CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
INSPECCIÓN JUDICIAL: MEDIO DE PRUEBA PARA VERIFICAR HECHOS MATERIALES
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
INSPECCION JUDICIAL
DERECHO PROBATORIO
AUTOR:YOCCIMAR MEDINA CI: 24.550.599
DOCENTE: KEYDIS PEREZ
CATEDRA: DERECHO PROBATORIO
SAIA/B
BARQUISIMETO MARZO 2020
2. INSPECCION JUDICIAL
Es una prueba que consiste en el
reconocimiento que la autoridad
judicial hace de los lugares o
casos complicados en el litigio.
Para asi estable aquellos hechos
que no se podrían acreditar de
otra manera.
Es un medio probatorio
por el cual el juez
percibe directamente
con sus acreedores sin
intermediación. CONCEPTO
OBJETO
Art 472 C.P.C
El objeto de la inspección
judicial es la verificación de
hechos materiales, perceptibles
sensorialmente de cualquier
clase que el juez pueda
examinar y reconocer
El juez a pedimento de
cualquiera de las partes o
cuando juzgue oportuno ,
acordara la inspección judicial
de personas, cosas, lugares o
documentos o documentos a
objeto de verificación.
3. Inspección
ocular. Art 1428
cc
Inspección judicial:
constituye unos de los
medios de prueba
destinadas a determinar la
certeza o falsedad de los
hechos alegados durante el
desarrollo del proceso.
PROMOCION DE
INSPECCION
JUDICIAL
Que el juez o funcionario
sean competentes: la
competencia en general
le corresponde al juez de
la causa o al investigador
en la causa penal, (
Ministerio publico o
funcionario de la policía.
LOS EXPERTOS
Que no exista causa de
nulidad que vicien la
inspección: la inspección
tiene que cumplir con los
requisitos generales de
todas las pruebas, ya que
la ausencia de ellos vicia
la diligencia.
REQUISITOS
1. Requisitos de
existencia:
2. Debe ser
practicado por el
juez.
3. El funcionario que
la practique debe
actuar en el
ejercicio del cargo.
REQUISITOS PARA LA EFICACIA
PROBATORIA
4. El dictamen de la mayoría de los expertos se
extenderá en un solo acto que suscribirán
todos y debe ser motivado, circunstancias in
la cual no tendrá ningún valor. Si no hubiere
unanimidad, podrán indicarse las diferentes
opiniones y sus fundamentos.
5. Valor probatorio de la
inspección judicial
La prueba tiene que reunir
todos los requisitos para
que tenga validez y logre
eficacia probatoria, de
manera que no puede
asignarle merito probatorio
a priori y absoluto
Acta de diligencia
La acta de la inspección
debe quedar registrado o
documentado, en defecto
en el art 475 del CPC. Se
ordena la realización del
acta para la que se haya
practicado
La promoción
Deben fijarse con claridad
los hechos que deban ser
objeto de la inspección
judicial, porque puede ser
confundida con la experticia
y solicitarse se realicen
diligencia que no son de la
naturaleza de la inspección.