdida sanguínea de más
de 500ml, posterior a un parto vaginal, o la pérdida de más de 1000ml
posterior a una cesárea. También se ha definido como la disminución
del nivel de hematocrito del 10% (ACOG 2006). Se considera como
primaria, si ocurre dentro de las primeras 24 horas posteriores al
nacimiento y su causa principal es la atonía uterina ( 80% de los
casos). Protocolo argentina.22
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
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MARCO JURÍDICO EN ATENCIÓN DE LA MUJER
EMBARAZADA.
Los derechos de la mujer embarazada se derivan de la Declaración
de los Derechos Humanos, aprobada en 1948, y de las posteriores
declaraciones y convenciones que la ONU ha adoptado para visibilizar
los derechos de la mujer sin distinciones de raza, edad, origen,
nacionalidad, religión o condición social.
Por lo que en nuestro país, está estipulado en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 1, 4 y 123
que a la letra dice:
ARTICULO 1.- “En los Estados Unidos Mexicanos todas las
personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta
Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado
Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección,
cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos
y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas
relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con
esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia
favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la
obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el
Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones
a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley
(Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 10 de junio de 2011).
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
50
ARTÍCULO 4.- “El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta
protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona
tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre
el número y el espaciamiento de sus hijos. (Reformado mediante
Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de
diciembre de 1974)
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley
definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de
salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades
federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que
dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. …”
(Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 03 de febrero de 1983).
ARTÍCULO 123.- “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y
socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la
organización social de trabajo, conforme a la ley. (Reformado mediante
Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de
2008) El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes,
deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán: (Reformado
mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19
de diciembre de 1978)
V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que
exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud
en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de
seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el
parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario
íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido
por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos
descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
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alimentar a sus hijos; (Reformada mediante Decreto publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974. Modificado
por la reimpresión de la Constitución, publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 6 de octubre de 1986)
Por lo anterior, se aprecia el derecho fundamental a la preservación
de la vida, que tiene el Estado en todos los ámbitos en los que se
desarrolla una mujer que se encuentra embarazada.
También se observa en la Ley Para la Protección de los Derechos
de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 20 que la letra se
insertase “Las madres tienen derecho, mientras están embarazadas o
lactando, a recibir la atención médica y nutricional necesaria, de
conformidad con el derecho a la salud integral de la mujer.”
Como podemos apreciar en la Ley General de Salud donde es más
explícita en razón a los derechos y servicios que tiene la maternidad, y
la obligación del Estado en otorgar los servicios de salud.
ARTÍCULO 1o. La presente Ley reglamenta el derecho a la
protección de la salud que tiene toda persona en los términos del
artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los
servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades
federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda
la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.
ARTÍCULO 2o. El derecho a la protección de la salud, tiene las
siguientes finalidades:
I. El bienestar físico y mental del hombre para contribuir al ejercicio
pleno de sus capacidades;
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
52
II. La prolongación y el mejoramiento de la calidad de la vida humana;
III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a
la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que
contribuyan al desarrollo social;
IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población
en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la
salud;
V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan
eficaz y oportunamente las necesidades de la población;
VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de
los servicios de salud, y
VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y
tecnológica para la salud.
Atención Materno-Infantil
ARTÍCULO 61. La atención materno-infantil tiene carácter prioritario y
comprende las siguientes acciones:
I. La atención de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio;
II. La atención del niño y la vigilancia de su crecimiento y desarrollo,
incluyendo la promoción de la vacunación oportuna y su salud visual;
III. La promoción de la integración y del bienestar familiar.
IV. La detección temprana de la sordera y su tratamiento, en todos sus
grados, desde los primeros días del nacimiento, y
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
53
V. Acciones para diagnosticar y ayudar a resolver el problema de salud
visual y auditiva de los niños en las escuelas públicas y privadas.
ARTÍCULO 62. En los servicios de salud se promoverá la
organización institucional de comités de prevención de la mortalidad
materna e infantil, a efecto de conocer, sistematizar y evaluar el
problema y adoptar las medidas conducentes. Podemos encontrar los
mismos preceptos jurídicos contemplados de manera loca en la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla,
ARTÍCULO 11.- Las mujeres y los hombres son iguales ante la Ley.
En el Estado de Puebla se reconoce el valor de la igualdad radicado en
el respeto a las diferencias y a la libertad.
Queda prohibida toda acción tendiente al menoscabo de los
derechos humanos, en razón de discriminación por raza, origen étnico
o nacional, género, edad, discapacidad, condición social o económica,
condiciones de salud, preferencias sexuales, filiación, instrucción y
nivel cultural, apariencia física, estado civil, creencia religiosa, ideología
política, opiniones expresadas, o cualquier otra que atente contra la
dignidad, la libertad o la igualdad.
ARTÍCULO 12.- Las leyes se ocuparán de:
V. La atención de la salud de los habitantes del Estado, la promoción
de una vida adecuada que asegure el bienestar de las personas y la
satisfacción de las necesidades de instrucción y alimentación de las
niñas y los niños
Artículo 13.- El Estado de Puebla tiene una composición pluricultural
y multilingüística, sustentada originalmente en sus pueblos y
comunidades indígenas Náhuas, Totonacas o Tutunakuj, Mixtecas o
Ñuu Savi, Tepehuas o Hamaispini, Otomíes o Hñähñü, Popolocas o
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
54
N’guiva y Mazatecas o Ha shuta enima, los cuales se asentaron en el
territorio que actualmente ocupa la Entidad desde la época
precolombina y conservan instituciones sociales, económicas,
culturales y políticas, que les son propias.
El estado reconoce a las comunidades indígenas como sujetos de
derecho público.
IV. Las leyes, las instituciones y organismos que conforman el
Sistema Estatal de Salud, reconocerán e incorporarán la medicina
tradicional de los pueblos indígenas, sus médicos tradicionales, sus
terapéuticas y sus productos, remedios y suplementos alimenticios,
estableciendo programas para fortalecerlos y desarrollarlos, así como
para apoyar la nutrición y alimentación de los miembros de los pueblos
y comunidades indígenas, en especial de su población infantil.
Artículo 26.- El Estado reconoce a la Familia como una institución
fundamental que constituye una unidad política y social que promueve
la enseñanza y transmisión de los valores culturales, éticos y sociales
necesarios para el desarrollo de las personas que la conforman.
XII.- Los integrantes de la familia están obligados a evitar conductas
que generen violencia familiar. Los niños y las niñas tienen derecho a
la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y
sano esparcimiento para su desarrollo integral.
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y
cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando
de manera plena sus derechos, de conformidad con lo previsto en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Este principio
deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las
políticas públicas dirigidas a la niñez.23
TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018
55
2.3.5. TRATADOS INTERNACIONALES:
CÓDIGO MATER Y EQUIPO DE RESPUESTA INMEDIATA
OBSTÉTRICA (ERIO)
CÓDIGO MATER O SISTEMA DE ALERTA
DEFINICIÓN
El Código Mater es la activación de un mecanismo de alerta o de
llamado al personal del Equipo de Respuesta Inmediata Obstétrica
(ERIO), para atender una emergencia y salvar la vida de la madre y el
producto de la gestación. Es un proceso vital que debe ser simple,
confiable, fácil de recordar, llegar a todos los espacios físicos de la
unidad, no propiciar errores en el llamado, especificar el lugar de donde
se está dando la alerta (Triage, choque, urgencias, tococirugía,
hospitalización o quirófano) y deberá funcionar en todos los turnos.
OBJETIVO
Contar con un sistema de llamado de alerta, simple, estandarizado,
continuo y único ante una emergencia obstétrica.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Implementación del Código Mater, es de observancia en todas las
unidades médicas de segundo y tercer nivel del sector salud en las que
se brinde atención obstétrica.
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Tesis hemorragia obstetrica

  • 1. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 INSTITUTO DE CIENCIAS Y ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS, A. C. RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS OTORGADOS POR ACUERDO DEL GOBIERNO, DEL ESTADO DE TAMAULIPAS PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL NUM.8 TOMO CV DE FECHA 26 DE ENERO DE 1980, REGISTRO NUM.177, LIBRO 71-III, Y ADICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE PROFESIONES DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PUBLICA Y ACUERDO OTORGADO POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, NUM NMS42/12/2010 DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 2011, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL NUM. 42, TOMO CXXXVI DE FECHA 07 ABRIL DEL 2011. FACULTAD DE ENFERMERÍA “TITULO DE LA INVESTIGACIÓN” PREVALENCIA DE HEMORRAGIA OBSTETRICA EN EL PUERPERIO FISIOLOGICO INMEDIATO EN EL HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUE. EN EL PERIODO COMPRENDIDO DE ENERO A JUNIO DE 2018 T É S I S PARA OBTENER EL TÍTULO DE: LICENCIADA EN ENFERMERÍA P R E S E N T A N: C. BRISSA MARÍA HERNÁNDEZ OLIVA C. RUTH ÁLVAREZ MORA GENERACIÓN 2017-2018 MARTINEZ DE LA TORRE, VER.
