Este documento trata sobre la teoría general de los contratos. Explica el origen del contrato en el derecho romano y su definición actual. Describe los elementos de un contrato como el acuerdo de voluntades y las partes involucradas. También cubre la clasificación de los contratos, sus efectos como la obligatoriedad, y formas de extinción como el incumplimiento. Por último, introduce los contratos preparatorios como compromisos para celebrar contratos futuros.
2. TEORÍA GENERAL DE LOS CONTRATOS
1.1. Origen del Contrato
• En roma clásica la palabra
contractus NO SIGNIFICÓ
ACUERDO DE VOLUNTADES, que es
el sentido moderno que tiene, sino
la relación jurídica o el vínculo
obligatorio en sí (la obligación).
• El acuerdo de voluntades
(consentimiento) adquirió
significado en el
derechojustinianeo y fue llamado
pactum o conventio y no
contractus.
3. TEORÍA GENERAL DE LOS CONTRATOS
1.2 Definición de contrato
• Según la enciclopedia jurídica
OMEBA, es un acto jurídico
bilateral formado o constituido
por el acuerdo de voluntades
entre dos o mas personas sobre
un objeto jurídico de interés
común, con el fin de crear,
regula, modificar o extinguir
derechos.
4. TEORÍA GENERAL DE LOS CONTRATOS
1.3. Elementos y Formas de Contratación
• Dentro de los elementos tenemos:
1.3.1. El acuerdo de dos o mas partes,
por que no puede faltar. manifestación de
voluntad como una noción de cópula o
bilateralidad, lo que no siempre la concurrencia de
2 o mas personas
1.3.2. Partes o Personas Físicas o Jurídicas,
• es decir tanto las personas jurídicas como las
personas naturales pueden formar parte de la
contratación en forma indistinta.
1.3.3. Consecuencias jurídicas,
• las consecuencias del contrato se manifiestan
en las expresiones consideradas en el artículo
1351 del Código Civil, es decir en crear, regular,
modificar o extinguir a una relación jurídica.
5. TEORÍA GENERAL DE LOS CONTRATOS
1.3. Elementos y Formas de Contratación
• Dentro de las formas mas
importantes de contratación
tenemos que los contratos
pueden ser:
• Consensuales cuando se
perfeccionan con el simple
consentimiento,
• Reales cuando se requiere la
entrega de cosas, y
• Literales cuando
necesariamente tienen que ser
por escrito.
.
6. TEORÍA GENERAL DE LOS CONTRATOS
1.4. IMPORTANCIA y Clasificación de Contratos.
• La contratación es un medio que posibilita la
circulación de la riqueza, la propiedad, la
industria, es decir lo que da vida a la sociedad. Por
lo tanto desde el punto de vista económico el
contrato tiene mucha importancia, puesto que
casi siempre su contenido es de este carácter al
que le da la forma y lo hace obligatorio.
En cuanto a la clasificación de los contratos
tenemos que los contratos se clasifican de manera
general en :
• Típicos, porque tienen nombre y están
determinados en el Código Civil, ejemplo: la
Permuta, el Arrendamiento, etc.
• Atípicos, son los que carecen de ubicación en el
ordenamiento jurídico sustantivo, pues existen un
innumerable número de situaciones que no
pueden ser previstas por el legislador.
7. TEORÍA GENERAL DE LOS CONTRATOS
• En cuanto al punto de vista jurídico,
tenemos que los contratos son:
• Contratos con prestaciones correlativas o
recíprocas (prestaciones recíprocas,
unilaterales y sinalagmáticos).
• Los contratos Principales y Accesorios.
• Los contratos Onerosos y Gratuitos.
• Los contratos Aleatorios y Conmutativos.
• Los contratos Reales, Solemnes y
Consensuales.
• Los contratos Conmutativos,
Modificativos y Liquidativos, etc.
8. TEORÍA GENERAL DE LOS CONTRATOS
1.5. EFECTOS y Extinción de los Contratos
• El principal EFECTO del contrato ES LA
OBLIGATORIEDAD DE LAS PARTES que lo
han celebrado, pues estas han querido
conseguir la finalidad propuesta, lo cual
solo se consigue con la obligatoriedad,
adquiriendo para ello el contrato fuerza
de ley entre las partes.
• El contrato se puede EXTINGUIR por
causas naturales o violentas.
• Las naturales se produce cuando el plazo
ha vencido o cumple el contrato su
finalidad.
• La causa violenta cuando las partes
incumplen sus obligaciones dando lugar
a la resolución contractual.
10. 1.1. Contratos Preparatorios
1.1.1. Definición.
• Según Manuel de la Puente y Lavalle, el contrato
preparatorio SE LE DENOMINA PRECONTRATO, y
es contrato por el que las partes se comprometen a
celebrar en el futuro otro contrato, LLAMADO
CONTRATO DEFINITIVO O PREPARADO), que
actualmente no quieren o no pueden concluir. En
el Código Civil se encuentra regulado entre los
artículos 1414 al 1425.
• El contrato preparatorio es un tipo de contrato que
tiene por objeto prefigurar, asegurar o perfilar un
contrato definitivo futuro, que le da su razón de
ser.
• El contrato preparatorio es en si una obligación,
un compromiso de celebrar de realizar a futuro
otro contrato, debemos mencionar entonces que el
contrato preparatorio tendrá un efecto formal y
posteriormente el contrato definitivo que ha de
celebrarse contendrá los efectos sustantivos
11. 1.1. Contratos Preparatorios
1.1.2. Clases.
• Dentro de las clases de contratos
preparatorios tenemos al Compromiso de
Contratar y Contrato de Opción.
• El Compromiso de Contratar viene ser el
contrato por el cual las partes se
comprometen a celebrar en forma posterior
un contrato definitivo, este debe contener
minuciosamente los elementos esenciales del
contrato posterior. 1414 al 1418.
• En cuanto al Contrato de Opción, es un
contrato por el cual una parte se compromete
a conceder a la otra en forma exclusiva y
temporal, el derecho a decidir a su solo
arbitrio la conclusión de un segundo contrato,
en determinadas condiciones pactadas en el
primer contrato. 1419 al 1425.