1. Universidad Ferm�n Toro
Vicerrectorado Facultad de Ciencia Jur�dica
Extensi�n San Felipe Yaracuy
Derecho Internacional Privado
Br Maria Alejandra Fari�a Mancano
C.I: V-27.429.314
2. concepto Objeto Contenido
Es la rama del
derecho que
se ocupa de
regir la
relaciones
jur�dicas entre
particulares
en el �mbito
internacional
Es una rama
aut�noma del
derecho, uno de
sus objetos es
determinar la ley
competente
aplicable cuando
se produce un
conflicto por
medio de
aplicaci�n de las
normas
La nacionalidad : cada estado debe establecer
que personas son nacionales, atreves del
domicilio se establece el ordenamiento jur�dico
competente para la persona cuando se tenga
un conflicto y tenga colisi�n con varios
ordenamientos jur�dicos extranjeros
La condici�n de los extranjeros: la condici�n
jur�dica de extranjeros estar� integra imputable
da por diversos y obligaciones s un derechos
estado a las personas f�sicas o morales que no
tiene en car�cter de morales, por tanto la
condici�n jur�dica de los extranjeros involucra
derechos y obligaciones relacionados con
personas f�sicas o morales que carecen de la
nacionalidad del estado en el cual se
establecen.
El conflicto de leyes: estos nacen de las
diferencia que existen entre las legislaciones
ya estas personales, referentes al hombre
conductistas referentes a sucesos y reales la
cual se refiere a objetos
3. naturaleza Diferencia con derecho
material
Presupuesto juridicos y
sociol�gicos
La naturaleza jur�dica de esta
disciplina esta determinada por
la relaci�n jur�dica de la cual
se ocupa, trat�ndose de casos
corrientes de la vida real con
clasificaci�n jur�dica distinta
seg�n los diversos
ordenamientos jur�dicos son o
pueden considerarse como
especiales, pues reclaman la
aplicaci�n de la norma jur�dica
propias que son dadas por un
factor de conexi�n es cual es
uno de los elementos de la
relaci�n jur�dica que hace que
se escape esa relaci�n de la
jurisdicci�n local del juez que
conoce del asunto vinculando
ese ordenamiento jur�dico con
otros extranjeros
determin�ndose
posesoramente y en forma
definitiva cual es el
competente
El derecho formar se
diferencia del material en
que el mismo es
constitutivo dentro del
estado su principal fuente
lo constituyen los tratados
internacionales y su
principal sanci�n es la
guerra. Su car�cter es
publico. En cambio el
derecho formal regula las
relaciones jur�dicas con
elementos
internacionales entre
particulares su principal
fuente es la ley positiva
interna de los estados
Es importante resaltar
que existen presupuesto
jur�dicos y sociol�gicos
indispensable para la
existencia del derecho
internacional privado de
ellos resultan la vigencia
simultanea de dos o mas
ordenamientos jur�dicos
el fraccionamiento del
mundo jur�dicos a nivel
mundial
4. Con el
Derecho
Internaciona
l Publico
Regula la
relaci�n
entre los
estados
soberanos
Con el derecho
interterritorial
Conjunto de normas
nacionales que indican
cual de los diferentes
ordenamientos jur�dicos
vigentes
simult�neamente en un
solo pa�s resultan
aplicables a un caso en
que intervienen
elementos arraigados
en diferentes regiones
con diversas
legislaciones
Con derecho
interpersonal
Supone que cada
uno de los
derechos
aplicables tiene
como jurisdicci�n
no un territorio ni
una regi�n sino un
grupo social
determinado. El
criterio es tomando
de pertenec�a de
los ciudadanos de
un estado a etnias
o credos diferentes
Derecho
comparado
El derecho
internacional
permite ayudara
comprender la
naturaleza y
funcional del
derecho
internacional
privado
Se auxilia del
m�todo comparado
para construir su
t�cnica
El m�todo
comparado sirve al
legislador y al
juzgador para
corregir con �xito
los resultados
justos
5. Referencia Bibliogr�fica
Guerra D 2001 derecho internacional privado caracas Venezuela
Federico Duncker Bloggs Derecho Internacional Privado