  • 2. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 INSTITUTO DE CIENCIAS Y ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS A. C. DICTAMEN TESISTAS: C. BRISSA MARÍA HERNÁNDEZ OLIVA, C. RUTH ÁLVAREZ MORA TEMA DE INVESTIGACIÓN: PREVALENCIA DE HEMORRAGIA OBSTETRICA EN EL PUERPERIO FISIOLOGICO INMEDIATO EN EL HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. EN EL PERIODO COMPRENDIDO DE ENERO A JUNIO DE 2018 GRADO A RECIBIR: LICENCIATURA EN ENFERMERIA LUGAR Y FECHA: MARTÍNEZ DE LA TORRE, VERACRUZ JUNIO 2018. El que suscribe Esp. Sp. Francisco Javier Álvarez Bonilla acreditado por el Instituto de Ciencias y Estudios Superiores de Tamaulipas, A. C. como asesor de tesis de la Licenciatura en enfermería, hace constar que el trabajo de tesis aquí mencionado, cumple con todos los requerimientos establecidos por la Facultad de Enfermería, para optar por el grado de licenciatura en enfermería. Se autoriza a las alumnas C. Brissa María Hernández Oliva y C. Ruth Álvarez Mora presentarla ante el jurado examinador para su réplica. A T E N T A M E N T E ESP. SP. FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ BONILLA ASESOR METODOLOGICO Y DE CONTENIDO
  • 3. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 AGRADECIMIENTOS: Es una satisfacción poder concluir hoy algo que al principio nos costó mucho, en este tiempo aprendimos mucho a nivel profesional y personal, conocimos cosas de nosotras mismas y descubrimos nuestro potencial, también descubrimos que en la vida es bonito trabajar por las metas y las cosas que uno quiere, cerca de personas de buenos sentimientos y de buen corazón, por todo eso nuestro más profundo agradecimiento es para: Dios, por darnos los elementos para existir en esta vida. A nuestros padres Ma. De los Ángeles Mora Arroyo y Lucio Fernández Pozos, Enrique Hernández Martínez y Ma. Del Carmen Oliva González por ser un pilar importante en nuestra vida, por apoyarnos de manera incondicional en cada uno de nuestros proyectos. A nuestras hermanas Susana Monserrat Fernández Mora e Iris del Carmen Hernández Oliva por el apoyo, la amistad y su cariño incondicional. A mi hija Allison Michelle Fernández Álvarez quien es mi inspiración mi motor de vida para ser mejor cada día y permitirme vivir la mejor experiencia de tenerla y poder ser para ella su mejor ejemplo, te AMO. A un ángel que sé que desde el cielo me cuida, mi hermano, te AMO Quique. Y a un ángel que nunca me deja, muchas gracias…
  • 4. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 ABSTRACTO Objetivo: de este es conocer cuál ha sido la prevalencia de hemorragia obstétrica en el puerperio fisiológico inmediato, en el Hospital General de Teziutlán, Puebla, En el periodo comprendido de julio a diciembre de 2017. Materia y métodos: Es un tipo de estudio descriptivo, Observacional, no experimental, que mide a la vez la prevalencia de la exposición de la el grupo de edad en estudio y el efecto en una muestra poblacional en un solo momento temporal (trasversal); es decir, permite estimar la magnitud, la distribución y la proporción de un grupo o población que presentan una misma característica o patrón determinante en un momento determino y los factores que puedan influir para que esta se presente. Resultados: en un rango de edad de 15 y 37 años el 43% de la población estudiada presentaron retención de restos placentario y un 17% presentaron atonía uterina. Y los resultados obtenidos del cuestionario que se aplicó al personal de enfermería el 100% definen que es HPP, y también el 100% identifica los signos y síntomas de alarma de HPP. Conclusiones: de los resultados obtenidos podemos concluir que el personal de enfermería adscrito al servicio de toco-cirugía y de ginecología del Hospital general de Teziutlán cuenta con el conocimiento necesario ante una hemorragia obstétrica.
  • 5. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 ABSTRAC: Objective: this is to know what has been the prevalence of obstetric hemorrhage in the immediate physiological puerperium, in the General Hospital of Teziutlan, Puebla, in the period from July to December 2017. Matter and methods: It is a type of descriptive study, Observational, not experimental, which measures both the prevalence of the exposure of the age group under study and the effect on a population sample in a single time (transverse); that is, it allows us to estimate the magnitude, distribution and proportion of a group or population that have the same characteristic or determining pattern at a given time and the factors that may influence its occurrence. Results: in an age range of 15 and 37 years, 43% of the population studied had retained placental remains and 17% had uterine atony. And the results obtained from the questionnaire that was applied to the nursing staff 100% define that it is HPP, and also 100% identify the signs and symptoms of HPP alarm. Conclusions: from the results obtained, we can conclude that the nursing staff attached to the gynecology and gynecology service of the Teziutlán General Hospital have the necessary knowledge of obstetric hemorrhage.
  • 6. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 ABREVIATURAS CID: Coagulación Intravascular Diseminada CONAMED: Comisión Nacional de Arbitraje Médico DGE: Dirección General de Epidemiologia DPP: Desprendimiento Prematuro de Placenta ERIO: Equipo de Respuesta Inmediata Obstétrica HPP: Hemorragia Posparto HTA: Hipertensión Arterial IMSS: instituto Mexicano del Seguro Social LAPE: laparotomía exploradora LUI: legrado úterino instrumentado OCI: Orificio Cervical interno ODM: objetivos de desarrollo del milenio OMS: Organización Mundial de la Salud ONU: Organización de las Naciones Unidas PND: Plan Nacional de Desarrollo RMM: Razón de Mortalidad Materna SSA: Secretaria de Salud VIH: Virus de Inmunodeficiencia Humana
  • 7. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 Contenido DICTAMEN AGRADECIMIENTOS ABSTRACTO ABSTRAC DICTAMEN........................................................................................................................ 2 AGRADECIMIENTOS: .................................................................................................... 3 ABSTRACTO.................................................................................................................... 4 ABSTRAC:......................................................................................................................... 5 TEMA DE INVESTIGACIÓN: ......................................................................................... 1 CAPÍTULO 1 ..................................................................................................................... 3 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA........................................................................... 3 1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA.......................................................................... 4 1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA. ....................................................................... 5 1.3 JUSTIFICACIÓN........................................................................................................ 6 1.4 OBJETIVOS ............................................................................................................... 7 1.4.1 OBJETIVO GENERAL........................................................................................... 7 1.4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS: ............................................................................... 7 1.6 DELIMITACIÓN DEL ESTUDIO.............................................................................. 8 CAPÍTULO 2 ..................................................................................................................... 9 MARCO TEÓRICO .......................................................................................................... 9 2.1 MARCO HISTÓRICO. ............................................................................................ 10 2.2 MARCO EPIDEMIOLÓGICO. ............................................................................... 17 2.2.1. PANORAMA INTERNACIONAL ....................................................................... 19 2.2.2 MARCO NACIONAL. .......................................................................................... 20 2.2.3 PANORAMA ESTATAL....................................................................................... 22 2.3. MARCO LEGAL...................................................................................................... 24 2.3.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS . 24 2.3.2 LEY GENERAL DE SALUD................................................................................ 31 2.3.3 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-007-SSA2-2016, PARA LA ATENCIÓN DE LA MUJER DURANTE EL EMBARAZO, PARTO Y PUERPERIO, Y DE LA PERSONA RECIÉN NACIDA. ..................................................................... 33
  • 8. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 2.3.4 GUIAS DE PRÁCTICA CLÍNICA Y LINEAMIENTOSTÉCNICOS DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA HEMORRAGIA OBSTÉTRICA EN LA SEGUNDA MITAD DEL EMBARAZO Y PUERPERIO INMEDIATO. EVIDENCIAS Y RECOMENDACIONES CATALOGO MAESTRO DE GUIAS DE PRACTICA CLÍNICA: IMSS-162-09................................................................................................. 48 2.3.5. TRATADOS INTERNACIONALES:.................................................................. 55 2.4 MARCO REFERENCIAL................................................................................... 57 2.5 DESCRIPCIÓN DE LA PATOLOGÍA.............................................................. 60 CAPÍTULO 3................................................................................................................... 80 METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN............................................................... 80 3.1.2 DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN .................................................................... 81 3.1.3 TIPO DE ESTUDIO.............................................................................................. 81 3.1.4 UNIVERSO DE TRABAJO................................................................................. 82 3.1.5 UNIVERSO............................................................................................................ 82 3.2.1 CRITERIOS DE INCLUSIÓN ............................................................................. 82 3.2.2 CRITERIOS DE EXCLUSIÓN............................................................................ 83 3.3 INSTRUMENTO DE MEDICIÓN........................................................................... 83 3.4 HIPOTESIS DE LA INVESTIGACIÓN.................................................................. 83 3.5 VARIABLES ........................................................................................................ 84 3.5.1 INDEPENDIENTE:............................................................................................... 84 3.5.2 DEPENDIENTE:................................................................................................... 84 3.5.3 VARIABLES OPERACIONALES: .................................................................... 85 TABLA 1 OPERCIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES...................................... 85 3.6 LIMITES DE LA INVESTIGACIÓN ....................................................................... 86 3.7 RECURSOS DISPONIBLE. ................................................................................... 86 3.7.1 RECURSOS MATERIALES Y TECNOLÓGICOS: ......................................... 86 3.7.2 RECURSOS HUMANOS: ................................................................................... 86 3.7.3 RECURSOS ECONÓMICOS:............................................................................ 86 CAPÍTULO 4 ................................................................................................................... 88 ANALISIS Y PRESENTACION DE RESULTADOS ................................................. 88 4.1 INTRODUCCIÓN DEL ANÁLISIS......................................................................... 89 CAPÍTULO 5 ................................................................................................................. 109 COCLUSIONES Y SUGERENCIAS.......................................................................... 109 5.2 RECOMENDACIONES......................................................................................... 111
  • 9. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 CAPÍTULO 6 ................................................................................................................. 112 ANEXOS........................................................................................................................ 112 6.2 ANEXOS ................................................................................................................. 120 6.2.1 INSTRUMENTO DE MEDICIÓN...................................................................... 120
  • 10. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 1 TEMA DE INVESTIGACIÓN: PREVALENCIA DE HEMORRAGIA OBSTETRICA EN EL PUERPERIO FISIOLÓGICO INMEDIATO EN EL HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUE. EN EL PERIODO COMPRENDIDO DE ENERO A JUNIO DE 2018
  • 11. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 2 INTRODUCCIÓN La muerte de mujeres durante el embarazo, el alumbramiento y el posparto sigue siendo un problema grave. De acuerdo a la OMS prevalecen dentro las tres principales causas de mortalidad materna: trastornos hipertensivos, las hemorragias durante el evento obstétrico y sepsis. Por lo que se necesita un diagnóstico y tratamiento rápidos para su atención. Aún en los países de mayor desarrollo de la medicina, esta es una causa importante de morbimortalidad materna. Si bien la hemorragia postparto es una complicación obstétrica muy seria, es importante recalcar que es altamente prevenible. El personal de salud debe de conocer los factores que se asocian para un mayor riesgo de desencadenamiento y así disminuir la incidencia de la misma Los factores para hemorragia obstétrica posparto vaginal incluyen: la prolongación de la tercera etapa del trabajo de parto, la existencia de cuagulopatía previa, la hemorragia posparto en el embarazo anterior, la retención de placenta, multiparidad, el traumatismo genital, la macrosomía, la inducción del trabajo de parto, la corioamnionitis, la hemorragia intraparto, presentación fetal compuesta, parto instrumentado. Dentro de las hemorragias obstétricas, la hemorragia posparto representa 80 % de los casos de puerperio patológico.La hemorragia obstétrica puede ser un factor condicionante para el ingreso en una unidad de cuidados intensivos, para un manejo multidisciplinario y favorecer su recuperación. En nuestro hospital la prevalencia de hemorragia obstétrica durante el puerperio no es alta, y el personal de enfermería si cuenta con los conocimientos necesarios ante una hemorragia posparto, no así cuando se presenta una incidencia con el personal adscrito al servicio de tococirugía por que en su caso envían a dicho servicio a personal “cubre incidencia”.
