Mª Eugenia Blasco Rodellar y Mélanie Roque-Martins nos explican cuáles son los pasos para proceder correctamente al desplazamiento de trabajadores a Francia.
2. Quiénes somos
AGM Abogados es una firma de asesoría
jurídica y financiera que lleva más de 30 años
en el mercado español y que cuenta con
sedes internacionales en distintos
continentes.
Está integrado por un equipo de más de 100
profesionales entre abogados, economistas y
personal de apoyo.
Nuestro compromiso con el cliente no se
limita a cubrir sus necesidades cuando éstas
se producen, sino a prevenirlas.
Asimismo, nuestra vocación multidisciplinar
permite afrontar operaciones que exijan un
asesoramiento integral.
En definitiva, en AGM Abogados queremos
ser aquello que nuestros clientes esperan de
nosotros. Tenemos vocación de ser un
despacho de referencia que ofrece todos
aquellos servicios, tanto a nivel nacional
como internacional, que contribuyen a
asegurar el éxito en las actividades de
nuestros clientes.
“Nuestra misión es ofrecer
soluciones integradoras
prestando servicios
especializados”
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4. Trabajador desplazado
Definición
Un trabajador desplazado :
Es un asalariado
Trabaja para un empleador establecido fuera de Francia
Ejecuta su trabajo en Francia según las ordenes de su empleador
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5. Trabajador desplazado
Estadísticas (fuentes : DGT/ PSI y PSI +SIPI , ministerio del trabajo francés)
5www.agmabogados.com
37924
144411
354151
516000
2006 2011 2016 2017
En 10 años, el número de trabajadores desplazados se ha multiplicado por 9, y
prácticamente se ha duplicado en el último año.
6. Condiciones del desplazamiento
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1.1 Formalidades anteriores al desplazamiento de los trabajadores
1.1.a) En España
1.1.b) En Francia
1.2 Las obligaciones de los empleadores
1.2 Los derechos de los trabajadores desplazados
7. Formalidades previas al desplazamiento
de los trabajadores (España)
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Seguridad Social:
Desplazamientos desde el 01/05/2010 en caso de nacionales españoles y desde el
01/01/2011 trabajadores de cualquier nacionalidad.
Trabajadores por cuenta ajena desplazados a Francia que solo ejercen allí su
actividad:
Antecedente de cotización a la Seguridad Social española con esa empresa de 1
mes (anterior al desplazamiento).
Mantenimiento del contrato con la empresa española (no contrato con la empresa
francesa destinataria).
La empresa en España debe continuar su actividad en España (no solo a nivel de
gestión).
Periodo autorizado: 24 meses
Si desde el inicio se prevé que va a ser superior el desplazamiento deberá
autorizarlo los “Servicios Centrales de la TGSS”
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Seguridad Social (sigue)
Si va a existir un contrato con la empresa de destino (independientemente de la
duración del desplazamiento) también se tramitará la solicitud ante los “Servicios
Centrales de la TGSS”.
En este caso, la parte del salario abonado por la empresa Francesa se tendrá
también en cuenta para el cálculo de la base de cotización en España.
Trabajadores por cuenta ajena desplazados a Francia que ejercen su actividad en
España y Francia, se le aplica la Seguridad Social española si:
Si trabaja solamente para una o más empresas con sede en España.
Si reside en Francia, pero trabaja para una o más empresas con sede en España y
para otra u otras con sede en Francia.
Ejemplos: transportistas internacionales, artistas de gira, deportistas, trabajadores
asistentes a Congresos, Convenciones, Ferias, guías turísticos…
Formalidades previas al desplazamiento
de los trabajadores (España)
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Seguridad Social (sigue):
Documentación a gestionar con anterioridad al desplazamiento:
Modelo TA.300 “Solicitud de información sobre la legislación de
Seguridad Social aplicable”, se presenta en la TGSS (salvo
excepciones).
La TGSS emitirá el formulario A1 “Certificado de legislación
aplicable”.
Formulario S1 “Registro para cobertura de asistencia sanitaria”, se
solicita ante el INSS y permite al asegurado y sus familiares
beneficiarios inscribirse al seguro de enfermedad francés del lugar
de residencia.
El seguro de enfermedad francés no cubre la totalidad del gasto
sanitario por ello es recomendable un seguro privado adicional.
Solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea.
Formalidades previas al desplazamiento
de los trabajadores (España)
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Cuestiones relativas a residencia “administrativa”
Si el trabajador es nacional español o de otro país de la UE:
NO debe realizar ningún trámite administrativo para comunicar su
residencia en Francia (ni por menos de 3 meses ni por más).
