1) La jurisdicción penal es la facultad del Estado de resolver conflictos entre el derecho punitivo del Estado y el derecho de libertad de las personas mediante órganos jurisdiccionales como la Corte Suprema, Cortes Superiores y juzgados penales.
2) Existen diferentes tipos de competencia como la territorial, objetiva y funcional que delimitan la autoridad de los jueces según el lugar de los hechos, tipo de delito y etapa procesal.
3) La competencia busca tener una justicia especializada, oportuna y eficaz al precis
3. La jurisdicción penal es la facultad del Estado de
resolver un conflicto entre el Derecho punitivo que
él mismo se irroga y el derecho de libertad de la
persona.
4. El artículo 16 del CPP, en concordancia con el artículo 143 de la Constitución
Política y los artículos 26 y 46 de la LOPJ, establece que la potestad jurisdiccional
del Estado en materia penal se ejerce por:
1. La Sala Penal de la Corte suprema.
2. Las Salas Penales de las Cortes Superiores.
3. Los Juzgados Penales, constituidos en árganos colegiados o
unipersonales, según la competencia que le asigna la ley.
4. Los Juzgados de la investigación preparatoria.
5. Los Juzgados de Paz Letrados, con las excepciones previstas por la
ley para los Juzgados de Paz.
5. 1. Requiere la existencia de un conflicto que debe ser investigado y resuelto en
forma definitiva.
2. Requiere la intervención de un tercero, que no tenga relación con el objetodel
proceso, ni con los sujetos procesales; es decir, un juezimparcial.
3. Es indelegable, el juez predeterminado por la ley no puede apartarse del proceso, ni delegar a otra
persona el ejercicio de la acción jurisdiccional.
4. Existe un conflicto de derechos subjetivos: el derecho de castigar del Estado a quien ha infringido una
norma y el interés del imputado a conservar su libertad.
5. Es exclusiva de los órganos jurisdiccionales, que son los únicos que pueden resolver un conflicto
mediante un proceso y aplicando la norma legal correspondiente.
6. Elartículo 18 del CPPestablece los
límites de la jurisdicción penal
ordinaria disponiendo que no es
competente para conocer:
1. De los delitos previstos en el
artículo 173 de la Constitución.
2. De los hechos punibles cometidos
por adolescentes.
3. De los hechos punibles en los
casos previstos en el artículo 149
Constitución.
9. Surge con la necesidad de aliviar la carga procesal, con el
objetivo de tener una justicia especializada, oportuna y
eficaz.
Por la competencia seprecisa e identifica alos órganos
jurisdiccionales que deben conocer el proceso.
10. 1. Lacompetencia por el territorio
2. Lacompetencia objetiva y funcional
3. Lacompetencia por conexión
4. Lacompetencia por turno
11. Se delimita la autoridad de un juez, en relación con un
ámbito geográfico determinado, porque en la práctica es
imposible que un solo juez pueda administrar justicia en
todo el país.
12. 1. Porel lugar donde secometió el hecho delictuoso.
2. Porel lugar donde seprodujeron los efectos del delito.
3. Porel lugar donde sedescubrieron laspruebas materiales
del delito.
4. Porel lugar donde fue detenido el imputado.
5. Porel lugar donde domicilia el imputado.
13. transporte
1. Si el delito es cometido en un medio de transporte
sin que sea posible determinar con precisión la
competencia territorial, corresponde conocer al juez
del lugar de llegada más próximo.
14. Porel lugar donde el imputado tuvo suúltimo domicilio en
el país;
Porel lugar de llegada del extranjero;
Porel lugar donde seencuentre el imputado al momento
de promoverse la acción penal.
15. El CPP delimita con precisión la
competencia objetiva y funcional de los
órganos jurisdiccionales.
Art. 26 Sala Penal de la corte suprema: Conocer e
recurso de
casación.
Art. 27° Salas penales de las cortes superiores:
Resolver los incidentes que se promuevan en su
intancia.
Art 30: Juzgados de paz letrados: Conocer procesos
por
faltas. (Art. 440 y sgts del CP.)
16. Competencia funcional y material Art. 28 y 29 CPP.
Art. 28.-Juzgado Penalescolegiados: Integrado por tres jueces
–Conocerán materialmente de los delitos señalados por ley.
Juzgados penales unipersonales: Los que no están atribuidos a los juzgados
penales colegiados.
Art. 29.- Competencia de los juzgados la investigación
preparatoria.
Cuestiones derivadas de la constitución de las partes durante la Investigación
Preparatoria.