  • 12. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 3 CAPÍTULO 1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
  • 13. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 4 1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA La prevalencia de los riesgos de la salud en las pacientes puérperas pueden ser detectados, prevenidos y tratados con éxito mediante la aplicación de procedimientos normativos para la atención, utilizados para el enfoque de actividades preventivas y la eliminación de algunas prácticas llevadas de forma rutinaria. El hospital general de Teziutlán, Puebla, atiende en promedio a 1800 mujeres embarazadas semestralmente, quienes pueden presentar complicaciones como hemorragia obstétrica en el puerperio fisiológico inmediato posterior a un parto vaginal, pero muchas de estas pacientes son referidas hasta último momento de sus unidades, por lo que el grado de sufrir o presentar alguna complicación se hace más latente, arriesgando la vida del binomio. La información y aplicación de los conocimientos del personal de enfermería es determinante la atención del problema para lograr un procedimiento adecuado, de seguimiento a tal situación Ante un caso de emergencia obstétrica debe ser garantizado el manejo inmediato e integral por el equipo de salud y de esta manera disminuir los casos de morbimortalidad materna siendo este un factor importante mejorando el proceso de atención y vigilancia de estas pacientes. Para que el pronóstico sea favorable, ya no solo en términos de mortalidad sino en mantener la fertilidad de la madre y minimizar la morbilidad, es fundamental que el Hospital cuente con un protocolo de atención bien definido y multidisciplinar que facilite el diagnóstico y el tratamiento inmediato.
  • 14. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 5 1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA. ¿Cuál es la prevalencia de la hemorragia obstétrica en el puerperio fisiológico inmediato en el Hospital General de Teziutlán, Puebla en el periodo comprendido de julio a diciembre de 2017?
  • 15. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 6 1.3 JUSTIFICACIÓN A todas las pacientes en trabajo de parto se les debe evaluar el riesgo que puedan presentar de una hemorragia obstétrica. El manejo oportuno y adecuado de la hemorragia posparto, requiere de una investigación precisa y exhaustiva en busca de una causa específica. Se realizará un análisis de la prevalencia de los casos de hemorragia posparto que se han presentado en el Hospital General de Teziutlán, Puebla., en el periodo comprendido de enero a julio de 2017, de esta manera tendremos un enfoque más preciso sobre el manejo y las medidas establecidas en la institución. También podremos determinar cuáles son las principales causas de la hemorragia posparto, así como los riesgos que se presentan, para poder prevenir complicaciones en el puerperio fisiológico y disminuir la estancia intrahospitalaria, haciendo hincapié a su alta sobre recomendaciones para el puerperio. Cabe señalar que de los resultados obtenidos se tendrá una visión más clara para el personal, aportando una descripción detallada de la situación, dando a conocer mejoras que contribuyan a una disminución de la prevalencia de los casos de los riesgos de hemorragia obstétrica. Tomando en cuenta que la hemorragia obstetrica ya mencionada anteriormente implica complicaciones de manera sociales, laborales, legales y económicas. Con esta investigación se pretende mejorar tiempos de respuesta del equipo multidisciplinario responsable de la atención de las pacientes disminuyendo así los índices de morbimortalidad en la región.
  • 16. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 7 1.4 OBJETIVOS 1.4.1 OBJETIVO GENERAL Evaluar cuál es la prevalencia de hemorragia en el puerperio fisiológico inmediato, en el Hospital General de Teziutlán, Puebla, en el perirodo comprendido de enero a junio de 2018. 1.4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Detallar el manejo sobre las principales causas de hemorragia en el puerperio fisiológico inmediato. Registrar de manera estadística los casos de hemorragia obstétrica en el puerperio fisiológico inmediato. Demostrar que la primera atención en el manejo de la hemorragia obstétrica en el puerperio fisiológico inmediato por parte del personal de enfermería se lleva a cabo de manera oportuna pero con muchas limitaciones en material equipos y otros recursos. Advertir que una adecuada atención inicial en la hemorragia, permitirá asegurar mayor éxito en la situación.
  • 17. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 8 1.5 ALCANCE DE LA INVESTGACION Descriptiva porque en esta se mencionara la prevalencia de la hemorragia obstétrica el puerperio fisiológico inmediato en el Hospital General de Teziutlán, Puebla y es transversal porque se aplica un instrumento de medición en una sola medición en el periodo comprendido de julio a diciembre del 2017. 1.6 DELIMITACIÓN DEL ESTUDIO 1. Límite de conocimiento: Área de toco cirugía, recuperación post parto. 2. Límite de espacio: Hospital General de Teziutlán, Puebla. Calle Bugambilias No. 7 Barrio de Xoloateno, Teziutlán, Puebla.1 3. Límite geográfico: El municipio se localiza en la parte Noreste del estado de Puebla, sus coordenadas geográficas son los paralelos 19º 39'18" y 19º 51'12" de latitud Norte, y los meridianos 97º 22'18" y 97º 29' 4" de Longitud Occidental. Colindancias:  Al Norte con Hueyapan y Teziutlán.  Al Este con Atempan y Tlatlauquitepec.  Al Sur con Cuyoaco y Tepeyahualco.  Al Oeste con Xiutetelco y Teziutlán . 2 4. Límite de tiempo: enero - julio 2018.
  • 18. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 9 CAPÍTULO 2 MARCO TEÓRICO
  • 19. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 10 2.1 MARCO HISTÓRICO. Definamos la palabra puerperio la cual proviene del latín, puer, niño, y parus, dar a luz, tomándose en el intervalo después del parto durante el cual los cambios anatómicos y fisiológicos maternos inducidos por el embarazo regresan al estado basal antes de la gravidez. Hablemos de hemorragia la cual proviene del latín: haemorragia, tomado del vocablo griego haimorraghia, formado con haima, ‘sangre’ y una flexion deriavado del verbo rhegnunai, ‘romper’, ‘reventar’, ‘derramar’. En nuestra lengua española abundan las palabras derivadas de haima: hemoglobina, hemolisis, hemorroide, y muchas otras, en su mayoría del área médica, pero también ajenas a ella como hematites, un tipo de mineral de hierro, literalmente, ‘sangre que parece piedra3 Obstetricia la palabra obstetricia, que designa la rama medica que se ocupa del embarazo, parto post parto, o puerperio, viene del latín, obstetricia, que es la actividad de la obstetrix, (comadrona). La palabra obstetrix, se compone del prefijo OB- que indica posición enfrentada, la raíz del verbo STO, STAR: significa “estar de pie, o permanecer en posición erguida”, y el sufijo de agente femenino –TRIX (que da TRIZ en español encontramos en actriz, emperatriz, etc.).4 La obstetrix es pues la que actúa permaneciendo en pie enfrenta a la parturienta para asistirla y ayudarle a la salida del niño. Hemorragia: es el exceso de pérdida de sangre por sangramiento uterino asociado a trabajo de parto o nacimiento. Se define como la pérdida de sangre mayor a 500 ml o a una cantidad que la fisiología materna, como la presión sanguínea y el hematocrito. La hemorragia posparto se divide en dos categorías: inmediata (dentro de las primeras 24 horas del nacimiento) o retrasada (después de 24 horas después del posparto).5
  • 20. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 11 En el comienzo de la humanidad unos 40.000 a. C., se conservan datos que el parto fue atendido por el marido; sin embargo pasando el tiempo, ya en el año 600 a. C., se empieza a considerar la ayuda al nacimiento como un “arte” dando lugar el interés por la mujer por tomar mayor experiencia y por lo cual empiezan a ser más requeridas durante el trabajo del parto, dando así el inicio de uno de los oficios más antiguos de la humanidad, el de la comadrona, partera, o en griego obstetrix ( palabra de la que se deriva la obstetricia y obstetra). La primera descripción de un parto normal fue por Hipócrates (460- 377 a.C.), en su libro Naturaleza del Niño, a lo largo de la historia otros grandes médicos y ginecólogos, como Galeno, Mauriceau o Schroeder, también expusieron diferentes teorías de porqué comenzaba el parto. En tiempos remotos en México, principalmente los aztecas, tenían conocimientos sobre la atención a embarazadas dando lugar a la parteras o TLAMATQUITÍCITL las cuales daban a todas sus pacientes los cuidados prenatales necesarios haciendo uso de sus conocimientos herbolarios y anatómicos, así ayudaban a un buen alumbramiento , aliviaban las dolencias del parto y del embarazo llevando un registro continuo de la evolución de la madre y del bebe dentro del vientre, además de aconsejar en su vida sexual o incluso llevar a cabo técnicas abortivas, sus conocimientos y experiencias los enseñaban de generación en generación. TLAMATQUITÍCITL se le tenía un gran respeto era objeto de gran rendimiento y de veneración, tanto como las mujeres que morían durante el parto, de la cuales se tenía la creencia de que ingresaban al paraíso. La posición que utilizaban TLAMATQUITÍCIT era colocar a su paciente en cuclillas, sujetándola de los talones, posición en la cual la gravedad ayudaba a la salida del bebe, y disminuía el esfuerzo de la madre, se describía que las mujeres mexicas daban a luz con mucho menos esfuerzo que las españolas y se recuperaban más rápidamente.
  • 21. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 12 El fundamento sobre el cual se dio sentido a la formación de parteras en México, radica en las raíces culturales, herencia de la época prehispánica, sin embargo, a lo largo del siglo XX la enseñanza de la obstetricia ha sufrido muchos cambios, que siguieron el modelo de atención de salud y las concepciones materna y neonatal en la formación profesional del área. Gran avance ha tenido los conocimientos de los orígenes de la vida, de las leyes de la herencia y el crecimiento y desarrollo embrionario y fetal, los efectos secundarios de los distintos fármacos, de las tecnologías para el diagnóstico y el tratamiento en el siglo materno fetal, los cual reafirmo la necesidad del cuidado de la salud de la madre y el hijo a lo largo del todo el ciclo perinatal en la dimensión tanto en lo ético como en lo científico, cuidar de la pareja desde antes de la gestación en la pre-concepción, la concepción hasta el nacimiento para después brindarles el cuidado integral, considerando a los integrantes de la familia como un todo, con énfasis en la madre y su hijo por la vulnerabilidad que presentan en esta etapa del ciclo vital, los riesgos en constante interacción con su entorno cambiante, apoyando sus procesos vitales y la motivación para el logro del máximo potencial en los cambios biopsicosociales, emocionales y espirituales, en la búsqueda de una mejor calidad de vida y el compromiso contraído con el advenimiento de cada nuevo ser humano para un mundo mejor. Desde una perspectiva histórica, las actividades realizadas por las parteras han sido más que una actitud de trabajo, en una experiencia ética, por los aspectos intangibles en que prevalecen los valores humanos, el cuidado integrador que rebasa el esquema biologisista hacía uno holístico, relacionado con actitudes de ternura, afecto comprensión y reconocimientos de las dimensiones del ser humano, de la sensibilidad para uno mismo.
