El documento habla sobre los estados de excepción en Venezuela. Explica que el Presidente puede decretar el estado de excepción en situaciones como desastres naturales, disturbios internos, guerra o invasión. El decreto debe ser presentado a la Asamblea Nacional para su aprobación y a la Corte Suprema para su revisión constitucional. El estado de excepción puede prorrogarse por un plazo igual y será revocado cuando cesen las causas. La Constitución venezolana y la ley orgánica sobre estados de excepción
1. UNIVERSIDAD YACAMBÚ
FACULTAD DE DERECHO
Autora: Nakary Rodrianys Vásquez
C.I.: 29.560.607
INFOGRAFÍA
Los Estados de Excepción
Junio 2021
2. Podrá decretar Estado de Excepción
El Presidente de la República en
Consejos de Ministros.
En casos como catástrofe natural,
perturbación grave del orden
interno.
Guerra exterior o civil.
Invasión.
PROCEDIMIENTO
En Consejo de Ministros el Presidente de
la República decreta el Estado de
Excepción.
Se presenta, dentro de los ocho días
siguientes a la Asamblea Nacional o a la
Comisión Delegada, para su consideración
y aprobación, y a la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia, para que se
pronuncie sobre su constitucionalidad.
El decreto debe cumplir con principios,
exigencias, y garantías establecidos en el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos y en la Convención Americana
sobre Derechos Humanos.
El Presidente o Presidenta de la República
podrá solicitar su prórroga por un plazo
igual, y será revocado por el Ejecutivo
Nacional o por la Asamblea Nacional o por
su Comisión Delegada, antes del término
señalado, al cesar las causas que lo
motivaron.
Fundamento Jurídico
C.R.B.V. (1999)
… podrá decretarse el estado de alarma cuando
se produzcan catástrofes, calamidades públicas
u otros acontecimientos similares que pongan
seriamente en peligro la seguridad de la Nación,
o de sus ciudadanos y ciudadanas. Dicho estado
de excepción durará hasta treinta días, siendo
prorrogable hasta por treinta días más …
ESTADO DE EXCEPCIÓN
En el marco jurídico, es una institución
de carácter legal que entra en vigor
como consecuencia de la aparición de
circunstancias excepcionales.
En derecho constitucional, es un
régimen de excepción que puede
declarar el Gobierno de un país en
situaciones especiales.
Lo señala como circunstancia de
orden social tanto político,
económico, natural o ecológico.
MARCO LEGAL
Constitución de
la República
Bolivariana de
Venezuela
Título VIII
Capítulo II
Artículo 332,
337, 338
Ley Orgánica
sobre Estado de
Excepción
Artículo 2
Afectan Generalmente
La Nación.
Los ciudadanos.
Las Instituciones.
Finalmente se puede decir que esté
Estado de Excepción es de riesgo porque
se presta para violentar otros derechos a
los ciudadanos como es el derecho
político, generando mayores restricciones
por parte del Estado, en Venezuela es
frecuente emanar decreto del estado de
excepción, por desorden o inestabilidad
interna cuando las llamadas “guarimbas”,
la emergencia económica por el bloqueo,
ahora emergencia sanitaria. Por el COVID.
Alarma
Emergencia
Económica
Conmoción
Interior
Conmoción
Exterior
T
I
P
O
S
D
E
E
M
E
R
G
E
N
C
I
A
En tal caso,
podrán ser
restringidas
temporalmente
las garantías
consagradas en
esta
Constitución,
salvo las
referidas a los
derechos a la
vida, prohibición
de
incomunicación
o tortura, el
derecho al
debido proceso,
el derecho a la
información y
los demás
derechos
humanos
intangibles.