Debe identificarse siempre que sea requerido con su DNI o pasaporte. Si no
puede identificarse con un documento válido (con foto) puede ser detenido
hasta 4 horas durante las cuales deberá acreditar su identidad (conseguir
documentación, testigos, contactar un abogado…).
Si lo desea puede solicitar un permiso de residencia.
Si el trabajador no es nacional español o comunitario
Con un permiso de residencia español solo puede viajar por el espacio
Schengen por 90 días en un periodo de 180 días.
Para más de 90 días de desplazamiento necesitará en permiso de trabajo en
Francia.
Mención especial a residentes de larga duración UE.
Formalidades previas al desplazamiento
de los trabajadores (España)
11. 11www.agmabogados.com
Declaración del desplazamiento del trabajador a la inspección laboral del lugar en
el que va a empezar la prestación.
Designación de un representante en Francia.
Afiliación al “registro de vacaciones remuneradas” (Caisse de congés payés) y de
“inclemencias meteorológicas” para los sectores de la construcción y
espectáculos.
La tarjeta de identificación profesional, obligatoria en el sector de la
construcción.
Formalidades previas al desplazamiento
de los trabajadores (Francia)
12. Las obligaciones del empleador
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Alojamiento, comida y transportes.
Prevención de riesgos.
13. Los derechos de los trabajadores
desplazados (ley francesa aplicable)
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Libertad laboral individual y colectiva.
Discriminación e igualdad profesional entre las mujeres y los hombres.
Protección en caso de maternidad, paternidad, adopción, …
Derecho de huelga.
Horas trabajadas, días festivos, vacaciones anuales, ….
Salario mínimo, horas extraordinarias.
Vacaciones remuneradas.
14. El control por parte de la
inspección laboral francesa
Documentación administrativa que se tiene que presentar en caso de control, en
francés
Documento atestando de la regularidad de la situación social del empleador.
Contratos laborales.
Nominas de cada uno de los trabajadores.
Todo documento que justifique el pago efectivo de la nomina.
Horas de salario de cada trabajador (por día).
Documentos que justifiquen el numero de contratos ejecutados y de la cifra
de negocios realizada por el empleador en España y en Francia.
Documentos que justifiquen el derecho aplicable al contrato entre el
empleador y el ordenante.
Copia de la designación del representante de la empresa.
Documento atestando de la visita médica.
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15. Sanciones
No declaración de desplazamiento del trabajador: multa de 2.000 € por
trabajador (4.000 € en caso de reincidencia) con un limite de 500.000 €.
No designación de un representante en Francia: multa de 2.000 € por
trabajador (4.000 € en caso de reincidencia) con un limite de 500.000 €.
No respeto del salario mínimo: multa entre 750 € y 1.500 € por trabajador +
hasta 1 mes de suspensión de prestación.
No respeto del pago de las horas extras: multa de 750 euros por trabajador.
No respeto de los horarios legales: multa de 750 € por trabajador.
No respeto de los horarios extraordinarios: multa hasta 750 € por trabajador.
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16. Sanciones (2)
No respeto de las vacaciones: multa entre 750 euros y 1.500 euros por
trabajador.
No respeto de la visita médica: multa hasta 1.500 euros por trabajador.
No respeto del derecho de huelga: 1 año de cárcel + multa de 3.750 euros
por trabajador.
Alojamiento: multa de 3.750 € por asalariado + hasta 1 mes de suspensión
de prestación.
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17. Marco legal : código laboral francés
Declaración de desplazamiento del trabajador : art. L1262-2-1 y sig., L1262-4-1 y sig., L1264-1
y sig. y R1263-3 a R1263-9.
Designación de un representante : art. L1262-2-1 y sig., L1262-4-1 y sig., L1264-1 y sig. y
R1263-2-1 d.
Afiliación al “registro de vacaciones remuneradas” (Caisse de congés payés) y de
“inclemencias meteorológicas”: art. L.3141-32 y D3141-12 a D3141-37.
Documentos en caso de control de la inspección laboral francesa : art. L1251-16, L1251-43,
L1262-4, L1263-7, L8114-1, R1263-1 y sig. Y R8115-5.
Respeto de la aplicación del derecho laboral francés: art. L8113-4 y sig., L8114-1 y L8271-3 y
sig.
reglas generales sobre el control por parte de la inspección laboral francesa : art. L8112-1 a
L8114-2 y R8112-1 a R8114-1.
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