  • 22. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 13 ANTECEDENTES PREHISPÁNICOS DE LA PARTERA EN MÉXICO Desde la percepción del ámbito socio-cultural prehispánico de la partera tenían, a partir de la concepción del nuevo ser humano hasta que veía la luz, dejo hondas raíces, por su poder reconocido en la comunidad, pues era sustantiva su función para que la mujer en el trance de la maternidad continuara su vida cotidiana. Luz Pérez Loredo relata: que la partera basaba su entendimiento solo en su propia experiencia en el arte de los partos. Si, bien carecía de escolaridad y de conocimientos racionales sobre la causalidad y terapéutica de las enfermedades; ejercía algunas medidas de orden medico como la aplicación de oxitócicos, unas veces con resultados favorables y otras con situaciones de riesgo para la gestante y su niño. Este patrimonio legado a las generaciones de parteras, de la actitud tenaz del cuidado a la embarazada y la parturienta trascendió hasta el presente. En la dinámica familiar prehispánica fue un factor muy participativo desde que la mujer se daba cuenta de su embarazo. Su tradición continúo ya en la época del virreinato por que la partera muy poco altero sus actividades. Se encargaba de dar consejos a la preñada. LA PARTERA EN LA ÉPOCA COLONIAL Durante la colonia, se inició la evangelización de la población, hubo ligar para mucho cambios relacionados con el vestido, la comida, el trato social y la vida familiar, se implantaron diversas medidas y surgieron nuevas organizaciones, pero al arte de los partos no se les presto ningún interés. La urgencia de atender a una mujer que va a parir, dado que es un acto que no se puede posponer, se presenta como una inesperada
  • 23. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 14 oportunidad para las más hábiles parteras, lo cual continúo así en los siglos XVI, XVII y dos tercios del XVIII. La atención del parto siguió en manos del empirismo; de las tenedoras, de las comadronas, de las parteras, quienes sin ningún estudio continuaron ejerciendo. Los médicos y los cirujanos desdeñaron el ocuparse de la partería, la cual quedó relegada a las parteras indígenas que en nada disminuyeron su prestigio en asuntos de esta clase.6 Con la llegada de Hernán Cortes todo cambio, llego a México el Dr. Cristóbal Ojeda y en 1519 arribaron el cirujano diego Pedroza, el medico Amézquita y el boticario Escobar, quienes integraron la avanzada Medicina en los territorios aztecas. Las primeras regulaciones legales para la práctica de la obstetricia por las parteras se dieron en 1750 con el Rey Femando VI. La forma en que clásicamente eran atendidos los partos en la época colonial no era tan diferente de la precortesiana y no sufrió cambios trascendentales en 3 siglos. No obstante los hospitales que fueron construidos durante la época colonial en México, sino hasta fines del siglo XVIII o principios del XIX cuando se encuentran los primeros barruntos de la atención Obstétrica hospitalaria así como los primeros médicos se empezaron a interesar por la obstetricia e iniciaron el manejo de la sala donde la mujer paría. Se comenzó a estudiar el parto como una ciencia y se desarrollaron instrumentos como el fórceps y el manejo de la posición horizontal de la parturienta. En 1554 Jacob Rueff, obstetra de Zurich, publicó un texto en latín el cual describía una herramienta la cual permitía extraer al recién nacido llamada “fórceps”. Durante el siglo XVI el cirujano de origen francés Ambroise Paré fundó la escuela para parteras en Paris y describió la presentación pélvica y extracción podálica, así como la cesárea, la cual debería ser realizada o supervisada, y no solo realizarla después de la muerte de la madre.
  • 24. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 15 En 1612 Peter Chamberlen desarrolló los fórceps diseñados con una curva cefálica para encajar alrededor de la cabeza del bebé pero carecían de la curva pélvica característica de los fórceps modernos.7 Los nuevos avances, además de los nuevos conocimientos de la anestesia y la asepsia en el siglo XIX, hicieron que disminuyera el riesgo de muerte en el parto de la, madre y él bebe. Durante el siglo XX, el control de la natalidad, el seguimiento médico durante el embarazo, el registro toco gráfico durante el embarazo y técnicas quirúrgicas como la cesárea han hecho que la gran mayoría de los partos se desarrollen felizmente.8 La hemorragia obstétrica siempre se ha considerado una de las complicaciones obstétricas más temidas, y fue Paul Portal, en Paris quien describe por vez primera vez la localización de la placenta en el segmento uterino inferior en un caso de placenta previa en 1685 en el texto The compleat Practice of Men and Women Midwifes.9 El término parto forzado fue introducido por el obstetra francés André Levret (1703-1780) referido a la manipulación obstétrica y su relación con las complicaciones asociadas a éste.10 La falta de diferenciación clínica entre las diferentes causas de hemorragia obstétrica fueron referidas por primera vez en 1775 por Rigby en su publicación 12 titulada An Essay on the Uterine Haemorrhage: Which precedes the delivery of the full grown fetus: illustrated with cases. Surgió una nueva técnica quirúrgica, la operación cesárea, la cual ofrecía esperanza tanto a la paciente como al producto, pudiendo sobrevivir al nacimiento. Con los avances médicos y las nuevas creencias de la iglesia católica considerando al feto como humano, se comienza a abogar por
  • 25. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 16 la realización de ésta nueva cirugía, y se estableció un nuevo debate con los teólogos europeos respecto a las craniectomías. El desarrollo de la asepsia y la anestesia dio la pauta para la introducción de la realización de cesáreas. El nombre “cesárea” probablemente no deriva de Julio César, sino del latín Caedere, de cortar. La primera cesárea realizada en épocas modernas se atribuye al suizo Jacob Nufer, quien en 1500 obtuvo el permiso de las autoridades para operar a su esposa después de encontrarse en trabajo de parto durante varios días, posteriormente tuvo 5 partos vaginales.
  • 26. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 17 2.2 MARCO EPIDEMIOLÓGICO. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que la hemorragia posparto severa acontece en aproximadamente 11% de las mujeres que han tenido un parto. Esta incidencia difiere entre países por los distintos sistemas de salud y el nivel de desarrollo industrial. En las naciones en vías de industrialización la mayoría de las gestantes no tiene acceso a un parto asistido por profesionales especializados y la conducta de la tercera fase del parto no suele ser una práctica establecida. En los países industrializados la hemorragia posparto severa es la tercera causa de muerte materna, pero en las que sobreviven las secuelas no son despreciables: es la principal causa de histerectomía posparto, de transfusión y la mayoría padecerá anemia, con sus consecuencias físicas y la inevitable alteración en la calidad de vida. Todas las puérperas son susceptibles de sufrir una hemorragia posparto severa, por ello es fundamental su prevención y disponer de la organización necesaria para atenderla rápidamente. Se calcula que más de 80% de las muertes maternas secundarias a hemorragia posparto severa ocurren en menos de 4 horas a partir de su inicio. Ante una hemorragia posparto severa es decisiva la actuación inmediata, secuencial y multidisciplinaria. Se recomienda que todos los centros de atención a la madre dispongan de un plan de acción previamente establecido y que resulte familiar a todo el personal implicado. Es una emergencia que requiere estrategias de prevención y tratamiento específico e inmediato. El mejor tratamiento de la hemorragia posparto severa es la prevención. La identificación de factores de riesgo es importante, pero solo es posible hacerlo en un tercio de los casos y generalmente no
  • 27. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 18 son modificables, por lo que solo son “signos de alerta” de aparición de la hemorragia. Todas las sociedades científicas y guías de actuación basadas en la evidencia indican que en todos los partos debe efectuarse prevención primaria de la hemorragia (nivel de evidencia y el grado de recomendación Está demostrado que el tratamiento activo de la tercera fase del parto reduce el riesgo de hemorragia en más de 40%, solo se requiere tratar profilácticamente a 22 mujeres para evitar una hemorragia posparto. La pauta de actuación recomendada es la administración rutinaria de oxitocina enseguida de la salida del hombro anterior, aunque aún falta por establecer la dosis idónea.11
  • 28. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 19 2.2.1. PANORAMA INTERNACIONAL La mortalidad materna es uno de los indicadores más sensibles de las condiciones de salud de la población femenina en edad reproductiva dando lugar a las organizaciones internacionales, identificar las necesidades de implementar acciones para la reducción de la mortalidad materna en todo el mundo. La Declaración Mundial sobre la Supervivencia, la Protección y el Desarrollo del Niño, en 1990, se comprometió a la reducción de la tasa de la mortalidad materna e infantil así como la extensión de la cobertura n la atención a la salud. En la cumbre de la Declaración del Milenio, que determinó ocho objetivos de desarrollo del milenio (ODM) para alcanzarse en 2015. Debido a las tasas altas de mortalidad materna se incluyó este indicador como el quinto objetivo del milenio, y consiste en mejorar la salud materna estableciendo sendas metas: 1) reducir la razón de mortalidad materna (RMM) en 75% entre 1990 y 2015, y 2) lograr cobertura universal de la asistencia especializada al parto para 2015.4 Hasta 2010, la disminución media anual fue inferior a la reducción del 5.5% anual necesaria para alcanzar el objetivo.12 Las principales causas de mortalidad materna en las regiones en vías de desarrollo son: hemorragia e hipertensión, que en conjunto son responsables de la mitad de todas las muertes de embarazadas y madres primerizas.
