1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
DEMANDA CONTRA LA REPUBLICA
DEMANDA CONTRA EL ESTADO
AVILA ULISES
CI: 21.055.651
PROFESORA: GABRIELIS RODRIGUEZ
SAIA E
2. DEMANDA CONTRA LA REPÚBLICA Y DEMANDA
CONTRA EL ESTADO
Procede cuando la actividad de los órganos del Estado
ocasiona daños a los particulares, éstos pueden instaurar acciones
judiciales en contra de la República.
Consta de 2 instancias
Procedimiento en primera Instancia: Se inicia
mediante escrito , la cual deberá contener todos los
requisitos exigidos en el articulo 340 del Código de
procedimiento Civil, en la cual debe plantear de manera
clara y precisa sus pretensiones
A los 15 días siguiente de despacho
deberá contestarse la Demanda
Al día siguiente de vencido
el plazo de emplazamiento
de contestación
Se abre el lapso para la promoción, admisión y
evacuación de pruebas, la presentación de los informes,
las observaciones y los autos para mejor proveer.
Presentados todos los informes, o cumpliendo que
sea el auto para mejor proveer o pasado el lapso
para su cumplimiento el tribunal se deberá dictar
sentencia en un lapso de 60 días.
3. Procedimiento en Segunda Instancia: Se iniciara al dar
cuenta del expediente enviado a la sala, el cual dentro de
los 3 días siguientes al recibo del expediente se
pronunciara sobre su admisibilidad o inadmisibilidad.
Admitida la causa el presidente designara un ponente, el
cual dará inicio al estudio individual del expediente por el
magistrado ponente.
Admitida la causa el presidente de la sala designara un
magistrado ponente dentro de los 3 días de despacho
contados a partir de la fecha de admisión.
Formulación de la apelación Dentro del término de los 15
días de despacho siguientes se formalizara la apelación
por escrito, precisando las razones de hecho y derecho
que fundamentan la apelación. En el lapso de 15 días
hábiles contados desde la presentación de la apelación el
TSJ o las salas podrán confirmarlas, reformarlas o
revocarlas el fallo correspondiente. Contestación a la
Apelación En los 5 días de despacho siguientes deberá
contestarse la apelación.
Se abre el lapso para la promoción, admisión
y evacuación de pruebas, la presentación de
los informes, los cuales son: 5 días para
promoción, 3 días para admisión, 15 días
para evacuar, 10 días para la presentación de
informes.
Presentados los informes, comenzara a
corres 30 días de calendario prorrogable
por 30 días mas por una sola ves par
sentenciar.
4. La inicia cualquiera de las partes cuando se dicta sentencia en contra de
uno de ellos.
Una vez esta firme se puede iniciar el la ejecución de la sentencia el
litigante.
El juez declara el derecho que tiene el individuo contra el estado. El Estado
no es condenado, sino obligado al pago del Derecho reconocido en sede
judicial por vía administrativa.
DEMANDA CONTRA EL ESTADO
1-Que exista un daño cierto. 2-Que exista relación de
causalidad. 3-Que no exista deber jurídico.
Requisitos para que exista
responsabilidad:
5. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
• Responsabilidad civil: La responsabilidad de
una persona frente al Estado y frente al
particular por perjuicios causados con su
actuación en desarrollo y cumplimiento de la
actividad o función a su cargo.
• Responsabilidad Penal: Es, la sujeción
de una persona que vulnera un deber de
conducta por lo que deber afrontar las
consecuencias que impone la ley
• Responsabilidad personal: Se da
cuando el funcionario público tiene
que responder con su patrimonio o
con su libertad, ya que su actuación
fue incorrecta, no se ajustó a las
elementales exigencias de
comportamiento que debe tener un
funcionario público
• Responsabilidad Administrativa: Es aquella
responsabilidad que surge de la comisión de una
contravención administrativa, propia de quien ejerce
cargos directivos en una organización pública o privada