  • 29. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 20 2.2.2 MARCO NACIONAL. Para México, la mortalidad materna representa un problema de salud pública; comparada con la tasa observada en países como Estados Unidos o Canadá, la supera por mucho y duplica la registrada en otros países latinoamericanos. A partir de los datos disponibles en el país en 2010, se identificó que la mortalidad materna en el ISSSTE contribuye con 2.7% del total en México (menor al 4.6% del año 2000, pero superior al 2.1% de 2008). Del análisis de la información nacional destaca que 86% de las muertes ocurren en unidades hospitalarias, y que 82% tienen que ver con la mala calidad de la atención médica.9 Los resultados de investigaciones llevadas a cabo en distintas poblaciones muestran que las mujeres que se embarazan a edades muy tempranas o muy tardías tienen mayor riesgo de fallecer en ese proceso; lo mismo sucede con las mujeres que viven en zonas rurales o en comunidades pequeñas, cuya escolaridad es baja o nula, su fecundidad alta y carecen de pareja estable, sin embargo, en México, la información proveniente de estadísticas vitales muestra un panorama mixto donde, si bien se registran defunciones de mujeres por causas maternas en edades extremas, la mayor parte se ubica a la edad de 25 a 34 años, es decir, en edades que son consideradas de menor riesgo para la reproducción. De igual forma, el análisis del lugar de residencia de las mujeres que fallecen por estas causas revela que alrededor de 10% de dichas defunciones ocurrió en áreas metropolitanas del país. En el ámbito hospitalario, las deficiencias identificadas fueron: diagnóstico tardío de complicaciones en atención de trabajo de parto y puerperio, como rotura uterina, desgarre vaginal, daño hepático, inserción baja de placenta, placenta acreta, preeclampsia; las insuficiencias en el tratamiento quirúrgico (no ligadura de arterias hipogástricas o tardía) fueron: lesiones accidentales de vejiga, hígado o
  • 30. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 21 arterias uterinas durante la cesárea; en el tratamiento médico: retención de restos placentarios, control insuficiente de hipertensión, preclamsia, choque hipovolémico, y retraso en la solución obstétrica de aborto diferido; en las administrativas: traslado extra e intrahospitalario de la paciente en condiciones inestables, disponibilidad limitada en oportunidad de sangre o componentes. En relación con la edad, 80% de las defunciones correspondió a mujeres de 30 o más años. La mayoría estaba casada, había cursado estudios superiores a secundaria y casi la mitad se dedicaba al hogar. El 50% de las fallecidas sufría algún padecimiento no relacionado con el embarazo, principalmente sobrepeso y obesidad. Casi todas las fallecidas tenían el antecedente de ser multigestas; 62% no había sufrido abortos y había tenido al menos una cesárea previa. Se identificó embarazo de alto riesgo en 80% de los casos y un porcentaje similar tenía más de 29 semanas de gestación; 43% de los partos fueron de término. La vía de nacimiento más frecuente (76%) fue por parto abdominal, y 74% de los productos nacieron vivos (Cuadro 1). El principal motivo de muerte obstétrica directa identificado fue hemorragia (45.2%), seguida de preclampsia-eclampsia (31%)13
  • 31. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 22 2.2.3 PANORAMA ESTATAL Durante el 2017 se registraron un total de 32 mujeres fallecidas; pacientes atendidas en hospitales de SSA registran los mayores casos. Alrededor de tres madres murieron durante el embarazo de forma mensual en Puebla en 2017, lo que colocó a la entidad entre los nueve estados con más decesos registrados en el país, destacándose los fallecimientos de poblanas, por ocurrir, sobretodo, en los nosocomios de la Secretaría de Salud (SSA). El último informe, actualizado al pasado 25 de diciembre, de la Dirección General de Epidemiología (DGE) de la SSA indicó que en Puebla fallecieron 32 mujeres durante la labor de parto o en el embarazo este año, por razones que van desde infecciones hasta abortos. Pese a que Puebla se posicionó entre las entidades con más fallecimientos en el territorio nacional, sus indicadores permanecieron a la baja este año, ya que entre enero y diciembre de 2016 se registraron 45 madres fallecidas; es decir, a comparación de las 32 actuales, disminuyeron los decesos en casi 29 por ciento. De la totalidad de decesos reportados por nosocomios poblanos en este año, la SSA se posicionó con la que mayor cantidad de muertas en Puebla, al contar con 16 mujeres; por debajo, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con tres decesos; mientras que fallecieron otras 13 mujeres, por no recibir atención médica. A nivel nacional las entidades que encabezaron la muerte de madres este año fueron: Estado de México (81), Chiapas (68), Ciudad de México (41), Veracruz (41) y Guanajuato (39); en cambio, los índices más bajos se dieron en Baja California Sur (1), Colima (1), Yucatán (4) y Campeche (5).
  • 32. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 23 En todo el país se detectó la muerte de 713 madres; de las cuales, la causa más común, resultó la hemorragia obstétrica, con 173 de las pacientes; seguido por 156 complicaciones en el embarazo; mientras que la tercera causa de muerte de las féminas fue por razones indirectas, no infecciosas, con 128 decesos. De las tres razones más comunes del fallecimiento de madres en el país, el último reporte de Vigilancia Epidemiológica, actualizado al 18 de diciembre, arrojó que se atendieron a mil 844 mujeres en Puebla que sufrieron de complicaciones en el embarazo, como edemas proteinurias y trastornos hipertensivos. La cantidad de mujeres atendidas en Puebla, por complicaciones en el embarazo, representó ser uno de los 14 registros más altos del país en este año, pero también mostró una disminución del 22 por ciento, en comparación con los 2 mil 366 mujeres atendidas durante enero y diciembre del 2016. Otra enfermedad común, detectada por la DGE, resultó la diabetes en el embarazo, pues en este año se consultaron a 201 pacientes, cuando, durante enero y diciembre de 2016, se atendieron a 167 mujeres, lo que representó un incremento poco mayor al 20 por ciento.14
  • 33. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 24 2.3. MARCO LEGAL 2.3.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EL ARTÍCULO 4°. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho de decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente de calidad, el Estado lo garantizara. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la constitución. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El estado garantizara el respeto a este derecho. El daño y el deterioro ambiental generaran responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley. Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo persona y doméstico en forma suficiente, saludable, aceptable y asequible. El estado garantizara el derecho a la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para acceso y uso equitativo y suficiente de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
  • 34. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 25 Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos a fin de alcanzar tal objetivo. Toda persona tiene derecho a la identidad y ser registrado de manera inmediata a su nacimiento. El estado garantizara el cumplimiento el cumplimiento de estos derechos. La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento. En todas las decisiones y actuaciones el estado se velara y cumplirá con el principio de interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez. Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios. El estado otorgara facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez. Toda persona tiene derecho al acceso de la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en materia, así como el ejercicio de sus derechos, culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones de pleno respeto de la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural. Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estimulo conforme a las leyes de la materia.
  • 35. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 26 CAPÍTULO PRIMERO EL DERECHO A LA SALUD COMO DERECHO FUNDAMENTAL El párrafo cuarto del artículo 4o. constitucional garantiza para todas las personas el derecho a la protección de la salud. En su segunda parte, dicho párrafo ordena al legislador definir las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como disponer la concurrencia entre los distintos niveles de gobierno sobre la materia, de acuerdo con lo establecido en la fracción XVI del artículo 73 constitucional. Su texto es el siguiente: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. El derecho a la salud (o a su protección) es uno de los derechos sociales por antonomasia. Se trata de un derecho complejo que se despliega en una amplia serie de posiciones jurídicas fundamentales para los particulares y para el Estado. El derecho a la salud no es lo mismo el derecho a la salud que el derecho a la protección de la salud; aunque consideramos que no es relevante entrar en cuestiones puramente semánticas, sí es apropiado señalar que el primero es más amplio, mientras que el segundo parece dar cuenta, más bien, de la obligación que tiene el estado de desarrollar acciones positivas tendientes justamente a proteger la salud o repararla cuando ha sido afectada; sobre esto, Leary, Virginia A.,
  • 36. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 27 “Justicibialidad y más allá: procedimientos de quejas y el derecho a la salud”.15 EL DERECHO A LA SALUD Tiene un carácter prestacional en la medida en que principalmente implica y conlleva una serie de obligaciones positivas (de hacer) por parte de los poderes públicos. Así por ejemplo, a partir del derecho a la salud, corresponde al estado asegurar la asistencia médica una vez que la salud, por la causa que sea, ha sido afectada; esto es lo que se llama el “derecho a la atención o asistencia sanitaria. El derecho a la salud también genera, como sucede con todos los derechos sociales, la obligación del Estado de preservar el bien jurídico protegido por la Constitución, es decir, la salud; tal protección supone la obligación del Estado de abstenerse de dañar la salud, que es una obligación negativa; de la misma manera, Hace nacer la obligación — positiva— de evitar que particulares, grupos o empresas la dañen. Podría decirse que el derecho a la salud se despliega en un haz relativamente complejo de derechos y posiciones subjetivas. El derecho a la salud obliga también a los particulares; así por ejemplo, los establecimientos médicos privados están obligados a proporcionar un servicio de urgencia a cualquier persona que lo requiera, con independencia de que pueda o no pagarlo. En caso de que el afectado no tenga recursos económicos para permanecer en el hospital o clínica privados, la obligación del establecimiento se limita a estabilizar a la persona, proporcionarle los medicamentos que necesite en lo inmediato y procurar su correcto traslado a una institución pública. Si no lo hiciera se podría configurar el delito de omisión de auxilio que prevén los distintos códigos penales de la República.
  • 37. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 28 La salud, como objeto de protección del derecho que se comenta, se puede entender, de acuerdo con una definición de la Organización Mundial de la Salud, como un estado de bienestar físico, psíquico y social, tanto del individuo, como de la colectividad. Abramovich, Víctor y Courtis, Christian” “El derecho a la atención sanitaria como derecho exigible”, La Ley. Suplemento de Jurisprudencia de Derecho Administrativo, Buenos Aires, año LXV, núm. 119, 25 de junio de 2001, p. 16. www.juridicas.unam.mx Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM http://biblio.juridicas.unam.mx DR © 2013, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas DERECHO FUNDAMENTAL. Es importante enfatizar la idea, contenida en la definición anterior, de que la salud tiene un componente individual y un componente colectivo o social. Desde luego, el goce de la salud es un bien individual, pues cada persona puede o no tenerlo, con independencia de que su familia o sus vecinos también tengan buena salud. Pero la salud tiene una dimensión colectiva si consideramos que hay factores sociales que tienden a preservarla o a quebrarla, tales como las epidemias, la contaminación, la circulación de agentes patógenos, la falta de hábitos higiénicos, las inapropiadas medidas de prevención de enfermedades, etcétera. La salud como un bien social solamente se puede preservar mediante un esfuerzo colectivo, por medio del cual se desarrolla un sistema de atención sanitaria adecuado. La protección de la salud y el desarrollo de los correspondientes sistemas sanitarios asistenciales es una de las tareas fundamentales —en términos políticos y económicos— de los Estados democráticos contemporáneos.16
  • 38. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 29 ARTÍCULO 127. HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL. Las instituciones y empresas deben otorgar y verificar que se apliquen las medidas de protección y seguridad necesarias para los diferentes puestos de trabajo, especialmente cuando se trate de ocupaciones riesgosas o en ambientes insalubres. Todas las empresas están obligadas a observar, de acuerdo con la naturaleza de las mismas, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las Leyes contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso. ARTÍCULO 128. APOYO AL EMBARAZO Y EL PARTO. Desde el momento en que se emita el diagnóstico de embarazo y hasta los tres meses de gestación, las mujeres no deben realizar trabajos que exijan un esfuerzo considerable o signifiquen un peligro para su salud gestacional. Contando con el 100% de su ingreso económico y de sus prestaciones laborales, a partir del cuarto mes de embarazo la jornada habitual irá disminuyendo una hora con cada mes de gestación de tal manera que trabajará un máximo de cinco horas al cumplir el cuarto mes, de cuatro horas al cumplir el quinto y de tres horas al cumplir el sexto. Desde el cumplimiento del séptimo mes de embarazo y hasta los seis meses después del parto gozará de salario y prestaciones íntegras sin presentarse a laborar. Los varones cuya pareja esté embarazada mantendrán su ingreso y prestaciones disminuyendo una hora su jornada al cumplirse el séptimo mes de embarazo y dos horas cuando se cumpla el octavo; así como a
  • 39. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 30 ausentarse de sus labores una semana antes del parto y una semana posterior.17
  • 40. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 31 2.3.2 LEY GENERAL DE SALUD Nuestra Constitución Mexicana, es precisa al estipular en su artículo 4º el derecho a la salud. Toda persona, en igualdad de condiciones tenemos la garantía del derecho a la protección de salud. La ley General de Salud es la que reglamenta la protección a tal derecho fundamental; en ella se establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud. Como su mismo nombre lo indica, esta ley es de aplicación a toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. Sus principales finalidades son lograr el bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; así como la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana y la protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social. Por otro lado este ordenamiento tienen como objetivo la extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud; así como el disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; sin dejar de lado el conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y el desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.
  • 41. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 32 ARTÍCULO 61 La atención materno-infantil tiene carácter prioritario y comprende las siguientes acciones: 1. La atención de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio; 2. La atención del niño y la vigilancia de su crecimiento y desarrollo, incluyendo la promoción de la vacunación oportuna y su salud visual; 3. La promoción de la integración y del bienestar familiar. 4. La detección temprana de la sordera y su tratamiento, en todos sus grados, desde los primeros días del nacimiento, y 5. Acciones para diagnosticar y ayudar a resolver el problema de salud visual y auditiva de los niños en las escuelas públicas y privadas.
  • 42. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 33 2.3.3 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-007-SSA2-2016, PARA LA ATENCIÓN DE LA MUJER DURANTE EL EMBARAZO, PARTO Y PUERPERIO, Y DE LA PERSONA RECIÉN NACIDA. Paz, México Incluyente, México con Educación de Calidad, México Próspero y México con Responsabilidad El artículo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece los derechos humanos de toda persona a la salud y a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. La Ley General de Salud en su artículo 3o., fracción IV, define la atención materno-infantil como materia de salubridad general, y el artículo 61, del mismo ordenamiento jurídico, reconoce su carácter prioritario mediante acciones específicas para la atención de la mujer durante su embarazo, parto y puerperio, así como de la persona recién nacida y etapas posteriores, vigilando su crecimiento y desarrollo. La salud materno-infantil constituye un objetivo básico de los pueblos porque en ella descansa la reproducción biológica y social del ser humano; es condición esencial del bienestar de las familias, y constituye un elemento clave para reducir las desigualdades y la pobreza. Por ello se busca contribuir al cumplimiento de dos de los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio que el Gobierno de México hizo suyos, junto con 189 países más, al adoptar la Declaración del Milenio en el año 2000, hasta el 2015 la atención materna y perinatal basada en el objetivo 4, que corresponde a disminuir la mortalidad de los niños menores de cinco años, en dos terceras partes entre 1990 y 2015, y el 5 que es "Mejorar la Salud Materna", con el 5.A, que se refiere a reducir la mortalidad materna en tres cuartas partes entre 1990 y 2015, y lograr la cobertura universal de asistencia al parto, actualmente orientamos las acciones a la nueva Estrategia Mundial para la salud de la Mujer, la Niñez y la adolescencia 2016-2030, que tiene como objetivo lograr el más alto nivel de salud para todas la mujeres, los niños y adolescentes transformar el futuro y garantizar que
  • 43. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 34 cada recién nacido, la madre y el niño no sólo sobreviva, sino que prospere. La estrategia se basa en el éxito de la estrategia 2010, lo que ayudó a acelerar el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio relacionados con la salud. El Programa Sectorial de Salud 2013-2018, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece seis objetivos asociados a las Metas Nacionales: México en Global y a las tres estrategias transversales: Democratizar la Productividad, Gobierno Cercano y Moderno, así como Perspectiva de Género. Estos seis objetivos se refieren a: 1. Consolidar las acciones de protección, promoción de la salud y prevención de enfermedades; 2. Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad; 3. Reducir los riesgos que afectan la salud de la población en cualquier actividad de su vida; 4. Cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regiones del país; 5. Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, y 6. Avanzar en la construcción del Sistema Nacional de Salud Universal bajo la rectoría de la Secretaría de Salud. El Plan Sectorial de Salud 2013-2018, destaca los logros sustantivos en diversos indicadores, como el aumento en la esperanza de vida y la disminución de la mortalidad infantil en el país. Sin embargo, queda pendiente avanzar en algunos indicadores clave de salud. Por ejemplo, la mortalidad materna que se redujo a menos de la mitad entre 1990 y 2011 (al pasar de 89 a 43 defunciones de mujeres por cada 100,000 nacidos vivos). No obstante, este indicador se encuentra lejos de alcanzar la meta de 22 defunciones propuesta para 2015, como parte de los Objetivos de Desarrollo del Milenio que fueron pactados con los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), para alcanzar una mejor calidad de vida de la población, razón por la cual el Plan Sectorial de Salud 2013-2018, contempla
  • 44. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 35 estrategias y líneas de acción específicas para atender esta situación prioritaria. El 30 de agosto de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres 2013-2018 (PROIGUALDAD), que da respuesta a la obligación señalada en el PND, de contar con una estrategia transversal de perspectiva de género en todos los programas, acciones y políticas de gobierno; esto significa que en los programas sectoriales, especiales, institucionales y regionales que elaboren las dependencias de la Administración Pública Federal estarán explícitas la perspectiva de género y las acciones afirmativas (concebidas como medidas efectivas, caracterizadas por su dimensión temporal que inciden en la reducción de las desigualdades) que permitan reducir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres. En este Programa se incorpora el objetivo 4 Fortalecer las capacidades de las mujeres para participar activamente en el desarrollo social y alcanzar el bienestar; que en su estrategia 4.2 contempla Impulsar el acceso de las mujeres a los servicios de cuidado a la salud en todo el ciclo de vida y explícitamente incluye la línea de acción 4.2.8 Reducir la mortalidad materna y fortalecer la atención perinatal con enfoque de interculturalidad. Ante este escenario, es vital incrementar esfuerzos y dar un renovado impulso al fortalecimiento de los servicios de salud, mejorando su regulación, organización, cobertura y calidad, a fin de avanzar más rápidamente en el logro de las metas establecidas, satisfacer de manera más equitativa las necesidades de salud materno- infantil de la población de México y reducir los contrastes sociales que persisten en esta materia. En este contexto, se incorporan a esta Norma aspectos relevantes enfocados a la salud materna y a la prevención de la morbimortalidad materna y perinatal, mediante intervenciones previas a que una mujer decida embarazarse, así como
  • 45. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 36 durante su embarazo, parto y puerperio y establecer el manejo del autocuidado como una acción de corresponsabilidad para enlazar con el personal de salud, por lo que adquiere importancia el mejorar la calidad de la atención prenatal desde el periodo preconcepcional, es decir, que se realice una valoración correcta del riesgo reproductivo en mujeres con enfermedades concomitantes y en adolescentes; promover la planificación familiar, la detección temprana de diabetes gestacional mediante la realización de tamiz de glucosa, con base en la evidencia científica, sabiendo que su diagnóstico y tratamiento oportunos impactarán en la salud materno-fetal y mejorará además el pronóstico de la mujer una vez finalizado su embarazo. En ese mismo sentido, se busca impedir la transmisión perinatal de sífilis y VIH, mediante su detección y tratamiento oportunos. Se promueve además, la adecuada nutrición, la prescripción de hierro y ácido fólico, y multivitamínicos, así como, evitar el uso y abuso de sustancias tóxicas y adictivas para prevenir bajo peso y daños en el feto. Así mismo, se enfatiza sobre las ventajas de la lactancia materna y el espaciamiento de los embarazos a través de la adopción de un método anticonceptivo posparto, con pleno respeto a la decisión de la mujer. Se busca en definitiva que la mujer y su pareja, se corresponsabilicen junto con la institución que provee el servicio y su personal, en el cuidado de su salud. En este mismo sentido, se afirma que el derecho universal a la salud sexual y reproductiva, la opción libre e informada, el respeto a la integridad física y el derecho a no sufrir discriminación ni coerción en todos los asuntos relacionados con la vida sexual y reproductiva de las personas, y a su vez recibir un trato digno y respetuoso bajo los derechos humanos y la perspectiva de género, llevando un embarazo más seguro y protegido. Esta norma respeta los derechos reproductivos que se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las personas a decidir,
  • 46. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 37 libre y responsablemente, la cantidad de hijos que desean tener, el momento oportuno para tenerlos y el tiempo entre embarazos, así como la de tener la información y los medios para concretar sus deseos, y el derecho de obtener el mayor estándar de salud sexual y reproductiva. Las intervenciones que se desarrollan para alcanzar la maternidad segura son: planificación familiar, atención preconcepcional, prenatal, parto limpio y seguro, puerperio y los cuidados obstétricos esenciales. Por lo anterior, es necesario puntualizar las acciones a cumplir en cada consulta, con sentido ético, respetuoso y humanitario, y que éstas deban realizarse cuidadosamente, con un análisis e interpretación correcta de los resultados que se obtengan de pruebas rápidas, de laboratorio y, en su caso, de gabinete. Al mejorar la consulta pregestacional y prenatal, se contribuirá a la identificación oportuna de posibles riesgos en una fase temprana y por lo tanto establecer medidas preventivas, o bien, el tratamiento correspondiente con mínimas secuelas y evolución satisfactoria. La mayoría de los daños obstétricos y los riesgos para la salud de la madre y la persona recién nacida pueden ser prevenidos, detectados y tratados con éxito mediante la aplicación de procedimientos para la atención, entre los que destacan, el uso del enfoque de riesgo, la realización de actividades eminentemente preventivas y la eliminación o racionalización de algunas prácticas generalizadas que llevadas a cabo en forma rutinaria y sin indicaciones generan riesgos innecesarios. Por lo tanto, las acciones incluidas en esta Norma, tienden a favorecer el desarrollo fisiológico de cada una de las etapas del embarazo y a prevenir la aparición de complicaciones. En caso de una complicación no diagnosticada de manera oportuna y que ésta evolucione a una forma severa, se establece, al igual que en otras normas internacionales vigentes, que la atención de urgencias
  • 47. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 38 obstétricas es una prioridad todos los días del año y que el personal de salud debe informar con oportunidad a la mujer embarazada y a sus familiares desde la primera consulta prenatal, y refiriéndola a los establecimientos para la atención médica de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud que atienden urgencias obstétricas, sea o no derechohabiente de alguna de ellas. Considerando el incremento de maltrato reportado en estudios nacionales e internacionales hacia la mujer en todas sus formas, y en razón al estado vulnerabilidad que se presenta durante el embarazo, esta debe ser identificada y atendida con oportunidad. Otros factores de riesgo que pueden incidir en el incremento de la mortalidad materna es la violencia que, en sus diferentes formas, tiene efectos negativos en la salud emocional y física de la mujer embarazada y complicaciones graves en su salud sexual y reproductiva. La violencia sexual y la violencia a la mujer pueden ocasionar embarazos no deseados, problemas ginecológicos, abortos provocados e infecciones de transmisión sexual, entre ellas, la infección por sífilis y/o VIH. La violencia o maltrato hacia la mujer durante el embarazo aumenta la probabilidad de sufrir abortos espontáneos, muerte fetal, parto prematuro y bajo peso al nacer, para lo cual es necesario realizar acciones de prevención primaria de la violencia familiar y de género, así como canalizar a servicios especializados a las mujeres que la viven, sobre todo si se encuentran en etapa gestacional. Por lo mencionado, es necesario efectuar cambios en los procedimientos de la atención materno-infantil que deben ser normados, a fin de garantizar su cumplimiento en todo el país. De esta manera la presente Norma contribuirá a corregir desviaciones actualmente en uso, que afectan la calidad de la atención en salud y
  • 48. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 39 señalar pautas específicas a seguir para disminuir la mortalidad y la morbilidad materna y perinatal. OBJETIVO: Esta norma tiene por objeto establecer los criterios mínimos para la atención médica a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio normal y a la persona recién nacida. Esta norma es de observancia y obligatoria en todo el territorio nacional, para el personal de salud de los establecimientos de la atención medica de los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud, que brindan atención a mujeres embarazadas, durante el parto, puerperio y persona recién nacida. Esta norma se complementa con las normas oficiales mexicanas siguientes o las que las sustituyan: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-SSA3-2012, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO. La revisión y actualización de esta norma, tiene como propósito establecer con precisión los criterios científicos, éticos, tecnológicos y administrativos obligatorios en la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación, propiedad, titularidad y confidencialidad del expediente clínico, el cual se constituye en una herramienta de uso obligatorio para el personal del área de la salud, de los sectores público, social y privado que integran el Sistema Nacional de Salud. Los criterios establecidos en esta norma, inciden en la calidad de los registros médicos, así como de los servicios y de sus resultados, toda
  • 49. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 40 vez que se requiere de la participación comprometida de médicos, enfermeras y demás personal del área de la salud, para brindar una atención más oportuna, responsable, eficiente y amable. El expediente clínico es un instrumento de gran relevancia para la materialización del derecho a la protección de la salud. Se trata del conjunto único de información y datos personales de un paciente, que puede estar integrado por documentos escritos, gráficos, imagenológicos, electrónicos, magnéticos, electromagnéticos, ópticos, magneto-ópticos y de otras tecnologías, mediante los cuales se hace constar en diferentes momentos del proceso de la atención médica, las diversas intervenciones del personal del área de la salud, así como describir el estado de salud del paciente; además de incluir en su caso, datos acerca del bienestar físico, mental y social del mismo. Se tomaron en cuenta los distintos ámbitos y fases del proceso continuado de la atención médica, en los que el uso del expediente clínico resulta imprescindible, destacando algunos aspectos del estado de salud del paciente, cuyo registro se considera de la mayor relevancia para su correcta integración, buscando que en el proceso de atención se generen los mayores beneficios. En el marco del ejercicio de los derechos del paciente, esta norma ratifica la importancia de que la autoridad sanitaria, garantice la libre manifestación de la voluntad del paciente de ser o no atendido a través de procedimientos clínicos o quirúrgicos, para lo cual, el personal de salud debe recabar su consentimiento, previa información y explicación de los riesgos posibles y beneficios esperados. Un aspecto fundamental en esta norma, es el reconocimiento de la titularidad del paciente sobre los datos que proporciona al personal del área de la salud. En ese sentido, se han considerado aquellos datos que se refieren a su identidad personal y los que proporciona en relación con su padecimiento; a todos ellos, se les considera información confidencial. Lo anterior ratifica y consolida el principio ético del secreto profesional. De igual manera, se reconoce la
  • 50. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 41 intervención del personal del área de la salud en las acciones de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, que se registran y se incorporan en el expediente clínico a través de la formulación de notas médicas y otras de carácter diverso con motivo de la atención médica. En ellas, se expresa el estado de salud del paciente, por lo que también se brinda la protección de los datos personales y se les otorga el carácter de confidencialidad. Con la expectativa de que su contenido se convierta en una firme aportación a los esfuerzos y procesos de integración funcional y desarrollo del Sistema Nacional de Salud, esta norma impulsa el uso más avanzado y sistematizado del expediente clínico convencional en el ámbito de la atención médica y orienta el desarrollo de una cultura de la calidad, permitiendo los usos: médico, jurídico, de enseñanza, investigación, evaluación, administrativo y estadístico principalmente. Es importante señalar que para la correcta interpretación de esta norma se tomarán en cuenta invariablemente, los principios científicos y éticos que orientan la práctica médica, especialmente el de la libertad prescriptiva del personal médico a través de la cual, los profesionales y técnicos del área de la salud, habrán de prestar sus servicios a su leal saber y entender, en beneficio del usuario, atendiendo a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que presten sus servicios. OBJETIVO: Esta norma, establece los criterios científicos, éticos, tecnológicos y administrativos obligatorios en la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación, propiedad, titularidad y confidencialidad del expediente clínico. Esta norma, es de observancia obligatoria para el personal del área de la salud y los establecimientos prestadores de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado, incluidos los consultorios.18
  • 51. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 42 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SSA2-1993, DE LOS SERVICIOS DE PLANIFICACIÓN FAMILIAR. México está viviendo un proceso de modernización en todos los órdenes, con el propósito explícito de insertarse en una economía global a partir de una opción clara de competencia entre iguales, en cuanto a la calidad de los productos y servicios que pone a la disposición de los mexicanos y de la comunidad internacional. Como parte de este proceso se identifica la necesidad de adecuar los marcos normativos que regulan el quehacer nacional, a fin de que respondan a las exigencias de la competencia entre países. Para lograrlo, se actualizó la Ley General sobre Metrología y Normalización, la cual entró en vigor el 1o. de julio de 1992 que señala, entre otras, las bases para la elaboración de las normas oficiales mexicanas que sustituyen a partir del 16 de octubre de 1993 a las normas técnicas que hasta entonces indicaran las características que debieran reunir los servicios y productos que se elaboran y consumen en nuestro país. Las actividades de salud, y dentro de ellas los servicios de planificación familiar, constituyen una de las materias objeto de la actualización normativa, por su importancia para la vida de la población, su extensa cobertura de uso y la trascendencia que reviste para la calidad de vida de los mexicanos. El presente documento contiene la Norma Oficial Mexicana de los servicios de planificación familiar, cuya elaboración fue posible gracias a la participación de las instituciones públicas, sociales y privadas del ámbito nacional que se encuentran relacionadas directamente con servicios de salud reproductiva.
  • 52. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 43 Este documento describe las disposiciones generales y especificaciones técnicas para la prestación de los servicios de planificación familiar e incluye tanto la selección, prescripción y aplicación de métodos anticonceptivos, como la identificación, manejo y referencia de casos con esterilidad e infertilidad, destacando los elementos de información, orientación y consejería. OBJETIVO: El objeto de esta Norma es uniformar los principios, criterios de operación, políticas y estrategias para la prestación de los servicios de planificación familiar en México, de tal manera que dentro de un marco de absoluta libertad y respeto a la decisión de los individuos y posterior a la consejería, basada en la aplicación del enfoque de salud reproductiva, pueda realizarse la selección adecuada, prescripción y aplicación de los métodos anticonceptivos, así como también la identificación, manejo y referencia de los casos de infertilidad y esterilidad, y con ello acceder a mejores condiciones de bienestar individual, familiar y social. El campo de aplicación de esta Norma lo constituyen los servicios de atención médica y comunitaria de las instituciones de los sectores público, social y privado, y regula requisitos para la organización, prestación de servicios y desarrollo de todas las actividades que constituyen los servicios de planificación familiar. La planificación familiar se ofrece con carácter prioritario dentro del marco amplio de la salud reproductiva, con un enfoque de prevención de riesgos para la salud de las mujeres, los hombres y los niños; sus servicios son un medio para el ejercicio del derecho de toda persona a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos, con pleno respeto a su dignidad.
  • 53. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 44 Esta Norma es de observancia obligatoria en todas las unidades de salud, para la prestación de los servicios de planificación familiar de los sectores público, social y privado del país.19 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SSA3-2010, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO PARA LA ATENCIÓN MEDICA DE PACIENTES AMBULATORIOS El desarrollo de tecnologías y nuevos materiales en la fabricación de equipos para la atención médica, ha logrado avances importantes, ello ha determinado la producción y disponibilidad de mobiliario, equipos e instrumentos con mejores estándares de calidad y seguridad para el paciente, usuarios y personal de los establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios; por esta razón, en la presente norma, se establecen los requerimientos mínimos indispensables de infraestructura y equipamiento para que los establecimientos para la atención médica que proporcionan servicios a pacientes ambulatorios, puedan brindar una atención de calidad a los usuarios del Sistema Nacional de Salud. En este contexto, la infraestructura y equipamiento de estos establecimientos debe estar en relación directa con el tipo de servicios que se ofrecen y el personal profesional, técnico y auxiliar del área de la salud deberá contar con los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para que éstos sean utilizados de manera adecuada, segura y eficiente. Es importante destacar que la presente norma no es un listado o catálogo de mobiliario y equipo, pero tampoco representa un instrumento limitativo para los establecimientos de atención médica, sino que se constituye en un basamento o plataforma que permite, a
  • 54. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 45 partir de lo mínimo, el mejoramiento gradual de los establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios, a través de la incorporación y sustitución de mobiliario, equipos e instrumentos similares o equivalentes y en su caso, por tecnología superior y de punta en las diversas áreas y servicios de la medicina. OBJETIVO Esta norma establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento con los que deben cumplir los establecimientos que proporcionen servicios de atención médica a pacientes ambulatorios. Esta norma es de observancia obligatoria para todos los establecimientos de atención médica denominados o que funcionen como consultorios, de los sectores público, social y privado, que proporcionen atención médica no especializada.20 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-003-SSA2-1993, "PARA LA DISPOSICIÓN DE SANGRE HUMANA Y SUS COMPONENTES CON FINES TERAPÉUTICOS". Esta Norma tiene por objeto uniformar las actividades, criterios, estrategias y técnicas operativas del Sistema Nacional de Salud, en relación con la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-170-SSA1-1998, PARA LA PRÁCTICA DE ANESTESIOLOGÍA. Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios y procedimientos que se deberán observar para la práctica de la anestesiología, así
  • 55. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 46 como los requisitos mínimos obligatorios que deberán reunir los profesionales y establecimientos, donde se practique esta especialidad. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-017-SSA2-1994, PARA LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA. Esta Norma Oficial Mexicana establece los lineamientos y procedimientos de operación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como los criterios para la aplicación de la vigilancia epidemiológica en padecimientos, eventos y situaciones de emergencia que afectan o ponen en riesgo la salud humana. COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE MÉDICO (CONAMED). La Comisión Nacional de Arbitraje Médico es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, creado por decreto presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de junio de 1996, para contribuir a tutelar el derecho a la protección de la salud así como a mejorar, la calidad en la prestación de los servicios médicos. Es una institución que tiene por objeto contribuir a resolver en forma amigable y de buena fe los conflictos suscitados entre los usuarios de los servicios médicos y los prestadores de los mismos; que promueve y propicia la buena relación, el trato digno, los valores, el apego a la ley artes médica y la ética en la relación médico paciente. Permite a los ciudadanos y a los prestadores de servicios de salud, dirimir y resolver sus diferencias o quejas, en un entorno especializado, con pleno respeto a sus derechos, obligaciones y con apego a la lexartis médica, la deontología y la normativa aplicable. Los elementos que lo integran son los siguientes: Escrito de queja, cláusula
  • 56. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 47 compromisoria y fijación del objeto del arbitraje. Los asuntos que atiende la CONAMED, son actos u omisiones derivadas de la prestación de servicios de salud, así como de presuntos actos de posible mala práctica con consecuencias sobre la salud del usuario, lo que significa en estricto sentido, que sólo se avoca al conocimiento de problemas relacionadas con tales servicios o con la negativa de prestación de los mismos. Valores que rigen a la CONAMED Integridad, honradez, imparcialidad, legalidad, justicia, confidencialidad, respeto, igualdad transparencia y rendición de cuentas. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013 PARA LA PRÁCTICA DE ENFERMERÍA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD. El 2 de septiembre del 2013, en el Diario Oficial de la Federación, de la NORMA Oficial Mexicana NOM-019-SSA3-2013, Para la práctica de enfermería en el Sistema Nacional de Salud, representa sin duda, un gran paso para la conformación del marco regulatorio que hará posible la defensa, como lo establece el Consejo Internacional de Enfermeras, del uso del término enfermera o enfermero. Pretende establecer los límites en cuanto a la responsabilidad jurídica que debe asumir el personal de enfermería, con base en las competencias adquiridas a través de la formación académica. (55) Objetivo. Establecer las características y especificaciones mínimas para la prestación del servicio de enfermería en el establecimiento tos de atención medica del Sistema Nacional de Salud, así como para la prestación de dicho servicio que en forma independiente otorgan las personas físicas con base en su formación académica.21
  • 57. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 48 2.3.4 GUIAS DE PRÁCTICA CLÍNICA Y LINEAMIENTOSTÉCNICOS DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA HEMORRAGIA OBSTÉTRICA EN LA SEGUNDA MITAD DEL EMBARAZO Y PUERPERIO INMEDIATO. EVIDENCIAS Y RECOMENDACIONES CATALOGO MAESTRO DE GUIAS DE PRACTICA CLÍNICA: IMSS-162-09. Esta guía de práctica clínica fue elaborada con la participación de las instituciones, se conforman el sistema nacional de salud, bajo la coordinación del centro nacional de excelencia tecnología de la salud. Los autores han hecho un esfuerzo por asegurarse que la información aquí contenida sea completa y actual, por lo que asume a la responsabilidad editorial de esta guía, que incluye evidencias y recomendaciones y declara que no tiene conflicto de intereses. Se define a la hemorragia obstétrica grave, como la perdida sanguínea de origen obstétrico, con presencia de algunos de los siguientes criterios: pérdida del 25% de la volemia, caída del hematocrito mayor de 10 puntos, presencia de cambios hemodinámicos o perdida mayor de 150 ml/min. La hemorragia post parto se refiere a la pérdida sanguínea de más de 500ml, posterior a un parto vaginal, o la pérdida de más de 1000ml posterior a una cesárea. También se ha definido como la disminución del nivel de hematocrito del 10% (ACOG 2006). Se considera como primaria, si ocurre dentro de las primeras 24 horas posteriores al nacimiento y su causa principal es la atonía uterina ( 80% de los casos). Protocolo argentina.22
  • 58. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 49 MARCO JURÍDICO EN ATENCIÓN DE LA MUJER EMBARAZADA. Los derechos de la mujer embarazada se derivan de la Declaración de los Derechos Humanos, aprobada en 1948, y de las posteriores declaraciones y convenciones que la ONU ha adoptado para visibilizar los derechos de la mujer sin distinciones de raza, edad, origen, nacionalidad, religión o condición social. Por lo que en nuestro país, está estipulado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 1, 4 y 123 que a la letra dice: ARTICULO 1.- “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley (Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011).
  • 59. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 50 ARTÍCULO 4.- “El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. (Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974) Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. …” (Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de febrero de 1983). ARTÍCULO 123.- “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. (Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008) El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán: (Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 1978) V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para
  • 60. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 51 alimentar a sus hijos; (Reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974. Modificado por la reimpresión de la Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 1986) Por lo anterior, se aprecia el derecho fundamental a la preservación de la vida, que tiene el Estado en todos los ámbitos en los que se desarrolla una mujer que se encuentra embarazada. También se observa en la Ley Para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 20 que la letra se insertase “Las madres tienen derecho, mientras están embarazadas o lactando, a recibir la atención médica y nutricional necesaria, de conformidad con el derecho a la salud integral de la mujer.” Como podemos apreciar en la Ley General de Salud donde es más explícita en razón a los derechos y servicios que tiene la maternidad, y la obligación del Estado en otorgar los servicios de salud. ARTÍCULO 1o. La presente Ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. ARTÍCULO 2o. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades: I. El bienestar físico y mental del hombre para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades;
  • 61. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 52 II. La prolongación y el mejoramiento de la calidad de la vida humana; III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social; IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud; V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud. Atención Materno-Infantil ARTÍCULO 61. La atención materno-infantil tiene carácter prioritario y comprende las siguientes acciones: I. La atención de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio; II. La atención del niño y la vigilancia de su crecimiento y desarrollo, incluyendo la promoción de la vacunación oportuna y su salud visual; III. La promoción de la integración y del bienestar familiar. IV. La detección temprana de la sordera y su tratamiento, en todos sus grados, desde los primeros días del nacimiento, y
  • 62. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 53 V. Acciones para diagnosticar y ayudar a resolver el problema de salud visual y auditiva de los niños en las escuelas públicas y privadas. ARTÍCULO 62. En los servicios de salud se promoverá la organización institucional de comités de prevención de la mortalidad materna e infantil, a efecto de conocer, sistematizar y evaluar el problema y adoptar las medidas conducentes. Podemos encontrar los mismos preceptos jurídicos contemplados de manera loca en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, ARTÍCULO 11.- Las mujeres y los hombres son iguales ante la Ley. En el Estado de Puebla se reconoce el valor de la igualdad radicado en el respeto a las diferencias y a la libertad. Queda prohibida toda acción tendiente al menoscabo de los derechos humanos, en razón de discriminación por raza, origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, preferencias sexuales, filiación, instrucción y nivel cultural, apariencia física, estado civil, creencia religiosa, ideología política, opiniones expresadas, o cualquier otra que atente contra la dignidad, la libertad o la igualdad. ARTÍCULO 12.- Las leyes se ocuparán de: V. La atención de la salud de los habitantes del Estado, la promoción de una vida adecuada que asegure el bienestar de las personas y la satisfacción de las necesidades de instrucción y alimentación de las niñas y los niños Artículo 13.- El Estado de Puebla tiene una composición pluricultural y multilingüística, sustentada originalmente en sus pueblos y comunidades indígenas Náhuas, Totonacas o Tutunakuj, Mixtecas o Ñuu Savi, Tepehuas o Hamaispini, Otomíes o Hñähñü, Popolocas o
  • 63. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 54 N’guiva y Mazatecas o Ha shuta enima, los cuales se asentaron en el territorio que actualmente ocupa la Entidad desde la época precolombina y conservan instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, que les son propias. El estado reconoce a las comunidades indígenas como sujetos de derecho público. IV. Las leyes, las instituciones y organismos que conforman el Sistema Estatal de Salud, reconocerán e incorporarán la medicina tradicional de los pueblos indígenas, sus médicos tradicionales, sus terapéuticas y sus productos, remedios y suplementos alimenticios, estableciendo programas para fortalecerlos y desarrollarlos, así como para apoyar la nutrición y alimentación de los miembros de los pueblos y comunidades indígenas, en especial de su población infantil. Artículo 26.- El Estado reconoce a la Familia como una institución fundamental que constituye una unidad política y social que promueve la enseñanza y transmisión de los valores culturales, éticos y sociales necesarios para el desarrollo de las personas que la conforman. XII.- Los integrantes de la familia están obligados a evitar conductas que generen violencia familiar. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.23
  • 64. TESIS PROFESIONAL: HOSPITAL GENERAL DE TEZIUTLAN, PUEBLA. JUNIO 2018 55 2.3.5. TRATADOS INTERNACIONALES: CÓDIGO MATER Y EQUIPO DE RESPUESTA INMEDIATA OBSTÉTRICA (ERIO) CÓDIGO MATER O SISTEMA DE ALERTA DEFINICIÓN El Código Mater es la activación de un mecanismo de alerta o de llamado al personal del Equipo de Respuesta Inmediata Obstétrica (ERIO), para atender una emergencia y salvar la vida de la madre y el producto de la gestación. Es un proceso vital que debe ser simple, confiable, fácil de recordar, llegar a todos los espacios físicos de la unidad, no propiciar errores en el llamado, especificar el lugar de donde se está dando la alerta (Triage, choque, urgencias, tococirugía, hospitalización o quirófano) y deberá funcionar en todos los turnos. OBJETIVO Contar con un sistema de llamado de alerta, simple, estandarizado, continuo y único ante una emergencia obstétrica. ÁMBITO DE APLICACIÓN Implementación del Código Mater, es de observancia en todas las unidades médicas de segundo y tercer nivel del sector salud en las que se brinde atención obstétrica.